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Sala de Casación Social
  • Fecha: 16 de mayo de 2016





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 77

 

Lunes, 16 de mayo de 2016

Siendo las 8:00 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado JACKSON WLADIMIR ARENAS RANGEL, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue FABIO AUGUSTO VIGUIE GUERRA contra SOLOCERÁMICA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-1360

 

El abogado MIGUEL JOSÉ APARCEDO, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue CÉSAR DANIEL MONTERO CHACÍN contra COOPERATIVA ORGANIZADA DE DISTRIBUIDORES INDEPENDIENTES DE AGUAS MINERALES CODIAM XX RL., (CODIAM XX, RL.) y OTRO. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Control de la Legalidad       16-239

 

El abogado JOSÉ LOMBARDO, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue YORSENS EMILIO MATERÁN QUINTANA contra INVERSIONES TEAF, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Avocamiento          04-764

 

El abogado EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR, presentó diligencia exponiendo la consecuencia jurídica de la falta de exhibición de documentos, para ser agregado al juicio que sigue EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  S/N

 

La abogada GABRIELA LONGO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MORAIMA COLINA contra CITYBANK, N.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-358

 

La abogada GABRIELA LONGO, presentó diligencia consignando copia del poder, desistiendo del recurso y solicitando la remisión del expediente, para ser agregado al juicio que sigue RONNY JOSÉ SANOJA contra THYSSENKRUPP ELEVADORES, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado ROBERTO ALÍ COLMENARES, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LAZARO JOSÉ ALFONZO contra CONDOMINIO EDIFICIO JOSÉ MARÍA VARGAS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-449

 

El abogado JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ TORRES, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ANA MARÍA COLINA AGUIRRE contra STANHOME PANAMERICANA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                14-1198

 

El abogado LUIS AQUILES MEJIA ARNAL, presentó escrito solicitando aclaratoria, para ser agregado al juicio que sigue LIBELIS ARVELO ROMERO contra MUNDOMOTRIZ, C.A. y OTRA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-1707

 

El abogado PEDRO EZEQUIEL LÓPEZ, presentó diligencia dándose por notificado del diferimiento de la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS ALBERTO FERNÁNDEZ SANTA CRUZ contra BANCO DEL CARIBE, C.A. BANCO UNIVERSAL. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado GUIDO ALFONSO PUCHE FARIA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ELENA FARRERAS contra VÍCTOR GODIGNA COLLET y OTROS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado RENE FARIA COLOTO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ELENA FARRERAS contra UNIDAD DE DIAGNOSTICO OTO-TAC, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado HUGO A. DÍAZ IZQUIERDO, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CRISANTO R. VIVAS B. contra SUPERACIÓN, C.A. y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado HÉCTOR JIMÉNEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue FREDDY CONTRERAS y OTROS contra OSWALDO JOSÉ GRAZIANI RODRÍGUEZ. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado IVÁN JOSEF VARELA DELGADO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ RICARDO ESPINOZA GONZÁLEZ contra BIMBO DE VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-1407

 

Las abogadas DIANA CORINA AGÜERO ANGULO, MORELYS MORENO y ADRIANY RIVERO, presentaron escrito dándose por notificadas del diferimiento de la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue ALIRIO DE JESÚS PÉREZ contra NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-1407

 

Los abogados LUIS AUGUSTO AZUAJE y ANDREINA VELASQUEZ, presentaron diligencia dándose por notificado del diferimiento de la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue ALIRIO DE JESÚS PÉREZ contra NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                14-1447

 

La abogada BERTA CAROLINA TRUJILLO Q., presentó escrito solicitando se declare inadmisible el recurso, para ser agregado al juicio que sigue ADRIANA CAROLINA LUCICH CÓRDOVA y OTROS contra CENTRO MÉDICO INTEGRA, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Control de la Legalidad       15-940

 

La abogada ROCÍO FARÍAS DE GARCÍA, presentó escrito de alegatos sobre el recurso ejercido y solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue ARAYR ZUGINS PAREDES PERDOMO, ACTUANDO EN SU PROPIO NOMBRE Y EN REPRESENTACIÓN DE SUS HIJOS contra DAVID ALEJANDRO TABERNERO QUINTELA. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                14-1030

 

El abogado ROBERT OROZCO, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia y del acta de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue LUISA ELENA MATA contra POLICLÍNICA CARONÍ, C.A. y OTROS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado GERMAN ANTONIO GUEVARA MENDOZA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOEL RICARDO ESPINOZA GONZÁLEZ contra BIMBO DE VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  16-490

 

El abogado RAÚL DANIEL QUIÑONES FERNÁNDEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue NANCI DEL SOCORRO UZCATEGUI DE ANDRADE contra BARBERÍA Y PELUQUERÍA SOLO PARA ELLOS, C.A. Ponente: Dr.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  13-1534

 

Vista la diligencia que antecede presentada por el abogado JOSÉ OJEDA, apoderado de la parte actora, mediante la cual solicita devolución de una copia certificada que riela en los folios 96 al 105, así como de un original del diario “La Antena”, este Juzgado de Sustanciación a los fines de proveer observa, establece el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente:

 
Artículo 112: Después de concluida una causa, el Secretario expedirá las certificaciones o copias de cualesquiera actuaciones que existan en ella, a quien lo pida, a su costa, exceptuando aquellas que se reserven por decencia pública, de las cuales no podrá darse testimonio sino a las partes. En cualquier estado de la causa, si se solicitare copia certificada de algún documento o acta que exista en autos, se le dará a quien la pida, siempre que sea o haya sido parte en el juicio. Si se pidiere la devolución de documentos originales por la misma parte que los haya producido, se le entregarán, si hubiere pasado la oportunidad de su tacha o desconocimiento, quedando en autos la copia respectiva certificada por el Secretario, y en el documento se dejará constancia de la devolución.
Las copias y devoluciones de que trata este artículo no podrán darse sin previo decreto del Juez, que se insertará al pie de la copia o del documento devuelto.”

 

Ahora bien, de la revisión de las actas se evidencia que lo solicitado no constituyen documentos originales consignados por el solicitante, siendo así, ésta Sala conforme a lo dispuesto en la citada norma NIEGA la devolución de los documentos solicitados por IMPROCEDENTE.

 

 

Exp. N°  12-1407

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda suspender hasta nuevo aviso  la audiencia, pública y contradictoria, correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue Alirio de Jesús Pérez contra Nestlé de Venezuela, S.A., la cual será fijada en próxima oportunidad por auto separado Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  08-720

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes seis (6) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-806

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes seis (6) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-873

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes seis (6) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-1488

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes seis (6) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-1592

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes seis (6) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-1707

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes seis (6) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-1778

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes seis (6) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos de la tarde (2:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-715

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes seis (6) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-1245

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día martes catorce (14) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos y cuarenta minutos de la tarde (2:40 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  12-1609

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día martes veintiuno (21) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  12-831

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día martes veintiuno (21) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  15-352

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día martes veintiocho (28) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos y cuarenta minutos de la tarde (2:40 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-1289

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día martes veintiocho (28) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  12-841

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día martes veintiocho (28) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  14-1389

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia para el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente al presente recurso, para el día martes catorce (14) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  12-1660

 

Esta Sala de Casación Social en acatamiento a lo dispuesto por la Junta Directiva de este alto Tribunal que acordó declarar los días miércoles y jueves como no laborables, atendiendo a la Resolución N° 2016-0209 de fecha martes 26 de abril de 2016, enmarcada en las medidas que para el ahorro eléctrico se han venido tomando por las incidencias del fenómeno climatológico "El Niño", resuelve, en consecuencia, diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día martes veintiuno (21) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Hora: dos y cuarenta minutos de la tarde (2:40 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  13-1681

 

Vista la diligencia de fecha 3 de mayo de 2016 presentada por la abogada Francis Alfonzo Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.825, en su condición de apoderada de la parte demandante, mediante la cual consigna copia del acuerdo transaccional extrajudicial celebrado entre las partes, esta Sala de Casación Social acuerda suspender  la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue Ezequiel Orlando Núñez Arias contra Fundación para el Mejoramiento Industrial y Sanitario de Valencia (FUNVAL) y otra. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-1753

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día 10 de mayo de 2016 siendo las 5:34 p.m., se estableció comunicación con el número 0416-6071149, dicha llamada fue respondido por una ciudadana que se identificó como Pedro V. Ramos, quien tiene el carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente, conforme al poder que cursa en autos, a la referida ciudadana se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte accionada en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-1753

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día hoy 16 de mayo de 2016 siendo las 2:28 p.m., se estableció comunicación con el número 0412-7285740, dicha llamada fue respondido por un ciudadano que se identificó como Euclides Ramón Romero Pinto, quien tiene el carácter de apoderado judicial de la parte demandante no recurrente, conforme al poder que cursa en autos, al referido ciudadano se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte actora en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-1167

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día de hoy 16 de mayo de 2016 siendo las 10:46 a.m., se estableció comunicación con el número 0414-2573506, dicha llamada fue respondido por una ciudadana que se identificó como Noris Aguilera, quien tiene el carácter de apoderada judicial de la parte demandante recurrente, conforme al poder que cursa en autos, a la referida ciudadana se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte actora en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-1167

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día 10 de mayo de 2016 siendo las 5:16 p.m., se estableció comunicación con el número 0414-2464910, dicha llamada fue respondido por una ciudadana que se identificó como Hadilli Gozzaoni, quien tiene el carácter de apoderada judicial de la parte demandada no recurrente (Telcel Celular, C.A. y Sistemas Timetrac, C.A.), conforme al poder que cursa en autos, a la referida ciudadana se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte accionada en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-1167

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. No se pudo establecer comunicación con la ciudadana Ana Judad Azark quien actúa como parte demandada no recurrente ((INVERSIONES SM 1000 DE VENEZUELA C.A. SOLUCIONES DE LOCALIZACIÓN TRACKER C.A.), por ninguno de los medios previstos en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

Exp. N°  13-1404

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día 10 de mayo de 2016 siendo las 5:31 p.m., se estableció comunicación con el número 0412-7218795, dicha llamada fue respondido por un ciudadano que se identificó como Ramón Antonio Porras Ovalles, quien tiene el carácter de apoderado judicial de la parte demandante no recurrente, conforme al poder que cursa en autos, a la referida ciudadana se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte actora en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-1404

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se hace constar que el resultó infructuosa la comunicación con los números 0414-1249043, 0416-2413968 y 0412-7315220 cursado en autos como perteneciente al ciudadano William Enrique Aparcero Benítez quien actúa como apoderado judicial de la parte demandada recurrente, siendo infructuosa la comunicación. Dicha notificación se procuró con lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

Exp. N°  13-1059

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se hace constar que el resultó infructuosa la comunicación con el número 0414-7872357 cursado en autos como perteneciente a la ciudadana Fanny Maldonado quien actúa como apoderada judicial de la parte demandante no recurrente, siendo infructuosa  la comunicación. Dicha notificación se procuró con lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

Exp. N°  13-1059

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día de hoy 16 de mayo de 2016 siendo las 5:16 p.m., se estableció comunicación con el número 0414-7977187, dicha llamada fue respondido por una ciudadana que se identificó como Monica Palencia Maldonado, quien tiene el carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente, conforme al poder que cursa en autos, a la referida ciudadana se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte accionada en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-841

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día  10 de mayo de 2016 siendo las 5:12 p.m., se estableció comunicación con el número 0414-2573506, dicha llamada fue respondido por un ciudadano que se identificó como Roberto Alí Colmenares, quien tiene el carácter de apoderado judicial de la parte demandante recurrente, conforme al poder que cursa en autos, al referido ciudadano se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte actora en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-841

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día 10 de mayo de 2016 siendo las 5:16 p.m., se estableció comunicación con el número 0414-2464910, dicha llamada fue respondido por una ciudadana que se identificó como Hadilli Gozzaoni, quien tiene el carácter de apoderada judicial de la parte demandada no recurrente, conforme al poder que cursa en autos, a la referida ciudadana se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte accionada en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-782

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día 10 de mayo de 2016 siendo las 5:43 p.m., se estableció comunicación con el número 0424-7553574, dicha llamada fue respondido por un ciudadano que se identificó como Alexis José Albornoz, quien tiene el carácter de apoderado judicial de la parte demandante no recurrente, conforme al poder que cursa en autos, al referido ciudadano se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte actora en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-782

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día 10 de mayo de 2016 siendo las 8:58 a.m., se estableció comunicación con el número 0414-2464910, dicha llamada fue respondido por una ciudadana que se identificó como Milagros del Carmen Padilla Méndez, quien tiene el carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente, conforme al poder que cursa en autos, a la referida ciudadana se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte accionada en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-059

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día 10 de mayo de 2016 siendo las 5:40 p.m., se estableció comunicación con el número 0414-5903209, dicha llamada fue respondido por un ciudadano que se identificó como Juan Carlos Ruggiantoni Padón, quien tiene el carácter de apoderado judicial de la parte demandante no recurrente, conforme al poder que cursa en autos, al referido ciudadano se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte actora en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  13-059

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se hace constar que el resultó infructuosa la comunicación con el número 0414-4619683 cursado en autos como perteneciente a la ciudadana Mary Felicia Tovar quien actúa como apoderada judicial de la parte demandada recurrente, siendo infructuosa  la comunicación. Dicha notificación se procuró con lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

Exp. N°  12-1551

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. No se pudo establecer comunicación con los ciudadanos Daniela Molina Márquez García, Eufracio Guerrero Arellano, Regulo Antonio Vásquez Carrasco, David Ricardo Guerrero Pérez quienes actúan como apoderados judiciales parte actora no recurrente, por ninguno de los medios previstos en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

Exp. N°  12-1551

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día de hoy 16 de mayo de 2016 siendo las 10:22 a.m., se estableció comunicación con el número 0416-6315551, dicha llamada fue respondido por un ciudadano que se identificó como Teodoro Itriago Giménez, quien tiene el carácter de apoderado judicial de la parte demandada recurrente (INVERSIONES A ENCUMEADA C.A.), conforme al poder que cursa en autos, al referido ciudadano se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte accionado en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

Exp. N°  12-1551

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del auto de fijación de audiencia correspondiente a la presente causa fue publicado en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de igual forma en el día de hoy 16 de mayo de 2016 siendo las 2:23 p.m., se estableció comunicación con el número 0414-3325768, dicha llamada fue respondido por una ciudadana que se identificó como Cesarina Da Corte de Goncalves, quien tiene el carácter de apoderada judicial de la parte demandada no recurrente (CENTRO PORTUGUÉS A.C.), conforme al poder que cursa en autos, a la referida ciudadana se procedió a darle lectura del contenido del referido auto de fijación de audiencia, manifestando haberlo entendido completamente. Las referidas notificaciones se realizaron de conformidad con lo estatuido en el numeral tercero (3°) del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se entiende como debidamente notificada a la parte accionado en el presente juicio del auto en referencia.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 16 DE MAYO DE 2016

Recurso de casación  Exp. N°  13-1582

 

Se abrió el acto por la Presidenta de la Sala Especial Segunda Magistrada MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS Y CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha 14 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano ANTONIO JOSÉ CORTEZ DELGADO contra la sociedad mercantil MERCK, S.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto abogado Brismay de los Ángeles González Córdova, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 130.752, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Hadilli Fuadi Gozzaoni Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 121.230, en representación de la parte demandada recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la abogada Brismay de los Ángeles González Córdova, en representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la abogada Hadilli Fuadi Gozzaoni Rodríguez, en representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el actor. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Mónica Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, 2) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, 3) CONFIRMA la sentencia recurrida, 4) Se condena en costas a ambas partes, 5) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 16 DE MAYO DE 2016

Recurso de casación  Exp. N°  12-864

 

Se abrió el acto por la Presidenta de la Sala Especial Segunda Magistrada MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS Y CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado por ambas partes y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 11 de mayo de 2012, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana DANIELA POLO MEDINA contra las sociedades mercantiles BINGO LA TRINIDAD, C.A. y CONSULTORES KONI, C.A. Se deja constancia de la incomparecencia a este acto de ambas partes, demandada recurrente y demandante, así como de sus apoderados judiciales. Seguidamente, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Mónica Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 16 DE MAYO DE 2016

Recurso de casación  Exp. N°  12-770

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÌGUEZ, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 26 de abril de 2012, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Cojedes, con motivo del juicio que, por INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO Y DAÑO MORAL, sigue el ciudadano PEDRO ANTONIO PEÑA AGUIÑO contra la sociedad mercantil VENEZOLANA DE MONTAJES ELECTROMECÁNICOS, C.A. (VEDEMECA). Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Enrique Aguilera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 23.506, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Pedro Antonio Peña Aguiño titular de la cédula de identidad número 13.442.506, parte actora, así como de sus apoderados judiciales, abogados Yelitza Marina Parada y Rhaaywal Osnil Parra Aguiar, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 86.423 y 133.757 respectivamente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al abogado Enrique Aguilera, en representación de la parte demandada recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la abogada Yelitza Marina Parada, en representación de la parte demandante, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el actor. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) Se condena en costas. 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 16 DE MAYO DE 2016

Recurso de casación  Exp. N°  12-806

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÌGUEZ, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 30 de abril de 2012, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Lara, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES e INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO, sigue el ciudadano EFRÈN EDILIO TOLEDO contra la sociedad mercantil NESTLÈ VENEZUELA, S.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto de las abogadas Morelys Moreno, Adriany Elvira Rivero Colmenares y Diana Corina Agüero, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 126.061, 119.481 y 126.070, respectivamente, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Andreina Velásquez y Luis Azuaje, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 117.626 y 119.056, respectivamente, en representación de la parte demandada.

 

Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la abogada Adriany Elvira Rivero Colmenares, en representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno al abogado Luis Azuaje, en representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el actor. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) No se condena en costas. 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 16 DE MAYO DE 2016

Recurso de casación  Exp. N°  12-629

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÌGUEZ, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 19 de diciembre de 2011, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con motivo del juicio que, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, HOMOLOGACIÓN DE PENSIÓN DE JUBILACIÓN Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, siguen los ciudadanos EUSUNA DE JESÚS CONTASTI y LUIS FELIPE ORTA LISTA contra la sociedad mercantil C.V.G. FERROMINERA ORINOCO, C.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Luz Marina Núñez de Heredia, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 93.983, en representación de la parte demandada. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia a este acto de la parte demandante recurrente o sus apoderados Judiciales. La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 16 DE MAYO DE 2016

Recurso de casación  Exp. N°  12-479

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÌGUEZ, con la asistencia de las Magistradas Suplentes Dras. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y cincuenta minutos (11:50 a.m.), por acuerdo con las partes, a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha 15 de marzo de 2012, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, siguen los ciudadanos AUGUSTO RAFAEL MENDOZA y FRANCISCO JOSÉ PIÑERO HERNÁNDEZ contra la sociedad mercantil HOTEL TAMANACO, C.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Nieves Bautista Díaz Duran, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.012, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Néstor Rafael Martínez  Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.482, en representación de la parte demandada recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al abogado Nieves Bautista Díaz Duran, en representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno al abogado Néstor Rafael Martínez  Gómez, en representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el actor. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a las demás Magistradas si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, 2) ANULA  la sentencia recurrida, 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo desciende al estudio de las actas que conforman el expediente y declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los demandantes 4) no hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

0471

SALA ESPECIAL IV

11-1161

Recurso de Casación

Edwin González y otros contra Carbones del Guasare, S.A. y otra

Edgar Gavidia Rodríguez

Desistido

0472

SALA ESPECIAL IV

12-1310

Recurso de Casación

Reyna Margarita Ferrer Miranda y otros contra Laboratorios Vargas, S.A.

Edgar Gavidia Rodríguez

Desistido

0473

15-1283

Recurso de Casación

Pablo Danilo Gallardo Jiménez contra Transporte Occi-carga, C.A. y otra

Marjorie Calderón Guerrero

Homologa la transacción

 

 

 DESPACHO

 

Exp. Nº14-1365: Oficio de Remisión Nº 752

Exp. Nº14-1365: Oficio de Remisión Nº 753

Exp. Nº15-0380: Oficio de Remisión Nº 754

Exp. Nº15-0208: Oficio de Remisión Nº 755

Exp. Nº13-1537: Oficio de Remisión Nº 756/Oficio de Participación Nº 757

Exp. Nº14-0558: Oficio de Remisión Nº 758/Oficio de Participación Nº 759

Exp. Nº12-0695: Oficio de Remisión Nº 760/Oficio de Participación Nº 761

Exp. Nº13-1089: Oficio de Remisión Nº 762/Oficio de Participación Nº 763

Exp. Nº16-0060: Oficio de Remisión Nº 764/Oficio de Participación Nº 765

Exp. Nº15-1368: Oficio de Remisión Nº 766/Oficio de Participación Nº 767

Exp. Nº16-0107: Oficio de Remisión Nº 768/Oficio de Participación Nº 769

Exp. Nº15-1440: Oficio de Remisión Nº 770/Oficio de Participación Nº 771

Exp. Nº15-0357: Oficio de Remisión Nº 772

Exp. Nº15-1382: Oficio de Remisión Nº 773/Oficio de Participación Nº 774

Exp. Nº15-1300: Oficio de Remisión Nº 775/Oficio de Participación Nº 776

Exp. Nº12-1149: Oficio de Remisión Nº 777/Oficio de Participación Nº 778

Exp. Nº15-1049: Oficio de Remisión Nº 779/Oficio de Participación Nº 780

Exp. Nº14-1344: Oficio de Remisión Nº 781/Oficio de Participación Nº 782

Exp. Nº15-1367: Oficio de Remisión Nº 783/Oficio de Participación Nº 784

Exp. Nº15-1273: Oficio de Remisión Nº 785/Oficio de Participación Nº 786

Exp. Nº15-1350: Oficio de Remisión Nº 787

Exp. Nº14-1618: Oficio de Remisión Nº 788

Exp. Nº15-0482: Oficio de Remisión Nº 789

Exp. Nº16-0013: Oficio de Remisión Nº 790/Oficio de Participación Nº 791

Exp. Nº14-1362: Oficio de Remisión Nº 792/Oficio de Participación Nº 793

Exp. Nº15-1412: Oficio de Remisión Nº 794/Oficio de Participación Nº 795

Exp. Nº14-1061: Oficio de Remisión Nº 796/Oficio de Participación Nº 797

Exp. Nº15-1336: Oficio de Remisión Nº 798/Oficio de Participación Nº 799

Exp. Nº15-1445: Oficio de Remisión Nº 800/Oficio de Participación Nº 801

Exp. Nº15-0543: Oficio de Remisión Nº 802/Oficio de Participación Nº 803

Exp. Nº15-0768: Oficio de Remisión Nº 804/Oficio de Participación Nº 805

Exp. Nº15-0105: Oficio de Remisión Nº 806/Oficio de Participación Nº 807

Exp. Nº16-0014: Oficio de Remisión Nº 808/Oficio de Participación Nº 809

Exp. Nº16-0052: Oficio de Remisión Nº 810/Oficio de Participación Nº 811

 

 

 

 

Siendo las 12:30 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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