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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Martes, 27 de enero de 2015
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Recurso de Casación 15-077
El abogado JESÚS ANTONIO LEOPOLDO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MARCEL ELOY MEDINA DUQUE contra REPRESENTACIONES CAPCANA 2006, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-096
El abogado JAIRO GUTIÉRREZ BUSTAMANTE, presentó escrito solicitando control difuso de la constitucionalidad, para ser agregado al juicio que sigue RAFAEL AGUSTÍN FIGUERA contra HERO, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Apelación Laboral 15-032
La abogada YEVELYN MANRIQUE, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LABORATORIOS LETI, S.A.V. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL) DIRECCIÓN ESTADAL DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA, HOY GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA. CASO: MIRNA MILAGROS ACOSTA OJEDA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 13-122
La abogada MARÍA CAROLINA SOLORZANO, presentó diligencia solicitando copias certificadas, para ser agregado al juicio que sigue JOEL JOSÉ TOCHÓN BERMÚDEZ contra SURAMERICANA DE ALEACIONES SURAL, C.A. Ponente: Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS.
Exp. N° Recurso de Casación 15-122
La abogada MARINA HERRERA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CRISTÓBAL RAMÓN CHACÍN ABREU contra ALIMENTOS POLAR, C.A. Ponente: Dr.
OFICIOS RECIBIDOS
Exp.
N° 15-056
Según oficio N° T8S-0208-2015, de fecha 16-01-15, del Juzgado 8° Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (oficio enviando diligencia presentado por el apoderado de la parte demandada donde retira CD), constante de cuatro (4) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue ÁNGEL GUSTAVO CASTILLO MEJÍAS contra COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp.
N° 14-1023
Según oficio N° 01-LCJ-0094-2015, de fecha 26-01-15, de la Coordinación Judicial para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (oficio de respuesta de Banesco Banco Universal), constante de cincuenta y ocho (58) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue FLORENCIA MARTÍNEZ DE BÁEZ y OTROS contra CALZADOS ÁPICE, C.A. y OTRA. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.
Exp.
N° 14-1591
Según oficio N° CTGTS-573-2014, de fecha 18-12-14, del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (cómputo donde indica que el día 02-10-14, fue el último de los 5 días para el anuncio), constante de dos (2) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue YRIS CARIDAD MORENO DE FLORES Y OTROS, ACTUANDO COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL CIUDADANO EFRAÍN DOMINGO FLORES GÓMEZ contra INVERSIONES DON NICOLA y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
AUTOS PUBLICADOS
Vencido
como se encuentra el lapso previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, las siguientes causas pasan a estado
de sentencia.
AA60-S-2014-1541
AA60-S-2014-1623
AA60-S-2014-1624
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para fundamentar la apelación, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en los siguientes casos:
AA60-S-2014-1613
AA60-S-2014-1661
AA60-S-2014-1667
AA60-S-2014-1702
AA60-S-2014-1714
AA60-S-2014-1726
Exp. N° 14-311
Por cuanto en sentencia Nº 2254, publicada el 17 de diciembre de 2014,
en el expediente Nº 14-0311, conocido por esta Sala en virtud del recurso
apelación laboral que sigue la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA SNACKS,
S.R.L., contra el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y
SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), a través de la DIRECCIÓN ESTADAL
DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DISTRITO CAPITAL Y VARGAS (DIRESAT-CARACAS), se
incurrió en error material en su página número: nueve (09), se corrige en los términos
siguientes: donde dice: CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta
por el Instituto Nacional de Canalizaciones, debe decir y leerse: CON
LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por sociedad mercantil COMERCIALIZADORA
SNACKS, S.R.L..
Queda de esta manera subsanado el error en referencia.
Exp.
N° 13-762
Por cuanto en la sentencia N° 2076, publicada el 17 de diciembre de
2014, por esta Sala de Casación Social, se incurrió en error material, pasa
este alto Tribunal a subsanar el mismo en los siguientes términos:
En el mencionado fallo, se lee en la página cuatro (04): “declara INADMISIBLE
el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada”. Lo
anterior debe suprimirse y sustituirse como a continuación se indica: “declara INADMISIBLE
el recurso de control de la legalidad interpuesto por el tercero opositor”.
Queda así subsanado el punto en referencia.
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
_________________________________
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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