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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 208
Jueves, 07 de diciembre de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Avocamiento 17-761
El abogado GABRIEL RAMÓN ACHÉ ACHÉ, presentó escrito solicitando acumulación del expediente, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ GUEVARA contra RAÚL ARMANDO SAAVEDRA VÁSQUEZ. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-910
La abogada NAISLET MATHEUS OJEDA, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue RAÚL GREGORIO CALLES AMADO contra LITOGRAFÍA INDUSTRIAL, C.A. "LITOINCA". Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 17-798
La abogada ALEXANDRA CÓRDOBA VERA, presentó diligencia desistiendo del recurso y consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue ANIBAL RAMÓN LUCICHE GOLIAT contra BAKER HUGHES VENEZUELA, S.C.P.A (ANTES BAKER HUGHES, S.R.L). Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 17-674
El abogado FRANK MANUEL VICENT GÓMEZ, presentó diligencia consignando copia de instrumento poder, para ser agregado al juicio que sigue DANIEL ALBERTO MACHADO BARRIOS contra PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-257
El abogado FRANK MANUEL VICENT GÓMEZ, presentó diligencia consignando copia de instrumento poder, para ser agregado al juicio que sigue PASCUAL PÉREZ contra PRODUCTOS EFE, S.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-969
El abogado LEONARDO MAURICIO HERNÁNDEZ, presentó diligencia consignando sustitución de poder, para ser agregado al juicio que sigue ALÍ IRANI contra SHERKATE BEINULMELALI E KHANESAZI IRANIAN, (IRANIAN INTERNATIONAL HOUSING COMPANY, C.A.) Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-817
El abogado RICARDO PAITUVI BROWN, presentó diligencia consignando poderes, para ser agregado al juicio que sigue OMAR JOSÉ PATIÑO contra ATUNFAL, C.A. y OTRAS. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° 17-931
La abogada NATHALIE GONZÁLEZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN y consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES. (INPSASEL). Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 17-601
El abogado TONY R. CEDEÑO, presentó escrito desistiendo del recurso y solicitando remisión del expediente, para ser agregado al juicio que sigue ASUNCIÓN JOSÉ LÓPEZ ÁLVAREZ contra ANTONIO JOSÉ CLOTET GALLEGOS, y LAS SOCIEDADES MERCANTILES DORSAY C.A, SUPER DORSAY y OTRAS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 16-0938
Vista la solicitud formulada por el ciudadano JOSÉ RAMÓN BONA, en su caracter de parte actora, asistido por el abogado Adolfo Petit Jean, inscrito en el IPSA bajo el N° 64.250,
contenida en diligencia de fecha diecisiete (17) de noviembre de 2017, se
ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo
112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia
certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud solo desde el
folio 265 hasta 282 y desde el folio 285 hasta el 289, las cuales corren
insertas en el expediente Nº AA60-S-2016-000938, contentivo del juicio
seguido por JOSÉ RAMÓN BONA contra HÉCTOR ALBERTO CORONA, con
inserción de la referida diligencia y del presente auto.-
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la sentencia 758 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha veintiuno (21) de julio del 2010, incluyendo el término de la distancia correspondiente en el siguiente expediente:
AA60-S-2017-000457
Exp. N° 15-0778
Cumpliendo con lo ordenado en la sentencia N° 790 de fecha cuatro (4) de agosto de 2017, a
los fines de la notificación de las partes CÉSAR ALEXANDER TOVAR CAMACHO,
DERLY SORAYA SUÁREZ VILLAMIZAR y CÉSAR TOVAR GONZÁLEZ, líbrese las boletas
correspondientes y comisiónese suficientemente al Juzgado Superior de Niños,
Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, sede
San Felipe. Líbrese oficio y despacho.
Exp. N° 15-0778
SE
HACE SABER:
A la ciudadana DERLY SORAYA SUÁREZ
VILLAMIZAR, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio
procesal: Calle 5, esquina de la calle carrera 3, sector El Centro I, Urachiche, Municipio Urachiche,
Estado Yaracuy, que con motivo del juicio que sigue CÉSAR
ALEXANDER TOVAR CAMACHO contra DERLY SORAYA SUÁREZ VILLAMIZAR y
CÉSAR TOVAR GONZÁLEZ, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, ordenó su notificación en la decisión N° 790 de fecha cuatro (4) de agosto
de 2017, la cual declaró: PRIMERO: se ADMITE el
recurso de casación anunciado por apoderado judicial del ciudadano César
Alexander Tovar Camacho. SEGUNDO: Se ordena la notificación de las
partes de la presente decisión para que comience a transcurrir el lapso para la
formalización del recurso de casación ejercicio y la continuación del
procedimiento de conformidad con lo establecido en el articulo 489 y siguientes
de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas y Adolescentes, una vez que
conste en autos la última de las notificaciones practicadas, en
consecuencia, a partir de la fecha en que conste en autos su notificación, más
el término de distancia, comenzará a transcurrir el lapso para la formalización
del Recurso de Casación. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0778
SE
HACE SABER:
Al ciudadano CÉSAR TOVAR GONZÁLEZ, o en
cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle 5,
esquina de la carrera 1, sector El Centro II, Urachiche,
Municipio Urachiche, Estado Yaracuy,
que con motivo del juicio que sigue CÉSAR ALEXANDER TOVAR CAMACHO contra
DERLY SORAYA SUÁREZ VILLAMIZAR y CÉSAR TOVAR GONZÁLEZ, esta Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación en
la decisión N° 790 de fecha cuatro (4) de agosto de 2017, la cual declaró:
PRIMERO: se ADMITE el recurso de casación anunciado por
apoderado judicial del ciudadano César Alexander Tovar Camacho. SEGUNDO: Se
ordena la notificación de las partes de la presente decisión para que comience
a transcurrir el lapso para la formalización del recurso de casación ejercicio
y la continuación del procedimiento de conformidad con lo establecido en el
articulo 489 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas
y Adolescentes, una vez que conste en autos la última de las notificaciones practicadas,
en consecuencia, a partir de la fecha en que conste en autos su notificación,
más el término de distancia, comenzará a transcurrir el lapso para la
formalización del Recurso de Casación. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0778
SE
HACE SABER:
Al ciudadano CÉSAR ALEXANDER TOVAR CAMACHO,
o a su apoderado judicial DOUGLAS JOSÉ PÁEZ SÁNCHEZ, con domicilio
procesal: Calle 3, entre calles 4 y 5, casa S/N, sector El Centro I, Urachiche, Municipio Urachiche,
Estado Yaracuy, que con motivo del juicio que sigue CÉSAR
ALEXANDER TOVAR CAMACHO contra DERLY SORAYA SUÁREZ VILLAMIZAR y
CÉSAR TOVAR GONZÁLEZ, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, ordenó su notificación en la decisión N° 790 de fecha cuatro (4) de agosto
de 2017, la cual declaró: PRIMERO: se ADMITE el
recurso de casación anunciado por apoderado judicial del ciudadano César
Alexander Tovar Camacho. SEGUNDO: Se ordena la notificación de las
partes de la presente decisión para que comience a transcurrir el lapso para la
formalización del recurso de casación ejercicio y la continuación del
procedimiento de conformidad con lo establecido en el articulo 489 y siguientes
de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas y Adolescentes, una vez que
conste en autos la última de las notificaciones practicadas, en
consecuencia, a partir de la fecha en que conste en autos su notificación, más
el término de distancia, comenzará a transcurrir el lapso para la formalización
del Recurso de Casación. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-0778
El Juzgado de
Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE
SABER:
Al Juzgado Superior de Niños,
Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, sede
San Felipe.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a los
ciudadanos MARIO MARCANO, DANIEL TORREALBA, EDUARDO CHACÍN, JESÚS ROJAS,
LUIS CHACÍN, WILLIAM RUÍZ Y ALEXANDER ARMARIO, sobre la decisión N° 1396 de
fecha dieciséis (16) de diciembre de 2016, la cual declaró: se ADMITE
el recurso de casación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia de
fecha 21 de mayo de 2015, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de
la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Calle 3, entre calles 4
y 5, casa S/N, sector El Centro I, Urachiche,
Municipio Urachiche, Estado Yaracuy.
- Calle 5, esquina de la
calle carrera 3, sector El Centro I, Urachiche,
Municipio Urachiche, Estado Yaracuy.
- Calle 5, esquina de la
carrera 1, sector El Centro II, Urachiche, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp. N° 17-0272
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes
seis (6) de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Doce y
treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0443
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública
y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves ocho (8)
de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Diez y diez minutos
de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 17-0462
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves
quince (15) de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Nueve y
treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0483
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves
quince (15) de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Doce y
treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese
al expediente.
Exp. N° 17-0527
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes
veinte (20) de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Once y
treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0540
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves
veintidós (22) de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Nueve
de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0544
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de
Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria
correspondiente a este recurso para el día jueves veintidós (22) de febrero
del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Doce del mediodía (12:00 m.).
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0535
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes
veintisiete (27) de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Diez
y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0573
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes
veintisiete (27) de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Dos
de la tarde (2:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0586
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves
primero (1°) de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Once y
treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y
agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0594
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes seis
(6) de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Diez y diez minutos
de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 17-0646
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia
pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes
seis (6) de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Una y treinta
minutos de la Tarde (1:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 17-0672
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y
contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves ocho (8) de
marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Diez y cincuenta minutos
de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 17-0714
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y
contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes trece (13)
de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Nueve y treinta minutos
de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0718
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y
contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes trece (13)
de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Doce y treinta minutos
de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0731
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de
Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria
correspondiente a este recurso para el día jueves quince (15) de marzo del
año dos mil dieciocho (2018). Hora: Diez y diez minutos de la mañana
(10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0744
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y
contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veinte (20)
de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Doce del mediodía
(12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0762
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y
contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintidós
(22) de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Nueve y treinta
minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 17-0772
En cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,
esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y
contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintidós
(22) de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Doce y treinta
minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 17-0786
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y
contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes tres (3) de
abril del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Diez y cincuenta minutos
de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 17-0792
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y
contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes tres (3) de
abril del año dos mil dieciocho (2018). Hora: Dos de la tarde (2:00
p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-041
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha quince (15) de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JOSÉ MIGUEL MARCHENA ESPINOZA contra la sociedad mercantil FESTEJOS MAR, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Nuvia Elena Cedeño Navarro, inscrita en el Inpreabogado con el número 69.649, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentran presentes los abogados Luis Carlos Pérez Reverón y Joshua Elaine Flores Mogollón, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 139.776 y 109.941, respectivamente, en representación de la parte demandada. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte accionante, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte accionada, el abogado Joshua Elaine Flores Mogollón, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara CON LUGAR la falta de cualidad solicitada por los demandados solidarios y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta contra Festejos Mar. 4) No hay condenatoria en costa. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-584 (LOPNNA)
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 am.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por parte demandada, contra la sentencia de fecha veinticuatro (24) de mayo de 2017, proferida por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Mérida, con ocasión del juicio que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO sigue la ciudadana ROXZOLY MARGARITA ZAPATA VIVAS contra el ciudadano CARLOS ENRIQUE ALARCÓN MARTOS. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia a este acto de ambas partes y sus apoderados. Seguidamente, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación propuesto. 2) De conformidad con el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 14-518
Apertura el acto el Presidente de la Sala Accidental Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados la Magistrada Suplente Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA, no asiste a esta audiencia.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha catorce (14) de marzo de 2014, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JENISE GEOVANY CORPAS TORRES contra la SOCIEDAD CIVIL UNIÓN DE AUTO POR PUESTO LOS SAMANES y el ciudadano GREGORIO CIPRIANO MARÍN. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Jenise Geovany Corpas Torres, titular de la cédula de identidad número 13.172.090, parte demandante recurrente, y de sus abogados Karina Yetxabeth Coronel Sarria, Vanessa Nahilee Pantoja Álvarez y Douglas Vicente Martínez Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 95.740, 139.299 y 116.755, respectivamente. Por otra parte, no se encuentra presente la representación judicial de la parte demandada. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte accionante, la abogada Karina Yetxabeth Coronel Sarria, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, el Presidente de la Sala Accidental consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, el Presidente de la Sala Accidental, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. 3) No hay condenatoria en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-670
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el piso tres, del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de veintidós (22) de junio del año 2017, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguen los ciudadanos LUIS JAVIER FERNÁNDEZ SCIOSCIA, REINALDO JOSÉ MEZA QUINTERO, YEAN CARLOS MEZA QUINTERO, DAVID JOSÉ VARGAS VERGARA, EIGAR GREGORIO VARGAS VERGARA y MIGUELANGEL LANDAETA contra las sociedades mercantiles GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, C.A., SATÉLITES MÉRIDA, C.A. y el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ CAÑIZALEZ SÁNCHEZ. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de los ciudadanos Yean Carlos Meza Quintero, Reinaldo José Meza Quintero y Luis Javier Fernández Scioscia, titulares de la cédula de identidad números 15.031.182, 17.895895 y 18.798.179, respectivamente, demandante recurrente y su abogado Sergio Guerrero Villasmil, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.631. Asimismo, comparece la abogada Hadilli Fuadi Gozzaoni Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado con el número 121.230, en representación de la parte codemandada Galaxy Entertainment de Venezuela, C.A. La representación judicial de los codemandados Satélites Mérida, C.A. y del ciudadano Alejandro José Cañizalez Sánchez, no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionante, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la representante judicial de la parte accionada, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. En este sentido, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, interrogó a los abogados intervinientes en el debate, quienes respondieron oportunamente. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la deliberación, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara SIN LUGAR la falta de cualidad alegada por la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela, C.A. y el ciudadano Alejandro José Cañizalez Sánchez y PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada 4) No hay condenatoria en costa. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-081
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados los Magistrados Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, no comparecieron a esta audiencia.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce del mediodía (12:00 m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha ocho (08) de diciembre de 2016, dictada por el Juzgado Octavo superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE SALARIOS Y PASIVOS LABORALES sigue el ciudadano HAROLD ENRIQUE TENORIO MURCIA contra la sociedad mercantil MENSAJEROS RADIO WORLDWIDE, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada María Jesús Luis Luis, inscrita en el Inpreabogado con el número 151.400, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentran presentes los abogados María de Jesús Pineda de Serra y José Antonio Méndez Vila, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 83.935 y 27.864, respectivamente, en representación de la parte demandante. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte accionada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la representante judicial de la parte accionante, la abogada María de Jesús Pineda de Serra, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. 3) Se condena en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-643 (LOPNNA)
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO no compareció a esta audiencia.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veintidós (22) de junio de 2017, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con ocasión del juicio que por PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue el ciudadano RAFAEL DE JESÚS ROJAS ZAMBRANO contra la ciudadana SOCORRO DEL CARMEN ROBLES ROBLES. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a esta audiencia del abogado Enrique José Dubuc Pineda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.200, representante judicial de la parte demandada recurrente. La parte demandante y su apoderado judicial no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la demandada recurrente, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este sentido, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PARA DICTAR DISPOSITIVO
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-257
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y del Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por no haber presenciado el debate la Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA no está en la audiencia y por motivos justificados no asiste el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el piso tres del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y cuarenta y cinco minutos de la tarde (12:45 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha veintiuno (21) de febrero de 2017, dictada por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ACCIDENTE TRABAJO, DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE sigue el ciudadano PASCUAL PÉREZ contra la sociedad mercantil PRODUCTOS EFE, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia del ciudadano Pascual Pérez, titular de la cédula de identidad número 3.185.365, parte demandante recurrente, y su abogado Pablo Antonio Piñero Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 140.305. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia del abogado Frank Manuel Vicent Gómez, inscrito en el Inpreabogado con el número 144.270, representante judicial de la parte demandada. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto 2) En consecuencia, ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y REPONE LA CAUSA al estado donde el Juez Superior que resulte competente, resuelva el fondo de la controversia. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-275.
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de la Magistrada Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por no haber presenciado el debate no participa en la audiencia el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y por motivos justificados el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, no asiste a la audiencia.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y quince minutos de la tarde (01:15 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral del fallo, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veintitrés (23) de febrero de 2017, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL sigue el ciudadano JULIO CÉSAR ALCALÁ ECHEVERRÍA contra la sociedad mercantil PRODUCTOS EFE, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Frank Manuel Vicent Gómez, inscrito en el Inpreabogado con el número 144.270, en representación de la demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado Ahmed Rivera Echezuría, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.062, en representación de la parte demandante. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-674
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y de los magistrados, Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados, no se encuentra presente en este acto el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las una y treinta minutos de la tarde (01:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso casación propuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veinte (20) de junio del año 2017, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con ocasión del juicio que por COBRO DE ACREENCIAS LABORALES sigue el ciudadano DANIEL ALBERTO MACHADO BARRIOS contra la sociedad mercantil PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Frank Manuel Vicent Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 144.270, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente el ciudadano Daniel Alberto Machado Barrios, titular de la cédula de identidad número 7.974.082, parte demandante y su apoderado judicial Orlando Oquendo, inscrito en el Inpreabogado con el número 140.089. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte demandante, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio, En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. 3) Si hay condenatoria en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES SIETE (07) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 15-253
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO y los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ y Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, no asistió a esta audiencia.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias, ubicado en el tercer piso del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha catorce (14) de noviembre del 2014, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano GUILLERMO CONTRERAS USECHE contra las sociedades mercantiles ATOVEN, C.A., ATUMAR, S.A., AVENCATUN, S.A., AVIATUM, S.A. y el ciudadano FRANCISCO JOSÉ JUNIOR ORTISI PASSANISI. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Ricardo Paytuvi Brown, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.132, en representación de la parte demandada recurrente. Igualmente, comparece el abogado William Alberto Ramos Aguilar, inscrito en el Inpreabogado con el número 85.041, en su carácter de Defensor Público ante las Salas del T.S.J., en representación de la parte demandante. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada recurrente, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte demandante, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara procedente la falta de cualidad solicitada por el ciudadano Francisco José Junior Ortisi Passanisi y SIN LUGAR la demandada contra él. Improcedente la falta de cualidad contra la sociedad mercantil Aviatum, S.A. y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda contra las empresas codemandadas. 4) No hay condenatoria en costas. 5) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
DECISIONES DEL DÍA
Número |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
1161 |
17-132 |
Recurso de Casación |
Parmenides Mastrelia
Coronado y otros contra Arian Mastrelia
Berrios |
Marjorie Calderón Guerrero |
HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada entre los
ciudadanos Parmenides Mastrelia
Coronado, Caroleda Mastrelia
Coronado y Carmen Luisa Mastrelia Coronado; la
ciudadana Arian Katherine Mastrelia
Berríos y la ciudadana Doris Coromoto Coronado
Rivero. |
1162 |
17-136 |
Recurso de Casación |
Doris Coromoto Coronado Rivero
contra Arian Katherine Mastrelia
Berrios |
Marjorie Calderón Guerrero |
HOMOLOGADA LA
TRANSACCIÓN celebrada
entre la ciudadana Doris Coromoto Coronado Rivero;
la ciudadana Arian Katherine Mastrelia
Berríos y los ciudadanos Parmenides Mastrelia Coronado, Caroleda Mastrelia Coronado y Carmen Luisa Mastrelia
Coronado. |
1163 |
17-460 |
Recurso de Casación |
José Ysmael Rodríguez Guaido contra Transporte Hayvi,
C.A |
Mónica Misticchio
Tortorella |
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto
por la sociedad mercantil Transporte Hayvi, C.A.,
contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, y SEGUNDO: FIRME el fallo recurrido. |
1164 |
17-486 |
Recurso de Casación |
Henry Joselito Pinzón Méndez y otros contra Caracas Theater Club y otros |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
PERECIDO el recurso de casación anunciado por
la parte accionante, ciudadanos HENRY JOSELITO PINZÓN MÉNDEZ, JOSÉ LUIS LEAL
BRICEÑO, LUIS GUILLERMO AGUILERA GUZMÁN, ROIBER ENRIQUE BRICEÑO VÁSQUEZ,
SAMUEL DARÍO ALVARADO LARA, FRANKLIN YASER AVENDAÑO MÁRQUEZ, JEAN CARLOS PINO
y YENNY JHAKELINE RIVAS VELÁSQUEZ, contra la decisión publicada el 5 de mayo
de 2017, por el Tribunal Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte
actora recurrente de conformidad con lo previsto en el último aparte del
artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. |
1165 |
17-541 |
Recurso de Hecho |
Luis Jairo Galvis Cárdenas contra
Manuel Ojeda Correa |
Mónica Misticchio
Tortorella |
SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por la
parte demandada. |
1166 |
17-655 |
Recurso de control de la legalidad |
Francisco José Quintero y otros contra Constructora Cosapi, C.A. y otro |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad
interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, FRANCISCO
QUINTERO, WILMER FRANCO, PEDRO MALPICA, JOAQUIN JAURE, DOUGLAS REINA y JOEL
RIVAS, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero Superior del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante sentencia
de fecha 6 de julio de 2017. |
1167 |
17-671 |
Recurso de Casación |
Yelitza Cristina Torrealba
Pérez contra Serviserca, C.A. (Aserca
Airlines, C.A.) |
Mónica Misticchio
Tortorella |
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto
por la ciudadana Yelitza Cristina Torrealba Pérez, contra la decisión dictada por el
Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Lara, con sede en Barquisimeto, y SEGUNDO:
FIRME el fallo recurrido. |
1168 |
17-268 |
Recurso de Casación |
J.K. Automotores C.A. y otros contra la certificación de la
secretaría de fecha 14/11/2016, la nulidad del acta y de la distribución de
la causa de fecha 28/11/2016, y la decisión de fecha 05/12/2016, proferida
por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y
Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto
por la representación judicial de la empresa J.K. AUTOMOTORES, C.A, y de los
ciudadanos ELVIS ALCIDES ÁLVAREZ TINEO y MARÍA DEL CARMEN BRICEÑO, parte
actora en el juicio de invalidación, en contra de la decisión dictada en
fecha 6 de marzo de 2017, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual se
ordenó la entrega material a la parte actora del juicio principal, del cheque
N° 53-98330631 girado contra el BANCO FONDO COMUN, Banco Universal, por la
cantidad de BS 490.023,07, que representa la suma embargada del mencionado
procedimiento. SEGUNDO: SE REVOCA
el auto de fecha 14 de marzo de 2017, dictado por el mencionado juzgado, el
cual admitió el presente recurso de casación. |
1169 |
15-775 |
Recurso de Casación |
Dalcy María Arrieta de Atencio
contra Agropecuaria Nivar, C.A. (AGRONIVAR) |
Edgar Gavidia
Rodríguez |
1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto
por la parte demandada contra la decisión de fecha 13 de mayo de 2015,
dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo; 2) FIRME el fallo recurrido. |
1170 |
17-607 |
Recurso de Apelación |
Alcaldía del Municipio San Cristobal,
estado Táchira contra Acto Administrativo contenido en la certificación de
enfermedad ocupacional N° 0040-15, de fecha 11 de marzo de 2015, emanado de
la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Táchira y
Municipios Páez y Muñoz del estado Apure Instituto Nacional de Prevención,
Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), adscrita al Ministerio del Poder
Popular para la Protección del Proceso Social de Trabajo. Tercero Interesado:
Marta Carolina Zambrano Pereira |
Danilo Antonio Mojica
Monsalvo |
DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por
la representación judicial de la tercera interesada ciudadana MARTA CAROLINA
ZAMBRANO, contra la decisión dictada en fecha 7 de octubre del año 2016, por
el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Táchira. En consecuencia, queda FIRME
el referido fallo. |
1171 |
17-238 |
Recurso de Casación |
Farides Mercedes Colmenares González contra
Merck, S.A. |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto
por la representación judicial de la parte actora, la ciudadana FARIDES
MERCEDES COLMENARES GONZÁLEZ, contra la sentencia proferida por el Juzgado
Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui,
en fecha 2 de febrero de 2017; SEGUNDO:
CONFIRMA el fallo recurrido. |
1172 |
17-747 |
Recurso de control de la legalidad |
Liliana Di Girolamo de Ocando y Otra contra Gerardo Enrique Antolinez
en su condición de Director del Liceo Militar Jáuregui |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad
interpuesto por la representación judicial de la parte actora ciudadanas
LILIANA DI GIROLAMO DE OCANDO y YURLENDI MARLÍN HERNÁNDEZ CALDERÓN, a favor
de los adolescentes F.J.O. y A.A.M., cuyos nombres son omitidos, conforme a
lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes contra la sentencia proferida por el Tribunal
Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del estado Táchira, de fecha 18 de julio de 2017. |
1173 |
17-500 |
Recurso de Casación |
Rosa María Sandoval Padrón y otros contra la Gobernación del
estado Carabobo. |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
PERECIDO el recurso de casación anunciado por
la parte accionante, ciudadanos ROSA SANDOVAL, RINA CHIQUIN, JESÚS CEDEÑO,
MANUEL TERÁN, OSCAR BRETO, ELISA HERRERA, LILIANA JAIMES, SUMIRNA MORENO,
JULIO DÍAZ, TRINA PÁEZ, NAIDA HEREDIA, NORMA SALGADO, FABIÁN RIVERO, ERIMAR
ROJAS, JHONNY TREJO, LILIANA ACOSTA, EGLEÉ FUENTES, ANYIBEL MONTESINO, CARMEN
BASTDAS y CARLOS DÍAZ, contra la decisión publicada el 18 de abril de 2017,
por el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del estado Carabobo. |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
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MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
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MARCOS ENRIQUE PAREDES
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