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Sala de Casación Social
  • Fecha: 08 de febrero de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 20

 

Miércoles, 08 de febrero de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-1533

 

El abogado DANNY PAÚL ORTIZ RODRÍGUEZ, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MARY CARMEN CONIGLIONE DRAGOTTO contra TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-017

 

La abogada SUHAIL ANAYANTZY HERNÁNDEZ ALVARADO, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ZULMARY DEL CARMEN BALLESTER COLINA contra ZOLEIDA SOFIA OBISPO ARMAS y OTRAS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  17-103

 

Los abogados CARMELO JOSÉ DÍAZ CABRAL y CARMELO ENRIQUE DÍAZ ESCOBAR, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ANTONIO COLMENARES PÉREZ contra VÍCTOR RICARDO SANTANA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-522

 

La abogada BEATRIZ ROJAS MORENO, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue ATEMÓGENES ENRIQUE RINCÓN contra C.A. CERVECERÍA REGIONAL. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  S/N

 

La abogada PEGGY ARIADNA SIMOZA PACHECO, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue TRANSPORTE COMAZUCAR, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, (INPSASEL). Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-1044

 

El abogado FÉLIX I. SÁNCHEZ PADILLA, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ contra JHONNY ALEXANDER CAMPOS ACOSTA y OTROS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-956

 

El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE TÁCHIRA, MUNICIPIO PÁEZ Y MUÑOZ DEL ESTADO APURE. CASO: LUIS LEONARDO ORTÍZ RANGEL. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-501

 

El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: OLGA JOSEFINA MENDOZA VELÁSQUEZ. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-745

 

El abogado GUILLERMO PLAZA PACHECO, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue LUCA VICENZO SALVADORES BESUSSO contra BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A. (BOD). Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  17-135

 

La abogada TAHIDEE GUEVARA GUEVARA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MANUEL ORANGE MUJICA contra CONSTRUCTORA VIALPA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  17-093

 

El abogado JOSÉ ANTONIO GRATEROL DIEPA, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue SERVICIOS VENEZOLANOS COSTA AFUERA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, (INPSASEL). Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        15-944

 

El abogado HÉCTOR CARDOZE , presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue DEUTSCHE LUFTHANSA AKTIEGESSELSCHAFT contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: CORREIA MARTIN DAVIDE. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  16-292

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue Francisco Rodríguez Jiménez contra C.N.P.C. Services Venezuela LTD, prevista para el día jueves nueve (9) de marzo del año dos mil diecisiete (2017). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-695

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves nueve (9) de marzo del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-812

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves treinta (30) de marzo del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-655

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veinte (20) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-739

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veinticinco (25) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-772

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veinticinco (25) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  12-414

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-968

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-754

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-974

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-1070

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-1563

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  12-1569

 

Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-540

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-540

 

Al ciudadano JORGE ELIECER PULIDO RIVERA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Sector Catedral, Centro de PROFESIONALES Abogados carrera 4, N-4-50, de la parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, teléfonos 0416.116.16.25 / 0414.719.41.11, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-540

 

A la sociedad mercantil EXPRESOS MÉRIDA C.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Prolongación de la 5ta Avenida, N- 7-209, Edificio Expresos Mérida, frente al cuartel Negro Primero, Parroquia La Concordia, San Cristóbal del Estado Táchira, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-540

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano JORGE ELIECER PULIDO RIVERA y la Sociedad Mercantil EXPRESOS MÉRIDA C.A y que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Sector Catedral, Centro de PROFESIONALES Abogados carrera 4, N-4-50, de la parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira

- Prolongación de la 5ta Avenida, N- 7-209, Edificio Expresos Mérida, frente al cuartel Negro Primero, Parroquia La Concordia, San Cristóbal del Estado Táchira.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-483

 

Esta Sala de Casación Social con ocasión del error material en el cual incurre la Secretaría de la Sala en el ingreso de los expedientes en el Sistema Tepuy, al inadvertir las especificaciones detalladas por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros, contenidas en el oficio de remisión N° JSAG-608-2016 de fecha 19 de octubre de 2016, (vid. ff. 109 pieza anexa 2/2); en consecuencia, ordena la incorporación de las piezas anexas que le fueron asignadas el alfanumérico AA60-S-2016-000954, nomenclatura de esta Sala, conformadas por dos (2) cuerpos: el primero de trescientos (300) folios útiles y el segundo de ciento cuarenta (140) folios útiles, al expediente AA60-S-2015-000483, toda vez que son parte integrante del mismo. Como corolario de lo anteriormente ordenado, mediante auto separado deberá quedar constancia del cierre informático del expediente AA60-S-2016-000954. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-605

 

A la sociedad mercantil LA MALAGUEÑA, C.A. en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Lote de Terreno Los Bajos y San Luis, Sector Los Bajos, Parroquia Donaldo García, municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia número 1212, del veintinueve (29) de noviembre del año 2016, declaró: “ EL DECAMIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación interpuesto por... la Sociedad Mercantil la Malagueña, C.A.”. Notificación que se hace a los fines legales pertinentes.

 

 

Exp. N°  13-605

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia y con competencia en el estado Falcón, con sede en la ciudad de Maracaibo.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil LA MALAGUEÑA, C.A. que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia número 1212, del veintinueve (29) de noviembre del año 2016, declaró: “ EL DECAMIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación interpuesto por... la Sociedad Mercantil la Malagueña, C.A.”..

           

Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

 

-     Lote de Terreno Los Bajos y San Luis, Sector Los Bajos, Parroquia Donaldo García, municipio Rosario de Perijá del estado Zulia.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para fundamentar la apelación, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en los siguientes casos:

AA60-S-2016-832

AA60-S-2016-833

AA60-S-2016-847

AA60-S-2016-848

AA60-S-2016-876

AA60-S-2016-877

AA60-S-2016-883

AA60-S-2016-972

AA60-S-2016-1003

AA60-S-2016-1024

 

 

Vencido como se encuentra el lapso previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, las siguientes causas pasan a estado de sentencia.

AA60-S-2016-0785

AA60-S-2016-0791

AA60-S-2016-0839

AA60-S-2016-0840

AA60-S-2016-0914

AA60-S-2016-0929

AA60-S-2016-0935

AA60-S-2016-0945

AA60-S-2016-0987

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

041

16-068

 

 

 

 

Recurso de Casación

Luisa Virneida Taita y otra contra Gerencia 2000, C.A.

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la sociedad mercantil GERENCIA 2000, C.A., contra la sentencia proferida el 23 de noviembre de 2015, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas; y SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido.

042

16-293

Recurso contencioso administrativo

Pepsi-Cola Venezuela, C.A. contra Acto Administrativo N° 0236-2012, de fecha 15/08/2012, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Capital y Vargas, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso: Johan José Catamo Santaella

Edgar Gavidia Rodríguez

PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el tercero interesado ciudadano JOHAN JOSÉ CATAMO SANTAELLA, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 8 de julio de 2015, que declaró con lugar la demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil Pepsi-Cola Venezuela, C.A., contra el acto administrativo signado 0236-2012, proferido por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS, actualmente GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS, órgano desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). SEGUNDO: PROCEDE la consulta de la sentencia antes descrita. Conociendo en consulta del fallo. TERCERO: Se CONFIRMA lo decidido por el a quo sobre la prescindencia total y absoluta del procedimiento. CUARTO: Se REVOCA lo declarado por el Tribunal de la causa relativo al vicio de falso supuesto. QUINTO: SIN LUGAR la demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A., contra el acto administrativo signado 0236-2012, proferido por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS, actualmente GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS, órgano desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). SEXTO: FIRME el acto administrativo contenido en la certificación de enfermedad ocupacional número 0236-2012, del 15 de agosto de 2012, dictada por la descrita Dirección Estadal.

 

 

DESPACHO

 

Exp. Nº14-1657: Oficio participando comisión para notificar Nº183

Exp. Nº12-1501: Oficio participando comisión para notificar Nº184

Exp. Nº15-0661: Oficio participando comisión para notificar Nº185

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                       El Secretario,

 

 

                                                                    ____________________________

                                                                     MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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