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Sala de Casación Social
  • Fecha: 31 de octubre de 2016





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 163

 

Lunes, 31 de octubre de 2016

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        16-779

 

El abogado CARLOS AUGUSTO LÓPEZ DAMIANI, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue DOMINGUEZ & CIA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE CARABOBO "DRA. MARÍA OLGA MONTILLA" (GERESAT-CARABOBO). TERCERO INTERESADO: RUBEN ALBERTO LEWIS DUARTE. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-841

 

El abogado RICARDO BAJARES GONZÁLEZ, presentó escrito solicitando reposición de la causa, para ser agregado al juicio que sigue LUIS ALBERTO FARÍAS GONZÁLEZ contra INVERSIONES Y SERVICIOS VIRGILIO PEÑA, C.A. y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-841

 

El abogado RICARDO BAJARES GONZÁLEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LUIS ALBERTO FARÍAS GONZÁLEZ contra INVERSIONES Y SERVICIOS VIRGILIO PEÑA, C.A. y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-666

 

El abogado HÉCTOR CAICEDO RODRÍGUEZ, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS BOLÍVAR contra CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-081

 

Los abogados RAFAEL CAMPOS AZUAJE y JORGE JOSÉ MELENCHÓN, presentaron diligencia consignando renuncia al poder, para ser agregado al juicio que sigue MIGUEL ÁNGEL PÉREZ ESCALANTE contra EL MANCHEGO, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-1468

 

La abogada DAYANA MILAGROS USECHE DELGADO, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue CAROLINA GALVIS FERNÁNDEZ contra HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN SUROESTE. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                14-1657

 

Los ciudadanos HENRY ALBERTO ALFONSO y EULAALIA MODESTA CENTENO DE ALFONSO, asistidos por el abogado PEDRO EZEQUIEL LÓPEZ, presentaron escrito otorgando poder (apud-acta), para ser agregado al juicio que sigue MARÍA ELENA GARCÍA y OTRO contra MANICEROS ORIENTALES, S.R.L. y OTROS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-602

 

La abogada ROSA IRAIDA ROMERO, presentó diligencia solicitando celeridad procesal y se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA DE LAS MERCEDES SÁNCHEZ contra MANUEL RUMUALDO ESCOBAR MORA y OTROS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-867

 

El abogado ISAIAS FLORES VELANDIA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue DOUGLAS ALEXANDER PÉREZ GONZÁLEZ y OTROS contra MAR SARKIS Y BAKOUS DE PETARE C.A. y OTRAS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-1072

 

El abogado YEOSHUA BOGRAD LAMBERTI, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue JOEL JOSÉ RINCÓNI SÁNCHEZ y OTROS contra COMERCIALIZADORA SNACK, S.R.L. HOY PEPSICO ALIMENTOS, S.A.C.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El ciudadano CARLOS GREGORIO ROMERO ORTA, asistido por los abogados SIMÓN ARAQUE RIVAS y LUIS SANTOS CASTILLO, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS GREGORIO ROMERO ORTA contra MABEL DEL CARMEN MACÍAS RAMÍREZ. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-818

 

El abogado WALVYC CARDENAS PERDOMO, presentó diligencia solicitando se declare el perecimiento del recurso, para ser agregado al juicio que sigue GILBERTO FRANCISCO MORALES HINESTROZA contra REPIAUTO, C.A. y OTRAS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  16-884

 

El abogado OTONIEL PAUTT ANDRADE, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ADRIANA CAROLINA ROCA HIDALGO contra INTERVIT, C.A. Ponente: Dr.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N°  14-202

 

Según oficio N° TS8-1737-2016, de fecha 29-06-16,  del Juzgado 8° Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, se recibieron actuaciones que guardan relación con la presente causa, (oficio enviando diligencia de cumplimiento de sentencia), constante de siete (7) folios útiles,  y se dio entrada en el Libro de Registro respectivo. Para ser agregado al juicio que sigue MILAGROS LUISA OLAIZOLA DE REYES contra C.A. METRO DE CARACAS. Ponente: Dr. OCTAVIO SISCO RICCIARDI.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  12-1025

 

Quien suscribe, Marcos Enrique Paredes, Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que el contenido del cartel de notificación librado a al ciudadano EDGAR JESÚS RODRÍGUEZ ORTÍZ, fue publicado en la cartelera ubicada en la Secretaría de esta Sala,  e igualmente en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. De conformidad con lo establecido en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  13-577

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda suspender hasta nuevo aviso  la audiencia,  prevista para el día de hoy, una vez se cumplan con los trámites pertinentes relativos a la notificación de las partes. Cúmplase, regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano JOSÉ ISMAEL GARCÍA ROMERO, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Barrio Flores, calle San Antonio, casa Nro. 18, San Mateo, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano JESÚS VÁSQUEZ SANDOVAL, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización La Montañita, calle 2, casa Nro 36, Turmero, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano OSWALDO JOSÉ GUTIÉRREZ GARCÍA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización San Pablo, Residencias El Portal, Edificio Torre B, La montañita, calle 2, calle Fergus, piso 4, apartamento 44, Turmero, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano SIDERIO SILVA ROJAS, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización Madre María de San José Manzana Nro. 11, casa Nro. 19, Zuata, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano JESÚS MANUEL RODRÍGUEZ HURTADO, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Zamora, Casa Nro. 123, San Mateo, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano JEAN CARLOS JESÚS DÍAZ SÁNCHEZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización Los Overos norte, manzana Nro. 12, casa Nro. 7, Turmero, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano YAMPIER ALEXANDER HERNÁNDEZ BRITO, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Barrio El Prado, calle Chaurel, Nro. 14, San Mateo, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano ROBERTO ELÍAS GUTIÉRREZ AZUZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Residencias El Portal, Torre A, Piso 2, Apto 23, Turmero, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

A la sociedad mercantil CENTRAL EL PALMAR S.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Carretera Nacional la Encrucijada, San Mateo, número s/n, Municipio Bolívar, Estado Aragua, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Sede Maracay.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a JOSÉ ISMAEL GARCÍA ROMERO Y OTROS, así como a la Sociedad Mercantil CENTRAL EL PALMAR S.A, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dichas notificaciones deberán realizarse en las siguientes direcciones:

Parte Demandante:

·    Barrio Flores, calle San Antonio, casa Nro. 18, San Mateo, Estado Aragua

·    Urbanización La Montañita, calle 2, casa Nro 36, Turmero, Estado Aragua

·    Urbanización San Pablo, Residencias El Portal, Edificio Torre B, La montañita, calle 2, calle Fergus, piso 4, apartamento 44, Turmero, Estado Aragua

·    Urbanización Madre María de San José Manzana Nro. 11, casa Nro. 19, Zuata, Estado Aragua

·    Avenida Zamora, Casa Nro. 123, San Mateo, Estado Aragua

·    Urbanizacion Los Overos norte, manzana Nro. 12, casa Nro. 7, Turmero, Estado Aragua

·    Barrio El Prado, calle Chaurel, Nro. 14, San Mateo, Estado Aragua

·    Residencias El Portal, Torre A, Piso 2, Apto 23, Turmero, Estado Aragua

Parte Demandada:

·   Carretera Nacional la Encrucijada, San Mateo, número s/n, Municipio Bolívar, Estado Aragua

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-991

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día miércoles treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Hora: Dos de la tarde (2:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  12-1205

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala Especial Segunda observa que no se libró la boleta de notificación dirigida al tercero interesado en la presente causa, sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., en aras de preservar los derechos de la tutela judicial efectiva y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa, se ordena la notificación de la empresa antes identificada. Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.

 

 

Exp. N°  12-1205

 

A la sociedad mercantil  MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., en cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle 8, entre Avenida 20 Y Carrera 19, frente al Country Club, Barquisimeto, estado Lara, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011  del quince (15) de junio del año 2016 y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificada.

 

 

Exp. N°  12-1205

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

                   Al Juez Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto

 

                   Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., que  transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Calle 8, entre Avenida 20 Y Carrera 19, frente al Country Club, Barquisimeto, estado Lara.

     

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  12-1025

 

Visto el oficio N° 308-2016, del veintisiete (27) de julio de 2016, emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, recibido el diecinueve (19) de septiembre del año en curso, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del veintiuno (21) de julio de 2015, siendo infructuosa la notificación de la parte actora, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano EDGAR JESÚS RODRÍGUEZ ORTÍZ, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  12-1025

 

Al ciudadano EDGAR JESÚS RODRÍGUEZ ORTÍZ en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en la Resolución N° 2015-0010, del veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio de 2016  y el Acta de instalación de dichas Salas, del veintiuno (21) de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el dieciocho (18) de diciembre de 2014, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  13-1333

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala Especial Segunda observa que no constan en autos las resultas sobre la notificación de la empresa demandada, ordenada por auto del veintiuno (21) de julio del año 2015, en aras de preservar los derechos a la defensa y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa, se ordena la notificación de la empresa INVERSIONES TONY ROMA’S MR. RIBS, C.A. Regístrese, Agréguese al expediente, líbrese boleta y cúmplase inmediatamente lo ordenado.  

 

 

Exp. N°  13-1333

 

A la sociedad mercantil INVERSIONES TONY ROMA’S MR. RIBS, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, con domicilio procesal: En la primera Transversal entre la calle San Felipe, con avenida San Juan Bosco, Urbanización. Las Castellana, Municipio Chacao del Distrito Capital, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, ratificada por Resolución N ° 2016-0011  del quince (15) de junio del año 2016, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles, computados desde la constancia en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificada.

 

 

Exp. N°  12-1386

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala Especial Segunda observa que el veintiuno (21) de septiembre de 2015, se libró boleta de notificación al Instituto de Capacitación Profesional, C.A., en la siguiente dirección: Avenida República Dominicana, Calle Capitolio, Edificio Feltre, piso N° 1, oficina 1-B, Boleíta Sur, en la ciudad de Caracas, siendo consignada por el Alguacil de la Sala el dieciséis (16) de octubre de 2015 “como no practicada” , argumentando que “…una vez en la dirección señalada, la referida sociedad mercantil ya no funciona en el domicilio indicado”. Ahora bien, se evidencia que la representación judicial de la parte actora, en el folio 204 de la primera pieza de legajos que conforman el expediente, con la finalidad de procurar la notificación de su contraparte, señala como domicilio procesal adicional la siguiente dirección: Avenida San Martín, Esquina de Albañales, Edificio Fénix, oficina N° 9, Mezzanina, municipio Libertador de la ciudad de Caracas (Cerca de la Plaza Capuchinos), por lo cual en aras de agotar la vía de notificación personal de la entidad de trabajo demandada y de preservar los derechos a la defensa y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa, se ordena la notificación de la parte supra identificada en la dirección antes señalada. Regístrese, Agréguese al expediente y cúmplase inmediatamente lo ordenado.  

 

 

Exp. N°  12-1386

 

A la sociedad mercantil INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PROFESIONAL, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, con domicilio procesal en: Avenida San Martín, Esquina de Albañales, Edificio Fénix, oficina N° 9, Mezzanina, municipio Libertador de la ciudad de Caracas (Cerca de la Plaza Capuchinos), que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio de 2016 y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles, computados desde la constancia en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificada.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2016.

Recurso de casación Exp. N° 12-1517.

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, ala C, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 13 de agosto de 2012, proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, que sigue el ciudadano SAMUEL ANTONIO ZAVARSE contra la empresa BENEFICIADORA DE AVES BARQUISIMETO, C.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Greddy Eduardo Rosas Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 119.372, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandante recurrente consignó en este acto instrumento poder en el expediente antes de la celebración de la audiencia. Igualmente, se deja constancia de la inasistencia a este acto de  la parte demandada y su apoderado. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) en consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida, 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara: CON LUGAR la demanda 4) Hay Condenatoria en costas 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2016.

Recurso de Casación Exp. N° 13-1174

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Accidentales Dres.  SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, ala C, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce meridiem (12:00 m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de 25 de junio de 2013, emanada por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano ANTONIO JOSÉ RONDÓN, contra las sociedades mercantiles CONSORCIO FAMIHOGAR, C.A. y CONSORCIO FONBIENES C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Dhernys Josefina Rodríguez Triana, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.945, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Magaly Josefina Alberti, inscrita en el Inpreabogado  N° 4.448, en representación de  la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara:1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) no hay condenatoria en costas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2016.

Recurso de casación Exp. N° 13-1535

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Accidentales Dres.  SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio de la Sala Electoral, ubicado en el piso 3, ala C, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez cincuenta y cuatro minutos de la mañana (10:54 a.m.), por acuerdo con las partes, a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha 9 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con motivo del juicio que, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana NINOSKA DEL VALLE LÓPEZ MARCANO contra la sociedad mercantil LABORATORIOS VALMOR, C.A. (VALMORCA). Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado José Euclides Ramírez Machado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.843, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Héctor Caicedo Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado N° 63.655 en representación de  la parte demandada recurrente. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por ambas partes, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) No hay condenatoria en costas para la parte actora, 4) Se condena en costas a la parte demandada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

1093

14-996

Recurso contencioso administrativo

Matadero Industrial Centro Occidental, C.A. contra Acto Administrativo S/N , de fecha 31/10/2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) Tercero Interesado: Francisco Torres

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Sin lugar

1094

15-1111

Recurso contencioso administrativo

Rafay Ingenieros, C.A. contra Acto Administrativo N° CMO-099-13, de fecha 27/09/2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso: Pedro Vicente Rodríguez Guaregua

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Sin lugar

1095

16-422

Recurso de control de la legalidad

Carlos Andrés Lanz y otra contra Alcaldía del Municipio Autónomo Padre Pedro Chien del estado Bolívar

Mónica Misticchio Tortorella

Inadmisible

1096

16-460

Recurso de control de la legalidad

Carmen Yasmín Linares contra Providencia Administrativa N° 1286-11 de fecha 7/12/2011, Expediente N° 043-2010-01-03518, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Costa de oro, Santiago Mariño, Mario Briceño Yragorry, Linares Alcántara, Libertador del estado Aragua. caso: Carmen Yasmín Linares contra Instituto de Patología Mamaria (CORPOSALUD) ahora denominado Fundación Instituto de Senología de Aragua (ISENA)

Mónica Misticchio Tortorella

Inadmisible

1097

16-476

Recurso de control de la legalidad

Néstor José Continho Araujo contra Club Campestre y Posada Turística El Tizón de José, C.A.

Mónica Misticchio Tortorella

Inadmisible

1098

16-484

Recurso de Casación

Armando José Vallenilla Ramos contra Unifedo Interamericana, S.A.

Mónica Misticchio Tortorella

Perecido

1099

12-1250

Recurso de control de la legalidad

Selemir Jonás Rico y otros contra Maquinarias Miranda, C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

Inadmisible el Control de la Legalidad propuesto por la parte demandada

1100

12-1250

Recurso de control de la legalidad

Selemir Jonás Rico y otros contra Maquinarias Miranda, C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

Inadmisible el Control de la Legalidad interpuesto por la parte actora

1101

15-1403

Recurso contencioso administrativo

Hidrológica de los Llanos Venezolanos, C.A. (HIDROLLANOS, C.A.) contra Acto Administrativo N° 0464-13, de fecha 21/05/2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Guárico y Apure, adscrita al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso: Ana Dina Loggiodice González

Marjorie Calderón Guerrero

Desistido el recurso de apelación

1102

13-663

Recurso de Casación

Oswaldo Gregorio Rijos Ruiz contra Cervecería Polar, C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

Sin lugar

1103

13-1684

Recurso de Casación

Kristian Antonio Rodríguez Arrioja contra Venequip, S.A.

Marjorie Calderón Guerrero

Sin lugar

1104

12-1716

Recurso de Casación

José Gregorio Morán Rodríguez contra Cervecería Polar, C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

Homologa la Transacción entre ambas partes

1105

15-1075

Recurso de Casación

Petra Ramona Ruiz Cáseres contra Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE)

Mónica Misticchio Tortorella

1) Desistido el recurso de casación anunciado por la parte actora; 2) Sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada; 3) Confirma el fallo recurrido

1106

16-571

Recurso de control de la legalidad

María de los Ángeles Mejía Mendoza contra Carlos Enrique Jiménez Meza

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

Inadmisible

1107

14-1100

Recurso de Casación

Verónica Yamilet González Torres contra Citibank, N.A.

Marjorie Calderón Guerrero

Sin lugar

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

                                                                     ____________________________

                                                                      MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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