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Sala de Casación Social
  • Fecha: 31 de Enero de 2006





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  15

Martes, 31 de enero de 2006

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

Exp. Nº   Recurso de Casación     06-103

 

El abogado EDGAR DE JESÚS SÁNCHEZ MARTÍNEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MIRIAN DEL CARMEN VILLEGAS contra EDINTER CORP, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Hecho     05-1421

 

El abogado JUSTO MORAO ROSAS, presentó diligencia solicitando pronunciamiento y que se declare con lugar el recurso de hecho, para ser agregado al juicio que sigue SIMÓN JACOBO GARCÍA contra TOYOVAL, C.A. Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.

 

 

Exp. S/N°

 

El abogado JOSÉ ORTEGA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ADILBERTO CASTILLO Y OTRO contra CONSORCIO INVERSIONISTA MERCANTIL CIMA, C.A. Y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Casación     05-2015

 

La ciudadana SOUK LENG HUNG asistida judicialmente el abogado AURA DÍAZ SUÁREZ, presentó escrito solicitando la inadmisibilidad del recurso, para ser agregado al juicio que sigue SOUK LENG HUNG contra FUNDACIÓN HOSPITAL ESTADAL LOS SAMANES. Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Casación     05-1057

 

El abogado JOSÉ ARMANDO SOSA, presentó diligencia consignando copia simple del Poder, para ser agregado al juicio que sigue LUIS MARCANO contra BJ SERVICES DE VENEZUELA, COMPAÑÍA EN COMANDITA POR ACCIONES. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Casación     04-1403

 

La abogada MIRYAM ELENA PEÑA, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue GLADYS MILDRED PACHECO SILVA contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V). Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Casación     05-2044

 

La ciudadana FABIOLA MARGARITA MARDELLI ESPINOZA asistida por la abogada NILDA GLECIANO MARTÍNEZ, presentó diligencia solicitando cómputo y se declare perecido el recurso, para ser agregado al juicio que sigue NILDA GLECIANO MARTÍNEZ contra JUAN RICARDO GUZMÁN. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Casación     06-100

 

La abogada ROSEMARY THOMAS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LEOPOLDO ÁLVAREZ contra ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Casación     05-1986

 

La abogada ELDA MARÍA CLAVIJO RUBIO, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ORLANDO JOSÉ ZAMBRANO PÉREZ contra JUSTINIANO ANTONIO MASCAREÑO. Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Casación     05-1679

 

El abogado ALEJANDRO CASTILLO, presentó escrito defensivo sobre la nulidad absoluta, para ser agregado al juicio que sigue RAUL CIPRIANO MÁRQUEZ contra MARAVÉN, S.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. Nº   Recurso de Casación     06-110

 

El abogado ACACIO SABINO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CAMILO DANIEL GONZÁLEZ PULIDO contra HACIENDA LA SABANETA, C.A. Y OTRO. Ponente: Dr.

 

 

Exp. S/N°

 

El abogado RICARDO PAYTUVI BROWN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue IVÁN ENRIQUE CRESPO FIGUEROA contra PDV-IFT PDV INFORMÁTICAY TELECOMUNICACIONES, S.A. Y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. S/N°

 

El abogado RICARDO PAYTUVI BROWN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ALFREDO ENRIQUE MARTÍNEZ GARCÍA contra PDVSA PETRÓLEO, S.A. Y OTRA. Ponente: Dr.

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Auto que  ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes expedientes:

 

AA60-S-2005-0001958.-

 

AA60-S-2005-0001961.-

 

AA60-S-2005-0001988.-

 

 

 

Exp. N° 04-1553

 

En fecha 13 de diciembre de 2005, se celebró ante esta Sala de Casación Social la audiencia oral, pública y contradictoria en el juicio de cobro de diferencia de prestaciones sociales seguido por la ciudadana Milagros del Carmen Armas Sumabila, contra la empresa Centro Clínico Rojas Espinal C.A., en la cual se declaró con lugar el recurso de control de la legalidad y con lugar la demanda.

El 13 de enero de 2006, oportunidad fijada al efecto, se publicó el fallo escrito en el cual se expresó que se había declarado con lugar el recurso y la nulidad y reposición de la causa al estado en que la Alzada dicte sentencia y siendo que la Sala advierte que hay una disconformidad entre la decisión oral y la reproducción que de la misma se hizo, tal como consta del acta y del video de la audiencia, lo que evidencia un error material en que se incurrió al hacer la transcripción escrita de la sentencia. En consecuencia, la Sala procede a subsanar dicho error de la siguiente manera: en el folio cuatro (4) donde se lee: “...y se repone la causa al estado en que el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, conozca de la apelación interpuesta.”; debe decir: “...la Sala desciende a las actas del expediente, acoge la motivación del a quo y declara con lugar la demanda, condenando a la parte demandada al pago de Bs. 1.946.752,10, por los siguientes conceptos: Bs. 161.548,24 diferencia de antigüedad, Bs. 52.079,12 vacaciones fraccionadas, Bs. 50.512,47 bono vacacional, Bs. 56.124,98 utilidades fraccionadas, Bs. 43.028,95 preaviso omitido, Bs. 516.347,40 indemnización artículo 125 LOT y Bs. 1.032.694,08 indemnización por antigüedad.”; y, donde dice: “2º LA NULIDAD Y REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda dicte sentencia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.”; se corrige: “2º. LA NULIDAD de la sentencia recurrida y CON LUGAR la demanda. Se ordena a la demandada cancelar lo solicitado en el libelo de demanda indexando dicha cantidad. Se condena en costas a la parte demandada”. Remítase el expediente a la Coordinación Judicial para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción  Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas.

Agréguese a la sentencia.

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES TREINTIUNO (31) DE ENERO DEL AÑO 2006.

 

Recurso de casación Exp. N° 05-1150

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del  Magistrado  LUÍS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,  y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. Los Magistrados JUAN RAFAEL PERDOMO y ALFONSO R. VALBUENA CORDERO, no estuvieron presentes en la audiencia por motivos justificados.

 

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada, a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha trece (13) de junio del año 2005, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue GEORGE IUSCO contra PDVSA PETRÓLEO, S.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Carlos Alfredo Calma Canache, quien se identificó con el número de Inpreabogado 45.427, en representación de la parte demandante recurrente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Ricardo José Alonso Bustillo y Julio César Uzcátegui Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.407 y 13.363, respectivamente, en representación de la parte demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente, a través de su apoderado, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez concluida su exposición, se le concede el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada, a través de su apoderado Ricardo José Alonso Bustillo, para que realice sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala interrogó al apoderado del demandante  abogado Carlos Alfredo Calma Canache, y éste respondió. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2)  Se CONFIRMA la sentencia recurrida.  3) Se condena en costas a la parte recurrente.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES TREINTIUNO (31) DE ENERO DEL AÑO 2006.

 

Recurso de casación Exp. N° 05-1158

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, de los  Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO,  LUÍS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,  y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), hora fijada, a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de enero del año 2005, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio que por indemnización derivada de accidente de trabajo sigue DENIS ALEXIS CEDEÑO VELÁZQUEZ contra TRANSPORTE CARANTOCA, C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Antonio Boanerges Anato Castro, quien se identificó con el número de Inpreabogado 47.556, en representación de la parte demandante recurrente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Víctor Alberto Durán Negrete y Ramón Escovar León, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 51.163 y 10.594, respectivamente, en representación de la parte demandada, también recurrente.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente, a través de su apoderado, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez concluida su exposición, se le concede el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada, a través de su apoderado Ramón Escovar León, para que realice sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No se formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2)  Se ANULA la sentencia recurrida.  3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) Se condena a la empresa demandada a pagar la indemnización prevista en el artículo 573 de la Ley Orgánica del Trabajo. 5) SIN LUGAR la demanda por daño emergente y lucro cesante. 6) SIN LUGAR lo demandado de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. 7) Por vía de equidad se condena al pago por concepto de daño moral en la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,oo). 8) Se ordena la indexación de lo condenado a pagar conforme el artículo 573 de la Ley Orgánica del Trabajo. 9) No hay condenatoria en costas.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES TREINTIUNO (31) DE ENERO DEL AÑO 2006.

 

Recurso de casación Exp. N° 05-1267

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, de los  Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO,  LUÍS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,  y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), hora fijada, a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha veintidós (22) de junio del año 2005, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio que por ENFERMEDAD PROFESIONAL Y DAÑO MORAL sigue LUIS RAFAEL LEÓN MENDOZA contra DELL´ACQUA, C.A. y SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBU-QUIBOR, C.A

Se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada  Carmen Durán, quien se identificó con el número de Inpreabogado 56.815, en representación de la parte demandante recurrente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Víctor Alberto Durán Negrete y Ramón Escovar León, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 51.163 y 10.594, respectivamente, en representación de la parte demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la apoderada de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez concluida su exposición, se le concede el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada, a través de su apoderado Ramón Escovar León, para que realice sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo e interrogó a la abogada Carmen Durán y ésta respondió. De seguidas, el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz le formuló preguntas a la misma parte y ésta contestó. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2)  Se CONFIRMA la sentencia recurrida.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES TREINTIUNO (31) DE ENERO DEL AÑO 2006.

 

Recurso de casación Exp. N° 05-1057

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, de los  Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO,  LUÍS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,  y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha diez (10) de mayo del año 2005, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES  sigue LUIS MARCANO contra BJ SERVICES DE VENEZUELA, COMPAÑÍA EN COMANDITA POR ACCIONES.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado José Sosa Ochoa, quien se identificó con el número de Inpreabogado 48.464, en representación de la parte demandada recurrente; asimismo, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante ni de sus apoderados.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada recurrente, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez concluida su intervención, el Presidente de la Sala le formuló dos preguntas, y éste, de seguidas, respondió. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2)  Se ANULA la sentencia recurrida.  3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la Sala desciende a las actas del expediente y declara CON LUGAR el recurso de hecho por tempestividad de la apelación. 4) Se REPONE la causa al estado de que el Tribunal que resulte competente fija la oportunidad para oír a las partes en la correspondiente audiencia de apelación.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES TREINTIUNO (31) DE ENERO DEL AÑO 2006.

 

Recurso de casación Exp. N° 05-1224

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, de los  Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO,  LUÍS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,  y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde (1:45 p.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de junio del año 2005, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES   sigue LUIS ALFONSO VALERO JEREZ contra AUGUSTO RAMÓN FERNÁNDEZ ARMADA, ERNESTO PARDO DOMÍNGUEZ, ANA FRANCISCA ROA DE PARDO Y FLORENTINA VEGAS DE FERNÁNDEZ.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Arsenio Pérez Chacón, quien se identificó con el número de Inpreabogado 2.058, en representación de la parte demandante recurrente; asimismo, se encuentra presente el abogado Gerardo José Villamizar Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.697, en representación de la parte demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez concluida su intervención, correspondió el turno al apoderado de los demandados, para que realice sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No se formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2)  Se ANULA la sentencia recurrida.  3) De conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende a las actas del expediente y declara INADMISIBLE la acción incoada, quedando a salvo el derecho de la parte actora de intentar nuevamente la demanda pasados que sean noventa días, haciendo aprovechable todo el cúmulo de material probatorio.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

El Presidente de la Sala,

 

_____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              _____________________________

                                                              JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

 

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