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Sala de Casación Social
  • Fecha: 10 de enero de 2007





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

 

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  03

 

 

Miércoles, 10 de enero de 2007

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

 

Exp. S/Nº 

 

El abogado LEWIS STOFIKM, presentó escrito de recurso de interpretación,  para ser agregado al juicio que sigue VÍCTOR PARRA HERRERA Y OTRO.   Ponente: Dr.

 

 

Exp. Nº  Recurso de Casación      06-1430

 

El abogado FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, presentó diligencia sustituyendo Poder,  para ser agregado al juicio que sigue LUIS OSWALDO MORALES URDANETA contra CONSULADO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA.   Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Auto que ordena copia certificada de los siguientes expedientes:

AA60-S-2006-001604

AA60-S-2006-001832

AA60-S-2006-001733

 

 

Exp. N° 06-1571

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa que existen ocho (8) causas sometidas a su conocimiento, donde la parte accionada es la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, quien es  demandada por los ciudadanos IVÁN ALEJANDRO RIVAS, MARÍA ESTEFANA OJEDA, PEDRO PABLO RATTIA VALERA, WILMAN RAFAEL TORRE, LUIS EDUARDO MORENO, MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ, GLADIS MARÍA MEZA MANRIQUE  y LUIS RAFAEL GAMARRA, por diferencia de prestaciones sociales, contenidas en los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109, respectivamente, que versan sobre un pronunciamiento idéntico del Juzgado Superior, que sus apoderados recurrentes son los mismos y coinciden en los motivos del recurso de casación formalizado, se acuerda en aras de la celeridad de los procesos y por cuanto tienen asignado el mismo ponente, realizar en un mismo acto la celebración de una sola audiencia, para oír los alegatos de las partes involucradas en estas causas.

En consecuencia, se difiere para el día martes trece (13) de marzo del año 2007, a las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, conjuntamente con los expedientes AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109.

 

 

Exp. 06-1644

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa que existen ocho (8) causas sometidas a su conocimiento, donde la parte accionada es la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, quien es  demandada por los ciudadanos IVÁN ALEJANDRO RIVAS, MARÍA ESTEFANA OJEDA, PEDRO PABLO RATTIA VALERA, WILMAN RAFAEL TORRE, LUIS EDUARDO MORENO, MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ, GLADIS MARÍA MEZA MANRIQUE  y LUIS RAFAEL GAMARRA, por diferencia de prestaciones sociales, contenidas en los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109, respectivamente, que versan sobre un pronunciamiento idéntico del Juzgado Superior, que sus apoderados recurrentes son los mismos y coinciden en los motivos del recurso de casación formalizado, se acuerda en aras de la celeridad de los procesos y por cuanto tienen asignado el mismo ponente, realizar en un mismo acto la celebración de una sola audiencia, para oír los alegatos de las partes involucradas en estas causas.

En consecuencia, se difiere para el día martes trece (13) de marzo del año 2007, a las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, conjuntamente con los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109.

 

 

Exp. 06-1785

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa que existen ocho (8) causas sometidas a su conocimiento, donde la parte accionada es la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, quien es  demandada por los ciudadanos IVÁN ALEJANDRO RIVAS, MARÍA ESTEFANA OJEDA, PEDRO PABLO RATTIA VALERA, WILMAN RAFAEL TORRE, LUIS EDUARDO MORENO, MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ, GLADIS MARÍA MEZA MANRIQUE  y LUIS RAFAEL GAMARRA, por diferencia de prestaciones sociales, contenidas en los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109, respectivamente, que versan sobre un pronunciamiento idéntico del Juzgado Superior, que sus apoderados recurrentes son los mismos y coinciden en los motivos del recurso de casación formalizado, se acuerda en aras de la celeridad de los procesos y por cuanto tienen asignado el mismo ponente, realizar en un mismo acto la celebración de una sola audiencia, para oír los alegatos de las partes involucradas en estas causas.

En consecuencia, se difiere para el día martes trece (13) de marzo del año 2007, a las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, conjuntamente con los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109.

 

 

Exp. 06-1789

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa que existen ocho (8) causas sometidas a su conocimiento, donde la parte accionada es la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, quien es  demandada por los ciudadanos IVÁN ALEJANDRO RIVAS, MARÍA ESTEFANA OJEDA, PEDRO PABLO RATTIA VALERA, WILMAN RAFAEL TORRE, LUIS EDUARDO MORENO, MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ, GLADIS MARÍA MEZA MANRIQUE  y LUIS RAFAEL GAMARRA, por diferencia de prestaciones sociales, contenidas en los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109, respectivamente, que versan sobre un pronunciamiento idéntico del Juzgado Superior, que sus apoderados recurrentes son los mismos y coinciden en los motivos del recurso de casación formalizado, se acuerda en aras de la celeridad de los procesos y por cuanto tienen asignado el mismo ponente, realizar en un mismo acto la celebración de una sola audiencia, para oír los alegatos de las partes involucradas en estas causas.

En consecuencia, se difiere para el día martes trece (13) de marzo del año 2007, a las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, conjuntamente con los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109.

 

 

Exp. 06-1797

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa que existen ocho (8) causas sometidas a su conocimiento, donde la parte accionada es la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, quien es  demandada por los ciudadanos IVÁN ALEJANDRO RIVAS, MARÍA ESTEFANA OJEDA, PEDRO PABLO RATTIA VALERA, WILMAN RAFAEL TORRE, LUIS EDUARDO MORENO, MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ, GLADIS MARÍA MEZA MANRIQUE  y LUIS RAFAEL GAMARRA, por diferencia de prestaciones sociales, contenidas en los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109, respectivamente, que versan sobre un pronunciamiento idéntico del Juzgado Superior, que sus apoderados recurrentes son los mismos y coinciden en los motivos del recurso de casación formalizado, se acuerda en aras de la celeridad de los procesos y por cuanto tienen asignado el mismo ponente, realizar en un mismo acto la celebración de una sola audiencia, para oír los alegatos de las partes involucradas en estas causas.

En consecuencia, se difiere para el día martes trece (13) de marzo del año 2007, a las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, conjuntamente con los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109.

 

 

Exp. 06-1845

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa que existen ocho (8) causas sometidas a su conocimiento, donde la parte accionada es la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, quien es  demandada por los ciudadanos IVÁN ALEJANDRO RIVAS, MARÍA ESTEFANA OJEDA, PEDRO PABLO RATTIA VALERA, WILMAN RAFAEL TORRE, LUIS EDUARDO MORENO, MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ, GLADIS MARÍA MEZA MANRIQUE  y LUIS RAFAEL GAMARRA, por diferencia de prestaciones sociales, contenidas en los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109, respectivamente, que versan sobre un pronunciamiento idéntico del Juzgado Superior, que sus apoderados recurrentes son los mismos y coinciden en los motivos del recurso de casación formalizado, se acuerda en aras de la celeridad de los procesos y por cuanto tienen asignado el mismo ponente, realizar en un mismo acto la celebración de una sola audiencia, para oír los alegatos de las partes involucradas en estas causas.

En consecuencia, se difiere para el día martes trece (13) de marzo del año 2007, a las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, conjuntamente con los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109.

 

 

Exp. 06-1860

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa que existen ocho (8) causas sometidas a su conocimiento, donde la parte accionada es la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, quien es  demandada por los ciudadanos IVÁN ALEJANDRO RIVAS, MARÍA ESTEFANA OJEDA, PEDRO PABLO RATTIA VALERA, WILMAN RAFAEL TORRE, LUIS EDUARDO MORENO, MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ, GLADIS MARÍA MEZA MANRIQUE  y LUIS RAFAEL GAMARRA, por diferencia de prestaciones sociales, contenidas en los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109, respectivamente, que versan sobre un pronunciamiento idéntico del Juzgado Superior, que sus apoderados recurrentes son los mismos y coinciden en los motivos del recurso de casación formalizado, se acuerda en aras de la celeridad de los procesos y por cuanto tienen asignado el mismo ponente, realizar en un mismo acto la celebración de una sola audiencia, para oír los alegatos de las partes involucradas en estas causas.

En consecuencia, se difiere para el día martes trece (13) de marzo del año 2007, a las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, conjuntamente con los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845 y AA60-S-2006-002109.

 

 

Exp. 06-2109

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa que existen ocho (8) causas sometidas a su conocimiento, donde la parte accionada es la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, quien es  demandada por los ciudadanos IVÁN ALEJANDRO RIVAS, MARÍA ESTEFANA OJEDA, PEDRO PABLO RATTIA VALERA, WILMAN RAFAEL TORRE, LUIS EDUARDO MORENO, MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ, GLADIS MARÍA MEZA MANRIQUE  y LUIS RAFAEL GAMARRA, por diferencia de prestaciones sociales, contenidas en los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845, AA60-S-2006-001860 y AA60-S-2006-002109, respectivamente, que versan sobre un pronunciamiento idéntico del Juzgado Superior, que sus apoderados recurrentes son los mismos y coinciden en los motivos del recurso de casación formalizado, se acuerda en aras de la celeridad de los procesos y por cuanto tienen asignado el mismo ponente, realizar en un mismo acto la celebración de una sola audiencia, para oír los alegatos de las partes involucradas en estas causas.

En consecuencia, se fija para el día martes trece (13) de marzo del año 2007, a las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, conjuntamente con los expedientes AA60-S-2006-001571, AA60-S-2006-001644, AA60-S-2006-001785, AA60-S-2006-001789, AA60-S-2006-001797, AA60-S-2006-001845 y AA60-S-2006-001860.

 

 

DESPACHO

 

Exp. 06-238: Oficio Remisión 01 / Oficio Participación 01

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

El Presidente de la Sala,

 

_____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              _____________________________

                                                              JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

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