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Sala de Casación Social
  • Fecha: 27 de octubre de 2016





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 161

 

Jueves, 27 de octubre de 2016

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  S/N

 

La abogada NIRVA MENDOZA, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS ENRIQUE MORENO y OTROS contra ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-841

 

La abogada YENNIFER DEL VALLE QUEINTERO APONTE, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue YUNEIRE MARÍA APONTE SOLARTE Y KENEDY JOSÉ QUINTERO VILORIA, AMBOS ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE SU HIJO contra INVERSIONES ANDES MÁGICOS, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-821

 

Los abogados ALBERTO HERNÁNDEZ y BRISMAY GONZÁLEZ, presentaron escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue NIJAD HAMDAN GONZÁLEZ contra ALEJANDRO CÁRIBAS EN SU CONDICIÓN DE LIQUIDADOR DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (FONJUCV) y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-543

 

El abogado ALBERTO HERNÁNDEZ, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue RAÚL ENRIQUE DAVADILLO ÁLVAREZ contra CONSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPAÑÍA ANÓNIMA (CONTECA) y OTRA. TERCERO INTERESADO: INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, (IVSS). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-811

 

El abogado CARLOS ROJAS BETANCOURT, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MARCO JIMÉNEZ CARRASQUEL contra VÍCTOR RAFAEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ y OTROS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-1045

 

El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA (GERESAT-MIRANDA). CASO: LEONARDO GARCÍA SÁNCHEZ. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-956

 

El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE TÁCHIRA, MUNICIPIO PÁEZ Y MUÑOZ DEL ESTADO APURE. CASO: LUIS LEONARDO ORTÍZ RANGEL. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-501

 

El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: OLGA JOSEFINA MENDOZA VELASQUEZ. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Control de la Legalidad       14-275

 

El abogado PEDRO BETANCOURT LÓPEZ, presentó diligencia alegando las razones por las que no firmo el acta de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ AGUIAR COLMENARES y OTRAS contra VISION COLLECTION, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-849

 

El abogado RAFAEL ÁLVAREZ ALMAO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JAVIER ENRIQUE DEL RÍO AGÜERO y OTROS contra WILLIAM ANTONIO DEL RÍO GARCÍA y OTROS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-140

 

El abogado YEOSHUA BOGRAD LAMBERTI, presentó diligencia solicitando entrevista con el Mag. ponente, para ser agregado al juicio que sigue HUAWEI TECHNOLOGIES DE VENEZUELA, C.A. contra SINDICATO SUTRABITEDCA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-140

 

El abogado YEOSHUA BOGRAD LAMBERTI, presentó escrito consignando cartas de desafiliación, para ser agregado al juicio que sigue HUAWEI TECHNOLOGIES DE VENEZUELA, C.A. contra SINDICATO SUTRABITEDCA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  13-1791

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda suspender  la audiencia, pública y contradictoria, correspondiente al presente recurso, prevista para el día lunes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-882

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda suspender  la audiencia, pública y contradictoria, correspondiente al presente recurso, prevista para el día lunes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1278

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  14-729

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  14-729

 

Al SINDICATO ÚNICO DE LOS TRABAJADORES DE LA CONTRALORIA DEL ESTADO BOLIVAR (S.U.B.T.C.E.B), o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Sector Casco Histórico, Boulevard Bolívar, Edificio Roque Center, N°63-A, (en la sede de la Contraloría General del Estado Bolívar), en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-729

 

A la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO BOLÍVAR, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Sector Casco Histórico, Boulevard Bolívar, Edificio Roque Center, N°63-A, Ciudad Bolívar, Municipio Heres del Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-729

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO BOLÍVAR y al SINDICATO ÚNICO DE LOS TRABAJADORES DE LA CONTRALORIA DEL ESTADO BOLIVAR (S.U.B.T.C.E.B), así como a la PROCURADURÍA GENERAL DE ESTADO BOLÍVAR, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dichas notificaciones deberán realizarse en las siguientes direcciones:

Sede de la Contraloría General de Estado Bolívar y del Sindicato: -Sector Casco Histórico, Boulevard Bolívar, Edificio Roque Center, N°63-A, Ciudad Bolívar, Municipio Heres del Estado Bolívar

Sede de la Procuraduría General del Estado Bolívar: -Av. Cruz verde, Cruce con Av. Cedeño. Quinta Procuraduría. Ciudad Bolívar, Estado Bolívar.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  14-1645

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido procedo y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  14-1645

 

A los ciudadanos MAGALYS DEL CARMEN ÁLVAREZ DE PERNALETE, JUNIOR ANTONIO PERNALETE ÁLVAREZ, MARIELA JOSEFINA PERNALETE ÁLVAREZ, MAGALYS DEL CARMEN PERNALETE ÁLVAREZ, MARCOS ANTONIO PERNALETE ÁLVAREZ Y ENMANUEL ENRIQUE PERNALETE MELÉNDEZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Bolívar, Centro Comercial Nava Center, Tercer Piso, Pent House, Parroquia Alonso de Ojeda, Municipio Lagunillas de Estado Zulia, Escritorio Jurídico CARABALLO & ASOCIADOS, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1645

 

A la sociedad mercantil SUMINISTROS TAMARE C.A (SUTACA), o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Intercomunal, Sector Tasajeras entre Carretera “O y P”, de Ciudad Ojeda, Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1645

 

A la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Padilla, Edificio Miranda, al frente de Makro, Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1645

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sede Cabimas.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a los ciudadanos MAGALYS DEL CARMEN ÁLVAREZ DE PERNALETE, JUNIOR ANTONIO PERNALETE ÁLVAREZ Y OTROS y a la sociedad mercantil SUMINISTROS TAMARE C.A (SUTACA), que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Avenida Bolívar, Centro Comercial Nava Center, Tercer Piso, Pent House, Parroquia Alonso de Ojeda, Municipio Lagunillas de Estado Zulia, Escritorio Jurídico CARABALLO & ASOCIADOS.

-   Avenida Intercomunal, Sector Tasajeras entre Carretera “O y P”, de Ciudad Ojeda, Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  14-1645

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sede Maracaibo.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Avenida Padilla, Edificio Miranda, al frente de Makro, Municipio Maracaibo, del Estado Zulia.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  04-1682

 

Esta Sala de Casación Social, acuerda fijar la audiencia de juicio, de conformidad con el artículo 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra el DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE. S.C. NORTON ROSE LLP y NORTON ROSE ELP, anteriormente denominado DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C., MACLEOD DIXON, E.L.P. y MACLEOD DIXON, L.L.P., para el día viernes once (11) de noviembre del año 2016. Hora: diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.). Regístrese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-1716

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala Especial Segunda observa que la comisión ordenada el veintiuno de julio del año 2015 no se ha cumplido, en aras de preservar los derechos de la tutela judicial efectiva y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado del proceso, ordena la notificación de la empresa demandada. Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.

 

 

Exp. N°  13-1716

 

A la sociedad mercantil ASADOS CARABOBO, C.A. o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Bolívar Norte, Sector El Viñedo, Valencia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  13-1716

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Valencia

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la Sociedad Mercantil ASADOS CARABOBO, C.A., (TORIGALLO), que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

           

-. Avenida Bolívar Norte, Sector El Viñedo, Valencia, Estado Carabobo.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Auto que  ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la sentencia 758 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del (21) de julio de 2010, en el siguiente expediente:

 

AA60-S-2016-000441.-

 

 

Exp. N°  15-1306

 

Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia,  en las instalaciones de este Alto Tribunal, la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve  de la mañana (9:00 a.m.).  Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-085

 

Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia,  en las instalaciones de este Alto Tribunal, la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.).  Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1330

 

Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia,  en las instalaciones de este Alto Tribunal, la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: diez y cincuenta minutos  de la mañana (10:50 a.m.).  Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1362

 

Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia,  en las instalaciones de este Alto Tribunal, la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: once y treinta minutos  de la mañana (11:30 a.m.).  Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1323

 

Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia,  en las instalaciones de este Alto Tribunal, la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: doce del mediodía (12:00 m.).  Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1044

 

Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia,  en las instalaciones de este Alto Tribunal, la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: doce y cincuenta minutos de la tarde (12:50 p.m.).  Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1341

 

Esta Sala de Casación Social, informa que con ocasión de celebrarse el XIII Foro Derecho de la Infancia y de la Adolescencia,  en las instalaciones de este Alto Tribunal, la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso fijada para el jueves veinticuatro (24) de noviembre de este año, se difiere para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: una y treinta minutos  de la tarde (1:30 p.m.).  Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.

Recurso de Casación Exp. N° 15-1029

 

Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el auditorio de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha trece (13) de julio del año 2015, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con sede en la ciudad de Barinas, con ocasión del procedimiento que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano RICARDO JAVIER MEDINA RODRÍGUEZ contra la sociedad mercantil INDUSTRIAS ALIMENTICIAS ITALIA, C.A. (INAICA) y el ciudadano PIETRO LOPIPARO AMADO. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Elibanio de Jesús Uzcategui Monsalve, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.610, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al representante judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: ) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.

Recurso de Casación Exp. N° 15-1011 (LOPNNA)

 

Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha veinte (20) de julio de 2015, proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en la ciudad Valencia, con ocasión del juicio que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA sigue la ciudadana MARITZA ELENA FONTANA URBINA contra los ciudadanos NIEVES ALEXIS MUJICA DE FONTANA, ASTRID NIOSMER FONTANA MUJICA, MARYOUSMER INDIRA FONTANA MUJICA y OSCAR ALEXIS FONTANA MUJICA. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la ciudadana Maritza Elena Fontana Urbina, titular de la cédula de identidad número 4.557.830, parte demandante en este juicio, y de sus abogados Félix Eduardo Guevara Tutiven y Fernando Alberto Guevara Moreno, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 30.293 y 195.133, respectivamente, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al abogado Félix Eduardo Guevara Tutiven, representante judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjoire Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se REPONE LA CAUSA al estado de de fijar audiencia. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.

Recurso de Casación Exp. N° 15-1290 (LOPNNA)

 

Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha ocho (8) de abril del año 2015, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, con sede en Maiquetía, con ocasión del juicio que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA sigue la ciudadana XIAOQIONG DAI, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijas (cuyas identidades se omiten de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) contra los herederos desconocidos del ciudadano el ciudadano RUTIAN PENG (+), juicio en el cual actúa terceros interesados los ciudadanos LIANG MING y JEFFREY PONG. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Santos Simón Robles Pérez, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el N° 6.236, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente la abogada Lisset Puga Madrid, formalmente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 69.968, en representación de la ciudadana Liang Ming, de igual modo comparece la abogada Doris Coromoto González Araujo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 21.946, en representación del ciudadano Jeffrey Pong. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. Inicia el debate el representante judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la abogada Doris Coromoto González Araujo, en representación de los terceros interesados, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.

Recurso de Casación Exp. N° 15-1107 (LOPNNA)

 

Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha tres (03) de julio de 2015, proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, con ocasión del juicio que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA CONJUNTAMENTE CON MEDIDAS CAUTELARES INNOMINADAS sigue la ciudadana MARÍA PAULOVA LLOVERA LLOVERA contra la ciudadana ROIMERLI DE JESÚS DONAIRE, actuando en representación de su hijo (cuya identidad se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia de ambas partes y/o sus apoderados. Seguidamente, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: DESISTIDO el recurso de casación propuesto. En conformidad con lo establecido en el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.

Recurso de Casación Exp. N° 15-841 (LOPNNA)

 

Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha nueve (09) de junio de 2015, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolecentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, con ocasión del juicio que por DAÑO MORAL Y PERJUICIOS siguen los ciudadanos YUNEIRE MARÍA APONTE SOLARTE y KENEDY JOSÉ QUINTERO VILORIA, ambos actuando en representación de su hijo (cuya identidad se resguarda conforme lo dispone el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) contra la sociedad mercantil INVERSIONES ANDES MÁGICOS, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Yennifer del Valle Quintero Aponte, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 192.913, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado Javier Enrique León Pereira, inscrito formalmente en el Inpreabogado bajo el número 94.465, en representación de la parte demandada. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la representante judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte accionada, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DEL AÑO 2016.

Recurso de Casación Exp. N° 15-1177 (LOPNNA)

 

Se apertura el acto por la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no se encuentra presente en la audiencia el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, de mutuo acuerdo entre las partes se adelantó la hora inicial fijada para las doce y cincuenta y tres  minutos de la tarde (12:53 p.m.), a los fines que tenga lugar la audiencia prevista la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha veintitrés (23) de septiembre del año 2015, dictada por el Juzgado Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, con ocasión del juicio que por DIVORCIO sigue el ciudadano GERARDO ANTONIO PÁEZ PAREDES contra la ciudadana EMMY ESMERALDA REYES ROEL. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Sandy Junior Gómez Romero, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.671, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado José Alberto Meignen Carreño, inscrito formalmente en el Inpreabogado bajo el número 72.292, en representación de la parte demandante. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al representante judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte actora, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se REPONE LA CAUSA al estado de celebrarse Audiencia Única, conforme lo dispone el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

1074

15-1234

Recurso de Casación

Néstor Yamir González Viola contra Inversiones J.S. 2014, C.A.

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

1) Con lugar el recurso de casación propuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES J.S. 2014, C.A; 2) Anula el fallo recurrido; 3) De conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; Repone la causa al estado de que el Juez de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución que resulte competente, decida sobre la admisibilidad del recurso de invalidación interpuesto.

1075

16-638

Recurso de Casación

Giovanina Indira Arías Flores contra Gamaliel Aquiles Bonito Traviezo

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Perecido

1076

14-754

Avocamiento

Álvaro Levi Rojas Sandia

Mónica Misticchio Tortorella

1) Procedente el avocamiento solicitado por el abogado Félix Ernesto Montes Osal, actuando en su condición de apoderado Judicial del ciudadano Álvaro Levi Rojas Sandia; 2) Se declaran Nulas todas la actuaciones procesales contenidas en el expediente N° A-002-11 dictadas con posterioridad a la presentación de la reforma de la demanda por parte del prenombrado Ciudadano; 3) Se repone el Juicio estado en que el Juez Accidental de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y del Municipio Arismendi del estado Barina, se pronuncie respecto de la admisión de la reforma de la demanda, con el debido pronunciamiento respecto de las medidas cautelares solicitadas atendiendo siempre a la protección de la seguridad agroalimentaria.

1077

13-1329

Avocamiento

Jhonathan Jesús Meir Uribe

Marjorie Calderón Guerrero

Inadmisible la solicitud de avocamiento

1078

14-729

Recurso de Casación

Contraloría General del estado Bolívar contra Sindicato Único Bolivariano de los Trabajadores de la Contraloría del estado Bolívar (S.U.B.T.C.E.B)

Marjorie Calderón Guerrero

Inadmisible recurso de casación

1079

15-136

Recurso contencioso administrativo

Ofisit, C.A. contra Acto Administrativo N° 0336-2012, de fecha 16/08/2012 e informe pericial N° 0165-12, de fecha 27/08/2012, emanados de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Distrito Capital y Vargas, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) Caso: Belkis Leopercia Coraspe Mosqueda

Edgar Gavidia Rodríguez

Sin lugar

1080

16-283

Recurso de Hecho

Claire Andrea Sifontes Daboin en representación de su hijo C A R S contra José Oswaldo Rondón Rangel

Edgar Gavidia Rodríguez

Sin lugar

1081

15-1363

Recurso de Casación

Chistopher Jesús García Bolívar contra Vocem 2013 Teleservicios, S.A., y otro.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

Con lugar recurso de casación

1082

13-1068

Avocamiento

Rina Johana Gil Miranda y otro

Marjorie Calderón Guerrero

Decaimiento del objeto de la solicitud de avocamiento

1083

16-046

Apelación

Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, C.A. contra Acto Administrativo N° 0558-2013, de fecha 04/12/2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Zulia, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)

Marjorie Calderón Guerrero

Sin lugar recurso de apelación

 

 

 

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                                     ____________________________

                                                                    MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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