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Sala de Casación Social
  • Fecha: 24 de febrero de 2015





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 31

 

Martes, 24 de febrero de 2015

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-080

 

La abogada ANA SABRINA SALCEDO SALCEDO, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue DROGUERÍA NENA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA. TERCERO INTERESADO: NANCY CAROLINA MAYO MOTA. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  S/N

 

La abogada MARÍA CAROLINA SOLÓRZANO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MANUEL ANTONIO MORENO RIVERA contra TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS, TRANSBANCA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-248

 

La abogada CAROLINA SÁNCHEZ, presentó diligencia consignando copia de poder, más anexos, para ser agregado al juicio que sigue HÉCTOR JESÚS RODRÍGUEZ TINEO y OTROS contra COMPAÑIA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO, (CADAFE). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso Contencioso Administrativo     12-1198

 

El abogado NIGUEL H. VELUTINI, presentó diligencia desistiendo del recurso, para ser agregado al juicio que sigue URDANETAGAZPROM-1, S.A. contra MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS. Ponente: Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria             13-1156

 

La abogada DESIREE RODRÍGUEZ, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue COMPAÑÍA ANÓNIMA INVERSIONES VENEZOLANAS GANADERAS (C.A. INVEGA) HATO ESPINITO contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-1743

 

Los abogados GISELA JOSEFINA OROZCO NARVÁEZ y JUAN LUIS NUÑEZ GARCÍA, presentaron diligencia consignando poder y solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue YINEIRA MAITTE CASTILLO ESPINOZA contra LUIS ALBERTO MARTÍNEZ LUGO. TERCERO INTERESADO: ROSIO ELIZABETH BENÍTEZ. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-139

 

El abogado NELSON OSÍO CRUZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue PEPSI COLA VENEZUELA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: HARRIS FERNANDO SOSA PUERTAS. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-110

 

El abogado NELSON OSÍO CRUZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CERVECERÍA POLAR, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA. CASO: JESÚS ALEXANDER CASTRILLO HERNÁNDEZ. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-081

 

El abogado NELSON OSÍO CRUZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CERVECERÍA POLAR, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: RAÚL ALBERTO REGALADO HIDALGO. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-071

 

El abogado NELSON OSÍO CRUZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue PRODUCTOS EFE, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA. CASO: MIRIAM COROMOTO BRICEÑO. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-106

 

El abogado NELSON OSÍO CRUZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue PEPSI-COLA VENEZUELA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. TERCERO INTERESADO: ERNESTO ENRIQUE ESCALONA PEROZO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-137

 

El abogado NELSON OSÍO CRUZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CERVECERÍA POLAR, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA. CASO: WILMER BAENA VANEGA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-113

 

El abogado NELSON OSÍO CRUZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: HEREDINA DEL VALLE ALFONZO GONZÁLEZ. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-197

 

La abogada LINDA R. AVILÁN M., presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue DEISY LLANIRE RODRÍGUEZ MERCADO contra RONDER JAMES MUÑOZ SOSA. Ponente: Dr.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  13-248

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir hasta nueva oportunidad la audiencia, pública y contradictoria, prevista en el presente recurso, la cual será fijada por auto separado conforme al cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  11-1490

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir hasta nueva oportunidad la audiencia, pública y contradictoria, correspondiente al presente recurso, la cual será fijada por auto separado conforme al cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-1220

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir hasta nueva oportunidad la audiencia, pública y contradictoria, prevista en el presente recurso, la cual será fijada por auto separado conforme al cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  12-695

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir hasta nueva oportunidad la audiencia, pública y contradictoria, prevista para el día 3 de marzo de 2015, la cual será fijada por auto separado conforme al cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-361

 

Revisados como han sido los expedientes que cursan ante esta Sala de Casación Social, signados con los números AA60-S-2013-000361 y AA60-S-2013-000831, se observa que los mismos corresponden a los juicios seguidos por el ciudadano LUIS ALBERTO GONZÁLEZ, contra la sociedad mercantil TRANSPORTE FAGA Y BOVINELLI, C.A. 

El primero de ellos contiene el juicio por cobro de conceptos dejados de percibir, a criterio del actor, por la omisión de aplicación de la convención colectiva petrolera por parte de la demandada. En dicha causa fue ejercido recurso de casación ejercido por el actor contra la decisión dictada el 1° de febrero de 2013, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, que declaró SIN LUGAR la apelación y sin lugar la demanda.

El segundo de ellos contiene el juicio que por cobro de diferencia de prestaciones sociales, a criterio del actor, conforme a lo estipulado por la convención colectiva petrolera. En el mismo fue ejercido recurso de casación por el actor contra la decisión dictada el 7 de mayo de 2013, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, que declaró SIN LUGAR la apelación y SIN LUGAR la demanda.

Ahora bien, dada la aparente conexión entre ambas causas y con la finalidad de evitar sean dictadas sentencias contradictorias, se observa:

En primer lugar, identidad de objeto, pues, en ambas causas se discute la aplicación o no de la convención colectiva petrolera a la relación laboral, no controvertida, entre actor y demandada.

En segundo lugar, existe igualdad de títulos entre ambas causas, debido a que en ambas se solicita el pago de una diferencia de beneficios, a criterio del actor, con ocasión a la no aplicación de la convención colectiva petrolera.

Ahora bien, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 11 de febrero de 2010, dictada en el Expediente Nro. 2009-000527, estableció:

“…Ahora bien, esta Sala ha establecido en diferentes ocasiones que la   acumulación   de pretensiones en una causa, debe obedecer a la necesidad de evitar la eventualidad de fallo contrarios o contradictorios en casos que, o bien son conexos, o existe entre ellos una relación de accesoriedad o continencia. En este sentido, ha sostenido que ella tiene como objetivo influir positivamente en la celeridad, ahorrando tiempo y recursos al fallar en una sola sentencia asuntos en los que no hay razón para que se ventilen en diferentes procesos. (Ver, entre otras, sentencia de 22 de mayo de 2001, caso: Mortimer Ramón contra Héctor José Florville Torrealba). Sin embargo, debe verificarse si la acumulación se ajusta a derecho, esto es, que se trate de pretensiones compatibles, que no se contraríen o excluyan entre sí, y que puedan ser tramitadas en un mismo procedimiento…”.

La disposición legal, establecida en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, adminiculada al artículo 51 ejusdem, alude al supuesto de que se hayan iniciado varias controversias, donde cada una de ellas esté sometida al conocimiento del mismo órgano jurisdiccional o de órganos jurisdiccionales diferentes, y por la coincidencia de alguno de sus elementos se hace posible su acumulación. Ello, al mismo tiempo, justifica que el legislador permita dicha figura para que se dicte una sola sentencia que las abarque, en aras del mencionado principio de economía procesal y sobre todo para evitar que se inicien causas por separado que podrían llevar a sentencias contradictorias. Son condiciones pues, para que proceda la acumulación, la existencia de dos o más procesos, y entre ellos, de una relación de accesoriedad, continencia o conexidad.

Queda en evidencia, así, la conexión por igualdad de objeto y título de los litigios en comento, razón por la cual, considera la Sala que existe una ostensible conexidad entre las causas contenidas en los expedientes AA60-S-2013-000361 y AA60-S-2013-000831. Y así se establece.

En este orden de ideas, antes de proceder a ordenar la acumulación de los referidos expedientes, finalmente es necesario verificar que no se verifique ninguno de los presupuestos enumerados en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil, el cual dispone:

“Artículo 81.- No procede la acumulación de autos o procesos:
1) Cuando no estuvieren en una misma instancia los procesos.
2) Cuando se trate de procesos que cursen en tribunales civiles o mercantiles ordinarios a otros procesos que cursen en tribunales especiales.
3) Cuando se trate de asuntos que tengan procedimientos incompatibles.
4) Cuando en uno de los procesos que deban acumularse estuviere vencido el lapso de promoción de pruebas.

5) Cuando no estuvieren citadas las partes para la contestación de la demanda en ambos procesos”.

 

Ahora bien, con base en lo anteriormente expuesto, se observa que los procesos cuya acumulación se ordena se encuentran en esta Sala, habiéndose agotado las etapas procesales correspondientes y que se están tramitando con idéntico procedimiento, constatándose de esta forma que no se encuentran inmersos en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil, por lo que la acumulación resulta procedente. Así se declara.

En consecuencia, se ordena 1) Incorporar las actuaciones correspondientes al expediente AA60-S-2013-000831 al expediente AA60-S-2013-000361; 2) Corregir carátulas; 3) Agregar copia del presente auto al expediente AA60-S-2013-000831 y 4) continuar con los trámites procesales correspondientes. Cúmplase.-

 

 

 Exp. N°  14-1353

 

Por cuanto en la sentencia N° 2105, publicada el 17 de diciembre de 2014, por esta Sala de Casación Social, bajo la ponencia de la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, se incurrió en error material, pasa este alto Tribunal a subsanar el mismo en los siguientes términos:

 

En el mencionado fallo, se lee en la página diez (10): “Publíquese, regístrese y remítase el expediente”; lo anterior debe suprimirse y sustituirse como a continuación se indica: “Publíquese, regístrese y archívese el expediente”.

 

 

Queda así subsanado el punto en referencia.

 

 

Vencido como se encuentra el lapso previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, las siguientes causas pasan a estado de sentencia.

AA60-S-2015-0036

AA60-S-2015-0055

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

 

0016

 

13-0566

 

Recurso de Casación

 

Jhonny Jesús Arroyo contra Vengas, S.A. hoy Poder de Distribución Venezuela Comunal-PDV Comunal, S.A.

 

Marjorie Calderón Guerrero

 

Perecido

 

0017

 

12-0970

 

Recurso de control de la legalidad

 

Berlín Yundimayra Jiménez Zerpa y otros contra Centro Médico Valle de San Diego, C.A.

 

Marjorie Calderón Guerrero

 

Inadmisible

 

0018

 

14-0081

 

Recurso de control de la legalidad

 

Gladys Margarita Rondón Méndez contra Coca-Cola Femsa de Venezuela, S.A. y otra

 

Marjorie Calderón Guerrero

 

Inadmisible

 

0019

 

14-1563

 

Recurso de control de la legalidad

 

Mary Gregoria Castillo contra Municipio Paéz del estado Portuguesa

 

Marjorie Calderón Guerrero

 

Inadmisible

 

0020

 

14-1576

 

Recurso de control de la legalidad

 

Pedro Manuel Hernández contra Ofimarket, C.A.

 

Marjorie Calderón Guerrero

 

Inadmisible

 

0021

 

14-1592

 

Recurso de control de la legalidad LOPNNA

 

Zulay Matilde Romero Sánchez y otras contra Pablo Enrique Romero Sánchez

 

Marjorie Calderón Guerrero

 

Inadmisible

 

0022

 

14-1600

 

Recurso de control de la legalidad

 

Raúl Alfredo Pinedo Suárez contra Alimentos Doña Digna, C.A. y Otra

 

Marjorie Calderón Guerrero

 

Inadmisible

 

0023

 

14-1614

 

Recurso de control de la legalidad

 

César Enrique Avilez contra Aislamientos y Poliuretano C.A. (AISPOL, C.A.)

 

Marjorie Calderón Guerrero

 

Inadmisible

 

0024

 

11-1504

 

Recurso de Casación

 

Eleazar Tirado Tirado contra PDVSA Petróleo, S.A.

 

Edgar Gavidia Rodríguez

 

Sin lugar

 

0025

 

14-0464

 

Recurso de Casación

 

Eudis Hernán Escalona Natera contra Inversiones Degimsa, C.A.

 

Edgar Gavidia Rodríguez

 

Homologa la transacción

 

0026

 

13-0478

 

Recurso Contencioso Administrativo

 

Construcciones Juncal, C.A. contra Actos Administrativos N° 120620 y 002805, de fechas 04/09/2012 y 01/10/2012, respectivamente, emanado ambos del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo. "Dra. Olga María Montilla" Tercero Interesado: Jonnathan Javier Pérez David

 

Edgar Gavidia Rodríguez

 

Sin lugar

 

0027

 

13-1294

 

Recurso de control de la legalidad

 

José Gregorio Almarza Cárdenas contra Asociación Civil "Fe y Alegría"

 

Edgar Gavidia Rodríguez

 

1) Con lugar el recurso de control de la legalidad;

2) Se anula el fallo recurrido;

3) Parcialmente con lugar la demanda

 

0028

 

11-977

 

Recurso de Casación

 

Elías Ramón Díaz Sosa contra Petrobras Energía Venezuela, S.A.

 

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

 

Sin lugar

 

0029

 

14-1235

 

Recurso de control de la legalidad

 

José Arnaldo López contra Transporte Industrial Barinas C.A. (TRAINBACA)

 

Mónica Misticchio Tortorella

 

Inadmisible

 

0030

 

14-1342

 

Recurso de control de la legalidad

 

Maryori Elena Cordero y otros en su condición de causahabientes del ciudadano Gerardo del Rosario Cordero Ávila (+) contra Ghella Sogene, C.A.

 

Mónica Misticchio Tortorella

 

Inadmisible

 

0031

 

14-1363

 

Recurso de control de la legalidad

 

Carlos Daniel Sira Peña y otros contra Cemex Venezuela, S.A.C.A. hoy Venezolana de Cementos S.A.C.A

 

Mónica Misticchio Tortorella

 

Inadmisible

 

0032

 

14-1374

 

Recurso de control de la legalidad

 

Rita Montero González contra Banco de Comercio Exterior, C.A. (BANCOEX)

 

Mónica Misticchio Tortorella

 

Inadmisible

 

0033

 

14-1404

 

Recurso de control de la legalidad

 

Álvaro Antonio García contra Inversiones Maranello, C.A. y otra

 

Mónica Misticchio Tortorella

 

Inadmisible

0034

14-857

Recurso contencioso administrativo

Gresa Forma y Sistemas, C.A. contra Acto Administrativo N° PA-US-PCB/0006-2013, de fecha 08/02/2013, emanado de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Portuguesa y Cojedes del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)

Mónica Misticchio Tortorella

1) Con lugar el recurso de apelación;  

2) Revoca el fallo recurrido;

3) Ordena al juez a quo se pronuncie sobre las demás causales de inadmisibilidad de la demanda de nulidad, con prescindencia de la caducidad

 

0035

 

14-1147

 

Recurso contencioso administrativo

 

Sigo Venezuela, S.A. contra Acto Administrativo N° CMO-C-240-11, de fecha 19/09/2011, emadano de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta -hoy Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)

 

Mónica Misticchio Tortorella

 

Desistido

 

 

0036

 

 

14-1463

 

 

Recurso contencioso administrativo

 

 

Sigo Venezuela, S.A. contra Acto Administrativo N° CMO-C-362-12, de fecha 06/11/2012, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta -hoy Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)

 

 

Mónica Misticchio Tortorella

 

Desistido

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

La Presidenta de la Sala,

 

 

_________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

                                                                  ____________________________

                                                                   MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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