TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN
SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 145
Viernes, 22 de septiembre de 2006
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la
hora del Despacho.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-414
El abogado
HOWARD QUINTERO, presentó diligencia consignando Transacción, para ser agregado
al juicio que sigue MIGUEL ÁNGEL VILLALOBOS
FUENMAYOR contra WENCO SERVICIO DE
COMIDA RÁPIDA, C.A.
Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.
Exp. Nº Recurso
de Hecho 06-412
El abogado
ENRIQUE ORTA RUSSIAN, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser
agregado al juicio que sigue ELISA
JOSEFINA RUSSIAN CAMPERO Y OTROS contra
CRISANTO BORGES LANZA Y OTRA. Ponente:
Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-1501
El abogado
GUSTAVO GUZMÁN, presentó diligencia consignando escrito de Formalización, para
ser agregado al juicio que sigue RODESY
JOSÉ MANOCHE CUBERO contra KMC
OILTOOLS DE VENEZUELA, S.A. Ponente:
Dr.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-1501
El abogado
GUSTAVO GUZMÁN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue RODESY
JOSÉ MANOCHE CUBERO contra KMC
OILTOOLS DE VENEZUELA, S.A. Ponente:
Dr.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-1276
El abogado
GUSTAVO GUZMÁN, presentó escrito de CONTESTACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue NÉSTOR
ENRIQUE GONZÁLEZ MOLERO contra FARMA,
S.A. Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Exp. S/Nº
El abogado
RICARDO PAYTUVI BROWN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue DOMINGO
ORTA OMAÑA contra PDVSA GAS, S.A. Y
OTRA. Ponente: Dr.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-251
El abogado
CARLOS GODOY LANDAETA, presentó diligencia solicitando Aclaratoria, para ser
agregado al juicio que sigue OMAR
HOSSEIN YAMIL PATIÑO contra PRODUCTOS
ROCHE, S.A. Ponente: Dra.
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-1512
El abogado JOSÉ
SILVERIO GARCÍA MENDOZA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN más Poder, para ser agregado al juicio que
sigue AURISTELA DEL CARMEN ACOSTA contra MUSIPAN, C.A. Ponente: Dr.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-1473
El abogado JOSÉ
IGNACIO GUTIÉRREZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue IVONNE
PARGAS contra HIDRO AGRI VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES VEINTIDÓS (22) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 06-528
Se abrió el acto por el
Presidente de la Sala
Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y de los Magistrados LUIS EDUARDO
FRANCESCHI GUTIÉRREZ, ALFONSO R.
VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes la Secretaria Temporal
de la Sala Dra.
IRIS RUZ DE RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y quince
minutos de la mañana (10:15 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar
la audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de
fecha veintitrés (23) de febrero del año 2006, emanada del Juzgado Primero
Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que
por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue GERMÁN OLIVAR contra
IS-BE-PA DE MANTENIMIENTO, C.A.
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del abogado Maximiliano Hernández de Peña, quien se identificó con el número de
Inpreabogado 15.655, en representación de la parte
demandada recurrente; asimismo, se deja constancia de la no comparecencia de la
parte demandante ni de sus apoderados.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra al apoderado de la parte demandada recurrente para que
exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo
recurrido. Una vez terminada su exposición, el Presidente de la Sala preguntó a los demás
Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado,
ilustrada como se encuentra la
Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el
Presidente de la Sala,
lee la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley,
bajo la ponencia del Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, aprobada de manera unánime, declara:
1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2) ANULA
el fallo recurrido sólo en cuanto al cálculo de los intereses e indexación
acordados. 3) RATIFICA el fondo de la sentencia en cuanto a los
pedimentos de la parte demandante. 4) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES VEINTIDÓS (22) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 06-544
Se abrió el acto por el
Presidente de la Sala
Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y de los Magistrados LUIS EDUARDO
FRANCESCHI GUTIÉRREZ, ALFONSO R.
VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes la Secretaria Temporal
de la Sala Dra.
IRIS RUZ DE RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once de la
mañana (11:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra la sentencia de
fecha siete (7) de marzo del año 2006, emanada del Juzgado Superior Primero
para el Nuevo Régimen y para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por COBRO DE
DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue FERNANDO DAVID FERNÁNDEZ VILLALOBOS
contra LOFFLAND BROTHERS DE VENEZUELA, C.A.
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del abogado Guillermo Reina Carruyo,
quien se identificó con el número de Inpreabogado
5.105, en representación de la parte actora recurrente; asimismo, se encuentra
presente el abogado Howard Jesús Quintero Villalobos,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.706, en representación de la empresa demandada.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra al apoderado de la parte actora recurrente para que exponga
las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una
vez terminada su intervención correspondió
el turno a la parte demandada, a través de su apoderado, para que
manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el recurrente.
Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean
formular preguntas. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo e interrogó al
abogado Guillermo Reina Carruyo. Respondió. En este
estado, ilustrada como se encuentra la
Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el
Presidente de la Sala,
lee la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley,
bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, aprobada de manera
unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora. 2) CONFIRMA
el fallo recurrido.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES VEINTIDÓS (22) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 06-547
Se abrió el acto por el
Presidente de la Sala
Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y de los Magistrados LUIS EDUARDO
FRANCESCHI GUTIÉRREZ, ALFONSO R.
VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes la Secretaria Temporal
de la Sala Dra.
IRIS RUZ DE RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y cuarenta
y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.), hora fijada a los fines de que
tuviese lugar la audiencia prevista en
el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las
partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y
contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por
la parte actora, contra la sentencia de fecha siete (7) de noviembre del año
2005, emanada del Juzgado Superior Primero para el Nuevo Régimen y para el
Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por DAÑO MORAL Y
LUCRO CESANTE sigue CRECENCIA EDUVIGES CARRILLO EN SU PROPIO NOMBRE Y EN
REPRESENTACIÓN DE SUS MENORES HIJOS HÉCTOR ENRIQUE Y ELADIO ALFONSO CASTILLO
CARRILLO contra CARBONES DEL GUASARE, S.A.
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del abogado Luis Aquiles Mejía
Arnal, quien se identificó con el número de Inpreabogado 21.583, en representación de la parte actora
recurrente; asimismo, se encuentra presente el abogado Leonte
Landino Martínez, inscrito en el Inpreabogado
bajo el N° 8.304, en representación de la empresa
demandada.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra al apoderado de la parte actora recurrente para que exponga
las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una
vez terminada su intervención correspondió
el turno a la parte demandada, a través de su apoderado, para que
manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el recurrente.
Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean
formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retiró a deliberar.
Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley,
bajo la ponencia de la
Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, aprobada de manera unánime, declara:
1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora. 2) ANULA
el fallo recurrido. 3) En atención a lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, la Sala
desciende al estudio de las actas del expediente y declara CON LUGAR LA DEMANDA por lucro
cesante indexado desde la notificación de la empresa hasta la sentencia
definitiva con excepción de lo establecido por la jurisprudencia de esta Sala.
4) En cuanto al daño moral la
Sala acuerda por vía de equidad la cantidad de CIENTO
CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 150.000.000,oo). 5) Se condena en costas a la parte
demandada.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES VEINTIDÓS (22) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 06-566
Se abrió el acto por el
Presidente de la Sala
Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y de los Magistrados LUIS EDUARDO
FRANCESCHI GUTIÉRREZ, ALFONSO R.
VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes la Secretaria Temporal
de la Sala Dra.
IRIS RUZ DE RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta
minutos de la tarde (12:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar
la audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de
fecha dieciséis (16) de marzo del año 2006, emanada del Juzgado Superior del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui,
en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
sigue FREDDY BARRETO LEÓN contra TRANSPORTE ENIO, C.A. (T.E.C.A.).
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del abogado Juan Vicente Cabrera Toro, quien se
identificó con el número de Inpreabogado 26.613, en
representación de la parte demandada recurrente; asimismo, se deja constancia
de la no comparecencia de la parte demandante ni de sus apoderados.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra al apoderado de la parte demandada recurrente para que
exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo
recurrido. Una vez terminada su intervención, el Presidente de la Sala preguntó a los demás
Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado,
ilustrada como se encuentra la
Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el
Presidente de la Sala,
lee la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley,
bajo la ponencia del Magistrado Luis E. Franceschi Gutiérrez, aprobada de manera unánime, declara:
1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora. 2) CONFIRMA
el fallo recurrido.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES VEINTIDÓS (22) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 06-581
Se abrió el acto por el
Presidente de la Sala
Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y de los Magistrados LUIS EDUARDO
FRANCESCHI GUTIÉRREZ, ALFONSO R.
VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes la Secretaria Temporal
de la Sala Dra.
IRIS RUZ DE RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una de la tarde (1:00 p.m.), hora fijada, previo
acuerdo con las partes, a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista
en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de
fecha veinticuatro (24) de marzo del año 2006, emanada del Juzgado Superior
Cuarto para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que
por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue
ZAIRA RODRÍGUEZ contra ABBOT LABORATORIES, C.A.
Se deja constancia de la
asistencia a este acto de los abogados Luis Aquiles
Mejía Arnal y Marcos Antonio Vilera Ordóñez, quienes
se identificaron con los números de Inpreabogado
21.583 y 15.284, respectivamente, en representación de la parte actora;
asimismo, se encuentran presentes los abogados Mónica Fernández Estevez y Ramón José Alvins Santi, inscritos en el Inpreabogado
bajo los Nos: 83.742 y 26.304, respectivamente, en representación de la empresa
demandada recurrente.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra a la abogada Mónica Fernández Estevez,
apoderada de la parte demandada recurrente, para que exponga las razones, que a
su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su
intervención correspondió el turno a la
parte actora a través de su apoderado abogado Luis
Aquiles Mejía Arnal, para que manifieste sus
argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el recurrente. Concluido el
debate, el Presidente de la Sala
preguntó a ambos exponentes. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo y
también interrogó a la representación judicial de ambas partes. En este estado,
ilustrada como se encuentra la
Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el
Presidente de la Sala,
lee la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz,
aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de
casación interpuesto por la parte
demandada. 2) ANULA el fallo recurrido sólo en lo que respecta al
cálculo de la indexación. 3) Se condena en costas a la parte demandada.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES VEINTIDÓS (22) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 06-491
Se abrió el acto por el
Presidente de la Sala
Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y de los Magistrados LUIS EDUARDO
FRANCESCHI GUTIÉRREZ, ALFONSO R.
VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes la Secretaria Temporal
de la Sala Dra.
IRIS RUZ DE RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y cuarenta y
cinco minutos de la tarde (1:45 p.m.), hora fijada a los fines de que tuviese
lugar la audiencia prevista en el
artículo 173 de la
Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán
formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria,
en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes,
contra la sentencia de fecha once (11) de enero del año 2006, emanada del
Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción
Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por COBRO DE
PRESTACIONES SOCIALES sigue JUSTO
PÉREZ LÓPEZ contra TBC-BRINADD VENEZUELA, C.A.
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del abogado Javier Ángel Rojas Marquina,
quien se identificó con el número de Inpreabogado
34.630, en representación de la parte actora recurrente; asimismo, se encuentra
presente el abogado Víctor Alfonso González Urdaneta,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.389, en representación de la empresa demandada
recurrente.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra al apoderado de la parte actora recurrente, para que exponga
las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una
vez terminada su intervención correspondió
el turno a la parte demandada recurrente a través de su apoderado, para
que fundamente su recurso y manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo
expuesto por su contraparte. Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás
Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada
como se encuentra la Sala,
se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley,
bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, aprobada de manera
unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora. 2) ANULA
el fallo recurrido. En virtud de tal declaratoria, se considera inoficioso pronunciarse
sobre el recurso de casación anunciado por la parte demandada. 3) En atención a
lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de
las actas del expediente y declara PARCIALMENTE
CON LUGAR LA DEMANDA. 4) Se
ordena experticia complementaria del fallo para determinar el salario para el
cálculo de las prestaciones. 5) Se ordena la indexación desde el vencimiento
del lapso del cumpliento voluntario de la ejecución
del fallo o del decreto del cumplimiento forzoso.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
AUTO
PUBLICADO
Exp. N° 06-491
Por cuanto se observa que en el
presente juicio el escrito de formalización no cumple con los requisitos relativos
al número de líneas que debe contener, tal como lo estableció esta Sala de
Casación Social en sentencia N° 706 de 27 de abril de
2006, o sea, treinta (30) líneas en el anverso y treinta y cuatro (34) en el
reverso, se le concede a la parte formalizante, de
acuerdo con lo igualmente establecido en dicha decisión, un lapso perentorio de
cinco (5) días de despacho, contados a partir del día de hoy, para que subsane
el exceso de líneas contenidas en el referido escrito, con la advertencia de
que si no lo hace, se declarará perecido el recurso de conformidad con lo
previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En virtud de
lo antes expuesto se deja sin efecto la fijación que se había hecho para la
celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria, la cual será fijada
nuevamente, caso de haber lugar a ello, por auto expreso.
Siendo las 3:00 p.m., concluye la
hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
_____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
La Secretaria Suplente,
_____________________________
IRIS RUZ DE RODRÍGUEZ

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