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Sala de Casación Social
  • Fecha: 18 de noviembre de 2016





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 178

 

Viernes, 18 de noviembre de 2016.

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  S/N

 

La abogada MARIELA COROMOTO PARRA LANDAETA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue TIRSO JOSÉ PINEDA contra C.A. CERVECERÍA REGIONAL. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Control de la Legalidad       16-072

 

La abogada SUSANA PELLICER ROMERO, presentó escrito consignando pruebas sobrevenida, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA VANESSA SUÁREZ BOLÍVAR, ACTUANDO EN  NOMBRE PROPIO Y REPRESENTACIÓN DE SU HIJA contra RAFAEL ALEJANDRO BOCACHE MARULANDA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  S/N

 

Los abogados VICENTE SISO GARCÍA y ARMANDO PLANCHART MÁRQUEZ, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue WUILFRED JESÚS ROSDRÍGUEZ HERNÁNDEZ y OTROS contra CONSTRUCTORA ROFERCA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado JUAN CARLOS LANDER PARUTA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue IRMA ELENA PERALTA MEZA Y OTROS contra C.A. CERVECERÍA REGIONAL. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-900

 

La abogada RUTH YAJAIRA MORANTE HERNÁNDEZ, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue DAVID ENRIQUE RIVERA MORENO contra DISTRIBUIDORA VEROCERAMICA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  16-911

 

La abogada RUTH YAJAIRA MORANTE HERNÁNDEZ, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MAURICIO ANTONIO PÉREZ contra DISTRIBUIDORA VEROCERAMICA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

 AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  15-671

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489-F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-671

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua- sede Maracay.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana CARMEN MARIA SILVA APONTE, INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (INAMSEPU), asimismo al ALCALDE DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, SÍNDICO PROCURADOR DEL ESTADO ARAGUA y al FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489-F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

- Calle Boyacá, Edificio  Centro de Oficina 1, Piso 3, Oficina 33 de la ciudad de Maracay Estado Aragua, N° Telefónico: 0412.743.743.

- Sector Villeguitas, Calle N° 08, Turmero, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua.

- Edf. Sede del Ministerio Público, calle Páez, entre Libertad y Carabobo piso 2.

-  Sector Valle Lindo, Turmero, Estado Aragua.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-671

 

AL INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (INAMSEPU), o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Sector Villeguitas, Calle N° 08, Turmero, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-671

 

A la  Ciudadana CARMEN MARÍA SILVA APONTE, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle Boyacá, Edificio  Centro de Oficina 1, Piso 3, Oficina 33 de la ciudad de Maracay, Estado Aragua, N° Telefónico: 0412.743.7435, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-1439

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria, correspondiente a este recurso, para el día martes treinta y uno (31) de enero del año 2017. Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1431/16-653

 

Vista la sentencia N° 528 de fecha treinta y uno (31) de mayo del 2016, mediante la cual se admite el recurso de casación en la presente causa, esta Sala de Casación Social acuerda dejar sin efecto el auto de fijación de audiencia de fecha diez (10) de agosto del año en curso y ordena el trámite conducente en el expediente AA60-S-2016-000653,  nomenclatura de esta Sala, a los  fines de la sustanciación del respectivo recurso de casación. En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social ratifica  la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso para el día jueves ocho (8) de diciembre del año 2016. Hora: una  de la tarde (1:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  14-1134

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489-F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  14-1134

 

A la ciudadana  MARLYN ROSINA MAIONE LINERO en representación de su hija y OTRO , o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: calle Providencia entre Avenida Rómulo Gallegos y Calle Paraíso, Oficina N° 28-A, Valle de la Pascua, Estado Guárico, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1134

 

A la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL S.A (CORPOELEC) antigua CADAFE, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Los Llanos, Sede CADAFE al Lado de El Nacionalista, San Juan de los Morros, Estado Guárico, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1134

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana MARLYN ROSINA MAIONE LINERO en representación de su hija y OTRO y a la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL S.A (CORPOELEC) antigua CADAFE que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489-F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     calle Providencia entre Avenida Rómulo Gallegos y Calle Paraíso, Oficina N° 28-A, Valle de la Pascua, Estado Guárico

-  Avenida Los Llanos, Sede CADAFE al Lado de El Nacionalista, San Juan de los Morros, Estado Guárico.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-1092

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria, correspondiente a este recurso, prevista para el día jueves ocho (8) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-802

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

1173

15-1453

Recurso de Casación

José Francisco Flame Tenepe y otros contra Corporación Ensyla, C.A.

Mónica Misticchio Tortorella

Desistido

1174

16-223

Recurso contencioso administrativo

Cervecería Polar, C.A. contra el Acto Administrativo N° 0479-12, de fecha 17/08/2012, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda "Delegado de Prevención Jesús Bravo", adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso: Juan Carlos Marcano Gallardo

Mónica Misticchio Tortorella

Sin lugar

1175

16-591

Recurso de Casación

Joel Armando Montilla contra Providencia Administrativa N° 0458-2013 de fecha 20/02/2012, relacionada con el expediente 056-2012-01-01036, emanada de la Inspectoría del Trabajo General Cipriano Castro del estado Táchira Tercero Interviniente: Prefabricados y Construcciones de Acero de Pellizari, C.A.

Mónica Misticchio Tortorella

1) Inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte interesada sociedad mercantil PREFAFRICADOS Y CONSTRUCCIONES DE ACERO PELLIZZARI, C.A., contra la sentencia publicada en fecha 7 de agosto de 2015, por el Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira; 2) Revoca el auto dictado por referido Juzgado de alzada, en fecha 30 de mayo de 2016, mediante el cual se Admitió el referido recurso.

1176

16-613

Recurso de Hecho

Douglas Josué Alvarado contra Inversiones 9295, C.A.

Mónica Misticchio Tortorella

Sin lugar

1177

16-675

Recurso de Casación

Jesús María Benavente Lovaton contra BGP International Of Venezuela, S.A., y otra

Mónica Misticchio Tortorella

Perecido

1178

16-688

Recurso de control de la legalidad

José Luis Maíz Sifontes y otros contra Suramericana de Aleaciones, C.A. (SURAL, C.A.)

Mónica Misticchio Tortorella

Inadmisible

1179

16-701

Recurso de Casación

Virginia Lee Camargo Pineda contra José Benito La Cruz Jerez

Mónica Misticchio Tortorella

Perecido

1180

16-415

Recurso contencioso administrativo

Vasos Venezolanos, C.A. contra acto administrativo N° 00293-10, de fecha 17 de agosto de 2010, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) Caso: Daniel Alejandro Peña Pérez

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Desistido

1181

16-589

Recurso de control de la legalidad

César Ramón OCando Mérida contra Congente, C.A. y otra

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Admitido el Control de la Legalidad

1182

16-622

Recurso contencioso administrativo

Central Azucarero Portuguesa, C.A. contra Acto Administrativo contentivo de Certificación N° 402/12 de fecha 5/10/12, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Portuguesa y Cojedes, adscrita al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) Caso: Pedro José Yari Camejo

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Desistido

1183

16-596

Recurso de Casación

Carmito Rafael López Mejías y otros contra Inversiones Toba, C.A.

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Perecido

1184

04-1682

Avocamiento

Omar Enrique García Bolívar contra Despacho de abogados miembros de Macleod Dixon, S.C. hoy Despacho de abogados miembros de Norton Rose Fulbright, S.C.; Norton Rose Fulbright, L.L.P. y Norton Rose Fulbright, E.L.P.

Edgar Gavidia Rodríguez

Sin lugar

1185

15-1035

Recurso de Casación

Marisela del Carmen Primera Córdova contra Centro Médico Loira, C.A.

Edgar Gavidia Rodríguez

1) Con lugar el recurso de casación, 2) Anula la sentencia recurrida; 3) Se repone la causa al estado de que el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, fije por auto el día y hora para la celebración de la audiencia de Juicio.

1186

15-1230

Recurso de Casación

Orangel Arelio Lugo Gamboa contra Flag Instalaciones, S.A. y otros

Marjorie Calderón Guerrero

1) Con lugar el recurso de casación propuesto por la parte actora, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, el 16 de enero de 2015, 2) Nula la decisión antes identificada; 3) Repone la causa al estado en que el Juzgado de Juicio que resulte competente fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio.

1187

13-923

Recurso de Casación

Carlos Ramón Blanco Colina contra Lámparas Mariara, C.A. y otras.

Marjorie Calderón Guerrero

1) Niega la homologación al acuerdo celebrado entre el ciudadano Carlos Ramón Blanco, por una parte y las sociedades mercantiles COSMOLAMP, C.A.; SERVICIOS DE INDUSTRIAS, C.A. (SERDIN); LÁMPARAS DELTA, C.A.; LÁMPARAS SIRAL, C.A Y LÁMPARAS MARIANA, C.A., POR LA OTRA; 2) Homologa el desistimiento del recurso de casación incoado por la parte demandada

1188

16-030

Recurso de Casación

Pedro Renato Hernández contra Petrex, S.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Sin lugar

1189

15-1078

Recurso de Casación

María Yolanda Moreno Galvis en representación de su hija y otro contra Cira Elena Soto Carrero

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Con lugar

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

 

Sábado, 19 de noviembre de 2016

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

 

Domingo, 20 de noviembre de 2016

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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