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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 104
Lunes, 11 de julio de 2016
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Recurso de Casación 16-140
El abogado YEOSHUA BOGRAD LAMBERTI, presentó escrito consignando hechos sobrevenidos posteriores a la formalización del recurso, para ser agregado al juicio que sigue HUAWEI TECHNOLOGIES DE VENEZUELA, S.A. contra SINDICATO ÚNIDO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES, CONEXOS, AFINES Y SIMILARES DEL DISTRITO CAPITAL (SUBRABITEDCA). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-152
El abogado YEOSHUA BOGRAD LAMBERTI, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue CLAUDIA YANET BARÓN MARÍN contra SANITAS VENEZUELA, S.A. EMPRESA DE MEDICINA PREPAGADA y OTRA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 13-1616
El abogado GERALD BUENAVIDA, presentó diligencia solicitando se deje sin efecto la diligencia consignada el día 22/06/2016 y se notifique sobre el desistimiento del procedimiento directamente a la empresa, para ser agregado al juicio que sigue NICOLÁS GILLES RAIMOND DUBREUIL contra CADENAS DE TIENDAS VENEZOLANAS CATIVEN, S.A. HOY RED DE ABASTOS BICENTENARIO, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 16-586
La abogada JAISI MERILDE GUERRERO COLMENARES, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MARCOS ALÍ GUERRERO RAMÍREZ contra GLOBAL EXPRESS GRAN CLASS, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-484
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA FINMEDICA INVERSIONES AGROPECUARIAS, S.A. FINAGRO contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-1383
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA SABANA REDONDA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 15-577
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA SAN JOSÉ DE LA MANTILLA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Apelación Agraria 15-727
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ HILARIO TERÁN GARCÍA y OTROS. TERCEROS INTERESADOS: VIVIENDA SÓLIDA, C.A. y OTRAS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-546
El abogado FERNANDO CHACÍN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue LUIS ORLANDO PÉREZ contra CNPC SERVICES DE VENEZUELA LTD, S.A. y OTRA. Ponente: Dr.
Exp. N° Apelación Agraria 15-115
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue GANADERÍA LA CANDELARIA, C.A. (FUNDO LA CANDELARIA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). TERCERO INTERESADO: COOPERATIVA DIOS ESTÁ CON NOSOTROS. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 15-761
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue C.A. INVERSIONES VENEZOLANAS GANADERAS (C.A. INVEGA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Apelación Agraria 14-1176
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue HACIENDA LA SABANETA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Apelación Agraria 15-587
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue ALEJO SIMÓN MARTÍN THOMAS MARTÍNEZ y OTRA contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). TERCERO INTERESADO: EURO ENRIQUE FERRER PERENTENA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-127
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue ALBERTO SATINE ZAIJA (LA HACIENDITA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 14-1459
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS ALFONSO RUÍZ PARRA y OTROS. (FUNDO AGROPECUARIO LA BENDICIÓN). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 14-456
La abogada OTILIA M. SULBARÁN C., presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue LIZ EVELYN DÁVILA SULBARÁN contra UNIVERSIDAD DE LOS ANDES y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 13-715
El abogado DANIEL ALBERTO FRAGIEL ARENAS, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue AREIBIS MONTILVA ARAQUE contra PETRO ADVANCE, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 13-1707
El abogado DANIEL ALBERTO FRAGIEL ARENAS, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS ALBERTO FERNÁNDEZ SANTA CRUZ contra BANCO DEL CARIBE, C.A. BANCO UNIVERSAL. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-1039
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ALCIDES MARIÑO PÁEZ y OTRA contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-1099
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue DESARROLLOS PECUARIOS EL PORVENIR, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-1573
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue MERLIN YOEL TORRES FINOL contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 14-456
La abogada OTILIA M. SULBARÁN C., presentó escrito solicitando copias certificadas, para ser agregado al juicio que sigue LIZ EVELYN DÁVILA SULBARÁN contra UNIVERSIDAD DE LOS ANDES y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 15-242
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ HILARIO TERÁN GARCÍA y OTROS. TERCERO OPOSITOR: CONSTRUCCIONES Y URBANIZADORA 14184098, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-740
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue ÁNGEL ALFREDO GARCÍA QUERALES contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 15-1094
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue REINA YUSMARI HERNÁNDEZ DE CASTRO contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). TERCERO INTERESADO: MARÍA COROMOTO ROBLES SUÁREZ. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Apelación Agraria 15-575
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue PRODUCTORA AGRÍCOLA TAMANACO, C.A. (HARAS TAMANACO) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-1598
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA LAS LAGUNAS DEL SILENCIO, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 14-675
La abogada CARMEN JULIA FERMÍN, presentó diligencia solicitando diferimiento de la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue RAFAEL HUMBERTO HIGUERA CASTILLO contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 15-1001
El abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, presentó diligencia solicitando copias certificadas, para ser agregado al juicio que sigue MIGUEL ESCALONA VARGAS contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI) DELEGACIÓN BARQUISIMETO. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
OFICIOS RECIBIDOS
Exp.
N° 16-154
Según oficio N° TS7-1782-2016, de fecha 01-07-16, del Juzgado
7° Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de
Caracas, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa,
(oficio enviando diligencia presentada por el apoderado de la parte demandada
donde consigna copia de cheque de pago de honorarios), constante de cuatro (4)
folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA JOSEFINA VÁSQUEZ NAVA contra CENTRO MÉDICO LOIRA C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
AUTOS PUBLICADOS
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el siguiente expediente:
AA60-S-2015-000679.-
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes expedientes:
Exp.
N° 14-484
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-1039
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes, prevista
para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis (2016), la cual
será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el cronograma de
audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp.
N° 15-587
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-1099
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-1573
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-1383
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-127
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-740
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-1459
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-242
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día martes doce (12) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-1176
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día jueves catorce (14) de julio del año dos mil
dieciséis (2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado
según el cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-577
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día jueves catorce (14) de julio del año dos mil
dieciséis (2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado
según el cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-115
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de presentación
oral de los informes, prevista para el
día jueves catorce (14) de julio del año dos mil dieciséis (2016), la cual será
fijada en próxima oportunidad por auto separado según el cronograma de
audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp.
N° 15-761
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día jueves catorce (14) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-1094
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día jueves catorce (14) de julio del año dos mil
dieciséis (2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado
según el cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-675
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día jueves catorce (14) de julio del año dos mil
dieciséis (2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado
según el cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-1598
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día jueves catorce (14) de julio del año dos mil
dieciséis (2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado
según el cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-575
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día jueves catorce (14) de julio del año dos mil dieciséis
(2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado según el
cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-727
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de
presentación oral de los informes,
prevista para el día jueves catorce (14) de julio del año dos mil
dieciséis (2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado
según el cronograma de audiencias que lleva esta Sala. Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-369
Visto el escrito de promoción de
pruebas presentado en fecha 14 de junio de 2016, por el abogado Jorge González
Carvajal, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 117.571, actuando en su
carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Beneficiadora de Aves
Barquisimeto, C.A., este Juzgado a los fines de emitir pronunciamiento respecto
de la admisión de las pruebas que pretenden ser promovidas en esta alzada y de
la interpretación concatenada, sistemática, teleológica y armónica de las
disposiciones contenidas en los artículos 176 y 229 de la Ley de Tierras y
Desarrollo Agrario, referidos a los medios de prueba que pueden promoverse en
la segunda instancia, estima que sólo podrán producirse los instrumentos
públicos, las posiciones juradas y el juramento decisorio.
Así, para decidir observa:
1.- En el Capítulo 2, particular 2.2,
del escrito de pruebas indica que ratifica el mérito que se desprende
de las pruebas insertas a los autos, en particular de las
documentales identificadas del 1 al 11 del mencionado escrito, este Juzgado en
virtud de que dicha invocación del mérito no constituye un medio de prueba per
se, sino la aplicación del principio de la comunidad de la prueba, nada
tiene que decidir sobre su admisibilidad, correspondiendo en todo caso a la
Sala al momento de pronunciarse sobre el mérito del asunto, la apreciación de
tales documentales y el mérito que se desprenda de éstas.
2.- En el Capítulo 2, particular 2.3,
del escrito de promoción de pruebas manifiesta promover documentales, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 429 del Código de Procedimiento
Civil, a recaer en la copia certificada del expediente identificado con el
alfanumérico KP02-A-2015-000011 de la nomenclatura llevada por el Juzgado de
Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara,
cursante en las piezas anexas de pruebas Nos. 1 y 2, y de la cual invoca el
mérito de diversas actuaciones cursantes en dicho expediente, este Juzgado, al
evidenciar que se trata de documentos judiciales y que los mismos no son
manifiestamente ilegales ni impertinentes admite la aludida prueba.
3.- En el Capítulo 2, particular 2.4,
del escrito de promoción promueve prueba de informes, de conformidad con el
artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, a recaer en los organismos
indicados en los puntos 2.4.1, 2.4.2, 2.4.3, 2.4.4, 2.4.5 y 2.4.6, a saber:
Superintendencia Nacional de Gestión Agroalimentaria (SUNAGRO), Instituto
Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI), Servicio Autónomo de Contraloría
Sanitaria, Coordinación del Estado Lara, Ministerio para el Poder Popular para
Agricultura y Tierras, Unidad de Fiscalización Ambiental y Control de Impactos del
Ministerio para el Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas, Lara, Servicio
Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT),
Coordinación del Estado Lara.
Respecto a esta prueba de informes,
este Juzgado en atención a la interpretación efectuada precedentemente a las
normas contenidas en los artículos 176 y 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo
Agrario declara inadmisible la prueba por ser ilegal, al no ser uno de los
medios de prueba que pueden promoverse en segunda instancia.
4.- En el Capítulo 2, particular 2.5,
promueve la prueba de perito testigo, de conformidad con los artículos 393 y
395 del Código de Procedimiento Civil, con la finalidad de que un experto en
beneficio de aves y un experto en seguridad y salud laboral, ciudadanos Jhon
Becker Gutiérrez Fuenmayor y Henry Arturo Torres, titulares de las cédulas de
identidad Nos. 7.931.536 y 7.110.197, correlativamente, declaren sobre el
conocimiento que tienen en sus respectivas áreas.
Con relación a esta prueba, este Juzgado
en atención a la interpretación efectuada precedentemente a las normas
contenidas en los artículos 176 y 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
la declara inadmisible por ser ilegal, al no ser uno de los medios de prueba
que pueden promoverse en alzada.
5.- En el Capítulo 2, particular 2.6, indica
promover Declaración de parte de conformidad con lo previsto en el
artículo 170 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y 106 y siguientes de la
Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los fines de que los ciudadanos Rainer
Antonio Ortíz Daza, Onorio José Peña Sangronis y Yinmy Chirinos, titulares de
las cédulas de identidad Nos. 17.625.322, 13.033.773 y 16.898.276, respectivamente,
integrantes de la EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL BENEAGRO
LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA (BENEAGRO), rindan declaración.
Respecto a dicha prueba, este Juzgado
en atención a la interpretación efectuada precedentemente a las normas
contenidas en los artículos 176 y 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
la declara inadmisible por ser ilegal, al no ser uno de los medios de prueba
que pueden promoverse en segunda instancia.
Exp.
N° 16-323
Visto el escrito de promoción de
pruebas presentado en fecha 30 de mayo de 2016, por las abogadas Isabel Esté
Pérez y Adriana Zabala, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nos. 130.578 y
180.369, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de
la sociedad mercantil Inversiones Echernan, C.A., este Juzgado a los fines de
emitir pronunciamiento respecto de la admisión de las pruebas que pretenden ser
promovidas en esta alzada y de la interpretación sistemática, teleológica y
armónica de las disposiciones contenidas en los artículos 176 y 229 de la Ley
de Tierras y Desarrollo Agrario, referidos a los medios de prueba que pueden
producirse en la segunda instancia, estima que sólo podrán producirse los
instrumentos públicos, las posiciones juradas y el juramento decisorio.
Así, para decidir observa:
1.- En el Capítulo I del escrito de
pruebas promueven documentales en copias fotostáticas relativas a: i)
Informe Técnico elaborado por el Instituto Nacional de Tierras en el fundo Hacienda
Colón el 20 de septiembre de 2013, folios 409 al 422, pieza 2; ii)
Notificación expedida por el Presidente del Instituto Nacional de Tierras
dirigida a la representación judicial de la sociedad de comercio Inversiones
Echernan, C.A., del acto dictado por el Directorio de dicho organismo en sesión
N° 560-14 de fecha 12 de febrero de 2014, en deliberación sobre el Punto de
Cuenta N° 21, folios 423 al 433, pieza 2; iii) Oficio de Notificación
suscrito por la Directora de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio
Tomás Lander del Estado Miranda por el cual informan a la empresa Inversiones
Echernan, C.A. y Promociones Placa, C.A., lo relacionado con su solicitud de
renovación de variables urbanas para el lote de terreno propiedad de las
referidas empresas de fecha 20 de julio de 2007, folios 434 al 435 pieza 2; iv)
Acuerdo de Asociación suscrito entre las sociedades mercantiles Inversiones
Echernan, C.A. y Promociones Placa, C.A., autenticado ante la Notaría Pública
Tercera del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 24 de agosto de 2006,
folios 436 al 441 pieza 2; v) Documento de propiedad de Inversiones
Echernan, C.A., protocolizado ante la entonces Oficina de Registro Subalterno
de los Municipios Tomás Lander y Simón Bolívar y la Democracia del Estado
Miranda, de fecha 20 de diciembre de 1973, anotado bajo el N° 81, Protocolo
Primero, folios 443 al 448 pieza N° 2; iv) Documento de arrendamiento
suscrito entre la sociedad de comercio Echernan, C.A., e Inversiones Joframar,
C.A., autenticado ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Sucre del
Estado Miranda, en fecha 18 de septiembre de 2006, bajo el N° 52, Tomo 127 de
los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, folios 449 al 466 pieza
2.
Las documentales antes identificadas
están referidas a documentos administrativos, auténticos y públicos, los cuales
son admisibles al no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes.
2.- En el Capítulo II del escrito de
promoción de pruebas manifiestan promover inspección judicial, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Procedimiento Civil, a recaer
en la Hacienda Colón, Parroquia Ocumare del Tuy, Municipio Lander
del Estado Miranda, con la cual pretenden probar los particulares indicados del
1 al 4 en el referido escrito de promoción.
Respecto a dicha probanza este Juzgado
en atención a la interpretación efectuada precedentemente a las normas
contenidas en los artículos 176 y 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
declara inadmisible la prueba por ser ilegal, al no ser uno de los medios de
prueba que pueden promoverse en segunda instancia.
3.- En el Capítulo III del escrito de
promoción de pruebas promueven prueba de exhibición, de conformidad con el
artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que la parte recurrente
exhiba facturas emitidas por Francisco Bastos o Inversiones Joframar
desde el momento en el cual se efectuó la firma del contrato de arrendamiento y
hasta la fecha.
En tal sentido, este Juzgado en virtud
de la interpretación efectuada precedentemente a las normas contenidas en los
artículos 176 y 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario declara
inadmisible la prueba por ser ilegal, al no ser uno de los medios de prueba que
pueden ser promovidos en alzada.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 11 DE JULIO DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 13-873
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha 22 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano SALOMÓN KUBE LEÓN contra AMERICAN AIRLINES, INC. Se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Omar Jesús Estacio Ziccarelli y Antonio Enrique Sierraalta Quintero, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.532 y 75.594 respectivamente, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Eirys Del Valle Mata Marcano y Juan Carlos Pro Risquéz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 76.888 y 41.184, respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al abogado Omar Jesús Estacio Ziccarelli, en representación de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a los abogados Juan Carlos Pro Risquéz y Eirys Del Valle Mata Marcano, en su orden, en representación de la parte demandada recurrente, para que manifiesten sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, 2) ANULA la sentencia recurrida, 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara: REPONE LA CAUSA, al estado que el Juzgado Superior que resulte competente se pronuncie sobre el fondo de la controversia, 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 11 DE JULIO DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 13-1488
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha 30 de julio de 2013, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ MÁRQUEZ contra las sociedades mercantiles CONSORCIO FAMI-HOGAR, C.A., SEGUBIENES ADMINISTRADORA DE SERVICIOS, C.A. y CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA, FONBIENES, C.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Lubmila Yoverxi Martínez Giménez y Ramón Alfredo Aguilar Camero, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 205.818 y 38.383, respectivamente, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Magaly Josefina Alberti, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.448 en representación de la parte demandada recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al abogado Ramón Alfredo Aguilar Camero, en representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la abogada Magaly Josefina Alberti, en representación de la parte demandada recurrente, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, 2) ANULA la sentencia recurrida, 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda 4) no hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 11 DE JULIO DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 13-1592
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce meridiem (12:00 m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante recurrente, contra la sentencia de fecha 11 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con motivo del juicio que, por INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE, sigue el ciudadano LUIS FELIPE ANDRADE actuando en nombre propio y representación contra la sociedad mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A.. Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Luis Felipe Andrade, titular de la cedula de identidad N° 7.759.387, parte actora recurrente, asistido judicialmente por el abogado William Alberto Ramos Aguilar, Defensor Público ante las salas del T.S.J., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85.041. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Ricardo José Maldonado Pinto inscrito en el Inpreabogado bajo el número 111.360 en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación judicial de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 11 DE JULIO DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 13-1707
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce treinta y siete minutos de la tarde (12:37 p.m.), hora fijada por acuerdo con las partes, a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada recurrente, contra la sentencia de fecha 28 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano CARLOS ALBERTO FERNÁNDEZ SANTA CRUZ contra la sociedad mercantil BANCO DEL CARIBE, C.A. BANCO UNIVERSAL. Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Daniel Alberto Fragiel Arenas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.243, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Pedro Ezequiel López y Numan José Hernández López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 118.090 y 142.212, respectivamente, en representación de la parte demandante. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al abogado Daniel Alberto Fragiel Arenas, apoderado judicial de la parte demandada, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a los abogados de la parte demandante, Numan José Hernández López y Pedro Ezequiel López, en su orden, para que manifiesten sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, intervino el Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, quien interrogó a los abogados Daniel Alberto Fragiel Arenas y Numan José Hernández López, respectivamente, de seguidas, contestaron. El Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) Se condena en costas. 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 11 DE JULIO DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 13-1778
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante recurrente, contra la sentencia de fecha 6 de noviembre de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con motivo del juicio que, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano PEDRO MANUEL FIGUERA SÁNCHEZ contra la empresa PETREX, S.A. El Secretario deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Luis Rafael Rojas Becerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.038, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Tahidee Coromoto Guevara Guevara, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 99.059, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación judicial de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) no hay condenatoria en costas. 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 11 DE JULIO DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 13-715
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada recurrente, contra la sentencia de fecha 17 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con motivo del juicio que, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano AREIBIS MONTILVA ARAQUE contra las sociedades mercantiles PDVSA PETRÓLEO, S.A. y PETRO ADVANCE, C.A. El Secretario deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Daniel Alberto Fragiel Arenas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.243, en representación de la parte demandada recurrente, Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Manuel Alejandro Parra Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 127.654, en representación de la codemandada Pdvsa Petróleo, S.A., igualmente, se deja constancia de la incomparecencia a este acto de la representación judicial de la parte demandante. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación judicial de la parte codemandada PDVSA PETRÓLEO, S.A., para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la empresa codemandada PETRO ADVANCE, C.A. 2) ANULA la sentencia recurrida, 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara: SIN LUGAR LA DEMANDA, contra las sociedades mercantiles PETRO ADVANCE, C.A. y PDVSA PETRÓLEO, S.A. 4) no hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0680 |
14-1681 |
Recurso de Casación |
Sucesión Yauca Cordero
contra Agropecuaria La Morita, C.A. |
Mónica Misticchio Tortorella |
Inadmisible |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Vicepresidenta de la Sala,
_______________________________
MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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