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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 124
Jueves, 04 de agosto de 2016
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Recurso de Casación 16-331
El abogado OSCAR DELGADO, presentó diligencia solicitando la remisión del expediente, para ser agregado al juicio que sigue HÉCTOR ORLANDO BAUTISTA Y OTROS contra GLOBAL GUARDS, C.A y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Laboral 16-617
El abogado JOSÉ ANTONIO GRATEROL DIEPA, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE ZULIA (DIRESAT ZULIA), CASO: RICHARD ALFREDO LUGO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-451
El abogado OSCAR DELGADO, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue SEYBI ROSA FUENTES IBARRA contra PINTO'S PAN DELY, C.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 13-754
El abogado CRISTHIAN ZAMBRANO, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue RAMÓN ALBERTO VALERY LAURÍA contra PUBLICIDAD ALTERNATIVA 2025, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 12-1319
El abogado CRISTHIAN ZAMBRANO, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MARCELLO NORRITO FARINOLA contra PLADETEC, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1309
El ciudadano JOSÉ ANTONIO YÉPEZ GÓMEZ, asistido por el abogado ALEJANDRO SALCEDO F., presentaron diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ANTONIO YÉPEZ GÓMEZ contra LUISA JOSEFINA APONTE GUTIÉRREZ. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-015
Los abogados EDWIN ROMERO y LUIS PAREJA, presentaron diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue AMELIA DE JESÚS MOGOLLÓN DELGADO contra MUNICIPIO AUTÓNOMO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 14-1100
Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria, correspondiente a este recurso, para el día martes once (11) de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-1536
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el
contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 30/06/2016,
correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del
Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día cuatro (04) de agosto de
2016 siendo las 9:41 a.m., se estableció comunicación con el número
0414-572-85-23, dicha llamada fue respondida por un ciudadano que se
identificó como Jameiro Aranguren, quien tiene el carácter de apoderado
judicial de la parte demandada recurrente, conforme al poder que cursa en el
folio 118 en el expediente; al referido ciudadano se procedió a darle lectura
del contenido del citado auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo
entendido. La presente notificación se realizó de conformidad con lo estatuido
en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la
parte demandada recurrente en el presente juicio del auto en referencia.
Exp.
N° 13-1536
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el
contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 30/06/2016,
correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del
Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día tres (03) de agosto de
2016 siendo las 3:56 p.m., se estableció comunicación con el número
0414-573-91-03, dicha llamada fue respondida por un ciudadano que se
identificó como Jesús Alberto Archila Contreras, quien tiene el carácter
de apoderado judicial de la parte demandante no recurrente, conforme al poder
que cursa en el folio 96 en el expediente; al referido ciudadano se procedió a
darle lectura del contenido del citado auto de fijación de audiencia,
manifestando haberlo entendido. La presente notificación se realizó de
conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como
debidamente notificada a la parte demandante no recurrente en el presente
juicio del auto en referencia.
Exp.
N° 14-844
Por
cuanto la Magistrada Accidental Dra. Mónica Chávez Pérez, por motivos
justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y
contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Segunda
de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución
N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015,
mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar a la
Magistrada Accidental Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS, para que se aboque al
conocimiento de esta causa referente al juicio que sigue la ciudadana YURIMA
MARTÍNEZ contra INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A. (INSERVEN,
C.A.), en el expediente NºAA60-S-2014-000844.
Exp.
N° 14-844
Por
cuanto la Magistrada Accidental Dra. Carmen Esther Gómez Cabrera, por motivos
justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y
contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Segunda
de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución
N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015,
mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar al Magistrado
Accidental Dr. OCTAVIO SISCO RICCIARDI, para que se aboque al conocimiento de
esta causa referente al juicio que sigue la ciudadana YURIMA MARTÍNEZ contra
la sociedad mercantil INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A. (INSERVEN,
C.A.), en el expediente NºAA60-S-2014-000844.
Exp.
N° 13-1070
Por cuanto de la revisión de las actuaciones que componen el presente
asunto, se evidencia que no consta en autos diligencia efectuada por el
Alguacil dejando constancia que fue imposible practicar la notificación de la
empresa demandada a la que hace referencia el auto del 15 de febrero del
presente año, por tal razón mal pudo ordenarse la notificación de la empresa previamente
citada por carteles. En consecuencia, esta Sala a tenor de
lo dispuesto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por
la remisión a la que hace alusión el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, deja sin efecto el cartel publicado el 15 de febrero del año en
curso, así como el auto que deja constancia del vencimiento de los lapsos
contenido en el mentado cartel del 1° de agosto del año que discurre y se
ordena librar boleta de notificación dirigida a la empresa demandada en aras de salvaguardar los derechos
Constitucionales a la defensa, a la tutela judicial efectiva y al debido
proceso, y practicarla a la brevedad posible.
Regístrese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-1070
A la
sociedad mercantil PRODUCTOS EFE,
S.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o
apoderados judiciales, con domicilio procesal, con domicilio procesal: Avenida
Francisco de Miranda, Centro Lido, Torre C, Piso 8, Oficina 80-C, El Rosal,
Caracas, que esta
Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la
Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena
del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas
Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de instalación de dichas
Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala
Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14 y del auto de esta misma
fecha, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en los artículos 11
de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del
Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de
las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad
para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere
el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario
encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a
quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-751
Por
cuanto la Magistrada Accidental Dra. Mónica Chávez Pérez, por motivos
justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y
contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Segunda
de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución
N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015,
mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar a la
Magistrada Accidental Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA, para que se aboque
al conocimiento de esta causa referente al juicio que sigue el ciudadano NELSON
MANUEL VARGAS HERNÁNDEZ contra las sociedades mercantiles GRUPO
CONSORCIO GRANELERO, C.A. (CONGRACA), PASTAS SINDONI, C.A. y MOLINOS
VENEZOLANOS, C.A. (MOLVENCA), en el expediente NºAA60-S-2014-000751.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Recurso de casación (LOPNNA) Exp. N° 15-511
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha veinte (20) de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Punto Fijo, con ocasión de la ACCIÓN MERODECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO que sigue la ciudadana MARÍA AUXILIADORA LUGO contra los ciudadanos EMMANUEL RUBENS PÉREZ AMAYA, MAUROS RÉNE PÉREZ AMAYA, MARUEN OSCAR PÉREZ AMAYA y los niños M.A.P.L, O.M.P.L. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto del ciudadano Mauros Rene Pérez Amaya, titular de la cédula de identidad número 19.824.584, codemandado recurrente y del abogado Héctor Efraín Leañez Díaz, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.294, en representación de los codemandados recurrentes. Comparece el abogado William Alberto Ramos Aguilar, en su carácter de Defensor Público ante las Salas del Tribunal Supremo de Justicia, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85.041, en representación de los niños M.A.P.L y O.M.P.L., codemandados. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado César José Curiel Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.959, en representación de la parte demandante. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada, a través del abogado Héctor Efraín Leañez Díaz, para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Una vez terminada su intervención corresponde el turno al apoderado de la parte demandante para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte codemandada recurrente. 4) En atención a lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Recurso de casación Exp. N° 15-134
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha doce (12) de enero de 2015, dictada por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano DAVID ALEXIS DURANT FEBRES contra la sociedad mercantil RESTAURANT KANAVAYEN 510, C.A. y los ciudadanos VALERIA ANDREA MEIRIÑO HECHEVERRIA y JOSÉ JAVIER VIERMA MUÑOZ. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia a este acto de la representación judicial de la parte demandada recurrente. Asiste el abogado Alfredo Ignacio Ordóñez Blanco, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 108.214, en representación de la parte demandante. Seguidamente, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto. De conformidad con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Control de la legalidad Exp. N° 15-1037
Se abrió el acto por, de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, no asiste a esta audiencia.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del control de la legalidad solicitado por la parte demandada contra la sentencia de fecha catorce (14) de julio de 2015, dictada por el Juzgado Sexto Superior del trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS sigue el ciudadano RUBÉN DARÍO ROJAS RUBIO contra la sociedad mercantil INVERSIONES GASOMIRANDA 2010, C.A. (ESTACIÓN DE SERVICIO MIRANDA). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto de la abogada Deusdedith Josefina Tortolero Mendoza, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 68.736, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, comparece a esta audiencia el abogado Noel Rafael Santaella, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 80.423, en representación de la parte demandante. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada de la parte demandada para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Una vez terminada su intervención corresponde el turno al apoderado de la parte demandante para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el solicitante. Concluido el debate, la Vicepresidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Vicepresidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el control de la legalidad solicitado. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara CON LUGAR LA DEMANDA. 4) Se condena en costas con ocasión de la demanda. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Recurso de casación Exp. N° 12-980
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes contra la sentencia de fecha treinta y uno (31) de mayo de 2012, proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana BLANCA LUZ PAREDES GUERRA contra la sociedad mercantil H.H. FRANZIUS, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto de la ciudadana Blanca Luz Paredes Guerra, titular de la cédula de identidad número 5.219.682, parte demandante recurrente y sus abogados Juan Germán Corro González y Mercedes Beatriz Corro González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 11.975 y 98.965, respectivamente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Manuel Andrés Romero Amparan, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 107.058, en representación de la parte demandada también recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante, a través de su apoderado Mercedes Beatriz Corro González, para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Una vez terminada su intervención corresponde el turno al apoderado de la parte demandada para que fundamente su recurso de casación y manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por ambas partes. 2) En consecuencia, se declara firme sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte demandada. 4) De acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Recurso de casación (LOPNNA) Exp. N° 15-200
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha veintisiete (27) de enero de 2015, proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolecentes de la Circunscripción judicial del estado Aragua, Maracay, con ocasión del juicio que por INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL, DAÑOS Y PERJUICIOS Y LUCRO CESANTE sigue la ciudadana RUGLIS MAGLIS MUDARRA FRAGOZA, actuando en su propio nombre y en representación de los adolescentes D.A.P.M., I.A.P.M. y R.N.P.M., cuyos nombres se omiten de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra la sociedad mercantil CENTRAL EL PALMAR, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto de los abogados Sarelda Arévalo Hernández y Juan Pablo Zeiden Martínez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 112.291 y 68.202, respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Janeth de Lourdes García Carrillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 167.981, en representación de la parte demandante. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada, en primer lugar interviene la abogada Sarelda Arévalo Hernández y, posteriormente el abogado Juan Pablo Zeiden Martínez, para que expongan los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Una vez terminada su intervención corresponde el turno a la apoderada de la parte demandante para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) En atención a lo dispuesto en el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara SIN LUGAR LA DEMANDA con respecto a los demandantes mayores de edad; y, 4) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA con respecto a los menores de edad. 5) Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. 6) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Recurso de casación Exp. N° 14-1684
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha diecinueve (19) de noviembre de 2014, proferida por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana JANETTE ALEXANDRA PÉREZ SALAZAR contra la empresa AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto del de los abogados José Ramón Sánchez Torres, inscrito debidamente en el Inpreabogado bajo el número 81.083, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, comparece el abogado Ricardo Navarro Urbáez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.085, en representación de la parte demandante. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Una vez terminada su intervención corresponde el turno al apoderado de la parte demandante para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara SIN LUGAR LA DEMANDA. 4) Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PARA DICTAR DISPOSITIVO ORAL DE LA SENTENCIA,
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Recurso de casación Exp. N° 15-015
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde (1:45 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia correspondiente al recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha trece (13) de junio del 2014, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Valencia, todo con ocasión del juicio que por BENEFICIO DE JUBILACIÓN sigue la ciudadana AMELIA DE JESÚS MOGOLLÓN DELGADO contra el MUNICIPIO AUTÓNOMO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto de los abogados Luis David Pareja Pacheco y Edwin Antonio Romero, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 251.065 y 64.824, respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente. No comparece a esta audiencia la parte demandante o su representación judicial. Seguidamente, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte recurrente. 4) De acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Recurso de casación (LOPNNA) Exp. N° 14-1662
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las una y diez minutos de la tarde (1:10 p.m.), hora fijada, previo acuerdo con las partes, a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha tres (3) de noviembre de 2014, proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolecentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Barquisimeto, con ocasión de la ACCIÓN DE INDEMNIZACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA sigue la ciudadana PAULA ANDREA MONSALVE ZULUAGA contra la ciudadana MARÍA DEL CARMEN IZQUIERDO CARRILLO, actuando en su propio nombre y en representación de los adolescentes V.R.I. y A.R.I., cuyos nombres que se omiten de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, FABIANA RAMPOLLA IZQUIERDO, JOSHUA ALEXANDER RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto de la ciudadana Paula Andrea Monsalve Zuluaga, titular de la cédula de identidad número 22.322.397, parte demandante recurrente y de sus abogados Magaly Rodríguez, Winder Francisco Montes Torres y Víctor Edumar Pinto Gómez, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 68.220, 158.771 y 161.513, respectivamente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de los ciudadanos María del Carmen Izquierdo Carrillo, Fabiana Rampolla Izquierdo y Joshua Alexander Rodríguez Rodríguez, titulares de las cédulas de identidad números 9.615.482, 20.929.670 y 12.536.035, respectivamente, parte demandada y sus abogadas Carmen Magaly Álvarez Silva y Luigia Passariello, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 19.534 y 38.257, respectivamente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante, primeramente intervino la abogada Magaly Rodríguez y, posteriormente, el abogado Winder Francisco Montes Torres, para que expongan los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Una vez terminada su intervención corresponde el turno a la parte demandada, a través de su apoderada Carmen Magaly Álvarez Silva, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte demandante recurrente. 4) En atención a lo dispuesto en el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES CUATRO (4) DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
Recurso de casación Exp. N° 14-1589
Se abrió el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes contra la sentencia de fecha veintiocho (28) de octubre de 2014, proferida por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue la ciudadana MICHELA ANNOVI BELLEI contra las sociedades mercantiles ENERGIZER GROUP VENEZUELA, C.A. y EVEREADY DE VENEZUELA, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto del abogado Guillermo Antonio Plaza Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 147.576, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado José Ramón Sánchez Torres, inscrito debidamente en el Inpreabogado bajo el número 81.083, en representación de la parte demandada también recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante para que exponga los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Una vez terminada su intervención corresponde el turno al apoderado de la parte demandada para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala informa que se difiere el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente a este recurso para el día jueves once (11) de agosto del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.). Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0780 |
15-315 |
Recurso de control de la legalidad |
Evelyn Josefina
Hernández Barrios contra Fundación Escolar del estado Lara y otra |
Edgar Gavidia Rodríguez |
Con lugar |
0781 |
15-1217 |
Recurso contencioso administrativo |
Central Azucarero
Portuguesa, C.A. contra Acto Administrativo N° 157/12, de fecha 02/10/2012,
emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Portuguesa y
Cojedes, adscrita al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad
Laborales (INPSASEL) caso: Willian Rafael Rivas Aular |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Desistido |
0782 |
15-1121 |
Recurso contencioso administrativo |
Luxury Car, C.A. contra Acto
Administrativo N° PA-US-FAL-019-2011, de fecha 23/12/2011, emanado de la
Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Falcón, adscrita al Instituto
Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso:
Propuesta de Sanción |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Desistido |
0783 |
16-358 |
Recurso de Casación |
Ronny José Sanoja contra
Thyssenkrupp Elevadores, C.A. |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
Se homologa el
desistimiento |
0784 |
16-255 |
Recurso de control de la legalidad |
Alexander José Martínez
contra Protección Deval, C.A. (PRODEVALCA) |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Inadmisible |
0785 |
16-347 |
Recurso de control de la legalidad |
Daniel José Noriega
Jiménez contra Kronus, CA. y Otra. |
Edgar Gavidia Rodríguez |
Inadmisible |
0786 |
16-311 |
Recurso de control de la legalidad |
James Harold López
contra Droguería Nena, C.A |
Edgar Gavidia Rodríguez |
Inadmisible |
0787 |
16-315 |
Recurso de Hecho |
Omar Ramón Marín Pérez
contra John Crane Venezuela C.A. y otra |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
0788 |
16-333 |
Recurso de control de la legalidad |
Mayda Del Valle
Dell´Andro Roa contra Grupo Editorial Macroeconomia, C.A. |
Edgar Gavidia Rodríguez |
Inadmisible |
0789 |
16-388 |
Recurso de Hecho |
Yasmín Adela Zambrano
Mora contra Centro Médico Loira, C.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
0790 |
15-778 |
Recurso de Casación |
César Alexander Tovar
Camacho contra Derly Soraya Suárez Villamizar y otro |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Admitido |
0791 |
11-415 |
Recurso de Casación |
Hugo Darío Osorio
González contra Pride International, C.A. hoy San Antonio Internacional, C.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Con lugar |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
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MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
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MARCOS ENRIQUE PAREDES
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