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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 20
Miércoles, 08 de febrero de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Recurso de Casación 12-1533
El abogado DANNY PAÚL ORTIZ RODRÍGUEZ, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MARY CARMEN CONIGLIONE DRAGOTTO contra TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-017
La abogada SUHAIL ANAYANTZY HERNÁNDEZ ALVARADO, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ZULMARY DEL CARMEN BALLESTER COLINA contra ZOLEIDA SOFIA OBISPO ARMAS y OTRAS. Ponente: Dr.
Exp. N° 17-103
Los abogados CARMELO JOSÉ DÍAZ CABRAL y CARMELO ENRIQUE DÍAZ ESCOBAR, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ANTONIO COLMENARES PÉREZ contra VÍCTOR RICARDO SANTANA. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 16-522
La abogada BEATRIZ ROJAS MORENO, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue ATEMÓGENES ENRIQUE RINCÓN contra C.A. CERVECERÍA REGIONAL. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° S/N
La abogada PEGGY ARIADNA SIMOZA PACHECO, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue TRANSPORTE COMAZUCAR, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, (INPSASEL). Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 12-1044
El abogado FÉLIX I. SÁNCHEZ PADILLA, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ contra JHONNY ALEXANDER CAMPOS ACOSTA y OTROS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Laboral 15-956
El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE TÁCHIRA, MUNICIPIO PÁEZ Y MUÑOZ DEL ESTADO APURE. CASO: LUIS LEONARDO ORTÍZ RANGEL. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Apelación Laboral 15-501
El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: OLGA JOSEFINA MENDOZA VELÁSQUEZ. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-745
El abogado GUILLERMO PLAZA PACHECO, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue LUCA VICENZO SALVADORES BESUSSO contra BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A. (BOD). Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° 17-135
La abogada TAHIDEE GUEVARA GUEVARA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MANUEL ORANGE MUJICA contra CONSTRUCTORA VIALPA, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° 17-093
El abogado JOSÉ ANTONIO GRATEROL DIEPA, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue SERVICIOS VENEZOLANOS COSTA AFUERA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, (INPSASEL). Ponente: Dr.
Exp. N° Apelación Laboral 15-944
El abogado HÉCTOR CARDOZE , presentó diligencia solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue DEUTSCHE LUFTHANSA AKTIEGESSELSCHAFT contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: CORREIA MARTIN DAVIDE. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
AUTOS PUBLICADOS
Exp.
N° 16-292
Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y
contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue Francisco
Rodríguez Jiménez contra C.N.P.C. Services Venezuela LTD, prevista
para el día jueves nueve (9) de marzo del año dos mil diecisiete (2017).
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-695
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria
correspondiente a este recurso para el día jueves nueve (9) de marzo del año
dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana
(9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-812
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria
correspondiente a este recurso para el día jueves treinta (30) de marzo del
año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta minutos de la tarde
(12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-655
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria
correspondiente a este recurso para el día jueves veinte (20) de abril del
año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana
(11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-739
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria
correspondiente a este recurso para el día martes veinticinco (25) de abril
del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez minutos de la
mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 16-772
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria
correspondiente a este recurso para el día martes veinticinco (25) de abril
del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una y treinta minutos de la
tarde (1:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 12-414
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la
audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el
día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017).
Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese,
publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-968
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la
audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el
día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017).
Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese,
publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-754
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la
audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el
día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017).
Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese,
publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-974
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la
audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el
día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017).
Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese,
publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-1070
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la
audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el
día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017).
Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese
al expediente.
Exp.
N° 13-1563
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la
audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el
día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017).
Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese,
publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 12-1569
Esta Sala Especial Cuarta de Casación Social acuerda diferir la
audiencia pública y contradictoria correspondiente al presente recurso, para el
día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017).
Hora: una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.). Regístrese,
publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 15-540
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-540
Al
ciudadano JORGE ELIECER PULIDO RIVERA, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Sector Catedral, Centro de
PROFESIONALES Abogados carrera 4, N-4-50, de la parroquia San Sebastián del
Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, teléfonos 0416.116.16.25 /
0414.719.41.11, que esta Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido
en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia
con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp.
N° 15-540
A la
sociedad mercantil EXPRESOS MÉRIDA C.A, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Prolongación de la 5ta Avenida,
N- 7-209, Edificio Expresos Mérida, frente al cuartel Negro Primero, Parroquia
La Concordia, San Cristóbal del Estado Táchira, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-540
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Táchira.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano JORGE ELIECER
PULIDO RIVERA y la Sociedad Mercantil EXPRESOS MÉRIDA C.A y que
una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Sector Catedral, Centro
de PROFESIONALES Abogados carrera 4, N-4-50, de la parroquia San Sebastián del
Municipio San Cristóbal del Estado Táchira
- Prolongación de la 5ta Avenida, N- 7-209, Edificio Expresos
Mérida, frente al cuartel Negro Primero, Parroquia La Concordia, San Cristóbal
del Estado Táchira.
Cumplida como haya sido la presente comisión,
se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor
brevedad posible.
Exp.
N° 15-483
Esta Sala de Casación Social con ocasión del error material en el cual
incurre la Secretaría de la Sala en el ingreso de los expedientes en el Sistema
Tepuy, al inadvertir las especificaciones detalladas por el Juzgado Superior
Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan
de Los Morros, contenidas en el oficio de remisión N°
JSAG-608-2016 de fecha 19 de octubre de 2016, (vid. ff. 109
pieza anexa 2/2); en consecuencia, ordena la incorporación de las piezas anexas
que le fueron asignadas el alfanumérico AA60-S-2016-000954, nomenclatura
de esta Sala, conformadas por dos (2) cuerpos: el primero de trescientos (300)
folios útiles y el segundo de ciento cuarenta (140) folios útiles, al
expediente AA60-S-2015-000483, toda vez que son parte integrante del
mismo. Como corolario de lo anteriormente ordenado, mediante auto separado
deberá quedar constancia del cierre informático del expediente AA60-S-2016-000954.
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp.
N° 13-605
A la
sociedad mercantil LA MALAGUEÑA, C.A. en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Lote de Terreno Los Bajos y San Luis,
Sector Los Bajos, Parroquia Donaldo García, municipio Rosario de Perijá
del estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo
de Justicia, mediante sentencia número 1212, del veintinueve (29) de noviembre
del año 2016, declaró: “ EL DECAMIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación
interpuesto por... la Sociedad Mercantil la Malagueña, C.A.”. Notificación
que se hace a los fines legales pertinentes.
Exp.
N° 13-605
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia y
con competencia en el estado Falcón, con sede en la ciudad de Maracaibo.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil LA
MALAGUEÑA, C.A. que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia,
mediante sentencia número 1212, del veintinueve (29) de noviembre del año 2016,
declaró: “ EL DECAMIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación interpuesto
por... la Sociedad Mercantil la Malagueña, C.A.”..
Dicha
notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Lote de Terreno Los
Bajos y San Luis, Sector
Los Bajos, Parroquia Donaldo García, municipio Rosario de Perijá del estado
Zulia.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Auto que ordena certificar el
cómputo del lapso para fundamentar la apelación, de acuerdo con el artículo 92
de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en los
siguientes casos:
AA60-S-2016-832
AA60-S-2016-833
AA60-S-2016-847
AA60-S-2016-848
AA60-S-2016-876
AA60-S-2016-877
AA60-S-2016-883
AA60-S-2016-972
AA60-S-2016-1003
AA60-S-2016-1024
Vencido como
se encuentra el lapso previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, las siguientes causas pasan a estado
de sentencia.
AA60-S-2016-0785
AA60-S-2016-0791
AA60-S-2016-0839
AA60-S-2016-0840
AA60-S-2016-0914
AA60-S-2016-0929
AA60-S-2016-0935
AA60-S-2016-0945
AA60-S-2016-0987
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
041 |
16-068 |
Recurso de
Casación |
Luisa Virneida Taita y
otra contra Gerencia 2000, C.A. |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la representación
judicial de la sociedad mercantil GERENCIA 2000, C.A., contra la sentencia
proferida el 23 de noviembre de 2015, por el Juzgado Superior Primero en lo
Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas; y SEGUNDO:
CONFIRMA el fallo recurrido. |
042 |
16-293 |
Recurso contencioso administrativo |
Pepsi-Cola Venezuela,
C.A. contra Acto Administrativo N° 0236-2012, de fecha 15/08/2012, emanado de
la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Capital y Vargas, adscrita
al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)
caso: Johan José Catamo Santaella |
Edgar Gavidia Rodríguez |
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el tercero interesado
ciudadano JOHAN JOSÉ CATAMO SANTAELLA, contra la decisión proferida por el Juzgado
Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas el 8 de julio de 2015, que declaró con lugar la
demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil Pepsi-Cola Venezuela,
C.A., contra el acto administrativo signado 0236-2012, proferido por la
DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS, actualmente
GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS,
órgano desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD
LABORALES (INPSASEL). SEGUNDO: PROCEDE
la consulta de la sentencia antes descrita. Conociendo en consulta del fallo.
TERCERO: Se CONFIRMA lo decidido
por el a quo sobre la prescindencia total y absoluta del procedimiento. CUARTO: Se REVOCA lo declarado por el
Tribunal de la causa relativo al vicio de falso supuesto. QUINTO: SIN LUGAR la demanda de
nulidad incoada por la sociedad mercantil PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A., contra
el acto administrativo signado 0236-2012, proferido por la DIRECCIÓN ESTADAL
DE SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS, actualmente GERENCIA ESTADAL
DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES CAPITAL Y VARGAS, órgano
desconcentrado del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD
LABORALES (INPSASEL). SEXTO: FIRME
el acto administrativo contenido en la certificación de enfermedad
ocupacional número 0236-2012, del 15 de agosto de 2012, dictada por la
descrita Dirección Estadal. |
DESPACHO
Exp. Nº14-1657: Oficio participando comisión para notificar Nº183
Exp. Nº12-1501: Oficio participando comisión para notificar Nº184
Exp. Nº15-0661: Oficio participando comisión para notificar Nº185
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
|
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