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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 148
Lunes, 10 de octubre de 2016
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° S/N
La abogada MARIYELCY ORDÓÑEZ SALAZAR, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ROBERT JOSÉ MARÍN SÁNCHEZ contra FORD MOTOR DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr.
Exp. N° S/N
El abogado WILLIAM ERNESTO ORTEGA PERALTA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ROBERT JOSÉ MARÍN SÁNCHEZ contra FORD MOTOR DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 16-744
El abogado ESTEBAN GUART GUARRO, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MARYORY CELESTE CARRILLO CORONADO contra DISTRIBUIDORA VISALOCK, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Hecho 16-227
La abogada ROSARIO MARINES LINARES SALCEDO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JUAN FRANCISCO DE JESÚS CLÉRICO AVENDAÑO contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° S/N
La abogada JACQUELINE ADELA PALMA FLORES, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue NIJAD HAMDAN GONZÁLEZ contra FONJUCV y OTRO. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 13-1229
El abogado ALFREDO J. D´ASCOLI CENTENO, presentó escrito consignando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue CAROLINA ROJAS GARCÍA contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (CANTV). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° S/N
El abogado GABRIEL A. PUCHE URDANETA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MIGUEL ÁNGEL ÁVILA VILLARROEL contra PDVSA PETRÓLEO, S.A. Ponente: Dr.
Exp. N° S/N
La abogada MARÍA FERNANDA RUMBOS TROSSEL, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue GILBERTO MORALES contra REPIAUTO, C.A. y OTROS. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1281
La abogada MARÍA DEL CARMEN LÓPEZ LINARES, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue ÁNGEL RAÚL PARRA PRIETO contra ACEROS FABRICANTES, C.A. (AFCA). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-599
El abogado JOSÉ RAFAEL URBINA SÁNCHEZ, presentó diligencia renunciando al poder, para ser agregado al juicio que sigue ZORAIDA CASTRO HINOJOSA ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJA Y.E. G.C. contra GERARDO ALEXANDER MORENO VISCAYA y OTRA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1290
El abogado SANTOS SIMÓN ROBLES PÉREZ, presentó escrito de observaciones, para ser agregado al juicio que sigue XIAOQIONG DAI, ACTUANDO EN SU PROPIO NOMBRE Y EN REPRESENTACIÓN DE SUS HIJAS contra RUTIAN PENG. TERCERA INTERESADA: LIANG MING y OTRO. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
OFICIOS RECIBIDOS
Exp.
N° 15-1254
Según oficio N° TS8-2439-2016, de fecha 26-09-16, del
Juzgado 8° Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo del Área
Metropolitana de Caracas, se recibieron actuaciones que guardan relación con la
presente causa, (oficio enviando copia del oficio de remisión del expediente),
constante de tres (3) folios útiles, para
ser agregado al juicio que sigue RAMÓN
ALBERTO RON ALÍ contra COMPAÑÍA
ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp.
N° 16-744
Según oficio N° S2/2016/379, (vía fax), de fecha 27-10-16, del Juzgado Superior 2° de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (oficio donde indica que los días de despacho para el anuncio), constante de dos (2) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue MARYORY CELESTE CARRILLO CORONADO contra DISTRIBUIDORA VISALOCK, C.A. Ponente: Dr.
AUTOS PUBLICADOS
Auto que ordena certificar el
cómputo del lapso para fundamentar la apelación, de acuerdo con el artículo 92
de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en el
siguiente caso:
AA60-S-2016-000620
Vencido
como se encuentra el lapso previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, las siguientes causas pasan a estado
de sentencia.
AA60-S-2016-0617
AA60-S-2016-0670
AA60-S-2016-0694
AA60-S-2016-0704
AA60-S-2016-0713
Exp.
N° 13-838
Visto el oficio N° 234-2016, del dieciséis (16) de junio del año 2016,
emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del estado Sucre, recibido el dieciocho (18) de julio del año en curso,
mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada
mediante auto del veintiuno (21) de julio del año 2015, siendo negativas las
diligencias practicadas, por consiguiente; conforme a lo estatuido en el
artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación
mediante cartel librado a la sociedad mercantil PREMEZCLADOS MORROS MIX
ORIENTE, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o
apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la
Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del
Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos
85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto
Tribunal. Líbrese cartel.-
Exp.
N° 13-838
A la
sociedad mercantil PREMEZCLADOS MORROS MIX ORIENTE, C.A., en la
persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015,
dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se
crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de
instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con
la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14,
acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de
la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233
del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley
Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp.
N° 13-792
Esta Sala Especial Quinta de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente
al presente recurso, la cual será fijada en próxima oportunidad una vez sean
practicados los trámites de notificación respectivos. Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp.
N° 14-1500
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido procedo y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp. N° 14-1500
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Miranda, Sede Guarenas.
Que esta Sala
por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención
al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil,
en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a los
ciudadanos PEDRO ALEJANDRO BRITO
ESTANGA Y SARA MARGARITA MARQUEZ CHIRINOS y a la Sociedad Mercantil AMBULANCIAS
RESCARVEN C.A, que una vez transcurrido un término de diez (10) días
hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las
partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para
la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
Demandante no recurrente: Avenida Bermúdez con calle Sucre,
Edificio Centro Empresarial la Churca, (Altos de Mi Casa, E.A.P) piso 2,
oficina 2-2, Guatire, Estado Miranda.
Demandado recurrente: Avenida Intercomunal Guarenas Guatire, Centro Comercial
Buenaventura, segundo piso, cerca de los ascensores, (Frente a la oficina de
Hacienda Municipal, Municipio Zamora) Guatire, Municipio Autónomo Zamora del
Estado Bolivariano de Miranda.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp. N° 14-1500
A la
sociedad mercantil AMBULANCIAS RESCARVEN C.A, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Intercomunal Guarenas
Guatire, Centro Comercial Buenaventura, segundo piso, cerca de los ascensores,
(Frente a la oficina de Hacienda Municipal, Municipio Zamora) Guatire,
Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 14-1500
A los
ciudadanos PEDRO ALEJANDRO BRITO
ESTANGA Y SARA MARGARITA MARQUEZ CHIRINOS, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Bermúdez con calle
Sucre, Edificio Centro Empresarial la Churca, (Altos de Mi Casa, E.A.P) piso 2,
oficina 2-2, Guatire, Estado Miranda., que esta Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad
con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil,
en tal sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 12-1406
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 7 de agosto de 2012, proferida por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano, DEMECIO RONDÓN SOSA contra la sociedad mercantil LABORATORIOS VARGAS, S.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Roberto Ali Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.764 en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia del abogado Hadilli Fuadi Gozzaoni Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 121.230, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación judicial de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) en consecuencia, ANULA PARCIALMENTE la sentencia recurrida, 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara: SIN LUGAR la demanda, 4) No hay Condenatoria en costas 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 12-1519
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERAY JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 27 de septiembre de 2012, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano CÉSAR JULIAN CALERO MICHELANGELLI contra la empresa LAS PLUMAS Y ASOCIADOS, C.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Juan Pablo Rosales Esser, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.958, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Cesar Julián Calero Michelangelli, titular de la cédula de identidad número 4.288.651, parte actora, así como su abogado Alberto Silva Cardozo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.093.
Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación judicial de la parte actora, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación anunciado, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) Se condena en costas 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 13-878
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 20 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con motivo del juicio que, por INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, DAÑO MORAL, LUCRO CESANTE Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano JESÚS DOMINGO NORIEGA SERRANO contra la sociedad mercantil CHEVRON TECHNOLOGY GLOBAL SERVICES COMPANY, Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Juan Carlos Pro Risquéz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.184, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia a este acto de la parte actora y su apoderado judicial. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. El Dr. Juan Pablo Torres Delgado formulo preguntas al abogado Juan Carlos Pro Risquéz. De seguidas contesto. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) 1) SIN LUGAR el recurso de casación anunciado, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) Se condena en costas 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 13-1229
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA Y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce meridiem (12:00 m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha 25 de marzo del año 2013, dictada por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por BENEFICIO DE JUBILACIÓN ESPECIAL, sigue la ciudadana CAROLINA ROJAS GARCÍA contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV).
Se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Oleary Contreras y Alfredo José D´ascoli Centeno, inscritos en el Inpreabogado bajo los número 59.308 y 53.920, respectivamente, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Pedro Ramos Rangel, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.602, en representación de la parte demandada recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al abogado Alfredo José D´ascoli Centeno representante judicial de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno al abogado Pedro Ramos Rangel representante judicial de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, 2) en consecuencia, se ANULA el fallo recurrido, 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara: CON LUGAR la demanda interpuesta por la parte actora 4) No hay Condenatoria en costas 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0935 |
13-1417 |
Recurso de Casación |
Álvaro Danilo Morales Victoraa contra
Servicios San Antonio Internacional, C.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
0936 |
15-465 |
Recurso de Casación |
Inversiones Puerto Coral, S.A., contra
Cesar Rodríguez Mujica y otros |
Mónica Misticchio Tortorella |
Sin lugar |
0937 |
13-1447 |
Recurso de Casación |
María Alejandra Martín Cirerol contra
Marco Antonio Cohen Guzmán |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
0938 |
13-1255 |
Recurso de Casación |
Héctor Antonio Montero Sosa contra
Servicios San Antonio Internacional, C.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
0939 |
13-1152 |
Recurso de Casación |
José Nicolás Rivero contra Servicios San
Antonio Internacional |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
0940 |
16-253 |
Regulación de Competencia |
Delfina Ramona GArcía de Primera y
otros |
Marjorie Calderón Guerrero |
1) QUE ES COMPETENTE para resolver la regulación
del conflicto planteado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria
de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo y el Juzgado Superior
Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y con competencia en
el estado Carabobo; 2) QUE LA COMPETENCIA para conocer de la medida de
protección agroalimentaria, corresponde al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. |
0941 |
14-097 |
Recurso de Apelación |
Agropecuaria Lucero del Guárico, C.A.
y otra contra Acto Administrativo de fecha 10/09/2012, punto de cuenta N° 1,
reunión N° 472-12, dictado por el Instituto Nacional de Tierras (INTI) |
Mónica Misticchio Tortorella |
1) Con lugar el recurso de Apelación
interpuesto por la representación judicial del Instituto Nacional de Tierras
(INTI); 2) Anula la referida sentencia, por los motivos expuestos en este
fallo; 3) Sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado
por la representación judicial de las sociedades mercantiles AGROPECUARIA
LUCERO DEL GUÁRICO, C.A., y AGROPECUARIA REY DE REYES, C.A., contra el acto
dictado por el directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) en seción
N° 472-12 del 10 de septiembre de 2012, Punto de Cuenta N° 001, en el que
declaró ocioso el lote de terreno denominado "EL PEGÓN SAMÁN
CORTADO", ubicado en el sector tuira, Municipio José Tadeo Monagas,
Parroquia San Rafael de Orituco del estado Guárico. En consecuencia queda
FIRME EL ACTO ADMINISTRATIVO. |
0942 |
15-321 |
Recurso de Casación |
Omar José Quintero Concepción contra
Bar Restaurant Koliba-La Choza, C.A. |
Edgar Gavidia Rodríguez |
Sin lugar |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
|
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