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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 161
Jueves, 27 de octubre de 2016
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° S/N
La abogada NIRVA MENDOZA, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS ENRIQUE MORENO y OTROS contra ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-841
La abogada YENNIFER DEL VALLE QUEINTERO APONTE, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue YUNEIRE MARÍA APONTE SOLARTE Y KENEDY JOSÉ QUINTERO VILORIA, AMBOS ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE SU HIJO contra INVERSIONES ANDES MÁGICOS, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-821
Los abogados ALBERTO HERNÁNDEZ y BRISMAY GONZÁLEZ, presentaron escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue NIJAD HAMDAN GONZÁLEZ contra ALEJANDRO CÁRIBAS EN SU CONDICIÓN DE LIQUIDADOR DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (FONJUCV) y OTRA. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 16-543
El abogado ALBERTO HERNÁNDEZ, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue RAÚL ENRIQUE DAVADILLO ÁLVAREZ contra CONSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPAÑÍA ANÓNIMA (CONTECA) y OTRA. TERCERO INTERESADO: INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, (IVSS). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-811
El abogado CARLOS ROJAS BETANCOURT, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MARCO JIMÉNEZ CARRASQUEL contra VÍCTOR RAFAEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ y OTROS. Ponente: Dr.
Exp. N° Apelación Laboral 15-1045
El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA (GERESAT-MIRANDA). CASO: LEONARDO GARCÍA SÁNCHEZ. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Apelación Laboral 15-956
El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE TÁCHIRA, MUNICIPIO PÁEZ Y MUÑOZ DEL ESTADO APURE. CASO: LUIS LEONARDO ORTÍZ RANGEL. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Apelación Laboral 15-501
El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: OLGA JOSEFINA MENDOZA VELASQUEZ. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 14-275
El abogado PEDRO BETANCOURT LÓPEZ, presentó diligencia alegando las razones por las que no firmo el acta de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ AGUIAR COLMENARES y OTRAS contra VISION COLLECTION, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-849
El abogado RAFAEL ÁLVAREZ ALMAO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JAVIER ENRIQUE DEL RÍO AGÜERO y OTROS contra WILLIAM ANTONIO DEL RÍO GARCÍA y OTROS. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 16-140
El abogado YEOSHUA BOGRAD LAMBERTI, presentó diligencia solicitando entrevista con el Mag. ponente, para ser agregado al juicio que sigue HUAWEI TECHNOLOGIES DE VENEZUELA, C.A. contra SINDICATO SUTRABITEDCA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-140
El abogado YEOSHUA BOGRAD LAMBERTI, presentó escrito consignando cartas de desafiliación, para ser agregado al juicio que sigue HUAWEI TECHNOLOGIES DE VENEZUELA, C.A. contra SINDICATO SUTRABITEDCA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 13-1791
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda suspender la audiencia, pública y contradictoria, correspondiente al presente recurso, prevista para el día lunes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 13-882
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda suspender la audiencia, pública y contradictoria, correspondiente al presente recurso, prevista para el día lunes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 15-1278
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-729
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 14-729
Al SINDICATO
ÚNICO DE LOS TRABAJADORES DE LA CONTRALORIA DEL ESTADO BOLIVAR (S.U.B.T.C.E.B),
o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Sector
Casco Histórico, Boulevard Bolívar, Edificio Roque Center, N°63-A, (en la sede
de la Contraloría General del Estado Bolívar), en Ciudad Bolívar, Estado
Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo
de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario
encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a
quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-729
A la CONTRALORÍA
GENERAL DEL ESTADO BOLÍVAR, o en cualquiera de sus apoderados judiciales,
con domicilio procesal: Sector Casco Histórico, Boulevard Bolívar,
Edificio Roque Center, N°63-A, Ciudad Bolívar, Municipio Heres del Estado
Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo
de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp.
N° 14-729
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar, Sede Ciudad Bolívar.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la CONTRALORÍA GENERAL DEL
ESTADO BOLÍVAR y al SINDICATO ÚNICO DE LOS TRABAJADORES DE LA
CONTRALORIA DEL ESTADO BOLIVAR (S.U.B.T.C.E.B), así como a la
PROCURADURÍA GENERAL DE ESTADO BOLÍVAR, que una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo..
Dichas notificaciones deberán
realizarse en las siguientes direcciones:
Sede de la Contraloría General de Estado Bolívar y del Sindicato: -Sector
Casco Histórico, Boulevard Bolívar, Edificio Roque Center, N°63-A, Ciudad
Bolívar, Municipio Heres del Estado Bolívar
Sede de la Procuraduría General del Estado Bolívar: -Av. Cruz verde, Cruce con Av. Cedeño.
Quinta Procuraduría. Ciudad Bolívar, Estado Bolívar.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 14-1645
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido procedo y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos
la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará
por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 14-1645
A los
ciudadanos MAGALYS DEL CARMEN ÁLVAREZ DE PERNALETE, JUNIOR ANTONIO PERNALETE
ÁLVAREZ, MARIELA JOSEFINA PERNALETE ÁLVAREZ, MAGALYS DEL CARMEN PERNALETE
ÁLVAREZ, MARCOS ANTONIO PERNALETE ÁLVAREZ Y ENMANUEL ENRIQUE PERNALETE
MELÉNDEZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio
procesal: Avenida Bolívar, Centro Comercial Nava Center, Tercer Piso,
Pent House, Parroquia Alonso de Ojeda, Municipio Lagunillas de Estado Zulia,
Escritorio Jurídico CARABALLO & ASOCIADOS, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento
Civil, en tal sentido, una vez
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1645
A la
sociedad mercantil SUMINISTROS TAMARE C.A (SUTACA), o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Intercomunal, Sector
Tasajeras entre Carretera O y P, de Ciudad Ojeda, Municipio
Autónomo Lagunillas del Estado Zulia, que esta Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad
con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil,
en tal sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1645
A la
sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Avenida Padilla, Edificio Miranda, al
frente de Makro, Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, que esta
Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1645
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Zulia, Sede Cabimas.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a los ciudadanos MAGALYS DEL
CARMEN ÁLVAREZ DE PERNALETE, JUNIOR ANTONIO PERNALETE ÁLVAREZ Y OTROS y a
la sociedad mercantil SUMINISTROS TAMARE C.A (SUTACA), que una vez
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Avenida Bolívar, Centro
Comercial Nava Center, Tercer Piso, Pent House, Parroquia Alonso de Ojeda,
Municipio Lagunillas de Estado Zulia, Escritorio Jurídico CARABALLO &
ASOCIADOS.
- Avenida
Intercomunal, Sector Tasajeras entre Carretera O y P, de Ciudad
Ojeda, Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la
mayor brevedad posible.
Exp.
N° 14-1645
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Zulia, Sede Maracaibo.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil PDVSA
PETRÓLEO S.A, que una vez transcurrido un término de diez (10) días
hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las
partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para
la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Avenida Padilla,
Edificio Miranda, al frente de Makro, Municipio Maracaibo, del Estado Zulia.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 04-1682
Esta Sala de Casación Social, acuerda fijar la audiencia de juicio, de
conformidad con el artículo 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en
virtud del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
LABORALES sigue el ciudadano OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra el DESPACHO
DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE. S.C. NORTON ROSE LLP y NORTON ROSE
ELP, anteriormente denominado DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD
DIXON, S.C., MACLEOD DIXON, E.L.P. y MACLEOD DIXON, L.L.P., para el
día viernes once (11) de noviembre del año 2016. Hora: diez y treinta
minutos de la mañana (10:30 a.m.). Regístrese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-1716
Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta
Sala Especial Segunda observa que la comisión ordenada el veintiuno de julio del
año 2015 no se ha cumplido, en aras de preservar los derechos de la tutela
judicial efectiva y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado
y estado del proceso, ordena la notificación de la empresa demandada.
Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.
Exp.
N° 13-1716
A la
sociedad mercantil ASADOS CARABOBO, C.A. o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Bolívar Norte,
Sector El Viñedo, Valencia, que esta Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de
fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de
Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación
Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015,
en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 13-1716
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Carabobo, Valencia
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la Sociedad Mercantil ASADOS
CARABOBO, C.A., (TORIGALLO), que una vez transcurrido un término de
diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación
que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
-.
Avenida Bolívar Norte, Sector El Viñedo, Valencia, Estado Carabobo.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para
formalizar, de conformidad con el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la sentencia 758 de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del (21) de julio de 2010, en
el siguiente expediente:
Exp.
N° 15-1306
Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el
XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia, en las instalaciones de este Alto Tribunal,
la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso
fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere
para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis
(2016). Hora: nueve de la mañana
(9:00 a.m.). Regístrese, publíquese
y agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-085
Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el
XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia, en las instalaciones de este Alto Tribunal,
la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso
fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere
para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis
(2016). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp.
N° 15-1330
Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el
XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia, en las instalaciones de este Alto Tribunal,
la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso
fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere
para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis
(2016). Hora: diez y cincuenta minutos
de la mañana (10:50 a.m.).
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-1362
Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el
XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia, en las instalaciones de este Alto Tribunal,
la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso
fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere
para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis
(2016). Hora: once y treinta minutos
de la mañana (11:30 a.m.).
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-1323
Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el
XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia, en las instalaciones de este Alto Tribunal,
la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso
fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere
para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis
(2016). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp.
N° 15-1044
Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el
XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia, en las instalaciones de este Alto Tribunal, la
audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso fijada
para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere para el
día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016).
Hora: doce y cincuenta minutos de la tarde (12:50 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp.
N° 15-1341
Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el
XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia, en las instalaciones de este Alto Tribunal,
la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso
fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere
para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis
(2016). Hora: una y treinta minutos
de la tarde (1:30 p.m.).
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1029
Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha trece (13) de julio del año 2015, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con sede en la ciudad de Barinas, con ocasión del procedimiento que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano RICARDO JAVIER MEDINA RODRÍGUEZ contra la sociedad mercantil INDUSTRIAS ALIMENTICIAS ITALIA, C.A. (INAICA) y el ciudadano PIETRO LOPIPARO AMADO. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Elibanio de Jesús Uzcategui Monsalve, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.610, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al representante judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: ) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1011 (LOPNNA)
Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha veinte (20) de julio de 2015, proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en la ciudad Valencia, con ocasión del juicio que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA sigue la ciudadana MARITZA ELENA FONTANA URBINA contra los ciudadanos NIEVES ALEXIS MUJICA DE FONTANA, ASTRID NIOSMER FONTANA MUJICA, MARYOUSMER INDIRA FONTANA MUJICA y OSCAR ALEXIS FONTANA MUJICA. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la ciudadana Maritza Elena Fontana Urbina, titular de la cédula de identidad número 4.557.830, parte demandante en este juicio, y de sus abogados Félix Eduardo Guevara Tutiven y Fernando Alberto Guevara Moreno, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 30.293 y 195.133, respectivamente, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al abogado Félix Eduardo Guevara Tutiven, representante judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjoire Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se REPONE LA CAUSA al estado de de fijar audiencia. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1290 (LOPNNA)
Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha ocho (8) de abril del año 2015, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, con sede en Maiquetía, con ocasión del juicio que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA sigue la ciudadana XIAOQIONG DAI, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijas (cuyas identidades se omiten de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) contra los herederos desconocidos del ciudadano el ciudadano RUTIAN PENG (+), juicio en el cual actúa terceros interesados los ciudadanos LIANG MING y JEFFREY PONG. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Santos Simón Robles Pérez, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el N° 6.236, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente la abogada Lisset Puga Madrid, formalmente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 69.968, en representación de la ciudadana Liang Ming, de igual modo comparece la abogada Doris Coromoto González Araujo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 21.946, en representación del ciudadano Jeffrey Pong. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. Inicia el debate el representante judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la abogada Doris Coromoto González Araujo, en representación de los terceros interesados, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1107 (LOPNNA)
Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha tres (03) de julio de 2015, proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, con ocasión del juicio que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA CONJUNTAMENTE CON MEDIDAS CAUTELARES INNOMINADAS sigue la ciudadana MARÍA PAULOVA LLOVERA LLOVERA contra la ciudadana ROIMERLI DE JESÚS DONAIRE, actuando en representación de su hijo (cuya identidad se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia de ambas partes y/o sus apoderados. Seguidamente, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: DESISTIDO el recurso de casación propuesto. En conformidad con lo establecido en el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-841 (LOPNNA)
Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha nueve (09) de junio de 2015, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolecentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, con ocasión del juicio que por DAÑO MORAL Y PERJUICIOS siguen los ciudadanos YUNEIRE MARÍA APONTE SOLARTE y KENEDY JOSÉ QUINTERO VILORIA, ambos actuando en representación de su hijo (cuya identidad se resguarda conforme lo dispone el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) contra la sociedad mercantil INVERSIONES ANDES MÁGICOS, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Yennifer del Valle Quintero Aponte, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 192.913, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado Javier Enrique León Pereira, inscrito formalmente en el Inpreabogado bajo el número 94.465, en representación de la parte demandada. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la representante judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte accionada, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1177 (LOPNNA)
Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no se encuentra presente en la audiencia el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, de mutuo acuerdo entre las partes se adelantó la hora inicial fijada para las doce y cincuenta y tres minutos de la tarde (12:53 p.m.), a los fines que tenga lugar la audiencia prevista la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha veintitrés (23) de septiembre del año 2015, dictada por el Juzgado Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, con ocasión del juicio que por DIVORCIO sigue el ciudadano GERARDO ANTONIO PÁEZ PAREDES contra la ciudadana EMMY ESMERALDA REYES ROEL. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Sandy Junior Gómez Romero, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.671, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado José Alberto Meignen Carreño, inscrito formalmente en el Inpreabogado bajo el número 72.292, en representación de la parte demandante. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al representante judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte actora, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se REPONE LA CAUSA al estado de celebrarse Audiencia Única, conforme lo dispone el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
1074 |
15-1234 |
Recurso de
Casación |
Néstor Yamir González
Viola contra Inversiones J.S. 2014, C.A. |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
1) Con lugar el recurso
de casación propuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil
INVERSIONES J.S. 2014, C.A; 2) Anula el fallo recurrido; 3) De conformidad
con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo; Repone la causa al estado de que el Juez de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación y Ejecución que resulte competente, decida sobre la
admisibilidad del recurso de invalidación interpuesto. |
1075 |
16-638 |
Recurso de
Casación |
Giovanina Indira Arías
Flores contra Gamaliel Aquiles Bonito Traviezo |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
Perecido |
1076 |
14-754 |
Avocamiento |
Álvaro Levi Rojas Sandia |
Mónica Misticchio Tortorella |
1) Procedente el
avocamiento solicitado por el abogado Félix Ernesto Montes Osal, actuando en
su condición de apoderado Judicial del ciudadano Álvaro Levi Rojas Sandia; 2)
Se declaran Nulas todas la actuaciones procesales contenidas en el expediente
N° A-002-11 dictadas con posterioridad a la presentación de la reforma de la
demanda por parte del prenombrado Ciudadano; 3) Se repone el Juicio estado en
que el Juez Accidental de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción
Judicial del estado Apure y del Municipio Arismendi del estado Barina, se
pronuncie respecto de la admisión de la reforma de la demanda, con el debido
pronunciamiento respecto de las medidas cautelares solicitadas atendiendo
siempre a la protección de la seguridad agroalimentaria. |
1077 |
13-1329 |
Avocamiento |
Jhonathan Jesús Meir
Uribe |
Marjorie Calderón Guerrero |
Inadmisible la solicitud
de avocamiento |
1078 |
14-729 |
Recurso de
Casación |
Contraloría General del
estado Bolívar contra Sindicato Único Bolivariano de los Trabajadores de la
Contraloría del estado Bolívar (S.U.B.T.C.E.B) |
Marjorie Calderón Guerrero |
Inadmisible recurso de
casación |
1079 |
15-136 |
Recurso
contencioso administrativo |
Ofisit, C.A. contra Acto
Administrativo N° 0336-2012, de fecha 16/08/2012 e informe pericial N°
0165-12, de fecha 27/08/2012, emanados de la Dirección Estadal de Salud de
los Trabajadores Distrito Capital y Vargas, adscrita al Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) Caso: Belkis Leopercia
Coraspe Mosqueda |
Edgar Gavidia Rodríguez |
Sin lugar |
1080 |
16-283 |
Recurso de
Hecho |
Claire Andrea Sifontes
Daboin en representación de su hijo C A R S contra José Oswaldo Rondón Rangel |
Edgar Gavidia Rodríguez |
Sin lugar |
1081 |
15-1363 |
Recurso de
Casación |
Chistopher Jesús García
Bolívar contra Vocem 2013 Teleservicios, S.A., y otro. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Con lugar recurso de
casación |
1082 |
13-1068 |
Avocamiento |
Rina Johana Gil Miranda
y otro |
Marjorie Calderón Guerrero |
Decaimiento del objeto
de la solicitud de avocamiento |
1083 |
16-046 |
Apelación |
Banco Occidental de
Descuento, Banco Universal, C.A. contra Acto Administrativo N° 0558-2013, de
fecha 04/12/2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los
Trabajadores Zulia, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales (INPSASEL) |
Marjorie Calderón Guerrero |
Sin lugar recurso de
apelación |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
|
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Justicia
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