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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
SALA ACCIDENTAL
CUENTA DIARIA Nº 79
LIBRO DIARIO SALA ACCIDENTAL
Dra. Marjorie Calderón Guerrero.
Miércoles, 13 de mayo de 2015.
Siendo las 8:00 a.m., se da inicio al Despacho.
Exp. 10-1106
Mediante
diligencia de fecha 17 de febrero de 2012, la ciudadana IBETH CECILIA CHÁVEZ,
titular de la cédula de identidad N° 5.047.454, asistida por la abogada Nancy
Margado, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 14.841, recusó a la Magistrada
Suplente Carmen Esther Gómez Cabrera, imputándole parcialidad y enemistad
manifiesta, de conformidad con las causales previstas en los numerales 9 y 18
del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil; en el recurso de hecho
ejercido en el juicio que, por RECURSO DE INVALIDACIÓN sigue la prenombrada
ciudadana contra la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE
VENEZUELA (CANTV).
En fecha
28 de diciembre de 2014, mediante acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 6.165, extraordinaria, de la misma fecha,
la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela designó como
Magistradas y Magistrados Principales de esta Sala de Casación Social a los
Dres. Edgar Gavidia Rodríguez, Mónica Misticchio Tortorella, Marjorie Calderón
Guerrero y Danilo Mojica Monsalvo, quienes tomaron posesión de sus cargos el 29
de diciembre de 2014.
Por auto
de fecha 26 de febrero de 2015, se reconstituyó la Sala de Casación Social
Accidental, en virtud de la inhibición de la Magistrada Dra. Carmen Elvigia
Porras de Roa, quedando conformada de la manera siguiente: Presidenta,
Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero; Vicepresidenta, Magistrada Dra.
Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, los Magistrados Dr. Danilo Antonio
Mojica Monsalvo; Dr. Edgar Gavidia Rodríguez y la Quinta Magistrada Suplente
Dra. Bettys Luna Aguilera.
Así las
cosas, se observa que la recusación fue propuesta contra la Magistrada Carmen
Esther Gómez Cabrera, quien no fue convocada para integrar la actual Sala de
Casación Social Accidental, para el conocimiento y decisión en la presente
causa, en consecuencia, estima quien decide, que ha operado el decaimiento del
objeto de la recusación planteada, por cuanto la aludida juzgadora ya no forma
parte del órgano jurisdiccional constituido para resolver en este caso
concreto. Así se decide.
La Presidenta de la
Sala,
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MARJORIE
CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
______________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella.
Miércoles, 13 de mayo de 2015.
Siendo las 8:00 a.m., se da inicio al Despacho.
No hubo actuaciones.
El Secretario,
______________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa.
Miércoles, 13 de mayo de 2015.
Siendo las 8:00 a.m., se da inicio al Despacho.
No hubo actuaciones.
El Secretario,
_______________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
Dr. Edgar Gavidia Rodríguez.
Miércoles, 13 de mayo de 2015.
Siendo las 8:00 a.m., se da inicio al Despacho.
No hubo actuaciones.
El Secretario,
_______________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo.
Miércoles, 13 de mayo de 2015.
Siendo las 8:00 a.m., se da inicio al Despacho.
No hubo actuaciones.
El Secretario,
______________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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