TRIIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN
SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 154
Martes, 02 de agosto de 2011
Siendo las 8:00
a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N°
Recurso de
Casación
11-1076
El abogado PEDRO
PERERA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al
juicio que sigue JULIO CÉSAR BLANCO SOTOMAYOR y OTROS contra C.A. LA ELECTRICIDAD DE
CARACAS. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.
Exp. N°
Recurso de
Casación
09-1144
La abogada MARÍA
GABRIELA PIÑANGO LABRADOR, presentó diligencia consignando poder, más anexos,
para ser agregado al juicio que sigue CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ contra C.V.G. ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ, C.A.
(CVG EDELCA) y OTRA. Ponente: Dr. ALFONSO VALBUENA C.
Exp. N°
Recurso de
Casación
11-1063
El abogado
ALEXANDER ENRIQUE CARDOZO GONZÁLEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue EDUARDO DE JESÚS REGALADO ROSALES contra
THE HOUSE´S TELEVISION, C.A.
Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.
Exp. N°
Recurso de
Casación
11-987
El abogado JESÚS
RAMÓN MEDINA, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado
al juicio que sigue AUTO MERCADO SAN DIEGO, C.A. contra
SINDICATO DE TRABAJADORES y TRABAJADORAS DE AUTO MERCADO SAN DIEGO, C.A. (SINTRAAUMERSADI). Ponente: Dr. OMAR ALFREDO
MORA DÍAZ.
Exp. N°
Recurso de
Casación
11-371
La abogada
MARIANA FLORES CORADO, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia,
para ser agregado al juicio que sigue JUAN RAMÓN RONDÓN y OTROS contra
FUNDACIÓN PORTUARIA DE VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Exp. N°
Recurso de Control de la
Legalidad
09-982
El abogado JOSÉ
GREGORIO FAJARDO, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al
juicio que sigue DARIO RAFAEL MATUTE QUIARO contra INVERSIONES MVG 2003, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI
GUTIÉRREZ.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 11-505
Vista la solicitud formulada por el Abogado LUIS RAFAEL APONTE APONTE, apoderado de la parte demandante, contenida en
escrito de fecha veinte (20) de julio del año 2011, se ordena de conformidad
con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de
Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las
actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el
expediente Nº AA60-S-2011-000505, contentivo del juicio seguido por INGRID
SIOMARA OLIVEROS GANDARA contra HORST MARCEL HESSELMANN MACHADO, con
inserción del referido escrito y del presente auto.-
Exp. N° 11-446
Vista la solicitud formulada por el Abogado LUIS COROMOTO GARCÍA AYALA,
parte demandada, contenida en diligencia de fecha doce (12) de julio del año
2011, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16
de la Ley Orgánica
del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del
Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de
las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en
el expediente Nº AA60-S-2011-000446, contentivo del juicio seguido por JOSEFINA
ESTHER DE LA
CONCEPCIÓN MORENO WERNER contra LUIS COROMOTO GARCÍA
AYALA, con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-
Exp. N° 11-483
Vista la solicitud formulada por el Abogado HÉCTOR
ZAVALA MUÑOZ, apoderado de la parte demandada, contenida en diligencia de fecha
quince (15) de julio del año 2011, se ordena de conformidad con lo establecido
en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en
concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por
Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha
solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº
AA60-S-2011-000483, contentivo del juicio seguido por OMAR JOSÉ ANGELINO
ISTÚRIZ contra ADRIANA LOBO BORRERO, con inserción de la referida
diligencia y del presente auto.-
Exp. N° 11-644
En fecha 8 de julio de 2011, esta Sala de Casación Social publicó la
sentencia Nº 0778, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de
control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, GOBERNACIÓN DEL
ESTADO TÁCHIRA, en el juicio seguido por la ciudadana MARÍA ANTONIA NIÑO
PABÓN en contra de dicha entidad.
Ahora bien, de la lectura del mencionado fallo se puede observar que la Sala incurrió en un error
material, por cuanto en su parte narrativa, en donde se hace mención a la
demandante se colocó “María Antonieta Niño Pabón”,
cuando lo correcto es “María Antonia Niño Pabón”,
por lo que esta Sala hace la salvedad y corrige dicho error con fundamento en
el artículo 257 de la
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela.
En los términos que preceden esta Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, CORRIGE el error material en que incurrió
en el fallo Nº 0778, de fecha 8 de julio de 2011, en los siguientes términos:
En la parte narrativa, donde se lee “María Antonieta Niño Pabón”, debe leerse: “María Antonia Niño
Pabón”.
Téngase la presente corrección como parte integrante de dicho fallo.
Exp. N° 10-444
En fecha 27 de junio de 2011, esta Sala de Casación Social publicó la
sentencia N° 0708, mediante la cual se declaró con
lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, ciudadanas CELIA
CRUZ LÓPEZ SEVILLA y EUGENIA TERESA SEVILLA, quienes actuaron en
nombre y representación de la menor N. del C. L. S., beneficiaria de la
causante IRAIMA COROMOTO SEVILLA, contra la sociedad mercantil CARACAS
PAPER COMPANY, S.A. (CAPACO).
Ahora bien, de la lectura del mencionado fallo se puede observar que la Sala incurrió en un error material,
por cuanto en su parte dispositiva, en donde se hace mención a los magistrados
que no firman la decisión se colocó “Luis Alfonso Valbuena Cordero”,
cuando lo correcto es “Alfonso Valbuena Cordero”, por lo que
esta Sala hace la salvedad y corrige dicho error con fundamento en el artículo
257 de la Constitución
de la República
Bolivariana de Venezuela.
En los términos que preceden esta Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, CORRIGE el error material en que incurrió
en el fallo N° 0708, de fecha 27 de junio de 2011, en
los siguientes términos:
En la parte dispositiva, donde se lee “Luis Alfonso Valbuena
Cordero”, debe leerse: “Alfonso Valbuena Cordero”.
Téngase la presente corrección como parte integrante de dicho fallo.
ACTAS DE AUDIENCIA
ACTA
AUDIENCIA,
PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY, MARTES DOS (02) DE AGOSTO DEL AÑO 2011.
Recurso
de Casación (Revisión Ha Lugar) Exp. N° 09-761
Se abrió el acto
por la Presidenta
de la Sala Accidental
Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, con la asistencia de la Vicepresidenta la
Segunda Magistrada Suplente SONIA ARIAS PALACIOS, la Tercera Magistrada
Suplente CARMEN ESTHER GÓMEZ y la Quinta Magistrada Suplente BETTYS LUNA AGUILERA,
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE
PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Se deja constancia que la Cuarta Magistrada
Suplente Mónica Chávez Pérez, no asistió a la presente audiencia por motivos
justificados
Constituida la Sala Accidental en
el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la
mañana (09:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las
partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y
contradictoria, en virtud del Recurso de Casación (Revisión Ha Lugar) anunciado
y formalizado por la parte actora, contra la sentencia de fecha cinco (05) de
junio del año 2007, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por Cobro de
Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales sigue el ciudadano JAN
CRISTIAN CASTRO BELL contra BAHÍA'S ALTAMIRA, C.A. Y BAHÍA'S LAS MERCEDES, C.A. El Secretario deja constancia de la asistencia a
este acto del ciudadano Jan Cristian Castro Bell, titular de la cédula de identidad N°
13.538.270, asistido judicialmente por la abogada Cleidys
del Valle Hilarraza Malavé, quien se identificó con
el Inpreabogado Nº 81.617, en representación de la parte actora recurrente,
asimismo, se deja constancia de la no comparecencia a este acto de la parte
demandada y de sus apoderados judiciales. Seguidamente, se le otorga el derecho
de palabra a la parte actora recurrente, la abogada Cleidys
del Valle Hilarraza Malavé, para que expongan las
razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez
terminada su intervención y concluido el debate, la Presidenta de la Sala, pregunta a los demás
Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado,
ilustrada como se encuentra la
Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la
deliberación, la Presidenta
de la Sala, lee
la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Carmen
Elvigia Porras de Roa, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR
el Recurso de Casación interpuesto por la parte demandante; 2) ANULA
la sentencia recurrida, 3) En atención a lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, la Sala
desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE
CON LUGAR LA DEMANDA. 4) No hay
condenatoria en costas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás
especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de
audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA,
PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY, MARTES DOS (02) DE AGOSTO DEL AÑO 2011.
Recurso
de Casación Exp. N° 10-468
Se abrió el acto
por el Presidente de la
Sala Accidental Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, con la
asistencia del Vicepresidente Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, Magistrado
LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ y la Tercera Magistrada Suplente CARMEN ESTHER GÓMEZ,
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE
PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Se deja constancia que la Cuarta Magistrada
Suplente Mónica Chávez Pérez, no asistió a la presente audiencia por motivos
justificados.
Constituida la Sala Accidental en
el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y
cuarenta y cinco de la mañana (09:45 a.m.), hora fijada a los fines de que
tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de
Casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha
once (11) de marzo del año 2010, dictada por el Juzgado Octavo Superior del
Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,
con motivo del juicio que, por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos
Laborales sigue el ciudadano JOSÉ DE JESÚS DE OLIVEIRA DA CONCEICAO contra
la sociedad mercantil COMPLEJO AGROPECUARIO CARNICO (CARNICOS), C.A. Y LOGÍSTICA DE VENEZUELA LOMA C.A.
El Secretario deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados
Leopoldo Laya y José Ángel Araujo Parra, quienes se identificaron con los
números de Inpreabogado 17.548 y 7.802, respectivamente, en representación de
la parte actora recurrente, asimismo, se deja constancia de la asistencia del
abogado Pedro Alberto Perera Riera, quien se identificó
con el número de Inpreabogado 21.061, en representación de la parte
demandada recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la
parte actora recurrente, el abogado José Ángel Araujo Parra para que exponga
las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una
vez terminada su intervención, correspondió el turno al apoderado de la parte
demandada recurrente, el abogado Pedro Alberto Perera
Riera, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del
fallo recurrido. Concluido el debate, el Presidente de la Sala, pregunta a los demás
Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado,
ilustrada como se encuentra la
Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la
deliberación, el Presidente de la
Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley,
bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, aprobada de manera
unánime, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Casación
interpuesto por la parte demandada; 2) ANULA la
sentencia recurrida; 3) conforme al artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo desciende y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda
4) No hay Condenatoria en constas. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al
expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la
publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA,
PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY, MARTES DOS (02) DE AGOSTO DEL AÑO 2011.
Recurso
de Casación Exp. N° 09-1144
Se abrió el
acto por el Presidente de la
Sala Accidental Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la
asistencia de Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, la Magistrada CARMEN
ELVIGIA PORRAS DE ROA y la Tercera Magistrada Suplente CARMEN ESTHER GÓMEZ,
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE
PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Se deja constancia que el
Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, no asistió a la presente
audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala Accidental en
el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y treinta
de la mañana (10:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la
audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de
Casación anunciado por ambas partes y formalizado por la codemandada C.V.G. Electrificación Del Caroní, C.A.
(CVG EDELCA), contra la sentencia de fecha once (11) de mayo del año 2009,
dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Estado Bolívar, con motivo del juicio que, por Cobro de Prestaciones
Sociales y Otros Conceptos Laborales sigue el ciudadano CARLOS ALBERTO
SÁNCHEZ contra C.V.G. ELECTRIFICACIÓN DEL
CARONÍ, C.A. (CVG EDELCA) Y SERVICIOS MANOLO, C.A.. El Secretario deja constancia de la asistencia a
este acto de la abogada María Gabriela Piñango
Labrador, quien se identificó con el Inpreabogado Nº 124.870, en representación
de la parte codemandada recurrente C.V.G.
Electrificación del Caroní, C.A. (EDELCA), asimismo,
se deja constancia de la no comparecencia a este acto de la parte actora y la
parte codemandada sociedad mercantil Servicios Manolo, C.A.
y de sus apoderados judiciales. En fecha 23 de abril de 2010, esta Sala de
Casación Social, mediante sentencias Nº 373 y Nº 374 declaró: Perecido el
recurso de casación anunciado por la parte actora ciudadano CARLOS ALBERTO
SÁNCHEZ y por la parte codemandada SERVICIOS MANOLO, C.A.
Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte codemandada
recurrente, la abogada María Gabriela Piñango
Labrador para que expongan las razones, que a su juicio, justifican la nulidad
del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención y concluido el debate,
el Presidente de la Sala,
pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon.
En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar.
Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena
Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el
Recurso de Casación interpuesto por la parte codemandada recurrente; 2) ANULA
la sentencia recurrida; 3) conforme al artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo desciende y declara SIN LUGAR la demanda. De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás
especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y
video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA,
PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY, MARTES DOS (02) DE AGOSTO DEL AÑO 2011.
Recurso
de Casación Exp. N° 10-369
Se abrió el
acto por el Presidente de la
Sala Accidental Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la
asistencia de el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, la Magistrada CARMEN
ELVIGIA PORRAS DE ROA y la Tercera Magistrada Suplente CARMEN ESTHER GÓMEZ,
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE
PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Se deja constancia que el
Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, no asistió a la presente
audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala Accidental en
el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y quince
de la mañana (11:15 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la
audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de
Casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha
veintidós (22) de febrero del año 2010, dictada por el Juzgado Primero Superior
del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,
con motivo del juicio que, por Enfermedad Profesional, Prestaciones Sociales,
Daño Moral y Lucro Cesante sigue el ciudadano LUIS MANUEL ACOSTA GUIA contra
COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.. El Secretario deja constancia de la
asistencia a este acto de las abogadas Lourdes Ree
Santamaría Pacheco y Carolina Noda Hidalgo, quienes
se identificaron con el Inpreabogado Nº 70.689 y Nº 71.541, respectivamente, en
representación de la parte actora recurrente, asimismo, se deja constancia de
la asistencia del abogado Carlos Augusto López Damiani, quien se identificó con
el Inpreabogado Nº 75.216, en representación de la parte demandada recurrente.
Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte actora recurrente,
la abogada Carolina Noda Hidalgo para que expongan
las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una
vez terminada su intervención, correspondió el turno al apoderado de la parte
demandada recurrente, el abogado Carlos Augusto López Damiani para que exponga
las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido.
Concluido el debate, el Presidente de la Sala, pregunta a los demás Magistrados si desean
formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se
retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena
Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el
Recurso de Casación interpuesto por ambas partes; 2) CONFIRMA la
sentencia recurrida. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás
especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles
siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y
video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA,
PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY, MARTES DOS (02) DE AGOSTO DEL AÑO 2011.
Control
de la Legalidad Exp.
N° 07-118
Se abrió el
acto por el Presidente de la
Sala Accidental Magistrado LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,
con la asistencia del Vicepresidente ALFONSO VALBUENA CORDERO, la Magistrada CARMEN
ELVIGIA PORRAS DE ROA y la Tercera Magistrada Suplente CARMEN ESTHER GÓMEZ,
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE
PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Se deja constancia que el
Primer Magistrado Suplente Octavio Sisco Ricciardi no asiste a la presente audiencia por
motivos justificados.
Constituida la Sala Accidental en
el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y cuarenta
y cinco de la mañana (11:45 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar
la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Control de la Legalidad solicitado por
ambas partes, contra la sentencia de fecha veintinueve (29) de noviembre del
año 2006, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Estado Carabobo, con motivo del juicio que, por Beneficio de Jubilación
Especial sigue la ciudadana MARITZA JOSEFINA MOLINA TOVAR, INGRID DEL
ROSARIO BISAMON DE MEDINA Y ROSA ELENA NAVAS contra COMPAÑÍA ANÓNIMA
NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.).
El Secretario
deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Pedro Ramos Rangel,
quien se identificó con el Inpreabogado Nº 31.602, en representación de la
parte demandada recurrente, asimismo, se deja constancia de la no comparecencia
a este acto de la parte actora recurrente y de sus apoderados judiciales.
Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada
recurrente, el abogado Pedro Ramos Rangel, para que exponga las razones, que a
su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su
intervención y concluido el debate, el Presidente de la Sala, pregunta a los demás
Magistrados si desean formular preguntas. Intervinieron los Magistrados Luis E.
Franceschi Gutiérrez y Carmen Elvigia Porras de Roa, e interrogaron al abogado
Pedro Ramos Rangel. De seguidas, contestó. En este estado, ilustrada como se
encuentra la Sala,
los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, el
Presidente de la Sala,
lee la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia del Magistrado Luis E. Franceschi
Gutiérrez, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el
control de la legalidad solicitado por la parte actora; 2) SIN LUGAR
el control de la legalidad solicitado por la parte demandada recurrente; 3) CONFIRMA
la sentencia recurrida. Se ordena publicación del fallo, con la motivación y
las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días
hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de
audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente
Acta.
ACTA
AUDIENCIA,
PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY, MARTES DOS (02) DE AGOSTO DEL AÑO 2011.
Control
de la Legalidad Exp.
N° 07-539
Se abrió el
acto por el Presidente de la
Sala Accidental Magistrado LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,
con la asistencia del Vicepresidente ALFONSO VALBUENA CORDERO, la Magistrada CARMEN
ELVIGIA PORRAS DE ROA y la Tercera Magistrada Suplente CARMEN ESTHER GÓMEZ,
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE
PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Se deja constancia que la Magistrada Suplente
Dra. Mónica Chávez Pérez no asiste a la presente audiencia por motivos
justificados.
Constituida la Sala Accidental en
el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y quince
de la mañana (12:15 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la
audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Control de la Legalidad solicitado por
la parte demandada, contra la sentencia de fecha diecinueve (19) de enero del
año 2007, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripció
n Judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio que, por Beneficio de
Jubilación sigue el ciudadano VÍCTOR ALEXANDER MAGALLANES GONZÁLEZ contra
COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.).
El Secretario
deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Pedro Ramos Rangel,
quien se identificó con el Inpreabogado Nº 31.602, en representación de la
parte demandada recurrente, asimismo, se deja constancia de la no comparecencia
a este acto de la parte actora recurrente y de sus apoderados judiciales.
Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada
recurrente, el abogado Pedro Ramos Rangel, para que exponga las razones, que a
su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su
intervención y concluido el debate, el Presidente de la Sala, pregunta a los demás
Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado,
ilustrada como se encuentra la
Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la
deliberación, el Presidente de la
Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley,
bajo la ponencia del Magistrado Luis E. Franceschi Gutiérrez, aprobada de
manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el control de la legalidad
solicitado. 2) ANULA la sentencia recurrida. 3) En atención a lo
dispuesto en el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de
las actas del expediente y declara SIN LUGAR LA DEMANDA. Se ordena
publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta
decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se
ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
AUTOS DE DESIGNACIÓN DE
PONENTE
Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ:
AA-S-60-2011-001011
(Acc)
AA-S-60-2011-001026
AA-S-60-2011-001050
AA-S-60-2011-001065
AA-S-60-2011-001069
AA-S-60-2011-001035
AA-S-60-2011-001010
AA-S-60-2011-001019
AA-S-60-2011-001028
AA-S-60-2011-001036
AA-S-60-2011-001046
AA-S-60-2011-001057
AA-S-60-2011-001062
AA-S-60-2011-001072
Dr. JUAN RAFAEL
PERDOMO:
AA-S-60-2011-001016
AA-S-60-2011-001034
AA-S-60-2011-001056
AA-S-60-2011-001073
AA-S-60-2011-001042
AA-S-60-2011-001013
AA-S-60-2011-001022
AA-S-60-2011-001031
AA-S-60-2011-001038
AA-S-60-2011-001052
AA-S-60-2011-001059
AA-S-60-2011-001066
AA-S-60-2011-001078
Dr.
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ:
AA-S-60-2011-001015
AA-S-60-2011-001027
AA-S-60-2011-001053
(Acc)
AA-S-60-2011-001074
AA-S-60-2011-001040
AA-S-60-2011-001012
AA-S-60-2011-001021
AA-S-60-2011-001029
AA-S-60-2011-001037
AA-S-60-2011-001051
(Acc)
AA-S-60-2011-001058
AA-S-60-2011-001064
AA-S-60-2011-001075
AA-S-60-2011-001049 (Agr)
Dra.
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA:
AA-S-60-2011-001017
AA-S-60-2011-001030
(Acc)
AA-S-60-2011-001039 (Lopnna)
AA-S-60-2011-001047
AA-S-60-2011-001063
AA-S-60-2011-001076
AA-S-60-2011-001048
AA-S-60-2011-001014
AA-S-60-2011-001023
AA-S-60-2011-001032
AA-S-60-2011-001041
AA-S-60-2011-001054
AA-S-60-2011-001060
AA-S-60-2011-001070
AA-S-60-2011-001020 (Agr)
Dr. ALFONSO VALBUENA CORDERO:
AA-S-60-2011-001024
AA-S-60-2011-001045
AA-S-60-2011-001068
AA-S-60-2011-001079
AA-S-60-2011-001077 (Lopnna)
AA-S-60-2011-001018
AA-S-60-2011-001025
AA-S-60-2011-001033
AA-S-60-2011-001044
(Acc)
AA-S-60-2011-001055
AA-S-60-2011-001061
AA-S-60-2011-001071
AA-S-60-2011-001043 (Agr)
REVISIÓN HA LUGAR SE INHIBEN TODOS LOS MAGISTRADOS:
AA-S-60-2011-001067
Siendo las 3:00
p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES

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