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Sala de Casación Social
  • Fecha: 09 de enero de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 1

 

En fecha 09 de enero de 2017, se abre el Centésimo Vigésimo Sexto (126) Tomo del Libro Diario de foliatura continua, el cual se inicia en el folio 1.

 

 

Domingo, 01 de enero del 2017 al domingo, 08 de enero de 2017.

Vacaciones

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

 

Lunes, 09 de enero de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado RAFAEL ANTONIO FUGUET ALBA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ELSA LÓPEZ contra PROVEEDORES DE LICORES, PROLICOR, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado PATRIZIO RICCI, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ALEJANDRA BESTEIRO y OTRA contra MARÍA DULCE DAS FONTES DO VALE y OTRO. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-1023

 

El abogado JOSÉ ANTONIO GRATEROL DIEPA, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LUIS SALCEDO BELISARIO contra CERVECERÍA POLAR, C.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-452

 

La abogada MALVELIS ESPEJO, presentó escrito solicitando copia certificada de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue GERARDO RAFAEL LUNA LUNA contra CANER INDUSTRIAL, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-1025

 

El abogado JOSÉ BERNARDO GUEVARA PULGAR, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue NEHOMAR EMILIO RODRÍGUEZ MOLINA contra COMPLEJO INDUSTRIAL LICORERO DEL CENTRO, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Control de la Legalidad       16-891

 

El abogado CARLOS ALFREDO CALMA CANACHE, presentó escrito solicitando se declare inadmisible el recurso, para ser agregado al juicio que sigue CRUZ RAMÓN MANZANO ROO contra GAMAS TELAS SABANA GRANDE, C.A. y OTRAS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-1000

 

El abogado HÉCTOR RAMIRO RODRÍGUEZ TERRAZA, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue EFRAÍN DANILO MORENO GASTRIEL contra VTE TELECOMUNICACIONES, C.A. y OTRA. TERCERO INTERVINIENTE: BROADBAND SISTEMAS 2000, C.A. y XIMA NETWORK  LTD, C.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  S/N

 

La abogada CLAUDIA ALIMENTI, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue GUILLERMINA HÉRCULES contra LABORATORIOS VARGAS, S.A. Ponente: Dr.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N°  16-210

 

Según oficio N° FTSJ-02-298-2016 de fecha 22-12-16 emanado del Ministerio Público Fiscalía Segundo (2°) del Área Metropolitana de Caracas. Consta de un (1) folio útil (mediante comunicación N° DGAJ-6-820-329-2016, de fecha 21-12-16 Dirección General de Apoyo Jurídico del Despacho de la Ciudadana Fiscal General de la República, fue comisionado para que ejerza en representación del Ministerio Público), para ser agregado al juicio que sigue CLAUDIA PECCHIO VINCENTI. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  16-001

 

Según oficio N° FTSJ-02-299-2016 de fecha 22-12-16 emanado del Ministerio Público Fiscalía Segundo (2°) del Área Metropolitana de Caracas. Consta de un (1) folio útil, (mediante comunicación N° DGAJ-04-813-331-2016, de fecha 21-12-16, Dirección General de Apoyo Jurídico del Despacho de la Ciudadana Fiscal General de la República, fue comisionado para que ejerza en representación del Ministerio Público). para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ LUIS GASCUE GONZÁLEZ. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  16-516

 

Según oficio N° FTSJ-5-2017-0007 de fecha 03-01-17 emanado del Ministerio Público Fiscalía Quinta (5°) del Área Metropolitana de Caracas. Consta de un (1) folio útil, (La Oficina Fiscal fue Comisionada mediante oficio N° DGAJ-04-816-334-2016, de fecha 21-12-16, relacionada con la solicitud de Exequátur), para ser agregado al juicio que sigue ANTONIETA DI BARI MARTINELLI Y LUIS ALEJANDRO VEIGA PÉREZ. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  12-1437

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  12-1437

 

A la sociedad mercantil ATRIUM PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES C.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Paseo Caroní, Galpón N° 3, Unare II, Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  12-1437

 

A la sociedad mercantil DOLMEM PROYECTOS Y CONSTRUCCIÓN C.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Centro Comercial Cristal, Piso N° 2, Oficina 211, Alta Vista, Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  12-1437

 

A los ciudadanos JAVIER MEDÍNA, CRISTÓBAL PERDOMO, JESÚS GASCON, ISAÍAS MARCANO, JESÚS ZAMBRANO, MANUEL GILBERTO MEDÍNA, CARLOS VIERA, JOSÉ DELGADO, RAMÓN GONSÁLEZ, MANUEL MEDÍNA, MANE VILLARROEL Y ANGEL RODRÍGUEZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización Lomas del Caroní Manzana 24 Casa N° 16, Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar,  teléfono 0414.871.25.26, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  12-1437

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a los ciudadanos JAVIER MEDÍNA, CRISTÓBAL PERDOMO, JESÚS GASCON, ISAÍAS MARCANO, JESÚS ZAMBRANO, MANUEL GILBERTO MEDÍNA, CARLOS VIERA, JOSÉ DELGADO, RAMÓN GONSÁLEZ, MANUEL MEDÍNA, MANE VILLARROEL Y ANGEL RODRÍGUEZ y a las sociedades mercantiles ATRIUM PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES C.A y DOLMEM PROYECTOS Y CONSTRUCCIÓN C.A, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

            Dicha notificación deberá realizarse en las siguientes direcciones:

-     Urbanización Lomas del Caroní Manzana 24 Casa N° 16, Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar.

-  Avenida Paseo Caroní, Galpón N° 3, Unare II, Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar

-  Centro Comercial Cristal, Piso N° 2, Oficina 211, Alta Vista, Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-317

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes siete (7) de marzo del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-183

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintitrés (23) de marzo del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-507

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintitrés (23) de marzo del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-599

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves treinta (30) de marzo del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-550

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-550

 

Al ciudadano WILLIANS OSMAR ARAGÓN PÁEZ, PIERRE MARCEL VEGAS MARTÍNEZ, JESSICA MARÍA GARCÍA BASANTA, YOVANNY JOSÉ RIVAS TORRES, AQUILES JOSÉ GARCÍA CEDEÑO, HUMBERTO ANTONIO MÁRQUEZ MENDOZA, HENRY ROBLES YUNEZ, RAFAEL EDUARDO TORRES MORILLO, KAROLYN COROMOTO RANGEL DE GUTIERREZ, RAFAEL REPILLOZA ESPINOZA, DENYS RUBÉN ALAYON FUENTES, DAVILA PAREDES FRANKLIN JOSÉ, WILLIAM JOSÉ SANTOS HERNÁNDEZ, ENRIQUE ELEUTERIO ZABALETA ARCIA, RAFAEL JOSÉ MEJÍA JOZANO, WENDY DAYANA COLMENARES PÉREZ, AGUSTÍN EDUARDO ABREU, YINMI SIMÓN CONTRERAS RAMÍREZ, JAVIER ARMANDO VIVAS COLMENARES Y DEISY CAROLINA SOSA UZCATEGUI, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Santa Capilla a Mijares, Edificio Insbanca, Piso 6, Oficina 67, Parroquia Catedral, Caracas, Telefono: 0416.829.27.46, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-550

 

A la sociedad mercantil HOTEL TAMANACO C.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Final de la Avenida Principal de Las Mercedes, Las Mercedes, Municipio Baruta, Estado Miranda, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  16-510

 

Visto el oficio N° RC31OFO2016000049, del doce (12) de agosto de 2016, emanado del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, recibido el veinte (20) de septiembre de 2016, mediante el cual remite las resultas de notificación de la parte actora, ordenada mediante sentencia número 0467, del diez (10) de mayo del año 2016, que declaró Con Lugar el recurso de hecho interpuesto, siendo infructuosa la notificación del demandante; por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional en sentencia n° 2314 el 18 de diciembre de 2007, una vez que conste en autos la notificación ordenada comenzará a transcurrir el lapso para la formalización del recurso de casación anunciado, en los términos previstos en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  16-510

 

Al ciudadano DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, dictó sentencia número 0467, del diez (10) de mayo del año 2016, mediante la cual declaró Con Lugar el recurso de hecho interpuesto, ordenando su notificación de conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional en sentencia n° 2314 el 18 de diciembre de 2007, para que una vez que conste en autos la misma comenzará a transcurrir el lapso para la formalización del recurso de casación anunciado, en los términos previstos en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  15-1051

 

Visto el oficio N° RC31OFO2016000048, del doce (12) de agosto de 2016, emanado del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, recibido el veinte (20) de septiembre de 2016, mediante el cual remite las resultas de notificación de la parte actora, ordenada mediante sentencia número 0645, del cuatro (4) de agosto del año 2016, que declaró Con Lugar el recurso de hecho interpuesto, siendo infructuosa la notificación del demandante; por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano EULISES AQUILES ALFONZO, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional en sentencia n° 2314 el 18 de diciembre de 2007, una vez que conste en autos la notificación ordenada comenzará a transcurrir el lapso para la formalización del recurso de casación anunciado, en los términos previstos en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  15-1051

 

Al ciudadano EULISES AQUILES ALFONZO, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, dictó sentencia número 0645, del cuatro (4) de agosto del año 2016, mediante la cual declaró Con Lugar el recurso de hecho interpuesto, ordenando su notificación de conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional en sentencia n° 2314 el 18 de diciembre de 2007, para que una vez que conste en autos la misma comenzará a transcurrir el lapso para la formalización del recurso de casación anunciado, en los términos previstos en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el siguiente expediente:

AA60-S-2015-001129.-

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

_________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                    El Secretario

 

 

                                                                      ____________________________

                                                                       MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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