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Sala de Casación Social
  • Fecha: 06 de junio de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 97

 

Martes, 06 de junio de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado EDDY DAVID DE SOUSA PEREIRA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue  MEDARDO JOSÉ GONZÁLEZ contra. LENA ENGENHARIA E CONSTRUCOES, S.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

La abogada DILU ESTRELLA PAREDES, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue PIARANGELA DEL CARMEN IGLIO MAVAREZ contra CARLOS VICENZO GALLO. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado JOSÉ RAMÓN NAVAS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue FRANCSICO VALERA ZAMBRANO contra RESTAURANT LEAL 61. C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            16-519

 

El abogado PEDRO MIGUEL MOLINA GARCÍA, presentó diligencia solicitando que se declare perecido el recurso,  para ser agregado al juicio que sigue ENCARNACIÓN ZERPA contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS. CASO: LUCIA MOLINA CONTRERAS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            16-750

 

El abogado PORFIRIO RAMÓN PUYOSA PETIT, presentó diligencia solicitando pronunciamiento y celeridad procesal, para ser agregado al juicio que sigue PORFIRIO RAMÓN PUYOSA PETIT contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  17-491

 

El abogado CARLOS AUGUSTO LÓPEZ DAMIANI, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, más copia del poder para ser agregado al juicio que sigue DOMÍNGUEZ & CÍA contra GERESAT CARABOBO. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-999

 

El abogado AUGUSTO CIPRIANI, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue YINEIRA MAITTE CASTILLO ESPINOZA contra LUIS ALBERTO MARTÍNEZ LUGO. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-413

 

Las abogadas GEORGINA MORALES LANDAZABAL y NILYAN SANTANA LONGA, presentaron diligencia  solicitando que se declare perecido el recurso, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA ISABEL PINTO PAULOS contra NELSON DE FREITAS PEREIRA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            15-102

 

La abogada MARÍA ROSA ASSEF AZNAR, presentó diligencia solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue GANADERÍA SANTA MARÍA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-1211

 

La abogada MARÍA ALEXANDRA PÉREZ VERA HERRERA, presentó escrito solicitando nueva boleta de notificación y número de teléfono, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA ALEXANDRA PÉREZ-VERA HERRERA contra MARÍA ELENA COVIAN DÍAZ, TERCERO INTERESADO: KAIHANG ZHAO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        17-465

 

El abogado CARLOS AUGUSTO LÓPEZ DAMIANI, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, más copia del poder, para ser agregado al juicio que DOMÍNGUEZ & CÍA, S.A contra GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES CARABOBO (GERESAT-CARABOBO), DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    04-1682

 

El abogado JOSÉ ANTONIO BRICEÑO LABORÍ, presentó escrito de promoción de instrumentos públicos, para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Apelación                   16-1028

 

El abogado VÍCTOR ÁLVAREZ MEDINA, presentó escrito solicitando la ampliación del fallo, para ser agregado al juicio que sigue FERNANDO JODRA TRILLO contra TECNOLOGÍA SMARTMATIC DE VENEZUELA C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        17-468

 

Los abogados ALEXIS AGUIRRE SÁNCHEZ y PATRICIA CAROLINA LOZADA PÉREZ, presentaron escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue SOCIEDAD MERCANTIL MANAPLAS, C.A. contra GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES DISTRITO CAPITAL Y VARGAS (GERESAT-CAPITAL), DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). CASO: YAMILE YÁÑEZ. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        17-471

 

El abogado ALEXIS AGUIRRE SÁNCHEZ, presentó diligencia desistiendo del recurso, para ser agregado al juicio que sigue SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C.A. contra  DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MIRANDA, DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL).CASO: RISIS REVERON RIVERO. Ponente: Dr.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  16-0827

 

Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria, correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue el ciudadano Richard Javier Salavarría contra sociedad mercantil Coca Cola Femsa de Venezuela, S.A., para el día martes diecinueve (19) de septiembre de 2017, a las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  04-1682

 

Conforme al auto de fecha 23 de mayo de 2017, mediante el cual se suspendió la Audiencia de apelación prevista para el día miércoles 24 de mayo de 2017, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo dispuesto en el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala de Casación Social acuerda fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de apelación a la medida cautelar de embargo, correspondiente a este recurso, para el día lunes diecinueve (19) de junio del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez de la mañana (10:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  14-0930

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  14-0930

 

Al ciudadano ODDANI JAVIER MELÉNDEZ HEREDIA Y OTROS, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 8, esquina calle 11, edificio López Ortega, piso 2, oficina N° 8 de la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son ODDANI JAVIER MELÉNDEZ HEREDIA Y OTROS contra CORPORACIÓN INLACA, C.A. o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-0930

 

A la sociedad mercantil CORPORACIÓN INLACA, C.A., o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Sorte, parcela N° 2, Zona Industrial Chivacoa, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son ODDANI JAVIER MELÉNDEZ HEREDIA Y OTROS contra CORPORACIÓN INLACA, C.A. o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-0930

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Sede San Felipe

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano ODDANI JAVIER MELÉNDEZ HEREDIA Y OTROS, y a la CORPORACIÓN INLACA, C.A., y transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Avenida 8, esquina calle 11, edificio López Ortega, piso 2, oficina N° 8 de la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy.

-  Avenida Sorte, parcela N° 2, Zona Industrial Chivacoa, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  13-0719

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  13-0719

 

Al ciudadano VICENTE ENRIQUE MÁRQUEZ PÉREZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: calle 5, N° 3-33, edificio Los Capachos, oficina N° 4, planta baja, San Cristóbal estado Táchira, teléfonos 0414.379.14.95/ 0414.077.8141, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son VICENTE ENRIQUE MÁRQUEZ PÉREZ contra DESARROLLO URIBANTE CAPARO (DESURCA), hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC) o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  13-0719

 

A la sociedad mercantil DESARROLLO URIBANTE CAPARO (DESURCA), hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC), o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización Las Acacias, Centro Comercial El Pinar, nivel sótano al lado del Banco Exterior, San Cristóbal, estado Táchira, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son VICENTE ENRIQUE MÁRQUEZ PÉREZ contra DESARROLLO URIBANTE CAPARO (DESURCA), hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC) o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado

 

 

Exp. N°  13-0719

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Sede San Cristóbal.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano VICENTE ENRIQUE MÁRQUEZ PÉREZ y a la sociedad mercantil DESARROLLO URIBANTE CAPARO (DESURCA), hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC). Transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en las siguientes direcciones:

-     calle 5, N° 3-33, edificio Los Capachos, oficina N° 4, planta baja, San Cristóbal estado Táchira.

-     Urbanización Las Acacias, Centro Comercial El Pinar, nivel sótano al lado del Banco Exterior, San Cristóbal, estado Táchira.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (6) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 15-217 (LOPNNA)

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por el demandante, contra la sentencia de fecha veintiocho (28) de enero de 2015, dictada por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, en el juicio que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA sigue la ciudadana YELITZA DEL CARMEN LINARES URQUIOLA contra HUMBERTO GÓMEZ. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia de la demandante recurrente  y sus apoderados judiciales a este acto. Asimismo, se deja constancia de la asistencia de los abogados Alejandro José Rodríguez Pagazani, Jamina Mercedes Pacheco Ruíz e Iván Gerardo Pérez Silva, formalmente inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 19.333, 207.822 y 212.864, respectivamente. Seguidamente, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación propuesto, de conformidad con el contenido del artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 2) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, de conformidad con el contenido del artículo 489-G de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (6) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-800

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y media de la mañana (9:30 a.m.), a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por el codemandado, Theodore Panayotis Konstantino Zumbillo, contra la sentencia de fecha cuatro (4) de agosto de 2016, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES (RECURSO DE INVALIDACIÓN DE SENTENCIA) sigue el ciudadano OTILIO ANTONIO MARTÍNEZ contra las sociedades mercantiles COMERCIALIZADORA DINAPOS, C.A., COMERCIALIZADORA LA PRINCESA, C.A., CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO JIMMY, C.A., MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIONES FN, C.A. y contra el ciudadano THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBILLO. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Ruth Yohanna Ron Navarrette, formalmente inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 127.554, en representación del codemandado recurrente. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la abogada Deisy Yvette Muñoz Ortega, debidamente inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 36.491, en representación de la parte actora. La representación judicial de las codemandadas Comercializadora Dinapos, C.A., Comercializadora la Princesa, C.A., Construcciones y Mantenimiento Jimmy, C.A., Mantenimiento y Construcciones FN, C.A. no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada de la parte codemandada recurrente, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la abogada de la parte actora, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) REPONE la causa al estado en que el Juez de Juicio que resulte competente celebre la audiencia de juicio sin necesidad de notificación, pues las partes se encuentran a derecho. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (6) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-804 (LOPNNA)

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha ocho (8) de agosto de 2016, proferida por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en Mérida, en el juicio que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA sigue la ciudadana ELDA ISABEL GARCÍA MÉNDEZ contra los ciudadanos MÓNICA LORENA CELIS GONZÁLEZ, NÉSTOR AMARY CELIS VELAZCO (+), ADRIANA LUISA CELIS GONZÁLEZ, NÉSTOR ALEJANDRO CELIS GONZÁLEZ y SONIA ANDREINA CELIS GONZÁLEZ. A continuación, el Secretario de la Sala deja deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Néstor Alejandro Celis González, titular de la cédula número 11.466.877, parte demandada recurrente, y su abogado Carlos Portillo, debidamente inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 117.913. La parte actora y sus apoderados no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (6) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-495

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.) hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veintinueve (29) de marzo de 2016, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana ARACELY JULIA ARIZA GUTIÉRREZ contra el CONJUNTO RESIDENCIAL ESTANCIA LA COLINA. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Nacarid Coromoto Sifontes de Romaniello, formalmente inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 106.687, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la abogada Leydybhy Elizama Graterol Noguera, debidamente inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 235.107, en representación de la parte actora. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte demandada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala insta a las partes al uso de los medios alternativos para la resolución del conflicto, en el presente asunto. Ambas partes aceptaron la propuesta. En virtud de lo anterior, la Sala acuerda abrir un PROCESO CONCILIATORIO hasta el día jueves trece (13) de julio del año 2017. Hora: doce y cincuenta minutos de la tarde (12:50 p.m.), fecha en la cual se dictará el dispositivo oral de la sentencia correspondiente al presente recurso, en caso de que las partes no llegasen a un acuerdo, sin necesidad de notificación, pues ambas partes se encuentran a derecho.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (06) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-441 (LOPNNA).

 

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la por la parte demandada contra la sentencia de fecha veintinueve (29) de marzo de 2016, dictada por el Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en el juicio que por ACCIÓN MERODECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO sigue la ciudadana GABRIELA ALEJANDRA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ contra la ciudadana LISSETT MARGARITA HERNÁNDEZ MÁRQUEZ, actuando en representación de su hijo. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la ciudadana Lissett Margarita Hernández Márquez, titular de la cédula de identidad número 10.517.035, parte demandada recurrente, y de su abogado Benito Enrique Martínez Pernía, formalmente inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 51.368. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana Gabriela Alejandra Rodríguez González, titular de la cédula de identidad número 13.873.916, parte demandante, y de su abogado Eduar Enrrique Moreno Blanco, en su carácter de Defensor Público ante las Salas del Tribunal Supremo de Justicia, debidamente inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 65.087. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. En este sentido, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, otorgó el derecho de palabra a las ciudadanas Lissett Margarita Hernández Márquez y Gabriela Alejandra Rodríguez González. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala informa que los Magistrados consideraron necesario diferir el acto para el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente a este recurso para el día jueves veintinueve (29) de junio del año 2017. Hora: doce y quince minutos de la tarde (12:15 p.m.), sin necesidad de notificación puesto que las partes se encuentran a derecho. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (6) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Control de la Legalidad Exp. N° 16-880.

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce del mediodía (12:00 m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha once (11) de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano LUIS JOSÉ REYES QUINTERO contra la sociedad mercantil C.A. CIGARRERA BIGOTT SUCS. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Eirys del Valle Mata Marcano, formalmente inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 76.888, representante judicial de la parte demandada recurrente. La parte actora y sus apoderados no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte demandada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, el Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido y de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara CON LUGAR la defensa de prescripción. 3) SIN LUGAR la demanda. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (6) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-531

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha doce (12) de abril de 2016, proferida por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana ELENA CECILIA FARRERAS contra el ciudadano VÍCTOR GODIGNA COLLET y contra las sociedades mercantiles UNIDAD DE DIAGNÓSTICO OTO-TAC, C.A. y el INSTITUTO RADIOLÓGICO SAN BERNARDINO, C.A. hoy denominado INSTITUTO de IMAGENOLÓGICO SAN BERNARDINO, C.A.,  A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Guido Alfonso Puche Faria, formalmente inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 19.643, en representación de la parte codemandada recurrente Víctor Godigna Collet y el Instituto Radiológico San Bernardino, C.A. hoy denominado Instituto de Imagenológico San Bernardino, C.A. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la abogada Nury Esther García Sánchez, debidamente inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 95.666, en representación de la parte actora. La representación judicial de la parte codemandada Unidad de Diagnóstico OTO-TAC, C.A., no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate,  la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. En tal sentido, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero interrogó al abogado Guido Alfonso Puche Faria, apoderado judicial de la parte demandada recurrente, quien respondió oportunamente. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte codemandada Unidad de Diagnóstico OTO-TAC, C.A. 2) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 3) En consecuencia, 3) se CONFIRMA la sentencia recurrida. 4) Se condena en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS DE JUNIO (6) DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-965

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asisten a esta audiencia el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y la Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y cuarenta y cinco minutos de la tarde (12:45 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha cuatro (04) de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguen el ciudadano ÁNGEL JESÚS NIÑO SALAZAR contra la sociedad mercantil BANCO EXTERIOR C.A., BANCO UNIVERSAL. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Ignacio Ponte Brandt, formalmente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.522, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y su representación judicial no asistieron a esta audiencia. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara SIN LUGAR la demanda. 4) Si hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (6) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 2012-1025.

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y el Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y treinta de la tarde (1:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha once (11) de junio de 2012, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con ocasión del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano EDGAR JESÚS RODRÍGUEZ ORTÍZ contra la sociedad mercantil CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala constancia de la asistencia a este acto de la abogada Elizabeth Margarita Malaver de Santini, formalmente inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 54.109, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y sus apoderados no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte demandada recurrente, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Concluida su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime declara: declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación solicitado. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido y de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, SEIS (6) DE JUNIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-849 (LOPNNA)

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha doce (12) de agosto de 2016, dictada por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, en el juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO siguen los ciudadanos JAVIER ENRIQUE DEL RÍO AGÜERO, HÉCTOR ANTONIO DEL RÍO AGÜERO, JORGE ALEJANDRO DEL RÍO AGÜERO, JULIA ISABEL DEL RÍO ALEJO y ANNY VANESSA DEL RÍO MOLINA contra los ciudadanos WILLIAM ANTONIO DEL RÍO GARCÍA, JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ y EDERLYN PASTORA ESCALONA ESTRADA en representación de su hijo. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia de ambas partes a este acto y sus apoderados judiciales. Seguidamente, la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación propuesto, de conformidad con el contenido del artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 2) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

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