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Sala de Casación Social
  • Fecha: 03 de diciembre de 2015





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 214

 

Jueves, 03 de diciembre de 2015

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N° Recurso de Casación                                 14-726

 

La abogada MARÍA TERESA ITRIAGO, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue INÉS MARÍA DE ÁVILA DE ARIAS contra FUNDACIÓN LA SALLE DE CIENCIAS NATURALES y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N° Recurso de Casación                                 14-435

 

El abogado JOSÉ ARAGUAYÁN HERNÁNDEZ y por la otra parte su colega JOSÉ GREGORIO ASCANIO ORTEGA, presentaron diligencia de transacción, más anexos, para ser agregado al juicio que sigue MARCOS ANTONIO GÓMEZ LEAL contra ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° Recurso de Casación                                 14-499

 

El abogado JOSÉ ARAGUAYÁN HERNÁNDEZ y por la otra parte su colega JOSÉ GREGORIO ASCANIO ORTEGA, presentaron diligencia de transacción, más anexos, para ser agregado al juicio que sigue FERNANDO ALBERTO GIBELLINI REZZANO contra CERVECERÍA POLAR, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° Apelación Agraria             15-585

 

El abogado CARLOS G. PORTILLO ARTEAGA, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MARITZA COROMOTO DÁVILA FLORES contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.

 

 

Exp. N° Recurso de Casación                                 15-1375

 

La abogada DAYSI GARCÍA RAMOS, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ARIALDO JOSÉ CORDERO contra RESTAURANT FLOR DE ESPAÑA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° Avocamiento           15-811

 

El abogado TUTANKAMEN HERNÁNDEZ ROJAS, presentó escrito de opinión fiscal del avocamiento, para ser agregado al juicio que sigue SANDRO MARÍA GRILLINI. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N° Recurso de Casación                                 14-1014

 

La abogada MAGALY GARCÍA MALPICA, presentó diligencia solicitando copia certificada del escrito de formalización y de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ contra CENTRO MÉDICO LOIRA, C.A. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.

 

 

Exp. N° Recurso de Casación                                 15-520

 

La abogada MARÍA TERESA BERROTERAN y por la otra parte su colega GERMÁN ALFREDO GARCÍA FLORES, presentaron escrito de transacción, más anexos, para ser agregado al juicio que sigue ALFREDO JOSÉ PELLICER ACEVEDO y OTRO contra ARENERA SOLICHIATA, C.A. y OTROS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° S/N

 

El abogado JAMROB JOSÉ RAMÍREZ SOLORZANO, presentó escrito ratificando la formalización, para ser agregado al juicio que sigue FÉLIX ANTONIO CORONAL contra DARIOLYS PARRA MÉNDEZ. Ponente: Dr.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N° 15-1424

 

Según oficio N° TSP-2015-1159, de fecha 13-11-15, del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (diligencia de TRANSACCIÓN, más anexos, presentado por ambas partes), constante de nueve (09) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue MIGUEL ÁNGEL SOTURNO ROO contra ATENCIÓN TÉCNICA Y ESPECIALIZADA DE LA SALUD, C.A. (ATESCA) Y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N° 14-435

 

Visto el acuerdo transaccional presentado por las partes mediante diligencia de esta misma fecha, suscrita por los abogados José Gregorio Ascanio Ortega y José Araguayán Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 132.382 y 13.246, en su condición de apoderados de la parte demandada y actora, respectivamente, esta Sala de Casación Social acuerda  suspender la audiencia prevista para el día de hoy. Cúmplase lo ordenado. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N° 14-499

 

Visto el acuerdo transaccional presentado por las partes mediante diligencia de esta misma fecha, suscrita por los abogados José Gregorio Ascanio Ortega y José Araguayán Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 132.382 y 13.246, en su condición de apoderados de la parte demandada y actora, respectivamente, esta Sala de Casación Social acuerda  suspender la audiencia prevista para el día de hoy. Cúmplase lo ordenado. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N° 14-1571

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente al presente recurso para el día martes dos (2) de febrero del año 2016. Hora: dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N° 15-989

 

Por cuanto esta Sala de Casación Social al resolver el recurso de control de la legalidad interpuesto en el proceso de cobro de acreencias laborales instaurado por la ciudadana RITA GREGORIA ÁLVAREZ DÁVILA contra el MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, omitió ordenar la remisión del expediente a su juzgado de origen de conformidad con lo preceptuado en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a corregir el error material y en consecuencia, se ordena su remisión tal como lo establece la norma en referencia. En tal sentido, en la decisión N° 1079, de fecha 25 de noviembre de 2015, en su parte final debe leerse “Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo”.

Queda así subsanado el error en referencia. Téngase la presente corrección como parte integrante de dicha decisión.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PARA DICTAR DISPOSITIVO ORAL DE LA SENTENCIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES TRES (3) DE DICIEMBRE

DEL AÑO 2015.

Recurso de casación  Exp. N° 14-1188.

 

Se abrió el acto por la Presidenta de la Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala, Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES  y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. 

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en el piso cuatro (4) del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, previa advertencia a las partes,  siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia correspondiente al recurso de casación, anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha once (11) de julio de 2014, emanada del Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por ACREENCIAS LABORALES sigue la ciudadana JUANA EDECIA CASTILLO contra CENTRO MÉDICO LOIRA, C.A. 

A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Ubencio José Martínez Lira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.921, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente  la ciudadana Juana Edecia Castillo, titular de la cédula de identidad N° 3.879.129, parte demandante en este juicio y de sus apoderados abogados Magaly Josefina García Malpica y Freddy Alberto Álvarez Bernee, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 11.409 y 10.040, respectivamente.

Seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, con el anuncio de voto salvado de la Magistrada Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa,  declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena  agregar  al  expediente  el  disco  compacto  de  audio y video del presente acto. Se  ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY JUEVES, TRES (3) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015.

Recurso de casación  Exp. N° 14-413.

 

Se abrió el acto por la Presidenta de la Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala, Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES  y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. 

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en el piso cuatro (4) del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, previa advertencia a las partes,  siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada  a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por el Banco Nacional de Crédito, C.A. Banco Universal, Stanford Group Venezuela Asesores de Inversión, C.A. y por el tercero interesado Torre Senza Nome Venezuela, C.A. contra la sentencia de fecha dos (02) de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguen los ciudadanos FABIO ERNESTO BRAMANTI OSTILLA, CARL HENRIK GUSTAF EDLUND BREWER y NICOLÁS VALERA STACHOWSKY contra las empresas BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A. BANCO UNIVERSAL y STANDFORD GROUP VENEZUELA ASESORES DE INVERSIÓN C.A., y donde actúan como terceros interesados las empresas: TORRE SENZA NOME VENZUELA, C.A. y BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A.   A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Guido Alfonso Puche Faría, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.643, en representación de la parte codemandada recurrente Banco Nacional de Crédito, C.A. Banco Universal. De igual forma, se encuentra presente el abogado Humberto José Decarli Rodríguez, inscrito en Inpreabogado bajo el número 9.928, en representación de la empresa codemandada recurrente Stanford Group Asesores de Inversión, C.A. y del tercero interesado, también recurrente, Torre Senza Nome Venezuela, C.A. Asimismo, se encuentra presente el abogado Teodoro Itriago Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.647, en representación de la parte actora. La empresa Banco Bicentenario Banco Universal, C.A., estuvo representada por el abogado Francisco Gil, Inpreabogado N° 97.215. 

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de las co-demandadas recurrentes. En primer lugar interviene el abogado Guido Alfonso Puche Faría y posteriormente el abogado Humberto José Decarli Rodríguez, para que expongan los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, corresponde el turno al apoderado de la parte demandante para que manifieste  sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por las formalizantes. Concluido el debate, la Magistrada Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa interroga a los abogados Guido Alfonso Puche Faría y Teodoro Itriago Giménez. Una vez dadas sus respuestas, le formula preguntas al abogado Francisco Gil, representante de Banco Bicentenario, Banco Universal, C.A. Contesta. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar.  Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime,  declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el Banco Nacional de Crédito, C.A. Banco Universal. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la Sala desciende al estudio de las actas que conforman la controversia y declara: a) IMPROCEDENTE la falta de cualidad de por el Banco Nacional de Crédito, C.A. Banco Universal y la empresa Torre Senza Nome Venezuela, C.A.; b) CON LUGAR la falta de cualidad de la sociedad mercantil Banco Bicentenario Banco Universal, C.A.; y c) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta contra las sociedades mercantiles Banco Nacional de Crédito, C.A. Banco Universal, Stanford Group Venezuela Asesores de Inversión, C.A. y  Torre Senza Nome Venezuela, C.A.;  4)  No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. 5)  Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena  agregar  al  expediente  el  disco  compacto  de  audio y video del presente acto. Se  ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY JUEVES, TRES (3) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015.

Recurso de casación  Exp. N° 14-1632.

 

Se abrió el acto por la Presidenta de la Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala, Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES  y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. 

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en el piso cuatro (4) del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, previa advertencia a las partes,  siendo las doce del mediodía (12:00 m.), hora fijada  a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia de fecha cuatro (04) de noviembre de 2014, dictada por el  Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguen los ciudadanos CARLOS ANTONIO MARTÍNEZ DÁVILA Y RONALD RICARDO RUA GÓMEZ contra la empresa TRANSPORTE PRESIDENTE MEDINA, C.A. y subsidiariamente contra los ciudadanos DONALD DANIEL HUAMANI GARCÍA y JOSÉ BELTRÁN TEJERA.   A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de las abogadas Hilsy María Silva Rondón y Nilda Esther Escalona de David inscritas en el Inpreabogado bajo los números 69.213 y 64.444, respectivamente, en representación de la parte actora recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado Héctor Alfredo Lunar Zapata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.868, en representación de la parte demandada.  Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante, a través de su apoderada  Hilsy María Silva Rondón, para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, corresponde el turno al apoderado de la parte demandada para que manifieste  sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar.  Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime,  declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte recurrente. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena  agregar  al  expediente  el  disco  compacto  de  audio y video del presente acto. Se  ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY JUEVES, TRES (3) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015.

Recurso de casación  Exp. N° 14-1131.

 

Se abrió el acto por la Presidenta de la Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala, Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES  y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.  Por motivos justificados la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, no asiste a esta audiencia.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en el piso cuatro (4) del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, previa advertencia a las partes,  siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), hora fijada  a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes contra la sentencia de fecha  primero (1°) de julio de 2014, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y DAÑO MORAL sigue el ciudadano HAROLD EDUARDO JOHNSON JIMÉNEZ contra la empresa SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A.   A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Harold Eduardo Johnson Jiménez, titular de la cédula de identidad número 7.836.312, parte actora recurrente en el presente juicio, así como de su apoderado abogado Joanders José Hernández Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 56.872. Asimismo, se encuentra presente el abogado Víctor Alberto Durán Negrete, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.163, en representación de la empresa demandada también recurrente.  Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, corresponde el turno al apoderado de la parte demandada para que fundamente su recurso de casación y manifieste  los argumentos tendentes a enervar lo expuesto por su contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar.  Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime,  declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la Sala desciende al estudio de las actas que conforman la controversia y declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. 4)  No hay condenatoria en costas. 5)  Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena  agregar  al  expediente  el  disco  compacto  de  audio y video del presente acto. Se  ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PARA DICTAR DISPOSITIVO ORAL DE LA SENTENCIA.

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES TRES (3) DE DICIEMBRE

DEL AÑO 2015.

Recurso de casación  Exp. N° 14-779.

 

Se abrió el acto por la Presidenta de la Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala, Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES  y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.  Por motivos justificados la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, no asiste a esta audiencia.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en el piso cuatro (4) del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, previa advertencia a las partes,  siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia correspondiente al recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha   veintidós (22) de enero de 2013, dictada por el  Juzgado Décimo Séptimo Superior  (Accidental) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL, DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE sigue el ciudadano BARTOLO FARFÁN contra la empresa ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE) hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC), en virtud del proceso conciliatorio acordado por esta Sala en fecha 27 de octubre de 2015 y no consumado por las partes.  A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Ediht Gallardo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 136.943, en representación de la parte demandada. Asimismo, se encuentra presente la abogada Eliana Paulina Rodríguez  Perdomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 142.657, en representación de la parte actora. Seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime,  declara: 1) CASA DE OFICIO  y, en consecuencia, se anula la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la Sala desciende al estudio de las actas que conforman la controversia y REPONE la causa al estado de que el Juez Superior que resulte competente, fije nuevamente la audiencia de la apelación. 4)  No hay condenatoria en costas. 5)  Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena  agregar  al  expediente  el  disco  compacto  de  audio y video del presente acto. Se  ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

1141

15-721

Consulta

Mecor, C.A. contra Acto Administrativo CMO-C-011-13, de fecha 16/01/2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta, hoy Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)

Marjorie Calderón Guerrero

Confirma la decisión dictada el 4 de diciembre del año 2014, dictada por rl Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui

1142

15-1037

Recurso de control de la legalidad

Rubén Darío Rojas Rubio contra Inversiones Gasomiranda 2010, C.A. (Estación de Servicio Miranda) y otro

Marjorie Calderón Guerrero

Se admite

1143

14-1300

Recurso de Casación

Richard Alberto Hernández Lara contra C.N.P.C. Services Venezuela L.T.D., S.A.

Carmen Elvigia Porras de Roa

1) Con lugar el recurso; 2) Anula el fallo recurrido; 3) Parcialmente con lugar la demanda

1144

14-1512

Recurso de Casación

(LOPNNA)

Mireya Cristina Cambero Cordero contra José Fernando de Matos Rebolledo

Carmen Elvigia Porras de Roa

1) Con lugar el recurso; 2) Anula el fallo recurrido; 3) Se repone la causa al estado de admisión de la demanda

1145

14-1660

Recurso de Casación

Marvin Gabriel Cabrera Ramírez contra Proyectos Empresariales de Salud Administrados P.E.S.A., C.A.

Edgar Gavidia Rodríguez

Sin lugar

1146

14-426

Regulación de Competencia

(AGRARIA)

 

Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, C.A. contra S.A. Café Imperial

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Se homologa el acuerdo de la partes

1147

15-276

Recurso de Casación

(LOPNNA)

Marta Emilia Siniscalchi Sur contra Giuseppe Claudio Lasagna Bartoli

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Perecido (demandada)

1148

15-405

Recurso de control de la legalidad

Lermin Manuel López Jiménez contra Buhos on line C.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Inadmisible

1149

15-667

Recurso de control de la legalidad

Edgar Enrique González León contra Suministros y Servicios SS, C.A. (SUSESS, C.A.)

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Inadmisible

1150

15-718

Recurso contencioso administrativo de nulidad

C.A. Cervecería Regional contra Acto Administrativo N° 0016-11, de fecha 07/01/2011, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Zulia, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Sin lugar

1151

15-916

Recurso de control de la legalidad

Servicios Avícola Bejuma, C.A. contra Sindicato Único de Trabajadores al Servicios de la Empresa Servicios Avícolas Bejuma, C.A. (SINUNTRASABECA)

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Inadmisible

1152

15-925

Recurso de control de la legalidad

Jairo Germán Velázquez Rosas contra Instituto Autónomo contra la Pobreza y Exclusión Social del Estado Yaracuy (I.A.P.E.S.E.Y), adscrito a la Gobernación del estado Yaracuy

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Inadmisible

1153

15-946

Recurso de control de la legalidad

Jorge Antonio Chopite Fuentes contra La Vida en Vidrio, C.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Se admite

1154

15-955

Recurso de control de la legalidad

Rubén Darío Quintana contra Acto Administrativo N° 733-2010, de fecha 30/11/2010, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Inadmisible

1155

15-995

Recurso de Casación

Luis Emiro González contra Tubos Servicios, S.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Perecido

1156

15-1003

Recurso de control de la legalidad

Fernando González contra A.C. Ropero del Zulia, adscrito a la Gobernación del estado Zulia

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Inadmisible

1157

15-1043

Recurso de control de la legalidad

Guilian Linzay Bolívar Uzcátegui contra Instituto Técnico Luisa Cáceres de Arismendi, C.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

inadmisible

1158

15-1180

Recurso de control de la legalidad

Julio Adrián Omaña y Otros contra Inversiones Inmobiliarias I.A.R. 1997, C.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Inadmisible

1159

15-1192

Recurso de control de la legalidad

Humberto Rafael Ibarra Bravo contra Providencia Administrativa N° 0518-13, de fecha 30/10/2013, dictada por el la Inspectoría del Trabajo, del Municipio Libertador del Distrito Capital.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Inadmisible

 

 

DESPACHO

 

 

Oficio Informativo Nº 2482

Oficio Informativo Nº 2483

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                                ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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