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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
SALA ACCIDENTAL
CUENTA DIARIA Nº 162
LIBRO DIARIO SALA ACCIDENTAL
Dra. Marjorie Calderón Guerrero.
Jueves, 15 de octubre de 2015.
Siendo las 8:30 a.m., se da inicio al Despacho.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES QUINCE (15) DE OCTUBRE DEL AÑO 2015.
Recurso de casación Exp. N° 15-051.
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala, Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y la Cuarta Magistrada Suplente Dra. MÓNICA CHÁVEZ PÉREZ; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivo justificado la Magistrada Suplente Dra. MÓNICA CHÁVEZ PÉREZ no asiste a la presente audiencia.
Constituida la Sala de Casación Social Accidental en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescente, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha veintiséis (26) de julio de 2013, emanada por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el juicio que por DIVORCIO sigue la ciudadana MARÍA ISABEL DÍAZ contra el ciudadano CARLOS ALEJANDRO PADRINOS MALPICA, A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Carlos Alejandro Padrinos Malpica, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 86.053, actuando en su propio nombre y representación, parte demandada recurrente. Asimismo se encuentra presente la ciudadana María Isabel Díaz, titular de la cédula de identidad número 8.590.499, parte actora en este juicio, asistida por el abogado Gustavo Adolfo Bravo Jiménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.353 y representada por la abogada Sofía Fabiola Delgado Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 57.555. Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada recurrente, para que exponga los motivos que a su juicio justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención corresponde el turno a la representación judicial de la parte demandante a través de la su apoderada Sofía Fabiola Delgado Rodríguez, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas. 4) De conformidad con lo establecido en el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
La Presidenta de la Sala,
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MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
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MARCOS ENRIQUE PAREDES
Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella.
Jueves, 15 de octubre de 2015.
Siendo las 8:30 a.m., se da inicio al Despacho.
Exp. 15-095
En fecha 08 de octubre de 2015, la Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, se inhibe de conocer del juicio que, por indemnización derivada de enfermedad profesional, sigue el ciudadano FRANCISCO ANTONIO RAMOS ROMERO contra HOLCIM DE VENEZUELA, C.A. hoy INDUSTRIA VENEZOLANA DE CEMENTO (INVECEMEM), S.A. por estar incursa en la causal de inhibición contenida en el numeral 4°, artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo previsto en el numeral 12, artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto la misma está ajustada a derecho y fundada en causa legal, se declara CON LUGAR. Se dispone convocar al Suplente respectivo.
La Presidenta de la Sala,
__________________________________
MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
El Secretario,
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MARCOS ENRIQUE PAREDES
Dra. Carmen Elvigia Porras de Roa.
Jueves, 15 de octubre de 2015.
Siendo las 8:30 a.m., se da inicio al Despacho.
No hubo actuaciones.
El Secretario,
_______________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
Dr. Edgar Gavidia Rodríguez.
Jueves, 15 de octubre de 2015.
Siendo las 8:30 a.m., se da inicio al Despacho.
No hubo actuaciones.
El Secretario,
_______________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo.
Jueves, 15 de octubre de 2015.
Siendo las 8:30 a.m., se da inicio al Despacho.
No hubo actuaciones.
El Secretario,
______________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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