![]() | ||
|
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 180
Miércoles, 01 de noviembre de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Exequátur 16-773
La abogada NANCY RODRÍGUEZ, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue RICARDO ABRAHAM SOUKI SALA HEDDINE. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° S/N
El abogado ALFREDO GAETANO PULVIRENTI, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JHONNY JOSÉ RAMÍREZ contra HACIENDA EL TOTUMO 1955, C.A. y ERNESTO CALDERÓN. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° 17-826
Los abogados BERNARDO SAMUEL CASTILLLO y JORGE WASHINGTON PAZMIÑO, presentaron diligencia solicitando la perención de la instancia, para ser agregado al juicio que sigue DANIEL ALEXANDER DOMÍNGUEZ DUARTE contra JOSÉ LEÓN GONZÁLEZ. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 16-999
La abogada RORAIMA BERMUDEZ GONZÁLEZ, presentó diligencia solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue YINEIRA MAITTE CASTILLO ESPINOZA contra LUIS ALBERTO MARTÍNEZ LUGO. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 17-069
El abogado JORGE GONZÁLEZ, presentó diligencia solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BENEFICIADORA DE AVES BARQUISIMETO, S.A. contra RAINER ANTONIO ORTIZ DAZA y OTROS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Apelación agraria 16-369
El abogado JORGE GONZÁLEZ, presento diligencia solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL "BENEAGRO LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA". Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 16-912
El abogado MARTÍN ALONSO GUERRERO, presento diligencia solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue IVÁN JOSÉ VALERIO HIDALGO contra MORENO MICHAEL ENTERTAIMENT. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-094
Los abogados JUAN LUIS NÚÑEZ GARCÍA y DAYANIRA DEL MAR DUEÑES CÁRDENAS, presentaron diligencia solicitando suspensión de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue ZORAIDA JOSEFINA GIL Y OTROS contra ELECTRICIDAD DE ORIENTE C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Avocamiento 04-1682
El abogado EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR, presentó diligencia insistiendo en pedimento, para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-489
El abogado RAFAEL PÉREZ ANZOLA, presentó diligencia solicitando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue SUBDELIA DEL VALLE SANSONETE ROJAS contra GRUPO MÉDICO ORIENTE, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 17-417
El abogado RAFAEL PÉREZ ANZOLA, presentó diligencia solicitando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue DUBLE JOSÉ PÉREZ CARRASQUEL contra LA SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE MOREIRA & COMPAÑIA, C.A. (TM&C, C.A). Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1437
La abogada ANDREZ CRUZ SUÁREZ, presentó diligencia solicitando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue FRANCISCO JOSÉ MINUTA TROCONIZ contra MARÍA VERÓNICA TORREALBA MARTÍNEZ. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Exequátur 16-568
El abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, presentó escrito de contestación de exequátur, para ser agregado al juicio que sigue RICARDO AUGELLO RODRÍGUEZ. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Exequátur 15-241
El abogado EDUARDO J. CASTILLO M., presentó escrito solicitando sentencia, para ser agregado al juicio que sigue GLORIMAR SANOJA CASTELLANOS y AGUSTÍN SAUMELL BÁEZ. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 13-0829
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes
doce (12) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y
cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp. N° 13-0806
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes
cinco (05) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y
treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp. N° 15-0961
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes
doce (12) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del
mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 15-0236
De la revisión de las actas que componen el expediente, este juzgado
observa lo siguiente:
El siete (7) de abril del año 2016,
este juzgado admitió la solicitud de exequátur presentada por la abogada Irian Caridad, inscrita en el Inpreabogado
bajo el números 117.336, asistiendo a la ciudadana WALESWKA DESIREE NIÑO DE
MARKS. Asimismo, se ordenó oficiar a la Dirección General del Servicio
Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, adscrito al
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los
fines que remitiera el movimiento migratorio y último domicilio registrado del
ciudadano MATTHIAS CHRISTIAN MARKS, portador de pasaporte Alemán número
661802017.
El veintinueve
(29) de junio del año 2016, el alguacil de esta Sala consignó diligencia
dejando constancia; que el veintisiete (27) de junio del año 2016, fue recibido
el oficio distinguido con el número 625 dirigido al Servicio Administrativo de
Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).
Ahora bien,
por cuanto a la presente fecha no se ha recibido la información requerida, este
Juzgado ordena que se libre nuevo oficio a la oficina pública previamente
señalada, todo ello con la finalidad de realizar los trámites procesales
pertinentes y así lograr la notificación de la parte contra quién obra la
ejecutoria de la sentencia cuyo exequátur se solicitó. Líbrese oficio,
regístrese, agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.
Exp. N° 14-0947
El once (11) de noviembre del año 2016, este juzgado admitió la
solicitud de exequátur presentada por la abogada Teresa López Cruz, Defensora
Pública Provisoria Primera (1°) con competencia para actuar ante las Salas
Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, asistiendo al ciudadano SAÚL
ALFREDO YÁNEZ ROJAS. Asimismo, se ordenó oficiar a la Dirección General del
Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, adscrito al
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los
fines que remitiera el movimiento migratorio y último domicilio
registrado de la ciudadana MARÍA CANDELARIA PÉREZ REYES, titular de la
cédula de identidad número V- 6.198.035. (Énfasis de este Juzgado)
El
veinticuatro (24) de febrero del año 2016, el alguacil de esta Sala consignó
diligencia dejando constancia que en la fecha señalada fue recibido el oficio
distinguido con el número 2501, por el Servicio Administrativo de
Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).
Asimismo,
consta en autos que el veintidós (22) de marzo del año en curso, fue recibido
por esta Sala oficio emanado del Servicio Administrativo de Identificación,
Migración y Extranjería, Dirección de Migración, distinguido con el número
1720, del siete (7) de marzo del año 2017, el cual se transcribe en su parte
pertinente:
de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos cumplo con informarle que la
ciudadana MARÍA CANDELARIA PÉREZ REYES, titular de la cédula de identidad
número V- 6.198.035, No Registra Movimientos Migratorios en nuestros
sistemas
Ahora bien, de
la anterior transcripción se evidencia que la oficina pública a la cual se le
hizo el requerimiento señalado en el encabezado de este auto, dio cumplimiento
parcial al mandato encomendado, en razón a que omitió hacer referencia al
último domicilio registrado de la ciudadana MARÍA CANDELARIA PÉREZ REYES,
titular de la cédula de identidad número V- 6.198.035, por lo cual resulta
forzoso para este Juzgado ordenar que sea librado oficio a la Dirección General
del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería,
adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y
Paz, a los fines que a la brevedad posible remita información antes descrita. Líbrese oficio, agréguese al expediente y cúmplase lo ordenado.
Exp. N° 14-0518
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves
siete (07) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y
diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese
al expediente.
Exp. N° 17-0094
Vista la diligencia de fecha primero (1°) de noviembre de 2017,
presentada por los abogados Juan Luis Núñez García y Dayanira
del Mar Dueñes Cárdenas, titulares de las cédulas de
identidad Nº 6.925.024 y 11.557.964, e Inpreabogado
Nº 35.774 y 115.223, respectivamente, actuando en representación de ambas partes,
mediante la cual voluntariamente y en virtud de existir acuerdo
entre las partes solicitan suspender la causa por
un lapso de 90 días continuos.
En consecuencia, esta Sala de Casación Social, en razón de lo anterior,
a partir del jueves dos (02) de noviembre 2017, acuerda la suspensión de la
causa por el lapso anteriormente señalado. Es todo.-
Como corolario de lo anterior, se ordena suspender la audiencia
pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio
que sigue Zoraida Josefina Gil y otros contra Electricidad de Oriente
C.A., prevista para el día jueves dos (02) de noviembre del año dos mil diecisiete
(2017). Hora: Doce y treinta minutos de la mañana (12:30 p.m.). Regístrese,
publíquese y agréguese al expediente. Es todo.-
Exp. N° 14-0948
El siete (7) de abril del año 2016, este juzgado admitió la solicitud
de exequátur presentada por los abogados Luis Barrios y José Luis González, inscritos en el Inpreabogado
bajo el números 77.399 y 77.809 respectivamente, actuando como representantes
judiciales del ciudadano GERALD JEAN GABRIEL FABRESSE. Asimismo, se
ordenó oficiar a la Dirección General del Servicio Administrativo de
Identificación, Migración y Extranjería, adscrito al Ministerio del Poder
Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los fines que remitiera
el movimiento migratorio y último domicilio registrado de la ciudadana ANNE
MARIE CAMILLE FALGAYRAC, portadora de pasaporte Francés número 01AE599345.
El veintinueve
(29) de junio del año 2016, el alguacil de esta Sala consignó diligencia
dejando constancia; que el veintisiete (27) de junio del año 2016, fue recibido
el oficio distinguido con el número 627 dirigido al Servicio Administrativo de
Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).
Ahora bien,
por cuanto a la presente fecha no se ha recibido la información requerida, este
Juzgado ordena que se libre nuevo oficio a la oficina pública previamente
señalada, todo ello con la finalidad de realizar los trámites procesales
pertinentes y así lograr la notificación de la parte contra quién obra la
ejecutoria de la sentencia cuyo exequátur se solicitó. Líbrese oficio,
regístrese, agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.
Exp. N° 14-1126
Vista la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES
RENGIFO el diecisiete (17) de julio de 2017, en su carácter de Alguacil de
esta Sala, la cual se transcribe en su parte pertinente
informo
que una vez en la dirección señalada, se
recorrió la calle 6 de Montalbán y no se ubico la residencia Liviana, se le
consulto a los transeúntes de la zona y manifestaron no conocer la residencia. Es por lo que consigno como negativa
la misma, por consiguiente conforme a lo estatuido en el artículo 233
del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 93 de la Ley
Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena la notificación mediante
cartel librado a la ciudadana WENDY ABDULMESIH TAHHAN, titular de la
cédula de identidad V.- 14.020.947, en la persona de cualquiera de sus
representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que, con
motivo a la solicitud de exequátur interpuesta por el ciudadano MORIZ OBAYI
TAHAN, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, mediante auto de fecha veinticuatro (24) de febrero del año 2017
admitió dicha solicitud. Asimismo, por auto del cinco (5) de junio del año en
curso ordenó la notificación de su persona. En consecuencia, se informa, que
deberá comparecer a esta Sala dentro de los diez (10) días de despacho siguientes
a que conste en autos la última de las notificaciones, a dar contestación a la
solicitud planteada.
Exp. N° 14-1126
SE HACE SABER:
A la ciudadana
WENDY ABDULMESIH TAHHAN, titular de la cédula de identidad V.- 14.020.947,
en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados
judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia,
mediante auto de fecha veinticuatro (24) de febrero del año 2017 admitió la solicitud de exequátur interpuesta por el
ciudadano MORIZ OBAYI TAHAN, a los fines que se le conceda fuerza
ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de
disolución de matrimonio dictada el trece (13) de junio del 2012, por el
Tribunal de Circuito del Onceavo Circuito Judicial en y por el Condado de
Miami- Dade, de los Estado Unidos de América.
Asimismo, se informa, que deberá comparecer a esta Sala dentro de los diez (10)
días de despacho siguientes a que conste en autos el cumplimiento de las
formalidades del presente cartel, a dar contestación a la solicitud planteada.
Se le advierte que de no comparecer personalmente o por medio de apoderado
judicial dentro del lapso señalado se le nombrará Defensor, con quien se
entenderá la notificación y demás actos procesales.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp. N° 15-0804
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de conformidad con lo
establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil. En tal sentido, transcurrido un término de diez (10) días
hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las
partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para
la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 489-F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp. N° 15-0804
SE
HACE SABER:
A los ciudadanos ARÍSTIDES JOSÉ GABRIEL
SOLANO RAMOS, DULVIA JOSEFINA RAMOS DE SOLANO actuando en su propio nombre y
representación de la adolescente E.G.N.S.R, identidad omitida según lo
contemplado en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de niños,
niñas y adolescentes, o de su apoderado judicial RAMÓN SIEGLE MARCHÁN,
con domicilio procesal: Sector el Milagro, calle Henry Pitier, casa N° 11, El Socorro, Estado Guárico, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley
Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica
Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de
practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien
notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0804
SE
HACE SABER:
A los ciudadanos MARÍA ELETICIA SOLANO PÁEZ, CARMEN LUISA
SOLANO SOLANO, CHARLYS RAFAEL SOLANO JARAMILLO Y
PEDRO ALEJANDRO SOLANO CONTRERAS o a su apoderado judicial MARÍA
ELETICIA SOLANO PÁEZ, con domicilio procesal: Urbanización Palo
Verde, avenida principal, residencia San Agustín, piso 4, Caracas, Distrito
Capital, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los
artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento
Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días
hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes
como lo son AIDÉE DEL VALLE CAMACHO contra DULVIA JOSEFINA RAMOS DE
SOLANO Y OTROS o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley
Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario
encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a
quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0804
SE
HACE SABER:
A la ciudadana
MARÍA DE LAS NIEVES SOLANO JARAMILLO o a su apoderado judicial JOSÉ
LUIS DA SILVA RUÍZ, con domicilio procesal: Calle Sucre, S/N, sector
Pueblo Nuevo, El Socorro, estado Guárico, que esta Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad
con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código
de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de
las partes como lo son AIDÉE DEL VALLE CAMACHO contra DULVIA JOSEFINA
RAMOS DE SOLANO Y OTROS o sus
apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la
celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá
dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará
al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de
haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0804
SE
HACE SABER:
A la ciudadana
DULCE MARÍA SOLANO JARAMILLO o a cualquiera de sus
apoderado judiciales, con domicilio procesal: Calle Miranda, N° 8, El
Socorro, estado Guárico, que esta Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido
en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento
Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días
hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes
como lo son AIDÉE DEL VALLE CAMACHO contra DULVIA JOSEFINA RAMOS DE
SOLANO Y OTROS o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley
Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario
encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a
quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0804
SE
HACE SABER:
A los ciudadanos PEDRO MARÍA SOLANO CAMACHO Y ARMANDO JOSÉ
SOLANO CAMACHO o a su apoderado judicial RADISLAV RADULOVIC REYES, con
domicilio procesal: Finca La Atarraya, El Socorro, Estado Guárico,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley
Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación de las partes como lo son AIDÉE DEL VALLE
CAMACHO contra DULVIA JOSEFINA RAMOS DE SOLANO Y OTROS o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de
practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien
notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0804
SE
HACE SABER:
A los ciudadanos AIDÉE DEL VALLE CAMACHO Y EVARISTO RAMÓN
SOLANO CAMACHO o a su apoderado judicial CAYETANO EMILIO GUILLÉN ARMAS,
con domicilio procesal: Finca La Atarraya, El Socorro, Estado Guárico,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley
Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación de las partes como lo son AIDÉE DEL VALLE
CAMACHO contra DULVIA JOSEFINA RAMOS DE SOLANO Y OTROS o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de
practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien
notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0804
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al Juez Superior del Circuito
Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial
del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la
ciudadana AIDÉE DEL VALLE CAMACHO y de los ciudadanos EVARISTO RAMÓN
SOLANO CAMACHO, ARÍSTIDES JOSÉ GABRIEL SOLANO RAMOS, DULVIA JOSEFINA
RAMOS DE SOLANO actuando en su propio nombre y representación de la adolescente
E.G.N.S.R, MARÍA DE LAS NIEVES SOLANO JARAMILLO, DULCE MARÍA
SOLANO JARAMILLO, PEDRO MARÍA SOLANO CAMACHO Y ARMANDO JOSÉ SOLANO
CAMACHO, y transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados,
una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus
apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la
celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 489-F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Finca La Atarraya, El
Socorro, Estado Guárico.
- Sector el Milagro, calle Henry Pitier,
casa N° 11, El Socorro, Estado Guárico.
-
Calle Sucre, S/N, sector Pueblo Nuevo, El Socorro, estado Guárico.
- Calle Miranda, N° 8, El Socorro,
estado Guárico.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
DECISIONES DEL DÍA
Número |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0963 |
16-680 |
Recurso de Casación |
Garis Raúl Martínez
contra Alcaldía del Municipio Heres del estado
Bolívar |
Jesús Manuel
Jiménez Alfonzo |
PRIMERO:
CON LUGAR el recurso de casación presentado por la representación judicial del
ciudadano GARIS RAUL MARTÍNEZ contra la sentencia dictada por el Juzgado
Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado
Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, de fecha 15 de junio de 2016. SEGUNDO: NULA la decisión recurrida. TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada
por el ciudadano GARIS RAÚL MARTÍNEZ contra el MUNICIPIO HERES DEL ESTADO
BOLÍVAR. De conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo se condena en costas a la demandada. |
0964 |
17-0016 |
Recurso de Casación |
Felix Alberto Teran Yaraure y otros contra Peluqueria Unisex Le Griff,
C.A. y otras |
Marjorie Calderón Guerrero |
PRIMERO:
CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada
Peluquería Unisex El Sanch, C.A., contra la
decisión proferida en fecha 22 de noviembre de 2016 por el Juzgado Superior
Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. SEGUNDO: Se ANULA la sentencia
recurrida antes identificada. TERCERO:
SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Félix Alberto Terán Yaraure, Marilin Silva
Rodríguez, Jandi Yamin Simanca Parra y Yelitza
Josefina Peña. Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con
lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. |
0965 |
17-399 |
Recurso de
Apelación |
A.W. Servicios, C.A.
contra Providencia Administrativa N° CMO-0062-2009 de fecha 14 de mayo de
2009, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del
Estado Táchira (DIRESAT) y Municipios Páez y Muñoz del estado Apure, del
Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL),
adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Protección del Proceso
Social de Trabajo. |
Marjorie Calderón Guerrero |
PRIMERO:
DESISTIDO el recurso de apelación propuesto por la sociedad mercantil A. W. SERVICIOS,
C.A., contra la decisión proferida por el Juzgado Primero Superior del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 21 de
febrero de 2017, SEGUNDO: CONFIRMA
la mencionada decisión y, TERCERO:
FIRME el acto administrativo impugnado. |
0966 |
17-0455 |
Recurso de Casación |
Leyda del Carmen Mejía
contra Anayka María Torres Márquez y otros |
Marjorie Calderón Guerrero |
PERECIDO el recurso de
casación incoado por la parte demandada, ciudadanos BETANIA DEL VALLE TORRES VALERA,
FEVEIDY COROMOTO TORRES VALERA, FRADIM JESÚS TORRES VALERA, ANAYKA MARÍA
TORRES MÁRQUEZ y JOSÉ DANIEL TORRES MÁRQUEZ, contra la decisión dictada en
fecha 30 de marzo de 2017, por el Juzgado Superior de Protección de Niños,
Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa,
con sede en Guanare. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente,
de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,
aplicable por remisión del artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes. |
0967 |
17-555 |
Recurso de control
de la legalidad |
Francisco Javier
Rodríguez García contra Inversiones Gran Brasa, C.A. |
Marjorie Calderón Guerrero |
INADMISIBLE el recurso de control
de la legalidad propuesto por el ciudadano FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ, contra
la decisión de fecha 25 de abril de 2017, dictada por el Juzgado Segundo
Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda con
sede en Guarenas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la
decisión. |
0968 |
17-560 |
Avocamiento |
Daniel Antonio Otayek Rodríguez |
Marjorie Calderón Guerrero |
PRIMERO:
Que NO ES COMPETENTE para pronunciarse sobre la admisión del avocamiento
planteado por el ciudadano DANIEL OTAYEK, titular de la cédula de identidad
N° V- 14.351.244 sobre el amparo constitucional que cursa en el expediente
TS-0-0366-17, ante el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en
Los Teques; y sus expedientes relacionados
JMS2-7400-16 y JMS1-7403-16; SEGUNDO:
Que la COMPETENTE para conocer y decidir sobre la admisión de la presente
solicitud de avocamiento del referido amparo constitucional es la Sala
Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, a la cual se ORDENA remitir el presente
expediente. |
0969 |
17-596 |
Recurso de control
de la legalidad |
Jesús Rafael Gómez
Combita contra Ganadería R&A, C.A. |
Marjorie Calderón Guerrero |
INADMISIBLE
el
recurso de control de la legalidad interpuesto por el apoderado judicial de
la parte codemandada sociedad mercantil Ganadería R&A, C.A. No hay
condenatoria en costas dada la índole de la decisión. |
0970 |
15-373 |
Recurso de Casación |
Andrés José Matheus Gámez contra Xcalibur
Distribuciones, C.A. |
Mónica Misticchio Tortorella |
PRIMERO:
CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la
sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa, el 26 de febrero de 2015; SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido;
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA
DEMANDA por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales,
incoada por el ciudadano Andrés José Matheus Gámez
contra la sociedad mercantil Xcalibur
Distribuciones, C.A. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del
presente fallo. |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
|
Sitio
web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de
Justicia
Todos los Derechos Reservados