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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 184
Lunes, 28 de noviembre de 2016
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Apelación Agraria 13-384
El abogado JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ, presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue TOBÍAS CARRERO NÁCAR Y OTRA (PREDIO GUAIQUERI O MILAGROSA). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° 16-968
Los abogados MIGUEL SEGUNDO VARGAS ÁLVAREZ y TRINA ARELIS RODRÍGUEZ COLMENAREZ, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LUIS FERNANDO PEÑA contra LÍNEA LOS HUMOCAROS, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1261
El abogado YVAN ROBLES, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue GUILLERMO SEGUNDO GONZÁLEZ contra COMPAÑÍA ANÓNOMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1278
El ciudadano MARVIN AGUSTÍN POVEDA, asistido por el abogado ROQUE RAMÓN MORA GIL, presentaron escrito dándose por notificados, para ser agregado al juicio que sigue MARVIN AGUSTÍN POVEDA contra NELLY JUDITH FLORENTINO. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 15-908
El abogado JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ, presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue FREDDY ANTONIO BASTIDAS contra TRANSPORTE INDUSTRIAL BARINAS, C.A. (TRAINBACA) y OTRA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-765
El abogado JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ, presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ARNOLDO LÓPEZ contra TRANSPORTE INDUSTRIAL BARINAS, C.A. (TRAINBACA) y OTRA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1285
La abogada CELINA SÁNCHEZ FERRER, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue ALDO MATTEO MILLI CALCI contra INDUSTRIAS PER, C.A. (INPERCA). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-937
El abogado LUIS MANUEL ESCOBAR, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue RICARDO JOSÉ GONZÁLEZ CASTILLO y OTRA contra YARITZA DE JESÚS YANEZ DE BUSCHBECH. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 14-821
Los abogados SARELDA ARÉVALO y JUAN P. ZEIDEN, presentaron diligencia dándose por notificado de la suspensión de la audiencia y solicitando se notifique a la contraparte, para ser agregado al juicio que sigue JOHANN STEFANO HERNÁNDEZ MEJÍA contra CENTRAL EL PALMAR, S.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1363
El abogado LUIS ALFREDO LEMUS, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue CHISTOPHER JESÚS GARCÍA BOLÍVAR contra VOCEM 2013 TELESERVICIOS, S.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-569
El abogado GABRIEL ACHÉ, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia (dos juegos), para ser agregado al juicio que sigue JORGE RAFAEL CARVAJAL CASTILLO contra CARMEN JANNETT LARA TORRES. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 13-1174
La abogada MAGALY ALBERTI, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia (dos juegos), para ser agregado al juicio que sigue ANTONIO JOSÉ RONDÓN contra CONSORCIO FONBIENES, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 16-100
El abogado ISAURO GONZÁLEZ MONASTERIO, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA JOSÉ CHACÓN OSORIO contra INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN EDUCATIVA SOCIALISTA (INCES). Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1330
El abogado TOMÁS ANTONIO PÉREZ, presentó diligencia consignando los poderes otorgados por la demandada, para ser agregado al juicio que sigue DANIEL ALBERTO BRICEÑO HERNÁNDEZ contra SKANSKA VENEZUELA, S.A., HOY GRUPO EPC AMÉRICA C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp.
N° 16-986
El abogado
GILBERTO A. JORGE R., presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue
CARLOS DAVID CAMACHO FRANCO contra
DESARROLLOS HOTELCO, C.A. Ponente: Dr.
Exp.
N° Recurso
de Casación 14-1245
El abogado CARLOS PINTO, presentó diligencia solicitando se notifique a la parte demandada, para ser agregado al juicio que sigue JORGE JUVENCIO GONZÁLEZ MONTILLA contra CONSTRUCTORA VENEZOLANA DE EDIFICACIONES VENEDICA, C.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 14-821
Esta Sala Especial Quinta de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria, correspondiente a este recurso, prevista para el día lunes veintiocho (28) de noviembre del año 2016, a los fines de practicar la debida notificación a las partes. Cúmplase lo ordenado. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-1771
Visto el auto de admisión de la solicitud de Exequátur del veintinueve
(29) de abril del 2014, mediante el cual se ordenó la notificación de
Ministerio Público, por cuanto a la fecha no consta en las actas que conforman
el expediente resultas sobre la notificación decretada, este Juzgado en aras de
salvaguardar a las partes su derecho a la tutela judicial efectiva y al debido
proceso, atendiendo al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la
Ley Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal
General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por
medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.
De igual forma, se
acuerda librar boleta de citación dirigida a la ciudadana LILIAN GUILLERMINA
ROSALES DE CANALES, a la dirección señalada por la parte solicitante en diligencia
del veintitrés (23) de noviembre del año 2015
Carretera H, casa 251,
Parroquia Ambrosio, Cabimas, Estado Zulia
. Cúmplase, regístrese
y agréguese.
Exp.
N° 13-1771
El Juzgado de
Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana LILIAN
GUILLERMINA ROSALES DE CANALES, que deberá comparecer a esta Sala dentro de
los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la presente
notificación, a dar contestación a la solicitud planteada.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Carretera H, casa 251,
Parroquia Ambrosio, Cabimas, Estado Zulia.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 13-1771
A la ciudadana LILIAN GUILLERMINA ROSALES DE CANALES, en la
persona de uno o cualquiera de sus representantes o apoderados judiciales, que
con motivo del juicio que sigue el ciudadano JUAN JOSÉ CANALS FUENTES,
por Exequátur, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia,
mediante auto del veintiocho (28) de noviembre del año 2016, ordenó la
notificación de su persona y de la Fiscal General de la República. En
consecuencia, se informa, que deberá comparecer a esta Sala dentro de los diez
(10) días de despacho siguientes a que conste en autos la presente
notificación, a dar contestación a la solicitud planteada. El funcionario
encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a
quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificada,
lo cual se hará en el domicilio procesal que consta en el expediente, es decir:
Carretera H, casa 251, Parroquia Ambrosio, Cabimas, Estado Zulia.
Exp.
N° 16-715
Visto el escrito de solicitud de exequátur presentado por el abogado
Víctor del Carmen Hernández Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
147.385, actuando como apoderado judicial de la ciudadana NORELIN DEL VALLE QUINTERO,
a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de
Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el veintidós (22) de febrero de
2010, por Juzgado de Primera Instancia N° 10 del Alicante, Reino de España,
este Juzgado de Sustanciación la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.
En
consecuencia, se acuerda oficiar al Director General del Servicio
Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, adscrito al
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los
efectos de solicitar el movimiento migratorio del ciudadano JUAN DE DIOS
IBAÑEZ BALDERRAMA, titular del pasaporte del Reino de España N° BB189085.
Líbrese oficio.
Asimismo y
atendiendo al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley
Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal
General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por
medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.
Exp.
N° 16-001
Visto el escrito de solicitud de exequátur presentado por el abogado
José Ángel Balzán Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.174,
actuando como apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUIS GASCUE GONZÁLEZ,
a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de
Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el veintinueve (29) de noviembre
de 2006, por Tribunal de Circuito del Décimo Primer Circuito Judicial en y para
el Condado de Miami Dade, Florida, Estados Unidos, este Juzgado de
Sustanciación la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.
En
consecuencia, se acuerda oficiar al Director General del Servicio
Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, adscrito al
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los
efectos de solicitar el movimiento migratorio de la ciudadana MARÍA
ALESSANDRA BERTORELLI PIERACCI, titular de la cédula de identidad número
V-10.336.977-, y su último domicilio. Líbrese oficio.
Asimismo y
atendiendo al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley
Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal
General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por
medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.
Exp.
N° 16-210
Visto el escrito de solicitud de exequátur presentado por la abogada
Lesbia Rosa Márquez Fuenmayor, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
49.827, actuando como apoderada judicial de la ciudadana CLAUDIA PECCHIO,
a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de
Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el treinta y uno (31) de mayo de
2006, por la Corte de Circuito del Onceavo Circuito Judicial en y para el
Condado de Miami Dade, Florida, Estados Unidos, este Juzgado de Sustanciación
la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.
En
consecuencia, se acuerda oficiar al Director General del Servicio Administrativo
de Identificación, Migración y Extranjería, adscrito al Ministerio del Poder
Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los efectos de solicitar
el movimiento migratorio de la ciudadana JUAN CARLOS PÉREZ SOTO, titular
de la cédula de identidad número V-10.336.977-, y su último domicilio. Líbrese
oficio.
Asimismo y
atendiendo al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley
Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal
General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por
medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.
Exp.
N° 16-516
Visto el escrito de solicitud de exequátur presentado por la abogada
Ana María Gamardo Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 57.944,
actuando como apoderada judicial de la ciudadana ANTONIETA DI BARI
MARTINELLI y asistiendo al ciudadano LUIS ALEJANDRO VIEGA PÉREZ, a
los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de
Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el veinticinco (25) de marzo de
2013, por el Juzgado de Primera Instancia N° 1 de Moncada, Valencia, Reino de
España, este Juzgado de Sustanciación la ADMITE cuanto ha lugar en
derecho.
Asimismo y
atendiendo al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley
Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal
General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por
medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.
Exp.
N° 16-516
Visto el auto de admisión de la solicitud de Exequátur presentada por
ambas partes dictado por este juzgado en esta misma fecha y como quiera que las
partes se encuentran a derecho se considera inoficioso librar la boleta de
citación contra quién obre la solicitud y se deja constancia que partir del día
hábil siguiente a la fecha del presente auto se entenderá abierto el lapso al
que alude el artículo 853 del Código de Procedimiento Civil. Regístrese y
agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-568
Visto el escrito de solicitud de exequátur presentado por el abogado
Hugo Luis Dam Suárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.761,
asistiendo al ciudadano RICARDO AUGELLO RODRÍGUEZ, a los fines que se le
conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la
sentencia de divorcio dictada el veinte (20) de agosto de 2013, por el Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción N° 1 de Icod de los Vinos, Tenerife, Reino
de España, este Juzgado de Sustanciación la ADMITE cuanto ha lugar en
derecho.
En
consecuencia, se acuerda oficiar al Director General del Servicio
Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, adscrito al
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los
efectos de solicitar el movimiento migratorio de la ciudadana SILVIA
EXPÓSITO YANES, titular de la cédula de identidad número E-81.966.764, y su
último domicilio. Líbrese oficio.
Asimismo, y
atendiendo al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley
Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal
General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por
medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.
Exp.
N° 16-246
Visto el escrito de solicitud de exequátur presentado por el abogado
Jesús Alberto Terán Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
142.202, actuando como apoderado judicial del ciudadano ULYSES ALFONSO
TORRES CALVO, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la
República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el
dieciocho (18) de abril de 2013, por el Tribunal del Circuito Noveno del
Circuito Judicial en y para el Condado de Orange, Florida, Estados Unidos, este
Juzgado de Sustanciación la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.
En
consecuencia, líbrese boleta de citación a la ciudadana MARICELA MONTES
GAMARA, en la siguiente dirección: Conjunto Residencial Lomas de los Mangos,
Torre 1, Los Mangos, piso 16, Apartamento 16 C, Valencia, estado Carabobo. Comisiónese
suficientemente al Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en la
ciudad de Valencia, para que practique la notificación previamente ordenada.
Asimismo y
atendiendo al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley
Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal
General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por
medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.
Exp.
N° 16-246
A la ciudadana MARICELA MONTES GAMARA, en la persona de uno o
cualquiera de sus representantes o apoderados judiciales, que con motivo del
juicio que sigue el ciudadano ULYSES ALFONSO TORRES CALVO, por
Exequátur, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia,
mediante auto del veintiocho (28) de noviembre del año 2016, admitió dicha
solicitud y ordenó la notificación de su persona y de la Fiscal General de la
República. En consecuencia, se informa, que deberá comparecer a esta Sala
dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la
presente notificación, a dar contestación a la solicitud planteada. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificada, lo cual se hará en el domicilio procesal que consta en
el expediente, es decir: Conjunto Residencial Lomas de los Mangos, Torre
1, Los Mangos, piso 16, Apartamento 16 C, Valencia, estado Carabobo.
Exp.
N° 16-246
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en la ciudad de
Valencia.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana MARICELA
MONTES GAMARA, que deberá comparecer a esta Sala dentro de los diez (10)
días de despacho siguientes a que conste en autos la presente notificación, a
dar contestación a la solicitud planteada.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Conjunto Residencial
Lomas de los Mangos, Torre 1, Los Mangos, piso 16, Apartamento 16 C, Valencia,
estado Carabobo.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 12-738
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 12-738
Al Ciudadano RAFAEL ANTONIO GÍL, o en
cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle 25,
entre Avenidas 4 y 5, Edificio San Vicente, Piso 2, oficina 4,
Municipio Libertador, Mérida Estado Mérida, que esta Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad
con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil,
en tal sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 12-738
A la ASOCIACIÓN
COOPERATIVA DE SERVICIOS SURAMERICANA DE INGENIERÍA R.L (COSSURING, R.L)., o
en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida
Libertador, Centro Comercial Industrial, Nivel P.B, Local 17-b, Sector Zona
Industrial I, Barquisimeto, Estado Lara, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 12-738
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al Juez Segundo Superior y
Superior Segunda del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Lara.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que se notifique a la ASOCIACIÓN
COOPERATIVA DE SERVICIOS SURAMERICANA DE INGENIERÍA R.L (COSSURING, R.L)., que
una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Avenida Libertador,
Centro Comercial Industrial, Nivel P.B, Local 17-b, Sector Zona Industrial I,
Barquisimeto, Estado Lara.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 12-738
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Primero Superior Laboral y Superior Primero del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el
artículo 233 eiusdem, a fin de que se notifique al ciudadano RAFAEL ANTONIO
GÍL, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles
contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus
apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la
celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Calle 25, entre
Avenidas 4 y 5, Edificio San Vicente, Piso 2, oficina 4, Municipio
Libertador, Mérida Estado Mérida.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 12-560
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 12-560
Al Ciudadano REINALDO ANTONIO RINCÓN
MARQUINA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio
procesal: Multicentro Empresarial del Este, Núcleo A, Torre Miranda, piso 16, oficina
161-A, Av. Francisco de Miranda, Chacao, Caracas , que esta Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento
Civil, en tal sentido, una vez
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 12-560
El
Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE SABER:
Al
Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Monagas, Maturín.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil BJ
SERVICES DE VENEZUELA C.C.P.A, que una vez transcurrido un término de
diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación
que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Zona Industrial, manzana
5, calle 6, de la Ciudad de Maturín, Edo. Monagas.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 12-560
A la
sociedad mercantil BJ SERVICES DE VENEZUELA C.C.P.A, o en cualquiera de
sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Zona Industrial, manzana
5, calle 6, de la Ciudad de Maturín, Edo. Monagas, que esta Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 12-1558
Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta
Sala Especial Quinta observa que no se
libró la boleta de notificación dirigida al tercero interesado en la presente
causa, sociedad mercantil DISTRIACERO, C.A., en aras de preservar los derechos de la tutela judicial efectiva y al
debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa,
se ordena la notificación de la empresa antes identificada. Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo
ordenado.
Exp.
N° 12-1558
A la
sociedad mercantil DISTRIACERO, C.A., en cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales,
con domicilio procesal: Final Calle La Pedrera, Edificio Transfometal,
Urbanización Minas de Baruta, Distrito Metropolitano de Caracas, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad
con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la
Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las
Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N °
2016-0011 del quince (15) de junio del
año 2016 y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de
2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido
en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificada.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 14-794
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, Ala C, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 15 de abril de 2014, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con motivo del juicio que, por INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana KATTY MOREIRA MORAIS contra la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL. Se deja constancia de la asistencia a este acto de la ciudadana Katty Moreira Morais, titular de la cedula de identidad N° 13.472.327, parte demandante recurrente, asistida judicialmente por el abogado Jesús Armando Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.418. Asimismo, se deja constancia de la asistencia del abogado Santiago Gimón Estrada, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.477, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación judicial de la parte accionada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante Concluido el debate. El Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime declara1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) No hay condenatoria en costas 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 14-842
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, Ala C, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 13 de mayo de 2014, proferida por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, siguen los ciudadanos, WINDER ANDRADE, LUIS APARICIO, MANUEL BRIONES, ADELAIDA JOVITA COBEÑA DE BRIONES, YESIKA CAROLINA COLINA ESCALONA, JOSÉ FARID POLANCO, ALFREDO GIL MEZA, JOE GUILLÉN LONGA, ANA AUXILIADORA MACIAS BRAVO, NADID MONROY, JUAN CARLOS MONSALVE, MARÍA GABRIELA MORENO P., ARGENIO ANTONIO MÁRQUEZ, OSWALDO ORTÍZ, ASTRID YASNEIDYS PUERTAS MARCANO, HENRY AMÍLCAR RAMOS GÓMEZ y JESÚS ALBERTO RAMÍREZ MÁRQUEZ, contra las sociedades mercantiles INVERSIONES ABATTIA 2009, C.A. y VALLE ARRIBA GOLF CLUB S.C. Seguidamente, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2016
Recurso de casación Exp. N° 14-868
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO, asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, Ala C, del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de 29 de abril de 2014, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con motivo del juicio que por INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO, siguen los ciudadanos ALEJANDRINA CARRERO y LUIS ALBERTO PADILLA EREGUA contra la empresa PRODUCTOS ASOCIADOS, C.A. (PROACA). Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Jorge Enrique Rodríguez Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.971, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se deja constancia de la inasistencia a este acto de la representación judicial de la parte demandante. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime declara1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) Se condena en costas 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1250
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y del Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no se encuentran presentes en la audiencia los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce del mediodía (12:00 m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha once (11) de agosto de 205, dictada por el juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE INDEMNIZACIÓN DEVIRADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL, DAÑO MORAL, LUCRO CESANTE Y LUCRO EMERGENTE sigue la ciudadana MARIBEL JOSEFINA GUERRA SUÁREZ contra la sociedad mercantil EXCELSIOR GAMA SUPERMERCADOS, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Teodoro Itriago Giménez, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.647, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente la ciudadana Maribel Josefina Guerra Suarez, portadora de la cedula de identidad N° 14.718.346, parte demandante en este juicio y de su abogada Anastacia Lourdes Rodríguez García, inscrita formalmente en el Inpreabogado con el número 88.222. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la representante judicial de la parte accionante, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Hay condenatoria en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1119
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no se encuentra presente en la audiencia el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha dos (2) de junio del año 2015, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques, con ocasión del juicio que por COBRO DE INDEMNIZACIÓN DEVIRADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y DAÑO MORAL, sigue la ciudadana MERY ISABEL ACOSTA DE PIÑANGO contra la CONTRALORÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Analuz del Valle Blanco Bautista, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 212.352, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora o sus apoderados no comparecieron a esta audiencia. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, MARTES VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1179 (LOPNNA)
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no se encuentra presente en la audiencia el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y cuarenta minutos de la tarde (12:40 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha seis (06) de julio de 2015, dictada por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción judicial del estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona, con ocasión del juicio que por RETRACTO LEGAL sigue la ciudadana MARCIS CAROLINA GÍL LUCART en representación de sus hijas (cuya identidad se omite en cumplimiento a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) contra la sociedad mercantil PANADERÍA Y PASTELERÍA LAS COLINAS, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la ciudadana Marcis Carolina Gíl Lucart, titular de la cédula número 11.904.765, parte actora recurrente, asistida por la abogada María Annery González de Vivas, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 14.485. Asimismo, se encuentra presente el abogado José Félix Rivas Velásquez, formalmente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 95.370, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandante, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) CON LUGAR el retracto legal comunero. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 15-1261
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de la Vicepresidenta de la Sala Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y de los Magistrados Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO y Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no se encuentra presente en la audiencia el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y cincuenta minutos de la tarde (12:50 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha veintiocho (28) de abril el año 2015, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con ocasión del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano GUILLERMO SEGUNDO GONZÁLEZ contra la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Iván Antonio Robles, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 91.879, en representación de la parte demandada recurrente. La parte demandante o su apoderado no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
1204 |
13-1373 |
Recurso de
Casación |
Alixon Andrés Matos contra
Transporte Faga y Bovinelli C.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Desistido |
1205 |
13-1287 |
Recurso de
Casación |
Jorge Barrios Morales
contra Merck S.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
1206 |
13-1530 |
Recurso de
Casación |
José Ángel Linares
Castellanos y otros contra Centro Médico Loira, C.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
1207 |
13-1339 |
Recurso de
Casación |
Vivien Maritza Sirit
Petit contra Servicios Profesionales de Salud, C.A. y otras |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Desistido |
1208 |
13-975 |
Recurso de
Casación |
Francesco Laurenziello
contra Cemex Venezuela, S.A.C.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
Sin lugar |
1209 |
15-1030 |
Recurso de
Casación |
Félix Alexander Sierralta
y otra, actuando en representación de su hija adolescente Y.P.S.T. contra
Instituto Municipal de Deporte y Recreación de Iribarren (IMDERI) y otra |
Mónica Misticchio Tortorella |
Con lugar |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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