![]() | ||
|
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Lunes, 15 de febrero de 2016
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° S/N
La abogada GABRIELA LONGO VELÁSQUEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que JOSÉ RAFAEL ESPINOZA LEÓN y OTROS contra IBM DE VENEZUELA, S.A. y OTRAS. Ponente: Dr.
Exp. N° S/N
El abogado JOSÉ MANUEL ORTEGA PÉREZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que JOSÉ RAFAEL ESPINOZA LEÓN y OTROS contra IBM DE VENEZUELA, S.A. y OTRAS. Ponente: Dr.
Exp. N° 16-152
El abogado RAMÓN HENDER ANÍBAL SOTO RINCÓN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que JERYMAR ESTUPIÑAN ANDRADE contra PRODUCTOS LÁCTEOS PALMIANDINO, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Interpretación 16-097
El abogado RAMÓN HENDER ANÍBAL SOTO RINCÓN, presentó diligencia dejando constancia de revisión del expediente, para ser agregado al juicio que CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO CAMPO ELÍAS DEL ESTADO MÉRIDA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Apelación Agraria 13-173
El abogado SERGIO FERNÁNDEZ, presentó diligencia dándose por notificado del diferimiento de la audiencia, para ser agregado al juicio que GERENALDA VIOLETA CÉSPEDES VIUDA DE RINCÓN y OTROS contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 15-593
La abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN (FUNDO LA PRADERA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 15-592
La abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN (FUNDO LA PRADERA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 11-085
La abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, presentó escrito solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN (FINCA LA PRADERA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Agraria 10-1080
La abogada ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN, presentó escrito solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que ISABEL ALICIA AGÜERO ABLAN contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-058
La abogada MIRIAM TERESA LARGO PORRAS, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que LUIS ANTONIO COLMENARES RAMÍREZ contra INDUSTRIA VENEZOLANA DE PARTES AUTOMOTRICES DÍAZ, C.A. (INDUVENPA DÍAZ, C.A.). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 14-1097
La abogada TAYRUMA GARAY, presentó escrito solicitando copias simples y certificadas de la decisión, para ser agregado al juicio que DOUGLAS DE JESÚS SÁNCHEZ ROJAS y OTROS contra ADECCO SERVICIOS DE PERSONAL, C.A. y OTRA. TERCERO INTERESADO: COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (CANTV). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° S/N
La abogada TAYRUMA GARAY, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que JOSÉ RAFAEL ESPINOZA LEÓN y OTROS contra IBM DE VENEZUELA, S.A. y OTRAS. Ponente: Dr.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 15-422
Vista la solicitud de fecha 16 de septiembre de 2015, formulada por la ciudadana Blanca Rosa Fereira Camero, debidamente asistida por el abogado Jaime Alberto Coronado, inscrito en el inpreabogado N° 23.118, mediante el cual solicita la ejecución de la sentencia dictada por esta Sala en fecha 31 de agosto de 2015 en la cual: “ORDENA al Juzgado Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas fijar la oportunidad de la celebración de la audiencia de apelación en el juicio que por modificación de responsabilidad de crianza sigue la ciudadana Blanca Rosa Fereira Camero contra el ciudadano Noel Enrique Martínez Briceño, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación que reciba de la presente decisión”, en virtud que el Juzgado de Alzada según señala en solicitante desacató el referido fallo. En consecuencia esta Sala ordena remitir al Juzgado Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, copias certificadas del escrito presentado por la parte solicitante con sus anexos a los fines que realice el pronunciamiento respectivo sobre la solicitud planteada. Anótese y agréguese al expediente.
Exp. N° 15-1428
Por cuanto en auto Nº 270, publicada el 11 de febrero de 2016, en el expediente Nº 15-1428, conocido por esta Sala en virtud del recurso de casación que sigue la ciudadana ANGELA VIRGINIA DELGADO PIDENA, contra el ciudadano JOSÉ LUIS ROSALES COLMENARES, se incurrió en error material, se corrige en los términos siguientes: donde dice: “de conformidad con el artículo 254 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario”, debe decir y leerse: “de conformidad con el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario”.
Queda de esta manera subsanado el error en referencia.
Exp. N° 15-629
Al ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, titular de la cédula de identidad V-4.595.106, con domicilio procesal: Urbanización Vista Hermosa, Avenida Angostura, Quinta El Torito, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, personalmente o por intermedio de sus apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social dictó decisión en fecha cinco (5) de febrero de 2016, en el juicio de nulidad por venta simulada, incoado por el ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, titular de la cédula de identidad N° V-4.595.106, contra ciudadana GRECELEIDES BARRETO DE MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-3.504.446, y su menor hija, (identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), parte codemandada, en la oportunidad de formalizar el recurso de casación anunciado contra la decisión proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, consignó escrito, conjuntamente con contrato original de cesión de derechos hereditarios celebrado entre las partes, solicitando a esta Sala tenga por desistida la demanda de nulidad de venta y le imparta la correspondiente homologación.
Este Juzgado de Sustanciación en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y conforme a la aplicación del principio de dirección e impulso del proceso, previsto en el artículo 450 literal I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estima necesario ordenar la notificación del ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, a los fines de que comparezca a declarar su conformidad con respecto a la solicitud de homologación de desistimiento de la demanda de nulidad de venta por simulación, presentada por la parte accionada recurrente con fundamento a la pretendida autorización conferida a través de contrato de cesión de derechos hereditarios consignado al expediente.
El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-629
Al ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, titular de la cédula de identidad V-4.595.106, con domicilio procesal: Urbanización Los Saltos, Manzana 12, Calle7, Casa N° 2, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, personalmente o por intermedio de sus apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social dictó decisión en fecha cinco (5) de febrero de 2016, en el juicio de nulidad por venta simulada, incoado por el ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, titular de la cédula de identidad N° V-4.595.106, contra ciudadana GRECELEIDES BARRETO DE MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-3.504.446, y su menor hija, (identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), parte codemandada, en la oportunidad de formalizar el recurso de casación anunciado contra la decisión proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, consignó escrito, conjuntamente con contrato original de cesión de derechos hereditarios celebrado entre las partes, solicitando a esta Sala tenga por desistida la demanda de nulidad de venta y le imparta la correspondiente homologación.
Este Juzgado de Sustanciación en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y conforme a la aplicación del principio de dirección e impulso del proceso, previsto en el artículo 450 literal I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estima necesario ordenar la notificación del ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, a los fines de que comparezca a declarar su conformidad con respecto a la solicitud de homologación de desistimiento de la demanda de nulidad de venta por simulación, presentada por la parte accionada recurrente con fundamento a la pretendida autorización conferida a través de contrato de cesión de derechos hereditarios consignado al expediente.
El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-629
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juez Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique el ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, titular de la cédula de identidad N° V-4.595.106, parte demandante en el presente asunto y/o a sus apoderados judiciales a los fines de que comparezcan a declarar su conformidad con respecto a la solicitud de homologación de desistimiento de la demanda de nulidad de venta por simulación, presentada por la parte accionada recurrente con fundamento a la pretendida autorización conferida a través del contrato de cesión de derechos hereditarios consignado al expediente.
Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Urbanización Los Saltos, Manzana 12, Calle7, Casa N° 2, Puerto Ordaz, Estado Bolívar.
Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
Exp. N° 15-629
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juez Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique el ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, titular de la cédula de identidad N° V-4.595.106, parte demandante en el presente asunto y/o a sus apoderados judiciales a los fines de que comparezcan a declarar su conformidad con respecto a la solicitud de homologación de desistimiento de la demanda de nulidad de venta por simulación, presentada por la parte accionada recurrente con fundamento a la pretendida autorización conferida a través del contrato de cesión de derechos hereditarios consignado al expediente.
Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Urbanización Vista Hermosa, Avenida Angostura, Quinta El Torito, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar.
Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
Exp. N° 15-629
Cumpliendo con lo ordenado en decisión de fecha cinco (5) de febrero de 2016, a los fines de la notificación del ciudadano TOMÁS ENRIQUE MORENO CALOGERO, titular de la cédula de identidad V-4.595.106, líbrese la boleta correspondiente.
A los fines de practicar la notificación se acuerda comisionar suficientemente al Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar y Puerto Ordaz, respectivamente. Líbrese oficio y despacho.
Exp. N° 13-1343
Por cuanto en fecha 23 de diciembre de 2015, tomó posesión en su cargo el Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo; designado en esa misma fecha por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela por un período constitucional de doce (12) años, y con fundamento en el derecho a la tutela judicial efectiva, el acceso a la justicia y en aras de garantizar la continuidad en la prestación del servicio de justicia, esta Sala quedó conformada de la manera siguiente: Presidenta, Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero; Vicepresidenta, Magistrada Dra. Mónica Misticchio Tortorella; Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo y Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo. Ahora bien, a los fines del conocimiento de la solicitud de rectificación de sentencia presentada en fecha 15 de diciembre de 2014, por la representación judicial de la parte recurrente. En consecuencia, la Presidenta de la Sala, de conformidad con el Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, reasigna la ponencia de la presente causa, al Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO. Anótese y agréguese al expediente.
Exp. N° 14-142
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, prevista para el día jueves dieciocho (18) de febrero del año dos mil dieciséis (2016), la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-1563
Vista la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES
RENGIFO, en su carácter de Alguacil de esta Sala, donde expuso que se
trasladó a la dirección indicada en la boleta de notificación y no fue posible
practicar la misma. Conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de
Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a la
sociedad mercantil LA TELE
TELEVISIÓN, C.A. (Antes MARTES CVT PRODUCCIONES DE TELEVISIÓN, S.A., en la
persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a
fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término
de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última
notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de
la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal
Supremo de Justicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 85, 91, 93
y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese
cartel.-
Exp.
N° 13-1563
A la
sociedad mercantil LA TELE
TELEVISIÓN, C.A. (Antes MARTES CVT PRODUCCIONES DE TELEVISIÓN, S.A., en la
persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015,
dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se
crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de
instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con
la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14,
acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el artículo 11
de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y
233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley
Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp.
N° 13-1070
Vista la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES
RENGIFO, en su carácter de Alguacil de esta Sala, donde expuso que se
trasladó a la dirección indicada en la boleta de notificación y no fue posible
practicar la misma. Conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de
Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a la
sociedad mercantil PRODUCTOS EFE,
S.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados
judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término
de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última
notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de
la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal
Supremo de Justicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 85, 91, 93
y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese
cartel.-
Exp.
N° 13-1070
A la
sociedad mercantil PRODUCTOS EFE,
S.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o
apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de
2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la
cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de
instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con
la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14,
acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de
la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233
del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley
Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp.
N° 12-939
Vista la
diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en su
carácter de Alguacil de esta Sala, donde expuso que se trasladó a la dirección
indicada en la boleta de notificación y no fue posible practicar la misma.
Conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil,
se ordena la notificación mediante cartel librado a la sociedad mercantil SEGUROS CONSTITUCIÓN, C.A., en la persona
de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de
hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de
la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del
Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10)
días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las
partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para
la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá
fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y
publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
acuerdo con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-
Exp.
N° 12-939
A la sociedad mercantil SEGUROS CONSTITUCIÓN, C.A., en la persona
de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta
Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la
Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena
del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas
Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de instalación de dichas
Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala
Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233 del Código de
Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles
contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus
apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la
celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley
Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp.
N° 12-939
Vista
la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en
su carácter de Alguacil de esta Sala, donde expuso que se trasladó a la
dirección indicada en la boleta de notificación y no fue posible practicar la
misma. Conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento
Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a él ciudadano, RÉGULO ANTONIO RODRÍGUEZ
RINCÓN, titular de la cédula de identidad N° V-16.109.844, a fin de
hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de
la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del
Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10)
días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las
partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para
la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá
fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y
publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
acuerdo con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-
Exp.
N° 12-939
A él ciudadano, RÉGULO ANTONIO RODRÍGUEZ RINCÓN, titular de la
cédula de identidad N° V-16.109.844, que esta Sala de Casación Social
del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N°
2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala
de Casación Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de
julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número
1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley
Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp.
N° 12-1185
Vista
la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en
su carácter de Alguacil de esta Sala, donde expuso que se trasladó a la dirección
indicada en la boleta de notificación y no fue posible practicar la misma.
Conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil,
se ordena la notificación mediante cartel librado a la ciudadana, NORMA MIGELINA MOYA PONCE,
titular de la cédula de identidad N° V- 4.279.083 y al ciudadano MIGUEL
ENRIQUE CORREA, titular de la cédula de identidad N° V- 3.959.477, a fin de hacerle saber que de conformidad con
lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la
Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico
del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo establecido en los
artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este
alto Tribunal. Líbrese cartel.-
Exp.
N° 12-1185
A la
ciudadana, NORMA MIGELINA MOYA PONCE, titular de la cédula de identidad
N° V- 4.279.083 y al ciudadano MIGUEL ENRIQUE CORREA, titular de
la cédula de identidad N° V- 3.959.477, que esta Sala de Casación Social
del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010,
de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de
Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación
Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015,
en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido
en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia
con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley
Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.
Vencido
como se encuentra el lapso previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, las siguientes causas pasan a estado
de sentencia.
AA60-S-2015-1324
AA60-S-2015-1328
AA60-S-2015-1329
AA60-S-2015-1332
AA60-S-2015-1350
AA60-S-2015-1380
AA60-S-2015-1387
AA60-S-2015-1394
AA60-S-2015-1429
Exp.
N° 13-1440
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes,
Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja
constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a
la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo
de Justicia, con
relación a la notificación de la parte demandante no se realizó vía telefónica
ni por correo electrónico por no tener información en nuestra base de
datos. Dicha notificación se realiza
conforme con lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Justicia.
Exp.
N° 14-1389
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes,
Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja
constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a
la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo
de Justicia, luego el día 15-02-16 se
estableció comunicación telefónica con el ciudadano Joanders Hernández
Velásquez, al número 0414-6196127, a las 10:38 am, quien aparece como
apoderado de la codemandada (COSTA BOLÍVAR CONSTRUCCIONES, C.A.) a fin de
notificarle el contenido del auto de fijación de audiencia, remitiendo vía
correo electrónico, a la dirección asesorlaboral@cantv.net copia
del mencionado auto. Dicha notificación se realiza conforme con lo señalado en
el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Exp.
N° 14-1389
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes,
Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja
constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a
la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo
de Justicia, luego el día 15-02-16 se
estableció comunicación telefónica con el ciudadano Ricardo Maldonado Pinto, al
número 0212-9940603, a las 11:07 am, quien aparece como apoderado de la
codemandada (MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A.,) a fin de notificarle el contenido del auto de
fijación de audiencia, remitiendo vía correo electrónico, a la dirección ricardo.maldonado@borges-lawton.com
copia del mencionado auto. Dicha notificación se realiza conforme con lo
señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia.
Exp.
N° 14-1389
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes,
Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja
constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a
la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo
de Justicia, luego el día 15-02-16 se
estableció comunicación telefónica con la ciudadana Marlene Bocaranda, al
número 0414-1062292, a las 11:07 am, quien aparece como apoderada de la
codemandada (PDVSA PETRÓLEO, S.A. ) a fin de notificarle el contenido del auto
de fijación de audiencia, remitiendo vía correo electrónico, a la dirección bocarandam@pdvsa.com
copia del mencionado auto. Dicha notificación se realiza conforme con lo
señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia.
Exp.
N° 14-1344
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes,
Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja
constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a
la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo
de Justicia, luego el día 10-02-16 se
estableció comunicación telefónica con el ciudadano César Luis Barreto Salazar,
al número 0416-6279653, a las 8:47 am, quien aparece como apoderado de
la parte demandante a fin de notificarle el contenido del auto de fijación de
audiencia, remitiendo vía correo electrónico, a la dirección cesarluisbarreto@gmail.com
copia del mencionado auto. Dicha notificación se realiza conforme con lo
señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia.
Exp.
N° 14-1344
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes,
Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja
constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a
la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo
de Justicia, luego el día 10-02-16 se
estableció comunicación telefónica con el ciudadano Simón Jurado, al número
0414-1402109, a las 8:46 am, quien aparece como apoderado de la parte
demandada a fin de notificarle el contenido del auto de fijación de audiencia,
remitiendo vía correo electrónico, a la dirección sjurado@araquereyna.com
copia del mencionado auto. Dicha notificación se realiza conforme con lo
señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia.
Exp.
N° 14-921
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes,
Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja
constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a
la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo
de Justicia, luego el día 10-02-16 se
estableció comunicación telefónica con el ciudadano Daniel Espinoza Carvajal,
al número 0414-7882891, a las 9:32 am, quien aparece como apoderado de
la parte demandante a fin de notificarle el contenido del auto de fijación de
audiencia, remitiendo vía correo electrónico, a la dirección danielespinoza17@hotmail.com
copia del mencionado auto. Dicha notificación se realiza conforme con lo
señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia.
Exp.
N° 14-921
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes,
Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja
constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a
la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo
de Justicia, luego el día 10-02-16 se
estableció comunicación telefónica con el ciudadano Néstor Palacios Matheus, al
número 0414-9077067, a las 9:34 am, quien aparece como apoderado de la
parte demandada (NETSET) a fin de
notificarle el contenido del auto de fijación de audiencia, remitiendo vía
correo electrónico, a la dirección npmabogado@yahoo.com copia del
mencionado auto. Dicha notificación se realiza conforme con lo señalado en el
artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
_________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
|
Sitio
web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de
Justicia
Todos los Derechos Reservados