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Sala de Casación Social
  • Fecha: 22 de septiembre de 2016





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 136

 

Jueves, 22 de septiembre de 2016

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS Y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-317

 

La abogada ISABEL PÉREZ, presentó diligencia dándose por notificada, para ser agregado al juicio que sigue JESÚS SALVADOR HADDAD CASTAÑEDA contra SANOFI-AVENTIS DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        16-619

 

Las abogadas YURUBY MARCANO CANACHE y ZULEIMA APONTE, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LARA, TRUJILLO Y YARACUY. CASO: MILAGROS DEL VALLE RAMÍREZ BUTRÓN. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-1211

 

El abogado FERNANDO OVALLES RODRÍGUEZ, presentó escrito solicitando se fije la audiencia y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA ALEXANDRA PÉREZ-VERA HERRERA contra MARÍA ELENA COVIAN DÍAZ, ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE SUS MENORES HIJAS. TERCERO INTERESADO: KAIHANG ZHAO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-1312

 

La abogada BERTA CAROLINA TRUJILLO Q., presentó diligencia solicitando se notifique a la Procuraduría General de la República, para ser agregado al juicio que sigue ALBEMARY DE LOS ÁNGELES VILLALOBOS y OTROS contra LA EDITORIAL UNO, C.A. y OTRA. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-186

 

El abogado CARLOS E. APONTE G., presentó diligencia dándose por notificado, para ser agregado al juicio que sigue JESÚS ANTONIO MOLINA RAMÍREZ contra MERCANTIL M-H, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Hecho             16-725

 

El abogado JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, presentó diligencia consignando copias fotostáticas y solicitando pronunciamiento sobre  la admisión del recurso, para ser agregado al juicio que sigue KEYLA ANGULO MARTÍNEZ contra ANTONIO RASPA NORIEGA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-547

 

La abogada ITALIA MARÍA MÉNDEZ BELANDRIA, presentó escrito solicitando se declare el perecimiento del recurso, para ser agregado al juicio que sigue DOMINGO GARCÍA MORENO contra JOSÉ ALEXANDER PEÑA MORENO. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Control de la Legalidad       14-1037

 

El abogado ÁNGEL ORASMA GARBI y por la otra parte su colega AMARILIS JENNIFER BALZA NOVOA presentaron escrito de transacción, para ser agregado al juicio que sigue NINO RAFAEL SOLÓRZANO y OTROS contra INSTITUTO AUTÓNOMO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE), ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE Y COMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MPPTC) y OTRAS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-507

 

La abogada MILENA MARIELA PÉREZ RUEDA, presentó diligencia dándose por notificada, para ser agregado al juicio que sigue GIUSEPPE MURO COLITTO contra ELISA PRIANO BRUNETTI DE MURO. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N°  13-1188

 

Según oficio N° 222/2016, de fecha 17-05-16, del Juzgado Superior    del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del estado Carabobo, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (oficio enviando diligencia del Alguacil donde consigna boleta de notificación), constante de tres  (3) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue JUAN CARLOS SÁEZ LEÓN contra CERVECERÍA POLAR, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  15-507

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  12-1110

 

Vista la solicitud formulada por el abogado ISRAEL ARISTIDES GARCÍA OVIEDO, apoderado de la parte Demandante recurrente contenida en diligencia de fecha once (11) de Agosto de 2016, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2012-001110, contentivo del juicio seguido por ISRAEL ARÍSTIDES GARCÍA  OVIEDO contra MANUEL RAMÓN INDRIAGO MÁRQUES, MARÍA LUZ REYES, PUBLICIDAD LA LUZ CREATIVA, C.A. y CONTRALCA CONSTRUCTORA ALCAZAR, C.A., con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. N°  15-1092

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir  la audiencia pública y contradictoria, correspondiente a este recurso, para el día jueves ocho (8) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: una de la tarde (1:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1008

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir  la audiencia pública y contradictoria, correspondiente a este recurso, para el día jueves diez (10) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-616

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves diecisiete (17) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-426

 

Conforme a lo ordenado en la sentencia de fecha doce (12) de abril del año 2016, que declaró ADMITIDO el Recurso de Casación, se acuerda librar oficio para notificar a la parte demandada recurrente, ciudadana YRMA MERCEDES GÓMEZ RAUSEO, en la siguiente dirección procesal que consta en autos: Avenida principal del barrio José Félix Ribas, entre calles 1 y 2, casa N° 426, parroquia Juan de Villegas, Barquisimeto, municipio Iribarren, estado Lara, para cuyo fin se comisiona al Juez de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Ciudad Bolívar.

 

 

Exp. N°  16-426

 

A la ciudadana YRMA MERCEDES GÓMEZ RAUSEO, titular de la cédula de identidad N° V-11.560.415, con domicilio procesal en: Avenida principal del barrio José Félix Ribas, entre calles 1 y 2, casa N° 426, parroquia Juan de Villegas, Barquisimeto, municipio Iribarren, estado Lara, personalmente o por intermedio de sus apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social, en fecha doce (12) de abril del año 2016, dictó sentencia declarando ADMITIDO el Recurso de Casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada recurrente y ordenando su notificación, para que a partir de la fecha en que conste en autos la realización de la misma, mas el término de la distancia correspondiente, comience a transcurrir el lapso para la formalización del Recurso de Casación, en el juicio seguido por el ciudadano VÍCTOR RAFAEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ contra la ciudadana YRMA MERCEDES GÓMEZ RAUSEO.

 

 

Exp. N°  16-426

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

Al Juez de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Barquisimeto.

 

Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la  ciudadana YRMA MERCEDES GÓMEZ RAUSEO, que una vez conste en autos la notificación que de su persona o apoderados se haga más el término de la distancia correspondiente, comenzará a transcurrir el lapso para la formalización del Recurso de Casación.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Avenida principal del barrio José Félix Ribas, entre calles 1 y 2, casa N° 426, parroquia Juan de Villegas, Barquisimeto, municipio Iribarren, estado Lara.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  13-1512

 

De conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de instalación de dichas Salas, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, visto que las partes involucradas en el presente caso no se encuentran debidamente notificadas, se acuerda notificarles que de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrense las boletas correspondientes.

 

 

Exp. N°  13-1512

 

Al ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 10.731.533, con domicilio procesal en: Avenida Cedeño con Montes de Oca, Torre Empresarial, piso 13, oficina 13-B, Valencia, estado Carabobo, personalmente o por intermedio de sus apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social, dando cumplimiento a la decisión N° 1857, de fecha 18 de diciembre de 2014, dictada por la  Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado, en el juicio seguido por el ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ CASTILLO contra CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A.

 

 

Exp. N°  13-1512

 

A la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A., con domicilio procesal en: Escritorio Mendoza, Palacios, Acedo, Borjas, Páez Pumar & Cía., C.C. Siglo XXI, La Viña, piso 3, oficina A 1, A 2, A 3, urbanización La Viña, Valencia, estado Carabobo, personalmente o por intermedio de sus apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social, dando cumplimiento a la decisión N° 1857, de fecha 18 de diciembre de 2014, dictada por la  Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado, en el juicio seguido por el ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ CASTILLO contra CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A.

 

 

Exp. N°  13-1512

 

Conforme a lo ordenado en auto de misma fecha, que acordó la notificación de las partes, se acuerda librar boletas, a este fin, a la parte demandante recurrente, ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRRES CASTILLO, así como también a la parte demandada, CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A., para cuyo fin se comisiona al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Valencia.

 

 

Exp. N°  13-1512

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

Al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Valencia.

 

Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ CASTILLO y la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A.  que una vez conste en autos las notificaciones que de ellos o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en las siguientes direcciones:

-     Avenida Cedeño con Montes de Oca, Torre Empresarial, piso 13, oficina 13-B, Valencia, estado Carabobo.

-     Escritorio Mendoza, Palacios, Acedo, Borjas, Páez Pumar & Cía., C.C. Siglo XXI, La Viña, piso 3, oficina A 1, A 2, A 3, urbanización La Viña, Valencia, estado Carabobo.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

0895

13-293

Recurso de Casación y Control de la legalidad

Nuris del Valle Prado Piñero contra Nelson Lorenzo González Ortíz

Edgar Gavidia Rodríguez

Desistido

0896

16-110

Recurso contencioso administrativo

Centro Médico Docente El Paso C.A contra Acto Administrativo N° CMO: 00019-14, de fecha 07/03/2014, emanado de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso: Nayudis del Carmen Coavas Yánez

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

1) Parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Centro Médico Docente El Paso, C.A., 2) Ordena al A quo fijar el lapso para la evacuación de pruebas

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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