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TRIIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 230
Lunes, 12 de diciembre de 2011
Siendo las 8:00 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Avocamiento Agrario 11-454
La ciudadana MARÍA COLUMBA ZABALETA, asistida judicialmente por la abogada NORMA T. CHANTO BOLÍVAR, presentó diligencia consignando CD, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA COLUMBA ZABALETA contra PROTINAL, C.A. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.
Exp. N° Avocamiento Agrario 11-454
La ciudadana MARÍA COLUMBA ZABALETA, asistida judicialmente por la abogada NORMA T. CHANTO BOLÍVAR, presentó diligencia retirando CD de copia audiovisual de la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA COLUMBA ZABALETA contra PROTINAL, C.A. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.
Exp. N° Recurso de Casación 11-1620
Los abogados GAISKALE CASTILLEJO y MARIANA ROSO, presentaron escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue Rutilo HUMBERTO BECERRIL BECERRIL contra C.A. QUÍMICAS QUIMSA. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.
OFICIOS ENVIADOS
Exp. N° 11-1201
Según Oficio N° TSQ-2011-1357, de fecha 11-11-11; del Juzgado Superior Quinto (5°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuaciones que guardan relación con la presente causa, (cómputo donde indica que el día 11-10-11, fue el último de los 5 días para el anuncio, constante de tres (3) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue FÉLIX ANTONIO BRICEÑO TELLO contra PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.
AUTOS PUBLICADOS
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes expedientes:
AA60-S-2011-001425.-
AA60-S-2011-001469.-
AA60-S-2011-001384.-
Exp. N° 11-1094
Vista la solicitud formulada por el ciudadano LUIS ALBERTO ARAQUE DÁVILA, parte demandante, asistido judicialmente por el Abogado ADOLFO ORTEGA, contenida en escrito de fecha siete (07) de diciembre del año 2011, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría las copias certificadas de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2011-001094, contentivo del juicio seguido por LUIS ALBERTO ARAQUE DÁVILA contra HOSPITAL DE CLÍNICAS CARACAS, C.A., y OTRO, con inserción del referido escrito y del presente auto.-
Exp. N° 11-1188
Vista la solicitud formulada por la Abogada FLAVIA ZARINS WILDING, apoderado de la parte demandada, contenida en diligencia de fecha seis (06) de diciembre del año 2011, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría las copias certificadas de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2011-001188, contentivo del juicio seguido por JOSÉ ALEJANDRO ZERPA NIETO contra COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L. y COMERCIALIZADORA SNACKS AMÉRICA LATINA VENEZUELA, S.R.L. hoy PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-
Exp. N° 11-1085
Vista la solicitud formulada por el abogado BERNARDO DÍAZ GRAU, apoderado de la parte demandada, contenida en diligencia de fecha nueve (09) de diciembre del año 2011, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría las copias certificadas de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2011-001085, contentivo del juicio seguido por ARISNEY PÉREZ ROMERO contra INVERSIONES 10-108, C.A., y OTRAS, con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-
Exp. N° 11-1165
Por cuanto en la sentencia Nº 1421, de fecha 08 de diciembre de 2011, se incurrió en un error material en la parte relativa a: “Continúese con la tramitación del recurso propuesto por la actora”, siendo lo correcto: “Continúese con la tramitación del recurso propuesto por la parte demandada”. Mediante el presente auto queda subsanado el error en referencia para los fines consiguientes.
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
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OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario,
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MARCOS ENRIQUE PAREDES
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