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Sala de Casación Social
  • Fecha: 07 de mayo de 2015





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 81

 

Jueves, 07 de mayo de 2015

Siendo las 8:00 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-564

 

El abogado TEODORO RODRÍGUEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue FRANCISCO JOSÉ ARZOLAY contra CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS PAHORCA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado FREDDY ÁLVAREZ BERNNE, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JUAN RAMÓN GONZÁLEZ contra INVERSIONES KARALAMOS, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Hecho             15-537

 

El abogado SANTOS SIMÓN ROBLES PÉREZ, presentó escrito de fundamentación del recurso de hecho, para ser agregado al juicio que sigue DAI XIAOQIONG, ACTUANDO EN SU PROPIO NOMBRE Y EN REPRESENTACIÓN DE SUS HIJAS contra LIANG MIN y OTRO. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-578

 

El abogado RAFAEL J. VILLEGAS A., presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ EDUARDO GUZMÁN GALINDANO contra INVERSIONES GRAN BRASA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  15-582

 

El abogado ISMAEL DA COSTA MENDOZA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue AMARILIS RISO contra MANRI´S FASHIONS CENTRO ESTÉTICO, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado LUIS ANTONIO RODRÍGUEZ GIMÉNEZ, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ MEJÍAS contra MINI BRUNO SUCESORES, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

Los abogados JOSÉ LUIS RAMÍREZ y LUIS ANTONIO RODRÍGUEZ GIMÉNEZ, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ GREGORIO MEJIAS AMAYA contra MINI BRUNO SUCESORES, C.A. Ponente: Dr.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N°  12-855

 

(TRANSACCIÓN), Según recepción de oficio Nº 01-LCJ-00544-2015, de fecha 29-04-15, de la Coordinación Judicial para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (oficio enviando escrito de TRANSACCIÓN, más anexos, presentado por ambas partes), constante de cuatro (4) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue OVILIO GIOVANNI HERNÁNDEZ SUÁREZ y OTROS contra GUARDIANES VIGIMAN, C.A. y OTRAS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  14-405

 

Dada la implementación de restricción de horario laboral en la sede del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento con el Plan Nacional de Ahorro Eléctrico decretado por el Ejecutivo Nacional, esta Sala de Casación Social en virtud de la reorganización en el cronograma de audiencias, acuerda diferir la audiencia correspondiente al presente recurso para el día  martes treinta (30) de junio del año 2015. Hora: diez de la mañana (10:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (7) DE MAYO DEL AÑO 2015.

Recurso de casación Exp. N° 14-266

 

 

Se abrió el acto por la Vicepresidenta de la Sala  Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, con la asistencia de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.  Por motivos justificados, la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, no asiste a esta audiencia.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), hora fijada  a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha ocho (08) de enero de 2014, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JOSÉ LUCIDIO LUCENA contra la empresa SERVICIO SAN ANTONIO INTERNACIONAL, C.A.  A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Douglas Elbano Reverol Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.420, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora o sus apoderados no comparecieron a esta audiencia. Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada para  que expongan los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Magistrada Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa, le formuló preguntas. De seguidas contestó.  En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar.  Finalizada la deliberación, la Vicepresidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley,  bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas del recurso. 4) En  cumplimiento a lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (7) DE MAYO DEL AÑO 2015.

Recurso de casación Exp. N° 14-393

 

Se abrió el acto por la Vicepresidenta de la Sala  Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, con la asistencia de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.  Por motivos justificados, la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, no asiste a esta audiencia.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada  a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha diez (10) de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y DAÑO MORAL sigue la ciudadana ROSA MARÍA IBAÑEZ DE LUGO contra la empresa CRIADORES AVÍCOLAS DEL ZULIA, C.A. (CRIAZUCA). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Mario Alberto Jolley Urbaneja, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.685, en representación de la parte actora recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado Valmore Antonio Parra Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.984, en representación de la parte demandada. Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante para  que expongan los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, corresponde el turno al apoderado de la  parte demandada para que  manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por la formalizante. Concluido el debate, la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa les formuló preguntas a ambos abogados exponentes. De seguida contestaron. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Vicepresidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley,  bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación propuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) En  cumplimiento a lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (7) DE MAYO DEL AÑO 2015.

Recurso de casación (LOPNNA) Exp. N° 14-429

 

Se abrió el acto por la Vicepresidenta de la Sala  Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, con la asistencia de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.  Por motivos justificados, la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, no asiste a esta audiencia.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada  a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha trece (13) enero de 2014, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil , Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en el juicio que por DIVORCIO sigue el ciudadano EDGAR RAFAEL BERTIZ contra la ciudadana MARÍA ZENAIDA CASTILLO RONDÓN. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la ciudadana María Zenaida Castillo Rondón, titular de la cédula de identidad número 8.195.960, parte demandada recurrente en este juicio, así como de su apoderado abogado Leoncio Dioscoridis Valera Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 94.077. La parte actora o sus apoderados no comparecieron a esta audiencia. Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada para  que expongan los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, los Magistrados Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo y la Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa, le formularon preguntas a la ciudadana María Zenaida Castillo Rondón. De seguidas contestó.  En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar.  Finalizada la deliberación, la Vicepresidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley,  bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada por mayoría, con el anuncio de voto salvado de la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación propuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) En atención a lo establecido en el artículo 489-G de la citada Ley, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (7) DE MAYO DEL AÑO 2015.

Recurso de casación Exp. N° 14-385

 

 

Se abrió el acto por la Vicepresidenta de la Sala  Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, con la asistencia de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.  Por motivos justificados, la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, no asiste a esta audiencia. 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada  a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano MIGUEL ARCÁNGEL ZAMBRANO SÁNCHEZ contra la empresa MANUFACTURAS DE PAPEL, C.A. (MANPA) S.A.C.A.  A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Tomás Bassanett Requena, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 40.170, en representación de la parte actora recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la apoderada de la parte demandante para  que expongan los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, el Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, le formuló preguntas. De seguidas, contestó.  En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar.  Finalizada la deliberación, la Vicepresidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley,  bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación propuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) En  cumplimiento a lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

 

 

Siendo las 12:30 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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