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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 136
Jueves, 22 de septiembre de 2016
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS Y DILIGENCIAS
Exp. N° Recurso de Casación 15-317
La abogada ISABEL PÉREZ, presentó diligencia dándose por notificada, para ser agregado al juicio que sigue JESÚS SALVADOR HADDAD CASTAÑEDA contra SANOFI-AVENTIS DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Apelación Laboral 16-619
Las abogadas YURUBY MARCANO CANACHE y ZULEIMA APONTE, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LARA, TRUJILLO Y YARACUY. CASO: MILAGROS DEL VALLE RAMÍREZ BUTRÓN. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1211
El abogado FERNANDO OVALLES RODRÍGUEZ, presentó escrito solicitando se fije la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA ALEXANDRA PÉREZ-VERA HERRERA contra MARÍA ELENA COVIAN DÍAZ, ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE SUS MENORES HIJAS. TERCERO INTERESADO: KAIHANG ZHAO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 12-1312
La abogada BERTA CAROLINA TRUJILLO Q., presentó diligencia solicitando se notifique a la Procuraduría General de la República, para ser agregado al juicio que sigue ALBEMARY DE LOS ÁNGELES VILLALOBOS y OTROS contra LA EDITORIAL UNO, C.A. y OTRA. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 15-186
El abogado CARLOS E. APONTE G., presentó diligencia dándose por notificado, para ser agregado al juicio que sigue JESÚS ANTONIO MOLINA RAMÍREZ contra MERCANTIL M-H, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Hecho 16-725
El abogado JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, presentó diligencia consignando copias fotostáticas y solicitando pronunciamiento sobre la admisión del recurso, para ser agregado al juicio que sigue KEYLA ANGULO MARTÍNEZ contra ANTONIO RASPA NORIEGA. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 16-547
La abogada ITALIA MARÍA MÉNDEZ BELANDRIA, presentó escrito solicitando se declare el perecimiento del recurso, para ser agregado al juicio que sigue DOMINGO GARCÍA MORENO contra JOSÉ ALEXANDER PEÑA MORENO. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 14-1037
El abogado ÁNGEL ORASMA GARBI y por la otra parte su colega AMARILIS JENNIFER BALZA NOVOA presentaron escrito de transacción, para ser agregado al juicio que sigue NINO RAFAEL SOLÓRZANO y OTROS contra INSTITUTO AUTÓNOMO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE), ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE Y COMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MPPTC) y OTRAS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de
Casación
15-507
La
abogada MILENA MARIELA PÉREZ RUEDA, presentó diligencia dándose por notificada,
para ser agregado al juicio que sigue
GIUSEPPE MURO COLITTO contra ELISA
PRIANO BRUNETTI DE MURO. Ponente: Dra.
MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
OFICIOS RECIBIDOS
Exp.
N° 13-1188
Según oficio N° 222/2016,
de fecha 17-05-16, del Juzgado Superior
3° del Trabajo del Circuito
Judicial Laboral del estado Carabobo, se recibieron actuaciones que guardan
relación con la presente causa, (oficio enviando diligencia del Alguacil donde
consigna boleta de notificación), constante de tres (3) folios útiles, para ser agregado al
juicio que sigue JUAN CARLOS SÁEZ LEÓN
contra CERVECERÍA POLAR, C.A.
Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
AUTOS PUBLICADOS
Exp.
N° 15-507
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará
por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 12-1110
Vista la solicitud formulada por el abogado ISRAEL ARISTIDES GARCÍA
OVIEDO, apoderado de la parte Demandante recurrente contenida en diligencia de
fecha once (11) de Agosto de 2016, se ordena de conformidad con lo establecido
en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia,
en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir
por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha
solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2012-001110,
contentivo del juicio seguido por ISRAEL ARÍSTIDES GARCÍA OVIEDO contra MANUEL RAMÓN INDRIAGO
MÁRQUES, MARÍA LUZ REYES, PUBLICIDAD LA LUZ CREATIVA, C.A. y CONTRALCA
CONSTRUCTORA ALCAZAR, C.A., con inserción de la referida diligencia y del
presente auto.-
Exp.
N° 15-1092
Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria,
correspondiente a este recurso, para el día jueves ocho (8) de diciembre del
año dos mil dieciséis (2016). Hora: una de la tarde (1:00 p.m.).
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-1008
Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria,
correspondiente a este recurso, para el día jueves diez (10) de noviembre
del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.).
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-616
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de
Casación Social acuerda fijar la
audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves
diecisiete (17) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora:
nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp.
N° 16-426
Conforme a lo ordenado en la sentencia de fecha doce (12) de abril del
año 2016, que declaró ADMITIDO el Recurso de Casación, se acuerda librar
oficio para notificar a la parte demandada recurrente, ciudadana YRMA
MERCEDES GÓMEZ RAUSEO, en la siguiente dirección procesal que consta en
autos: Avenida principal del barrio José Félix Ribas, entre calles 1 y 2,
casa N° 426, parroquia Juan de Villegas, Barquisimeto, municipio Iribarren,
estado Lara, para cuyo fin se comisiona al Juez de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Ciudad Bolívar.
Exp.
N° 16-426
A la ciudadana YRMA MERCEDES GÓMEZ RAUSEO, titular de la cédula
de identidad N° V-11.560.415, con domicilio procesal en: Avenida principal
del barrio José Félix Ribas, entre calles 1 y 2, casa N° 426, parroquia Juan de
Villegas, Barquisimeto, municipio Iribarren, estado Lara, personalmente
o por intermedio de sus apoderados judiciales, que esta Sala de Casación
Social, en fecha doce (12) de abril del año 2016, dictó sentencia declarando ADMITIDO
el Recurso de Casación interpuesto por la representación judicial de la parte
demandada recurrente y ordenando su notificación, para que a partir de la fecha
en que conste en autos la realización de la misma, mas el término de la
distancia correspondiente, comience a transcurrir el lapso para la
formalización del Recurso de Casación, en el juicio seguido por el ciudadano VÍCTOR
RAFAEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ contra la ciudadana YRMA MERCEDES GÓMEZ
RAUSEO.
Exp.
N° 16-426
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al Juez
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
estado Lara, Barquisimeto.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo
suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código
de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a
fin de que notifique a la ciudadana
YRMA MERCEDES GÓMEZ RAUSEO, que una vez conste en autos la notificación que
de su persona o apoderados se haga más el término de la distancia
correspondiente, comenzará a transcurrir el lapso para la formalización del
Recurso de Casación.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Avenida principal del
barrio José Félix Ribas, entre calles 1 y 2, casa N° 426, parroquia Juan de
Villegas, Barquisimeto, municipio Iribarren, estado Lara.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 13-1512
De conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de
2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la
cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de
instalación de dichas Salas, en concordancia con la decisión de la Sala
Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14 y con la finalidad de
salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido
proceso y a la tutela judicial efectiva, visto que las partes involucradas en
el presente caso no se encuentran debidamente notificadas, se acuerda
notificarles que de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de
la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del
Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrense
las boletas correspondientes.
Exp.
N° 13-1512
Al
ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ CASTILLO, titular de la cédula de
identidad N° 10.731.533, con domicilio procesal en: Avenida Cedeño con
Montes de Oca, Torre Empresarial, piso 13, oficina 13-B, Valencia, estado
Carabobo, personalmente o por intermedio de sus apoderados judiciales,
que esta Sala de Casación Social, dando cumplimiento a la decisión N° 1857, de
fecha 18 de diciembre de 2014, dictada por la
Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, acordó notificarle
de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles
contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus
apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la
celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado
de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien
notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado,
en el juicio seguido por el ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ CASTILLO
contra CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A.
Exp.
N° 13-1512
A la
sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A., con domicilio
procesal en: Escritorio Mendoza, Palacios, Acedo, Borjas, Páez Pumar &
Cía., C.C. Siglo XXI, La Viña, piso 3, oficina A 1, A 2, A 3, urbanización La
Viña, Valencia, estado Carabobo, personalmente o por intermedio de sus
apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social, dando
cumplimiento a la decisión N° 1857, de fecha 18 de diciembre de 2014, dictada
por la Sala Constitucional de este
Tribunal Supremo de Justicia, acordó notificarle de conformidad con lo
establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública
y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado, en el juicio seguido por el ciudadano JOSÉ
GREGORIO GUTIÉRREZ CASTILLO contra CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A.
Exp.
N° 13-1512
Conforme a lo ordenado en auto de misma fecha, que acordó la
notificación de las partes, se acuerda librar boletas, a este fin, a la parte
demandante recurrente, ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRRES CASTILLO, así
como también a la parte demandada, CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A.,
para cuyo fin se comisiona al Juez Primero Superior del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Valencia.
Exp.
N° 13-1512
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al Juez Primero Superior del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Valencia.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo
suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código
de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a
fin de que notifique al ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ CASTILLO y la
sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A. que una vez conste en autos las
notificaciones que de ellos o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria.
Dicha notificación deberá realizarse
en las siguientes direcciones:
- Avenida Cedeño con
Montes de Oca, Torre Empresarial, piso 13, oficina 13-B, Valencia, estado
Carabobo.
- Escritorio Mendoza,
Palacios, Acedo, Borjas, Páez Pumar & Cía., C.C. Siglo XXI, La Viña, piso
3, oficina A 1, A 2, A 3, urbanización La Viña, Valencia, estado Carabobo.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0895 |
13-293 |
Recurso de
Casación y Control de la legalidad |
Nuris del Valle Prado
Piñero contra Nelson Lorenzo González Ortíz |
Edgar Gavidia Rodríguez |
Desistido |
0896 |
16-110 |
Recurso
contencioso administrativo |
Centro Médico Docente El
Paso C.A contra Acto Administrativo N° CMO: 00019-14, de fecha 07/03/2014,
emanado de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda, adscrita
al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso:
Nayudis del Carmen Coavas Yánez |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
1) Parcialmente con
lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Centro
Médico Docente El Paso, C.A., 2) Ordena al A quo fijar el lapso para la
evacuación de pruebas |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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