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Sala de Casación Social
  • Fecha: 01 de marzo de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 33

 

Miércoles, 01 de marzo de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N° S/N

 

El abogado FERNANDO CHACÍN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CARMEN CARRASCAL contra BOHAI DRILLING SERVICES VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-443

 

El abogado JHONNATHAN SALAZAR, presentó escrito dándose por notificado, solicitando se notifique a la parte demandada y se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue WILLIAM JOSÉ SALAZAR RODRÍGUEZ contra ROFRER, S.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                14-1657

 

El abogado JHONNATHAN SALAZAR, presentó escrito pidiendo la nulidad de la transacción celebrada, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA ELENA GARCÍA y OTRO contra MANICEROS ORIENTALES, S.R.L. y OTROS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

 AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  17-017

 

Vista la solicitud formulada por la ciudadana ZOLEIDA OBISPO, como parte Demandada recurrente contenida en diligencia de fecha veinte (20) de febrero de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2017-000017, contentivo del juicio seguido por ZULIMARY DEL CARMEN BALLESTER COLINA contra ZOLEIDA SOFIA OBISPO ARMAS, GAVINO RAMÓN OBISPO REA, LUIS JOSÉ OBISPO SUÁREZ, SERGIO DAVID OBISPO REA y CECILIA OBISPO PÉREZ, con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. N°  14-484

 

Vista la solicitud formulada por el la Abogada BETTY PÉREZ AGUIRRE, apoderado de la parte Demandante contenida en diligencia de fecha veintidós (22) de febrero de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2014-000484, contentivo del juicio seguido por AGROPECUARIA FINMEDICA INVERSIONES AGROPECUARIAS, S.A.-FINAGRO contra ACTO ADMINISTRATIVO DE FECHA 26/12/2007, SESIÓN N° 156/07, PUNTO DE CUENTA N° 000025, EMANADO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. N°  15-1439

 

Vista la solicitud formulada por el Abogado ENRIQUE MORENO, apoderado de la parte Demandada, contenida en diligencia de fecha veintidós (22) de febrero de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2015-001439, contentivo del juicio seguido por ALBERTO ÁLVAREZ ARAUJO contra MATILDE VÁSQUEZ JIMÉNEZ, con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. N°  15-186

 

Vista la solicitud formulada por el Abogado CARLOS APONTE, apoderado de la parte Demandada recurrente, contenida en diligencia de fecha veintitrés (23) de febrero de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2015-000186, contentivo del juicio seguido por JESÚS ANTONIO MOLINA RAMÍREZ contra MERCANTIL M-H, C.A., GRUPO MERCANTIL 17400, C.A. y FONDO DE COMERCIO RESTAURANT EL MESÓN DE LOS RUICES, con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. N°  16-841

 

Vista la solicitud formulada por el Abogado RICARDO ALFONSO BAJARES, apoderado de la parte Demandada, contenida en diligencia de fecha veintitrés (23) de febrero de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2016-000841, contentivo del juicio seguido por LUIS ALBERTO FARÍAS GONZÁLEZ contra INVERSIONES Y SERVICIOS VIRGILIO PEÑA, C.A. y ASOCIACIÓN COOPERATIVA SERVIPE (VIAJES Y TURISMO), con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. N°  09-1183

 

Vista la solicitud formulada por la Abogada MARÍA DE LOS ÁNGELES PALACIOS, apoderada de la parte Demandada recurrente, contenida en diligencia de fecha veinte (20) de febrero de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2009-001183, contentivo del juicio seguido por ALEXANDRA ISABEL PETRI BEHRENS contra MARÍA DE LOS ÁNGELES PALACIOS MALDONADO DE PIETRI, con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. N°  16-214

 

Vista la solicitud formulada por la Abogada LUISANA LA ROTTA, apoderada de la parte Demandante, contenida en diligencia de fecha trece (13) de febrero de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2016-000214, contentivo del juicio seguido por CARLOS ARMANDO RIVERA DURÁN contra TOYOTA DE VENEZUELA, C.A., con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Exp. N°  13-804

 

Por cuanto la Magistrada Suplente Dra. Sonia Coromoto Arias Palacios, por motivos justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Cuarta de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015 y su modificación de acuerdo a la resolución N° 2016-0011, de fecha 15 de junio de 2016, mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar a la Magistrada Suplente Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA, para que se aboque al conocimiento de esta causa referente al juicio que sigue el ciudadano RAFAEL JOSÉ GÓMEZ contra la sociedad mercantil EXPRESOS DEL LAGO, C.A., en el expediente NºAA60-S-2013-000804.

 

 

Exp. N°  13-838

 

Por cuanto la Magistrada Suplente Dra. Sonia Coromoto Arias Palacios, por motivos justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Cuarta de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015 y su modificación de acuerdo a la resolución N° 2016-0011, de fecha 15 de junio de 2016, mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar a la Magistrada Suplente Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA, para que se aboque al conocimiento de esta causa referente al juicio que sigue el ciudadano ORANGEL JOSÉ PÉREZ GUTIÉRREZ contra las sociedades mercantiles PREMEZCLADOS MORRO MIX GUAYANA, C.A. y OTRA en el expediente NºAA60-S-2013-000838.

 

 

Exp. N°  13-1021

 

Por cuanto la Magistrada Suplente Dra. Sonia Coromoto Arias Palacios, por motivos justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Cuarta de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015 y su modificación de acuerdo a la resolución N° 2016-0011, de fecha 15 de junio de 2016, mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar a la Magistrada Suplente Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA, para que se aboque al conocimiento de esta causa referente al juicio que sigue el ciudadano VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ FIGUEROA contra la sociedad mercantil CENTRO MÉDICO DEL SUR, C.A., en el expediente NºAA60-S-2013-001021.

 

 

Exp. N°  13-1163

 

Por cuanto la Magistrada Suplente Dra. Sonia Coromoto Arias Palacios, por motivos justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Cuarta de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015 y su modificación de acuerdo a la resolución N° 2016-0011, de fecha 15 de junio de 2016, mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar a la Magistrada Suplente Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA, para que se aboque al conocimiento de esta causa referente al juicio que sigue la ciudadana ANA LUCÍA DONGÍLIO HIDALGO contra la sociedad mercantil STANFORD GROUP VENEZUELA ASESORES DE INVERSIÓN, C.A. y OTRA, Tercero Interesado: BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A., en el expediente NºAA60-S-2013-001163.

 

 

Exp. N°  13-1629

 

Por cuanto la Magistrada Suplente Dra. Sonia Coromoto Arias Palacios, por motivos justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Cuarta de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015 y su modificación de acuerdo a la resolución N° 2016-0011, de fecha 15 de junio de 2016, mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar a la Magistrada Suplente Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA, para que se aboque al conocimiento de esta causa referente al juicio que sigue el ciudadano CARLOS LUIS MONTILLA MORENO  contra la sociedad mercantil BOTES, MOTORES Y SERVICIOS, C.A., en el expediente NºAA60-S-2013-001629.

 

 

Exp. N°  13-1727

 

Por cuanto la Magistrada Suplente Dra. Sonia Coromoto Arias Palacios, por motivos justificados, no podrá asistir, a la celebración de la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, esta Sala Especial Cuarta de Casación Social, en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Resolución N° 2015-0010 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de mayo de 2015 y su modificación de acuerdo a la resolución N° 2016-0011, de fecha 15 de junio de 2016, mediante la cual, se crean las Salas Especiales; ordena convocar a la Magistrada Suplente Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA, para que se aboque al conocimiento de esta causa referente al juicio que sigue la ciudadana MAYIRA YSABEL COLMENARES GONZÁLEZ contra la sociedad mercantil BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL, en el expediente NºAA60-S-2013-001727.

 

 

Exp. N°  12-443

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-1068

 

Por cuanto en la sentencia N° 0048, publicada el 10 de febrero del año 2017, por esta Sala de Casación Social, se incurrió en error material al identificar el lugar de remisión del expediente: “a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial antes mencionada” en la página N° 5 de la dispositiva de la decisión recurrida, pasa esta Sala a subsanar el mismo en los siguientes términos:

 

Lo anterior debe suprimirse y sustituirse como a continuación se indica: “Remítase el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo.”

 

Queda así subsanado el error material. Agréguese al expediente.

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

_________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                       El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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