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Sala de Casación Social
  • Fecha: 25 de noviembre de 2016





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 183

 

Viernes, 25 de noviembre de 2016.

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-601

 

El abogado GABRIEL MORENO, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue ISAAC JOSÉ CEDEÑO HERRERA y OTROS contra C.V.G. BAUXILUM, C.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-401

 

El ciudadano JUSTO ALEJANDRO PLUA YAMBAY, asistido por el abogado HERMANN DE J. VÁSQUEZ FLORES, presentaron diligencia otorgando poder apud-acta, para ser agregado al juicio que sigue JUSTO ALEJANDRO PLUA YAMBAY contra CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-908

 

El abogado GABRIEL RAMÓN ACHÉ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JORGE RAFAEL CARVAJAL CASTILLO contra CARMEN JANNET LARA TORRES. Ponente: Dr.

 

 

 OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N°  16-970

 

Según oficio N° S1/2016/510 (FORMALIZACIÓN) de fecha 10-11-16, emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, presentado ante el Superior por el abogado César Augusto Guerrero, en representación de la parte actora recurrente,  en fecha 3-11-16. Consta de un (1) folio útil y anexos en once (11) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue JORMAN ANTONIO AGÜERO ESCALONA contra TRANSPORTE URES, C.A. Ponente: Dr.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  12-1660

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  12-1660

 

A las ciudadanas DANIELA ANA MARÍA LINDA COZZI DE OBERTO y OLGA RODRÍGUEZ DE DE GOUVEIA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Francisco de Miranda, entre Calle Élite y la Joya, Centro Profesional Miranda, Piso 8, Ofic 8-A, Escritorio Jurídico Blanco-Fombona, Paz y Asociados. Chacao Caracas, teléfonos (0212)267.41.67, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  12-1660

 

A la sociedad mercantil COLEGIO DE MÉDICOS DEL ESTADO MIRANDA ASOCIACIÓN CIVIL, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización El Bosque, Avenida Principal el Golf, Quinta 76, Piso 1, Sede del Colegio de Médicos del Estado Miranda, Presidencia, Municipio Chacao, Estado Miranda, teléfonos: (0212)731.19.36, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  12-810

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano  MANUEL CARLOS CLARET ABREU MEDINA y a la Sociedad Mercantil INGENIERIA DIVILLCA C.A y como tercero interesado la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V), que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Urbanización vía Upata Km 1, Casa N° 10, Calle Altamira, San Félix, Estado Bolívar.

-  Zona Industrial Chirica, Avenida Principal Brisas del Sur, Portón 5-4, San Félix, Estado Bolívar

-  Sede Principal de CANTV, Alta Vista, Oficina de Asuntos Legales, Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  12-810

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  12-810

 

A la sociedad mercantil INGENIERIA DIVILLCA C.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Zona Industrial Chirica, Avenida Principal Brisas del Sur, Portón 5-4, San Félix, Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  12-810

 

Al ciudadano MANUEL CARLOS CLARET ABREU, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización vía Upata Km 1, Casa N° 10, Calle Altamira, San Félix, Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  12-810

 

A la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V) como tercero interesado, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Sede Principal de CANTV, Alta Vista, Oficina de Asuntos Legales, Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Vencido como se encuentra el lapso previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, las siguientes causas pasan a estado de sentencia.

AA60-S-2016-0743

AA60-S-2016-0754

AA60-S-2016-0765

AA60-S-2016-0779

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para fundamentar la apelación, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en los siguientes casos:

AA60-S-2016-000289

AA60-S-2016-000776

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                               ___________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

 

Sábado, 26 de noviembre de 2016

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

 

Domingo, 27 de noviembre de 2016

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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