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Sala de Casación Social
  • Fecha: 13 de diciembre de 2010





TRIIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 225

 

Lunes, 13 de diciembre de 2010

Siendo las 8:00 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

 

 

Exp. Recurso de Casación                                  10-1538

 

El abogado MARLON M. MEZA SALAS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ALEXANDER MENDOZA FERNÁNDEZ y OTROS contra COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

 

 

Exp. Recurso de Casación                                  10-1578

 

El abogado MIGUEL PÉREZ DÁVILA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ELISEO ANTONIO GONZÁLEZ PÉREZ y OTROS contra MUDANZAS CANARIA EXPRESS, C.A. y OTRAS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. Recurso de Control de la Legalidad                      10-392

 

El abogado ZDENKO SELIGO, presentó diligencia solicitando copias certificadas, para ser agregado al juicio que sigue ARMANDO JOSÉ MATA MOLINA contra TRANSPORTE, SERVICIOS y CONSTRUCCIONES HALCÓN, C.A. Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.

 

 

Exp. Recurso de Casación                                  10-1548

 

El ciudadano EDMAR ENRIQUE GÓMEZ, asistido judicialmente por el abogado OSWALDO RODRÍGUEZ MORILLO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS JAVIER GUERRA contra AVELINO GÓMEZ HENRIQUES, C.A. Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

Exp. Recurso de Casación                                  10-1406

 

La abogada CARMEN LEONILDE RUIZ BUSTOS, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue EMMA MERCEDES BALDÓ DE TANI contra CONSOLIDADA DE FERRY, C.A. (CONFERRY). Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.

 

 

Exp. S/N

 

El abogado JESÚS ENRIQUE NATERA VELÁSQUEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JUAN FIGUEREDO contra PROMOCIONES RÍO ARACAY, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. Recurso de Casación          (LOPNNA)                 10-1443

 

El abogado GERMÁN ERNESTO PEROZA VÁSQUEZ, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue OSMAR RAFAEL VÁSQUEZ GARCÍA y OTROS contra LILIA MATA DE TOVAR y OTROS. Ponente: Dr. ALFONSO VALBUENA C.

 

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. 08-585

 

Vista la solicitud formulada por el Abogado HÉCTOR ZAMORA I., apoderado de la parte demandante, contenida en diligencia de fecha nueve (09) de diciembre del año 2010, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2008-000585, contentivo del juicio seguido por HUMBERTO NAVARRO Y OTROS contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. 10-1495

 

Visto el escrito de fecha 6 de diciembre de 2010, presentado por el abogado Otelio Pitocco Di Gregorio, actuando en representación de la parte actora, mediante el cual promueve pruebas, esta Sala, de conformidad con el artículo 176 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia sobre la admisión de estas, señalando que ante esta Alzada se promueve:

                   - Mérito favorable de los autos, especialmente escrito de fecha 21 de octubre de 2010, presentado por la actora y soportes de dicho. No se admite por no ser prueba de las descritas en el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil.     

                   - Informe Médico expedido por el Médico Dr. Hernán Bolívar, récipes de medicamentos, recibo de pago a la Clínica El Carmen, y recibo de pago de la Farmacia Orinoco C.A. No se admiten por no ser de los medios señalados en el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil.

 

                   - Copias de sentencias 270 del 6 de marzo de 2007, y 115 del 17 de febrero de 2004, emanadas de esta Sala.  Se admiten por ser de los medios señalados en el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil

                  

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, LUNES TRECE (13) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010.

 

Recurso de casación  Exp. 09-1158

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, con la asistencia de los Conjueces Accidentales Principales abogados JESÚS RAMÓN TORRES PERTUZ y EVELIN EDREY SALAS MORENO. Por cuanto el Secretario de la Sala no podrá asistir a la audiencia, por motivos de salud, se designa para esta audiencia, como Secretario Accidental, al ciudadano MARCOS PAREDES, titular de la cédula de identidad 8.570.365, quien prestó el juramento de Ley; asimismo, se encuentra presente el Alguacil Accidental ciudadano JOSÉ MANUEL DE ABREU.

 

Constituida la Sala de Casación Social Especial en el Auditorio Principal ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra sentencia de fecha treinta y uno (31) de julio de 2009, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial  del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue YASMÍN VIVAS DE BAUTISTA contra ASEA BROWN BOVERI, S.A.

El Secretario deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Juan Enrique Croes Campbell, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.723, en representación de la parte actora recurrente; asimismo, se encuentra presente la abogada Rose Mary Thomas Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 21.177, en representación de la parte demandada recurrente.

Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, corresponde el turno a la representación judicial de la demandada, para que fundamente su recurso y manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por su contraparte. Concluido el debate, el Presidente de la Sala, pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social Especial del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por ambas partes. 2) CONFIRMA la sentencia recurrida. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, LUNES TRECE (13) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010.

 

Recurso de casación  Exp. 09-1170

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, con la asistencia de los Conjueces Accidentales Principales abogados JESÚS RAMÓN TORRES PERTUZ y EVELIN EDREY SALAS MORENO. Por cuanto el Secretario de la Sala no podrá asistir a la audiencia, por motivos de salud, se designa para esta audiencia, como Secretario Accidental, al ciudadano MARCOS PAREDES, titular de la cédula de identidad 8.570.365, quien prestó el juramento de Ley; asimismo, se encuentra presente el Alguacil Accidental ciudadano JOSÉ MANUEL DE ABREU.

 

Constituida la Sala de Casación Social Especial en el Auditorio Principal ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra sentencia de fecha dieciséis (16) de julio de 2009, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue FREDDY JOSÉ COVA ÁLVAREZ contra COCA-COLA  FEMSA DE VENEZUELA, S.A.

El Secretario deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Marlon Michael Meza Salas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.729, en representación de la parte demandada recurrente; la parte actora o sus apoderados no comparecieron a esta audiencia.

Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención,  el Presidente de la Sala, pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social Especial del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) ANULA la sentencia recurrida. 3) En atención a lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, LUNES TRECE (13) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010.

 

Recurso de casación  Exp. 09-1207

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, con la asistencia de los Conjueces Accidentales Principales abogados JESÚS RAMÓN TORRES PERTUZ y EVELIN EDREY SALAS MORENO. Por cuanto el Secretario de la Sala no podrá asistir a la audiencia, por motivos de salud, se designa para esta audiencia, como Secretario Accidental al ciudadano MARCOS PAREDES, titular de la cédula de identidad 8.570.365, quien prestó el juramento de Ley; asimismo, se encuentra presente el Alguacil Accidental ciudadano JOSÉ MANUEL DE ABREU.

 

Constituida la Sala de Casación Social Especial en el Auditorio Principal ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra sentencia de fecha seis (6) de agosto de 2009, dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y OTROS CONCEPTOS sigue EDGARDO ENRIQUE COLMENARES RIERA contra CORPORACIÓN HABITACIONAL EL SOLER, C.A.

El Secretario deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Edgardo Enrique Colmenares Riera, titular de la cédula de identidad número 12.697.877, parte actora en este juicio, y de su apoderado, abogado Juan Luis Núñez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.774; asimismo, se encuentra presente el abogado Nerio Yoel Herrera Basabe, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 105.912, en representación de la parte demandada.

Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, corresponde el turno a la representación judicial de la demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala, pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social Especial del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) ANULA la sentencia recurrida. 3) En atención a lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON  LUGAR LA DEMANDA. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, LUNES TRECE (13) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010.

 

Recurso de casación  Exp. 09-1338

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, con la asistencia de los Conjueces Accidentales Principales abogados JESÚS RAMÓN TORRES PERTUZ y EVELIN EDREY SALAS MORENO. Por cuanto el Secretario de la Sala no podrá asistir a la audiencia, por motivos de salud, se designa para esta audiencia, como Secretario Accidental al ciudadano MARCOS PAREDES, titular de la cédula de identidad 8.570.365, quien prestó el juramento de Ley; asimismo, se encuentra presente el Alguacil Accidental ciudadano JOSÉ MANUEL DE ABREU.

 

Constituida la Sala de Casación Social Especial en el Auditorio Principal ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra sentencia de fecha primero (1°) de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue  MARTÍN ALONZO ARIÑO, NADESKA CORINA BARRIOS SOLÓRZANO, TERESA NINOSKA D' ANDREA DAMAS, ALCIDES JOSÉ DUBEN ÁVILA, JAVIER EUSTAQUIO HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, YUDEIMA ELENA RIVAS GONZÁLEZ, TALIA DEL CARMEN RODRÍGUEZ BARRIOS y YAHASKARA AUXILIADORA TESTAMARK PALAU contra CENTRO DIAGNÓSTICO DOCENTE LAS MERCEDES, C.A. y HOSPITAL DE CLÍNICAS CARACAS, C.A.

El Secretario deja constancia de la asistencia a este acto de los ciudadanos Martín Alonzo Ariño, Nadeska Corina Barrios Solórzano, Teresa Ninoska D' Andrea Damas, Alcides José Duben Ávila, Javier Eustaquio Hernández Álvarez, Yudeima Elena Rivas González, Talia Del Carmen Rodríguez Barrios y Yahaskara Auxiliadora Testamark Palau, titulares de la cédula de identidad números 10.487.956, 14.050.379, 12.623.708, 11.060.668, 14.096.449, 12.015,164, 11.030.968 y 13.058.663, respectivamente, demandantes recurrentes y su apoderado,  abogado Manuel Leonardo Salas Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.084; asimismo, se encuentran presentes el abogado Giuseppe Mauriello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.094, en representación de la parte codemandada recurrente Hospital de Clínicas Caracas, C.A.; y Rubén Alejandro Maestre Wills y Alberto Romero Marín, Inpreabogado 97.713 y 98.058, respectivamente, en representación de la codemandada Centro Diagnóstico Docente Las Mercedes, C.A.

Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, corresponde el turno a la parte demandada. En primer lugar participó el abogado Rubén Alejandro Maestre Wills y posteriormente, el abogado Giuseppe Mauriello, quienes manifiestan sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala, pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social Especial del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR los recursos de casación interpuestos. 2) CONFIRMA la sentencia recurrida. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

                    

 

                    

DESPACHO

 

Exp. 09-0018: Oficio Remisión 2588 / Oficio de Participación 2589

Exp. 10-0539: Oficio Remisión 2590

Exp. 08-1643: Oficio Remisión 2591 / Oficio de Participación 2592

Exp. 10-0897: Oficio Remisión 2593 / Oficio de Participación 2594

Exp. 09-0633: Oficio Remisión 2595 / Oficio de Participación 2596

Exp. 09-0257: Oficio Remisión 2597 / Oficio de Participación 2598

Exp. 10-1290: Oficio Remisión 2599 / Oficio de Participación 2600

Exp. 09-0942: Oficio Remisión 2601 / Oficio de Participación 2602

Exp. 10-1256: Oficio Remisión 2603 / Oficio de Participación 2604

Exp. 09-0065: Oficio Remisión 2605 / Oficio de Participación 2606

Exp. 09-0366: Oficio Remisión 2607 / Oficio de Participación 2608

Exp. 09-1379: Oficio Remisión 2609 / Oficio de Participación 2610

Exp. 09-0445: Oficio Remisión 2611 / Oficio de Participación 2612

Exp. 09-1296: Oficio Remisión 2613 / Oficio de Participación 2614

Exp. 10-1249: Oficio Remisión 2615 / Oficio de Participación 2616

Exp. 10-1298: Oficio Remisión 2617

Exp. 10-0379: Oficio Remisión 2618 / Oficio de Participación 2619

Exp. 10-1176: Oficio Remisión 2620 / Oficio de Participación 2621

Exp. 10-1204: Oficio Remisión 2622 / Oficio de Participación 2623

Exp. 10-1075: Oficio Remisión 2624 / Oficio de Participación 2625

Exp. 10-1213: Oficio Remisión 2626 / Oficio de Participación 2627

Exp. 10-1245: Oficio Remisión 2628

Exp. 10-0638: Oficio Remisión 2629 / Oficio de Participación 2630

Exp. 10-1219: Oficio Remisión 2631 / Oficio de Participación 2632

Exp. 10-0568: Oficio Remisión 2633 / Oficio de Participación 2634

Exp. 10-1146: Oficio Remisión 2635 / Oficio de Participación 2636

Exp. 10-0794: Oficio Remisión 2637 / Oficio de Participación 2638

Exp. 10-1314: Oficio Remisión 2639

Exp. 10-1283: Oficio Remisión 2640

Exp. 09-1494: Oficio Remisión 2641 / Oficio de Participación 2642

Exp. 09-0736: Oficio Remisión 2643 / Oficio de Participación 2644

Exp. 10-1315: Oficio Remisión 2645 / Oficio de Participación 2646

Exp. 10-1235: Oficio Remisión 2647 / Oficio de Participación 2648

Exp. 10-0918: Oficio Remisión 2649 / Oficio de Participación 2650

Exp. 10-1104: Oficio Remisión 2651 / Oficio de Participación 2652

Exp. 09-1143: Oficio Remisión 2653 / Oficio de Participación 2654

Exp. 10-1263: Oficio Remisión 2655 / Oficio de Participación 2656

Exp. 10-1195: Oficio Remisión 2657 / Oficio de Participación 2658

Exp. 10-0423: Oficio Remisión 2659 / Oficio de Participación 2660

Exp. 10-1212: Oficio Remisión 2661 / Oficio de Participación 2662

Exp. 10-1284: Oficio Remisión 2663 / Oficio de Participación 2664

Exp. 10-1147: Oficio Remisión 2665 / Oficio de Participación 2666

Exp. 10-1189: Oficio Remisión 2667 / Oficio de Participación 2668

Exp. 10-1255: Oficio Remisión 2669

Exp. 10-1233: Oficio Remisión 2670

Exp. 09-1028: Oficio Remisión 2671

Exp. 10-0727: Oficio Remisión 2672

Exp. 09-0395: Oficio Remisión 2673

Exp. 09-0640: Oficio Remisión 2674 / Oficio de Participación 2675

Exp. 09-0166: Oficio Remisión 2676 / Oficio de Participación 2677

Exp. 10-1137: Oficio Remisión 2678 / Oficio de Participación 2679

Exp. 10-1248: Oficio Remisión 2680 / Oficio de Participación 2681

Exp. 10-1043: Oficio Remisión 2682 / Oficio de Participación 2683

Exp. 10-1344: Oficio Remisión 2684

Exp. 09-1299: Oficio Remisión 2685 / Oficio de Participación 2686

Exp. 09-1347: Oficio Remisión 2687 / Oficio de Participación 2688

Exp. 09-0932: Oficio Remisión 2689 / Oficio de Participación 2690

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

 

El Presidente de la Sala,

 

 

_____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

 

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              _____________________________

                                                              JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

 

 

 

 

 

 

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