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Sala de Casación Social
  • Fecha: 28 de septiembre de 2016





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 140

 

Miércoles, 28 de septiembre de 2016

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  16-769

 

El abogado DOUGLAS JOSÉ RIVAS ORTEGA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue KATIUSKA GUADALUPE OVIOL RODRÍGUEZ y OTRAS contra AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-639

 

La abogada MILAGRO MENESES, presentó diligencia dándose por notificada, para ser agregado al juicio que sigue MERCEDES SUSANA MENESES FLORES contra WILLIAM NG TAM. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-721

 

La abogada GIOCONDA ISABELITA RODRÍGUEZ, presentó escrito solicitando se realice el cómputo, para ser agregado al juicio que sigue FÉLIDA YARISMA FUENTES contra PABLO RAFAEL ESQUEDA FREITES. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria             14-1383

 

El abogado JOSÉ LUIS VILLEGAS, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA SABANA REDONDA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Hecho             15-873

 

El abogado JOSÉ LUIS VILLEGAS, presentó escrito solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA SABANA REDONDA, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-579

 

El abogado VIRGILIO J. GÓMEZ DE SOUSA, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue DEIVI OMAR DÍAZ TORREALBA contra CORPORACIÓN LA IDEAL WORLD, C.A. y OTRAS. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                14-1493

 

El abogado JESÚS RAMÓN VELÁSQUEZ VALENZUELA, presentó diligencia dándose por notificado, para ser agregado al juicio que sigue EDGAR GUILLERMO ALVARADO CARLY contra CERVECERÍA POLAR, S.A. TERCERO INTERESADO RECURRENTE: DISTRIBUIDORA ALVARADO MIJARES, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-991

 

El abogado JUAN CARLOS LANDER, presentó diligencia consignando sentencia de la Sala Constitucional, para ser agregado al juicio que sigue ISMARY DEL VALLE ALFARO BUENAÑO contra SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-991

 

El abogado JUAN CARLOS LANDER, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue ISMARY DEL VALLE ALFARO BUENAÑO contra SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

 OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N°  16-729

 

Según oficio N° 167/2016, de fecha 09-18-16, del Juzgado Superior 1° del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (oficio enviando oficio de INPSASEL), constante de tres (3) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue ENRIQUE CASTRO CASTRO contra DISTRIBUIDORA VEROCERÁMICA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  12-1459

 

Por cuanto en la sentencia n° 662, publicada el 04 de julio de 2016, en el expediente de Casación N° AA60-S-2012-001459, se incurrió en error material en la página N° 12, al no colocar en la decisión el lugar de remisión, en tal sentido debe decir: “Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

Queda así subsanado el punto en referencia. Agréguese a la sentencia.

 

 

 

Exp. N°  14-1493

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Sede Maracay.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ALVARADO MIJARES C.A, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Calle Tirgua, Casa N° L-101, Urbanización Los Laureles, Montaña Fresca, Maracay, Estado Aragua

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  14-1493

 

A la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ALVARADO MIJARES C.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio en: Calle Tirgua, Casa N° L-101, Urbanización Los Laureles, Montaña Fresca, Maracay, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-730

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano PABLO FRANCISCO LEÓN ARÉVALO, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

 

-     Calle Colombia, entre Avenida Urdaneta y Calle Boyacá, C.C. Ayacucho, Oficina 36, Jurisdicción de la Parroquia Catedral, Valencia, Estado Carabobo

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-730

 

Al ciudadano PABLO FRANCISCO LEÓN ARÉVALO, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle Colombia, entre Avenida Urdaneta y Calle Boyacá, C.C. Ayacucho, Oficina 36, Jurisdicción de la Parroquia Catedral, , Valencia, Estado Carabobo, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la sentencia 758 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, incluyendo el término de la distancia, en los siguientes expedientes:

AA60-S-2016-000595.-

AA60-S-2016-000596.-

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la sentencia 758 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en los siguientes expedientes:

AA60-S-2016-000538.-

AA60-S-2016-000533.-

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

0907

15-395

Recurso de Casación

Karina de la Coromoto Ramírez Velandia contra Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV)

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Con lugar

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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