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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 163
Lunes, 31 de octubre de 2016
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Apelación Laboral 16-779
El abogado CARLOS AUGUSTO LÓPEZ DAMIANI, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue DOMINGUEZ & CIA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE CARABOBO "DRA. MARÍA OLGA MONTILLA" (GERESAT-CARABOBO). TERCERO INTERESADO: RUBEN ALBERTO LEWIS DUARTE. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-841
El abogado RICARDO BAJARES GONZÁLEZ, presentó escrito solicitando reposición de la causa, para ser agregado al juicio que sigue LUIS ALBERTO FARÍAS GONZÁLEZ contra INVERSIONES Y SERVICIOS VIRGILIO PEÑA, C.A. y OTRA. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 16-841
El abogado RICARDO BAJARES GONZÁLEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LUIS ALBERTO FARÍAS GONZÁLEZ contra INVERSIONES Y SERVICIOS VIRGILIO PEÑA, C.A. y OTRA. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-666
El abogado HÉCTOR CAICEDO RODRÍGUEZ, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS BOLÍVAR contra CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-081
Los abogados RAFAEL CAMPOS AZUAJE y JORGE JOSÉ MELENCHÓN, presentaron diligencia consignando renuncia al poder, para ser agregado al juicio que sigue MIGUEL ÁNGEL PÉREZ ESCALANTE contra EL MANCHEGO, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 12-1468
La abogada DAYANA MILAGROS USECHE DELGADO, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue CAROLINA GALVIS FERNÁNDEZ contra HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN SUROESTE. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 14-1657
Los ciudadanos HENRY ALBERTO ALFONSO y EULAALIA MODESTA CENTENO DE ALFONSO, asistidos por el abogado PEDRO EZEQUIEL LÓPEZ, presentaron escrito otorgando poder (apud-acta), para ser agregado al juicio que sigue MARÍA ELENA GARCÍA y OTRO contra MANICEROS ORIENTALES, S.R.L. y OTROS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 13-602
La abogada ROSA IRAIDA ROMERO, presentó diligencia solicitando celeridad procesal y se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA DE LAS MERCEDES SÁNCHEZ contra MANUEL RUMUALDO ESCOBAR MORA y OTROS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 16-867
El abogado ISAIAS FLORES VELANDIA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue DOUGLAS ALEXANDER PÉREZ GONZÁLEZ y OTROS contra MAR SARKIS Y BAKOUS DE PETARE C.A. y OTRAS. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1072
El abogado YEOSHUA BOGRAD LAMBERTI, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue JOEL JOSÉ RINCÓNI SÁNCHEZ y OTROS contra COMERCIALIZADORA SNACK, S.R.L. HOY PEPSICO ALIMENTOS, S.A.C.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° S/N
El ciudadano CARLOS GREGORIO ROMERO ORTA, asistido por los abogados SIMÓN ARAQUE RIVAS y LUIS SANTOS CASTILLO, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS GREGORIO ROMERO ORTA contra MABEL DEL CARMEN MACÍAS RAMÍREZ. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 16-818
El abogado WALVYC CARDENAS PERDOMO, presentó diligencia solicitando se declare el perecimiento del recurso, para ser agregado al juicio que sigue GILBERTO FRANCISCO MORALES HINESTROZA contra REPIAUTO, C.A. y OTRAS. Ponente: Dr.
Exp. N° 16-884
El abogado OTONIEL PAUTT ANDRADE, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ADRIANA CAROLINA ROCA HIDALGO contra INTERVIT, C.A. Ponente: Dr.
OFICIOS RECIBIDOS
Exp.
N° 14-202
Según oficio N° TS8-1737-2016, de fecha 29-06-16, del Juzgado 8° Superior Laboral del Circuito
Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, se recibieron actuaciones
que guardan relación con la presente causa, (oficio enviando diligencia de
cumplimiento de sentencia), constante de siete (7) folios útiles, y se dio entrada en el Libro de Registro
respectivo. Para ser agregado al juicio que sigue MILAGROS LUISA OLAIZOLA DE REYES contra C.A. METRO DE CARACAS. Ponente: Dr. OCTAVIO SISCO RICCIARDI.
AUTOS PUBLICADOS
Exp.
N° 12-1025
Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el
contenido del cartel de notificación librado a al ciudadano EDGAR JESÚS
RODRÍGUEZ ORTÍZ, fue publicado en la cartelera ubicada en la
Secretaría de esta Sala, e igualmente en
el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. De conformidad con lo
establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las
funciones de este alto Tribunal.
Exp. N° 13-577
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda suspender hasta nuevo aviso la audiencia, prevista para el día de hoy, una vez se cumplan con los trámites pertinentes relativos a la notificación de las partes. Cúmplase, regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 14-1642
Al
ciudadano JOSÉ ISMAEL GARCÍA ROMERO, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Barrio Flores, calle San Antonio,
casa Nro. 18, San Mateo, Estado Aragua, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
Al
ciudadano JESÚS VÁSQUEZ SANDOVAL, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Urbanización La Montañita, calle 2,
casa Nro 36, Turmero, Estado Aragua, que esta Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad
con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil,
en tal sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
Al
ciudadano OSWALDO JOSÉ GUTIÉRREZ GARCÍA, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización San Pablo,
Residencias El Portal, Edificio Torre B, La montañita, calle 2, calle Fergus,
piso 4, apartamento 44, Turmero, Estado Aragua, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
Al
ciudadano SIDERIO SILVA ROJAS, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Urbanización Madre María de San José
Manzana Nro. 11, casa Nro. 19, Zuata, Estado Aragua, que esta
Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
Al
ciudadano JESÚS MANUEL RODRÍGUEZ HURTADO, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Zamora, Casa Nro.
123, San Mateo, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social
del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal
sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
Al
ciudadano JEAN CARLOS JESÚS DÍAZ SÁNCHEZ, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización Los Overos
norte, manzana Nro. 12, casa Nro. 7, Turmero, Estado Aragua, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
Al
ciudadano YAMPIER ALEXANDER HERNÁNDEZ BRITO, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Barrio El Prado, calle
Chaurel, Nro. 14, San Mateo, Estado Aragua, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
Al
ciudadano ROBERTO ELÍAS GUTIÉRREZ AZUZ, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Residencias El Portal,
Torre A, Piso 2, Apto 23, Turmero, Estado Aragua, que esta Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
A la sociedad
mercantil CENTRAL EL PALMAR S.A, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Carretera Nacional la Encrucijada,
San Mateo, número s/n, Municipio Bolívar, Estado Aragua, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 14-1642
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Primero Superior del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Sede Maracay.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a JOSÉ ISMAEL GARCÍA ROMERO
Y OTROS, así como a la Sociedad Mercantil CENTRAL EL PALMAR S.A, que
una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo..
Dichas notificaciones deberán
realizarse en las siguientes direcciones:
Parte
Demandante:
· Barrio Flores, calle San Antonio, casa Nro. 18, San Mateo, Estado
Aragua
· Urbanización La Montañita, calle 2, casa Nro 36, Turmero, Estado
Aragua
· Urbanización San Pablo, Residencias El Portal, Edificio Torre B, La
montañita, calle 2, calle Fergus, piso 4, apartamento 44, Turmero, Estado
Aragua
· Urbanización Madre María de San José Manzana Nro. 11, casa Nro. 19,
Zuata, Estado Aragua
· Avenida Zamora, Casa Nro. 123, San Mateo, Estado Aragua
· Urbanizacion Los Overos norte, manzana Nro. 12, casa Nro. 7, Turmero,
Estado Aragua
· Barrio El Prado, calle Chaurel, Nro. 14, San Mateo, Estado Aragua
· Residencias El Portal, Torre A, Piso 2, Apto 23, Turmero, Estado
Aragua
Parte Demandada:
· Carretera Nacional la Encrucijada, San Mateo, número s/n, Municipio
Bolívar, Estado Aragua
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 15-991
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria
correspondiente a este recurso para el día miércoles treinta (30) de
noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: Dos de la tarde (2:00
p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 12-1205
Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta
Sala Especial Segunda observa que no se libró la boleta de notificación
dirigida al tercero interesado en la presente causa, sociedad mercantil MULTINACIONAL
DE SEGUROS, C.A., en aras de preservar los derechos de la tutela judicial
efectiva y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado
de la causa, se ordena la notificación de la empresa antes identificada.
Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.
Exp.
N° 12-1205
A la
sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS,
C.A., en cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales,
con domicilio procesal: Calle 8, entre Avenida 20 Y Carrera 19, frente al
Country Club, Barquisimeto, estado Lara, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la
Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena
del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas
Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio del año 2016 y el
Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en
concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada
el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término
de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación
que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificada.
Exp.
N° 12-1205
El Juzgado de
Sustanciación de la Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia.
HACE
SABER:
Al Juez Segundo Superior del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de
Barquisimeto
Que esta Sala
por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención
al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil,
en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la
sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., que transcurrido un término de diez (10)
días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las
partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para
la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Calle 8, entre
Avenida 20 Y Carrera 19, frente al Country Club, Barquisimeto, estado Lara.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 12-1025
Visto el oficio N° 308-2016, del veintisiete (27) de julio de 2016, emanado
del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
estado Anzoátegui, recibido el diecinueve (19) de septiembre del año en curso,
mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada
mediante auto del veintiuno (21) de julio de 2015, siendo infructuosa la
notificación de la parte actora, por consiguiente, en atención a lo estatuido
en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación
mediante cartel librado al ciudadano EDGAR JESÚS RODRÍGUEZ ORTÍZ, en
la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales,
a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término
de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última
notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de
la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal
Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y
98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese
cartel.-
Exp.
N° 12-1025
Al
ciudadano EDGAR JESÚS RODRÍGUEZ ORTÍZ en la persona de cualquiera de sus
representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en la
Resolución N° 2015-0010, del veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por la Sala
Plena, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación
Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio de
2016 y el Acta de instalación de dichas
Salas, del veintiuno (21) de julio de 2015, en concordancia con la decisión de
la Sala Constitucional número 1.857, publicada el dieciocho (18) de diciembre
de 2014, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en el artículo 11
de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y
233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez
(10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última
notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y
publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp.
N° 13-1333
Por
cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala
Especial Segunda observa que no constan en autos las resultas sobre la
notificación de la empresa demandada, ordenada por auto del veintiuno (21) de
julio del año 2015, en aras de preservar los derechos a la
defensa y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado
de la causa, se ordena la notificación de la empresa INVERSIONES TONY ROMAS
MR. RIBS, C.A. Regístrese, Agréguese al expediente, líbrese boleta y
cúmplase inmediatamente lo ordenado.
Exp.
N° 13-1333
A la
sociedad mercantil INVERSIONES TONY ROMAS MR. RIBS, C.A., en la
persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales,
con domicilio procesal: En la primera Transversal entre la calle San
Felipe, con avenida San Juan Bosco, Urbanización. Las Castellana, Municipio
Chacao del Distrito Capital, que esta Sala de Casación Social
del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N°
2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala
de Casación Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de
julio de 2015, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio del año 2016, en
concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada
el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles, computados desde la constancia en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificada.
Exp.
N° 12-1386
Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta
Sala Especial Segunda observa que el veintiuno (21) de septiembre de 2015, se
libró boleta de notificación al Instituto de Capacitación Profesional, C.A., en
la siguiente dirección: Avenida República Dominicana, Calle Capitolio,
Edificio Feltre, piso N° 1, oficina 1-B, Boleíta Sur, en la ciudad de Caracas, siendo
consignada por el Alguacil de la Sala el dieciséis (16) de octubre de 2015 como
no practicada , argumentando que
una vez en la
dirección señalada, la referida sociedad mercantil ya no funciona en el
domicilio indicado. Ahora bien, se evidencia que la representación
judicial de la parte actora, en el folio 204 de la primera pieza de legajos que
conforman el expediente, con la finalidad de procurar la notificación de su
contraparte, señala como domicilio procesal adicional la siguiente dirección: Avenida
San Martín, Esquina de Albañales, Edificio Fénix, oficina N° 9, Mezzanina,
municipio Libertador de la ciudad de Caracas (Cerca de la Plaza Capuchinos), por
lo cual en aras de agotar la vía de notificación personal de la entidad de
trabajo demandada y de preservar los derechos a la defensa y al debido proceso
que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa, se ordena la
notificación de la parte supra identificada en la dirección antes
señalada. Regístrese, Agréguese al expediente y cúmplase inmediatamente lo
ordenado.
Exp.
N° 12-1386
A la
sociedad mercantil INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PROFESIONAL, C.A., en la
persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales,
con domicilio procesal en: Avenida San Martín, Esquina de Albañales,
Edificio Fénix, oficina N° 9, Mezzanina, municipio Libertador de la ciudad de
Caracas (Cerca de la Plaza Capuchinos), que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la Resolución N°
2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala
de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de
junio de 2016 y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de
2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido
en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles, computados desde la constancia en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificada.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2016.
Recurso de casación Exp. N° 12-1517.
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, ala C, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 13 de agosto de 2012, proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, que sigue el ciudadano SAMUEL ANTONIO ZAVARSE contra la empresa BENEFICIADORA DE AVES BARQUISIMETO, C.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Greddy Eduardo Rosas Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 119.372, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandante recurrente consignó en este acto instrumento poder en el expediente antes de la celebración de la audiencia. Igualmente, se deja constancia de la inasistencia a este acto de la parte demandada y su apoderado. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) en consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida, 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara: CON LUGAR la demanda 4) Hay Condenatoria en costas 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2016.
Recurso de Casación Exp. N° 13-1174
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Accidentales Dres. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, ala C, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce meridiem (12:00 m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de 25 de junio de 2013, emanada por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano ANTONIO JOSÉ RONDÓN, contra las sociedades mercantiles CONSORCIO FAMIHOGAR, C.A. y CONSORCIO FONBIENES C.A.
Se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Dhernys Josefina Rodríguez Triana, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.945, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Magaly Josefina Alberti, inscrita en el Inpreabogado N° 4.448, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara:1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) no hay condenatoria en costas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2016.
Recurso de casación Exp. N° 13-1535
Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Accidentales Dres. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, ala C, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez cincuenta y cuatro minutos de la mañana (10:54 a.m.), por acuerdo con las partes, a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha 9 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con motivo del juicio que, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana NINOSKA DEL VALLE LÓPEZ MARCANO contra la sociedad mercantil LABORATORIOS VALMOR, C.A. (VALMORCA). Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado José Euclides Ramírez Machado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.843, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Héctor Caicedo Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado N° 63.655 en representación de la parte demandada recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por ambas partes, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) No hay condenatoria en costas para la parte actora, 4) Se condena en costas a la parte demandada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
1093 |
14-996 |
Recurso
contencioso administrativo |
Matadero Industrial Centro
Occidental, C.A. contra Acto Administrativo S/N , de fecha 31/10/2013,
emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y
Yaracuy, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad
Laborales (INPSASEL) Tercero Interesado: Francisco Torres |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
Sin lugar |
1094 |
15-1111 |
Recurso
contencioso administrativo |
Rafay Ingenieros, C.A.
contra Acto Administrativo N° CMO-099-13, de fecha 27/09/2013, emanado de la Dirección
Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta,
adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales
(INPSASEL) caso: Pedro Vicente Rodríguez Guaregua |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
Sin lugar |
1095 |
16-422 |
Recurso de
control de la legalidad |
Carlos Andrés Lanz y
otra contra Alcaldía del Municipio Autónomo Padre Pedro Chien del estado
Bolívar |
Mónica Misticchio Tortorella |
Inadmisible |
1096 |
16-460 |
Recurso de
control de la legalidad |
Carmen Yasmín Linares
contra Providencia Administrativa N° 1286-11 de fecha 7/12/2011, Expediente
N° 043-2010-01-03518, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los
Municipios Atanasio Girardot, Costa de oro, Santiago Mariño, Mario Briceño
Yragorry, Linares Alcántara, Libertador del estado Aragua. caso: Carmen
Yasmín Linares contra Instituto de Patología Mamaria (CORPOSALUD) ahora
denominado Fundación Instituto de Senología de Aragua (ISENA) |
Mónica Misticchio Tortorella |
Inadmisible |
1097 |
16-476 |
Recurso de
control de la legalidad |
Néstor José Continho
Araujo contra Club Campestre y Posada Turística El Tizón de José, C.A. |
Mónica Misticchio Tortorella |
Inadmisible |
1098 |
16-484 |
Recurso de
Casación |
Armando José Vallenilla Ramos
contra Unifedo Interamericana, S.A. |
Mónica Misticchio Tortorella |
Perecido |
1099 |
12-1250 |
Recurso de
control de la legalidad |
Selemir Jonás Rico y
otros contra Maquinarias Miranda, C.A. |
Marjorie Calderón Guerrero |
Inadmisible el Control de
la Legalidad propuesto por la parte demandada |
1100 |
12-1250 |
Recurso de
control de la legalidad |
Selemir Jonás Rico y
otros contra Maquinarias Miranda, C.A. |
Marjorie Calderón Guerrero |
Inadmisible el Control de
la Legalidad interpuesto por la parte actora |
1101 |
15-1403 |
Recurso
contencioso administrativo |
Hidrológica de los
Llanos Venezolanos, C.A. (HIDROLLANOS, C.A.) contra Acto Administrativo N° 0464-13,
de fecha 21/05/2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los
Trabajadores Guárico y Apure, adscrita al Instituto Nacional de Prevención
Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso: Ana Dina Loggiodice González |
Marjorie Calderón Guerrero |
Desistido el recurso de
apelación |
1102 |
13-663 |
Recurso de
Casación |
Oswaldo Gregorio Rijos
Ruiz contra Cervecería Polar, C.A. |
Marjorie Calderón Guerrero |
Sin lugar |
1103 |
13-1684 |
Recurso de
Casación |
Kristian Antonio Rodríguez
Arrioja contra Venequip, S.A. |
Marjorie Calderón Guerrero |
Sin lugar |
1104 |
12-1716 |
Recurso de
Casación |
José Gregorio Morán
Rodríguez contra Cervecería Polar, C.A. |
Marjorie Calderón Guerrero |
Homologa la Transacción
entre ambas partes |
1105 |
15-1075 |
Recurso de
Casación |
Petra Ramona Ruiz
Cáseres contra Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico
(CADAFE) |
Mónica Misticchio Tortorella |
1) Desistido el recurso de
casación anunciado por la parte actora; 2) Sin lugar el recurso de casación
interpuesto por la parte demandada; 3) Confirma el fallo recurrido |
1106 |
16-571 |
Recurso de
control de la legalidad |
María de los Ángeles Mejía
Mendoza contra Carlos Enrique Jiménez Meza |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
Inadmisible |
1107 |
14-1100 |
Recurso de
Casación |
Verónica Yamilet
González Torres contra Citibank, N.A. |
Marjorie Calderón Guerrero |
Sin lugar |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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