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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Martes, 14 de abril de 2015
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Recurso de Casación 15-345
El abogado PEDRO V. RAMOS, presentó escrito de CONTESTACIÓN, más copia de poderes, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ANTONIO DE BARROS DE FREITAS contra TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A. y OTRA. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 12-057
Los abogados EDDY DE SOUSA y YANET C. AGUIAR, presentaron diligencia solicitando prórroga para consignación de cheque, para ser agregado al juicio que sigue VLADIMIR VARÓN VARGAS contra WEATHERFORD LATIN AMERICA, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 15-366
El abogado HÉCTOR VALLÉS MÁRQUEZ, presentó diligencia subsanando error material, para ser agregado al juicio que sigue OSCARINA DAYANA VIÑE HERRERA contra COLEGIO SAN PABLO, S.R.L. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-263
El abogado VIRGILIO ACOSTA, presentó escrito de contrarréplica, para ser agregado al juicio que sigue EMPERATRIZ GRIMALDO DE WAITHE contra JOSÉ RAMÓN ROA y OTRA. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.
Exp. N° Recurso de Casación y Control de la Legalidad 14-1048
El abogado ISAURO GONZÁLEZ MONASTERIO, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue FREDY ROBERTO MÁRQUEZ SÁNCHEZ y OTROS contra INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA, (INCES). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-438
La abogada TERESA ELIZABETH LÓPEZ CRUZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ROSA MERCEDES DELGADO BOLÍVAR contra EDGAR JUAN HERRERA MARTÍNEZ. Ponente: Dr.
OFICIOS RECIBIDOS
Exp. N° 15-459
Según oficio N° T2S-1713-2015, de fecha 31-03-15, del Juzgado 2° Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (oficio de acuse de recibo de la Procuraduría General de la República), constante de tres (3) folios útiles, para será agregado al juicio que sigue SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MIRANDA. CASO: ERIKA MARÍA VERGARA. Ponente: Dr.
Exp. N° 10-1449
Según oficio N° 15-0257, de fecha 06-04-15, de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se recibieron actuaciones que
guardan relación con la presente causa, (copias certificadas de la decisión N°
135 de fecha 03-03-15 donde informan que fue declarado NO HA LUGAR la solicitud
de revisión planteada), constante de veinte
(20) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ NARCISO QUINTANA MÁRQUEZ contra ORGANIZACIÓN DE LOGÍSTICA INDUSTRIAL, C.A
(ODELI, C.A) y OTRA. Ponente: Dr. OCTAVIO
SISCO RICCIARDI.
AUTOS
PUBLICADOS
Exp. N° 14-061
Dada la complejidad del presente asunto, esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso para el día jueves veintiocho (28) de mayo del año 2015. Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 14-145
Dada la complejidad del presente asunto, esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso para el día jueves veintiocho (28) de mayo del año 2015. Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 14-1215
Vista la solicitud formulada por la Abogada ESTHER HERNÁNDEZ SEIJAS,
apoderada del trabajador LUIS TORRES, contenida en escrito de fecha diez (10)
de abril del año 2015, se ordena de conformidad con lo establecido en el
artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en
concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por
Secretaría la copia certificada de la Sentencia proferida por esta Sala a que
se contrae dicha solicitud, las cual corre inserta en el expediente Nº
AA60-S-2014-001215, contentivo del juicio seguido por FARMATODO, C.A., contra
INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL),
con inserción del referido escrito y del presente auto.-
Exp. N° 14-1262
Vista la solicitud formulada por el Abogado AGUSTÍN AVELLANEDA PÉREZ,
apoderado de la parte demandante, contenida en escrito de fecha diez (10) de
abril del año 2015, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo
22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en
concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por
Secretaría las copias certificadas de las actuaciones a que se contrae dicha
solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº
AA60-S-2014-001262, contentivo del juicio seguido por CONSORCIO CMS -
PEWEL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD
LABORALES (INPSASEL), con inserción del referido escrito y del presente
auto.-
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para
formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, en el siguiente expediente:
AA60-S-2014-000593.-
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, MARTES CATORCE (14) DE ABRIL DEL AÑO 2015.
Recurso de casación Exp. N° 14-054
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por el co-demandado Pedro Luis Caradonna contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de noviembre de 2013, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en el juicio que por COBRO DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS sigue KAMAL HASSAN JANBIH MESSER contra los ciudadanos PEDRO LUIS CARADONNA YEPEZ, HENRY MEDINA y MAYRA YECENIA PERAZA YÉPEZ, actuando en su propio nombre y en representación de su menor hijo. En fecha trece (13) de abril del año 2015, mediante sentencia N° 216, esta Sala de Casación Social declaró perecido el recurso de casación anunciado y no formalizado por el co-demandado ciudadano Henry Medina. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Pedro Luis Caradonna Yépez, titular de la cédula de identidad número 8.664.114, parte demandada recurrente en este juicio y de su apoderado abogado Julio César Castellano Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.315. La representación judicial de la parte demandante no compareció a esta audiencia. Así mismo la representación judicial de los co-demandados Henry Medina y Mayra Yecenia Peraza Yépez no comparecieron a esta audiencia. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte recurrente para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. Intervino la Magistrada Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa y le interrogó. Una vez dadas sus respuestas fue repreguntado por la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero. Respondió. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara SIN LUGAR LA DEMANDA. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, MARTES CATORCE (14) DE ABRIL DEL AÑO 2015.
Recurso de casación Exp. N° 14-013
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha tres (03) de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano CARLOS ALBERTO YÉPEZ RANGEL contra las empresas CORPORACIÓN DE SERVICIO LAYA, C.A. y FUNERARIA LAYA, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Filippo Tortorici Sambito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.954, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentran presentes los abogados José Antonio Rodríguez y Edinson Edgardo Mujica Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 114.876 y 47.956, respectivamente, en representación de la parte actora. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada recurrente para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, corresponde el turno a la parte actora, a través de su apoderado Edinson Edgardo Mujica Mendoza, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, la Vicepresidenta de la Sala Dra. Mónica Misticchio Tortorella les formuló preguntas a ambos abogados exponentes. Una vez dadas sus respuestas, fueron repreguntados por la Magistrada Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa. Responden oportunamente. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. 4) Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, MARTES CATORCE (14) DE ABRIL DEL AÑO 2015.
Recurso de casación Exp. N° 12-357
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de nueve (09) de febrero de 2012, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano REINALDO ENRIQUE RODRÍGUEZ SALMERÓN contra la empresa ASUNTOS Y SERVICIOS PETROLEROS, (PETROSEMA), C.A.
En fecha veintinueve (29) de mayo del año 2012, mediante sentencia N° 516, esta Sala de Casación Social declaró inadmisible el Control de la Legalidad solicitado por la parte demandada. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de las abogadas Luisa Rosas y Loredana Longo Bixio, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 54.304 y 27.497, respectivamente, en representación de la parte actora recurrente. Asimismo, se encuentra presente la abogada Endryna Elizabeth Velásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 103.888, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente, a través de su apoderada Luisa Rosas, para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, corresponde el turno a la apoderada de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por la formalizante. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. 4) Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, MARTES CATORCE (14) DE ABRIL DEL AÑO 2015.
Recurso de casación Exp. N° 13-892
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y cincuenta minutos de la tarde (12:50 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha veintiuno (21) de febrero de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio que por COBRO DE INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO, DAÑO MORAL, LUCRO CESANTE Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano HAROLD GONZÁLEZ contra INSTITUTO DE VIALIDAD DEL ESTADO ZULIA (INVEZ), ADSCRITO A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de las abogadas Ana Marina Díaz, Josette Maggie Gómez Henríquez y Fabiola Josefina Álvarez Salazar, en su carácter de Procuradoras del Trabajador, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 76.626, 117.564 y 49.596, respectivamente, en representación de la parte actora recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente, a través de la abogada Fabiola Josefina Álvarez Salazar, para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. 4) Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, MARTES CATORCE (14) DE ABRIL DEL AÑO 2015.
Recurso de casación Exp. N° 14-020
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, de la Magistrada Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia de fecha seis (06) de noviembre de 2013, dictado por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano OMAR ANTONIO MACHADO contra la empresa RODAVIAL, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Celene Alfonzo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 17.627, en representación de la parte actora recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada de la parte recurrente para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas. 4) En atención a lo establecido en el artículo 174 de la citada Ley, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0218 |
14-044 |
Recurso de
Casación |
Rosa del Carmen Dimas contra Aluminios del Caroní, S.A. (CVG
ALCASA) |
Marjorie
Calderón Guerrero |
1) Sin el recurso; 2) Se confirma el fallo recurrido |
0219 |
14-1546 |
Recurso de
control de la legalidad |
María Ramona Plaza de Quintero y otros, en su condición de
Únicos y Universales Herederos del ciudadano Pablo Emilio Quintero (+) contra
Escalante Motors Mérida, C.A. |
Marjorie
Calderón Guerrero |
Inadmisible |
0220 |
13-1243 |
Recurso de
Casación |
Eleazar José González Varela contra Lácteos R.D., C.A. |
Carmen
Elvigia Porras de Roa |
1) Sin lugar el recurso; 2) Se confirma el fallo recurrido |
0221 |
13-1253 |
Recurso de
Casación |
Ermes Alexander Zambrano Fernández contra Servicios San Antonio
Internacional, C.A. |
Carmen
Elvigia Porras de Roa |
1) Sin lugar el recurso; 2) Se confirma el fallo recurrido |
0222 |
15-033 |
Recurso de
control de la legalidad |
Jorge Luis Balogh Tihanyi contra Corina Clear Blyde Suárez |
Carmen
Elvigia Porras de Roa |
Inadmisible |
0223 |
14-1531 |
Recurso
contencioso administrativo de nulidad |
Domínguez & Cía, S.A. contra Acto Administrativo N°
060-13, de fecha 15/02/2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los
Trabajadores Carabobo, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales (INPSASEL), hoy Gerencia Estadal de Salud de los
Trabajadores Carabobo |
Carmen
Elvigia Porras de Roa |
1) Con lugar el recurso de apelación; 2) Se revoca la decisión
apelada; 3) Se repone la causa al estado en que el Juzgado Superior
competente fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio |
0224 |
13-1398 |
Recurso de
Casación |
Fortunato Alonzo Flores contra Cervecería Polar, C.A. Tercero
Interesado: Distribuidora Fortunato, S.R.L. |
Edgar Gavidia
Rodríguez |
Se homologa el acuerdo de las partes |
0225 |
15-031 |
Recurso de
control de la legalidad |
Luz María Mosquera Lugo contra Consorcio Fondo de Bienes de
Venezuela, C.A. (FONBIENES) |
Edgar Gavidia
Rodríguez |
Inadmisible |
0226 |
15-133 |
Recurso de
control de la legalidad |
Marlene Pérez de Caldera contra Compañía Anónima Nacional
Teléfonos de Venezuela (CANTV) |
Edgar Gavidia
Rodríguez |
Inadmisible |
0227 |
14-1181 |
Regulación de
Competencia |
C.A. Destilería San Javier contra Oscar Piñero |
Edgar Gavidia
Rodríguez |
Se declara competente al Juzgado Primero de Primera Instancia
Agrario de los Municipios San Felipe, independencia, Cocorote, Veróes, Sucre,
La Trinidad, Bolívar y Manuel Monge del Estado Yaracuy |
0228 |
12-856 |
Recurso de
Casación |
José Rafael Guerra Mejías contra Charcutería Tovar, C.A. y
otros |
Mónica
Misticchio Tortorella |
Sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte
demandada (Voto salvado de la Dra.
Carmen Elvigia Porras de Roa) |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
_________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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