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Sala de Casación Social
  • Fecha: 09 de marzo de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 40

 

Jueves, 09 de marzo de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N° S/N

 

El abogado CARLOS ALBERTO CUENCA FIGUEREDO, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue NORIS BEATRIZ RÍOS QUINTERO y OTRAS contra EDITH TERESA RAMÍREZ SANTANDER y OTROS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° Apelación Laboral             16-212

 

La abogada VALENTINA CRISTINA PEDROSO URBANEJA, presentó diligencia solicitando copia certificada de la decisión, para ser agregado al juicio que sigue BAYER, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, (INPSASEL). TERCERO INTERESADO: DINORAH MISAELA MANZANILLO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-190

 

La abogada DEISY MUÑOZ, presentó diligencia desistiendo del recurso, para ser agregado al juicio que sigue OSWALDO RAFAEL ROJAS LAREZ contra DOMINGUEZ & CIA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-443

 

La ciudadana DUILIA DEL CARMEN DÍAZ RANGEL, asistida por el abogado ANDRÉS MARCANO, presentaron diligencia solicitando copia simple del expediente, para ser agregado al juicio que sigue DUILIA DEL CARMEN DÍAZ RANGEL contra CENTRO CLÍNICO VARGAS, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N° Apelación Laboral             16-861

 

El abogado ULISES WATEYMA, presentó diligencia ratificando la fundamentación, para ser agregado al juicio que sigue C.A. LABORATORIOS ASOCIADOS, (CALA) contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE ARAGUA. CASO: HENRY EDUARDO GRONOVELEDT LÓPEZ. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° Apelación Laboral             16-935

 

El abogado ULISES WATEYMA, presentó diligencia ratificando la fundamentación, para ser agregado al juicio que sigue C.A. LABORATORIOS ASOCIADOS, (CALA) contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE ARAGUA. TERCERO INTERESADO: AURIA JOSEFINA GONZÁLEZ ÁVILA. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-1417

 

El abogado CARLOS MOSQUERA ABELAIRAS, presentó diligencia solicitando se declare la extinción de la instancia, para ser agregado al juicio que sigue PASCUALE CASCHETTA DILEONARDO contra SUPER ESTACIÓN DE SERVICIOS NUEVO PRADO, C.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N° Apelación Laboral             16-630

 

El abogado AHMED RIVERA, presentó diligencia dándose por notificado y solicitando dos (2) juegos de copias certificadas de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue PRODUCTOS EFE, S.A. contra INSTITUTO DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA "DELEGACIÓN DE PREVENCIÓN JESÚS BRAVO". TERCERO INTERESADO: MARIO DANIEL PÉREZ PIRE. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N° 16-117

 

Se deja constancia que en fecha nueve (09) de marzo del año 2017 se recibió Oficio N°0294/2016 de fecha diecinueve (19) de julio del año 2016, emanado del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Constante de un (1) folio útil, con anexos de veintiuno (21) folios útiles. (Se remite copia certificada, procedente de la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores del estado Aragua, con oficio N° 0056/2016 de fecha 12-07-2016), para ser agregado al juicio que sigue VASOS VENEZOLANOS, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE ARAGUA. CASO: CÉSAR EUGENIO PADILLA MEDINA. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N° 16-843

 

Se deja constancia que en fecha nueve (09) de marzo del año 2017 se recibió Oficio N° 0475/2016 de fecha quince (15) de noviembre del año 2016, emanado del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Constante de un (1) folio útil, con anexos de dos (02) folios útiles. (Se remite anexos de Boleta de Notificación dirigida a la ciudadana Rebeca Nohemí Jiménez Zamora de fecha 15-06-2016) para ser agregado al juicio que sigue REBECA NOHEMÍ JIMÉNEZ ZAMORA contra PROFESIONALES DE SERVICIOS EN LIMPIEZA (PROSERLIM, C.A.). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° 16-973

 

Se deja constancia que en fecha nueve (09) de marzo del año 2017 se recibió Oficio N° 0474/2016 de fecha quince (15) de noviembre del año 2016, emanado del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Constante de un (1) folio útil, con anexos de trece (13) folios útiles. (Se remite anexos de resulta del exhorto que fueron conferido por este Juzgado en fecha 14-07-16 relacionado con la notificación de la parte demandada Banco Occidental de Descuento) para ser agregado al juicio que sigue RAMÓN DUQUE OCHOA contra BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N° 17-172

 

Se deja constancia que en fecha nueve (09) de marzo del año 2017 se recibió Oficio N° J2S-CJLPF-2017-100 de fecha ocho (08) de marzo del año 2017, emanado del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Constante de un (1) folio útil, (consignando cómputo) para ser agregado al juicio que sigue VÍCTOR JOSÉ GARCÍA GONZÁLEZ contra HAFRAN SERVICIOS MÚLTIPLES, C.A. y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

 ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES, NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-433

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ. Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha veintinueve (29) de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano JESÚS ENRIQUE VALERA contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES SERCA, C.A. y el ciudadano RAÚL GONZÁLEZ ROMERO. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Héctor León Escalona González, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 94.815, en representación de la demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente la abogada Carmen Sánchez González, formalmente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 9.665, en representación de la parte demandada. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la representante judicial de la parte demandada, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte demandante recurrente. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES, NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-695

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ. Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha catorce (14) de marzo de 2016, proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, en el juicio que por COBRO DE INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL y DAÑO MORAL, sigue el ciudadano HONORIO SEGUNDO CONTRERAS contra la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE) hoy CORPOELEC. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Amilcar Javier Antequera Lugo, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 103.204, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente la abogada Roselyn de los Ángeles García Navas, formalmente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 89.768, en representación de la parte demandada. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la representante judicial de la parte demandada, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No hay condenatoria en costa. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES, NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-737

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ. Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha catorce (14) de julio de 2016, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con sede en San Felipe, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano NÉSTOR CLEMENTE AMARICUA contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA COMAZUCAR, C.A. y el ciudadano JUAN CARLOS GONZÁLEZ LORENZO. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Peggy Ariadna Simoza Pacheco, Ulises Jesús Wateyma Rosales y Dorihan José Camacho Camejo, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 48.879, 101.282 y 208.846, respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente la representación judicial de la parte demandante, el abogado Héctor León Escalona González, formalmente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 94.815. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, apoderado judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa el representante judicial de la parte demandante, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. En este sentido, el Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo interrogó a ambos abogados intervinientes en el debate, quienes respondieron oportunamente. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES, NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-186

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ. Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha primero (1°) de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana CARMEN MARÍA MELO DE YÁNEZ contra el INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO BOLÍVAR (ISPEB). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Richard Alejandro Rondón, formalmente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 160.023, en representación de la parte demandante. Se deja constancia de la incomparecencia de la representación judicial de la parte demandada. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES, NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-735

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a la audiencia el Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha quince (15) de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, en el juicio que por COBRO DE INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ACCIDENTE TRABAJO, DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE, sigue el ciudadano EDDY MANUEL ALDAMA CHIRINOS contra la sociedad mercantil HAFRAN SERVICIOS MÚLTIPLES C.A. y como terceros interesados la sociedad mercantil PDVSA PETROLEO, S.A. y el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Oswaldo José Moreno Méndez, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.563, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada y los terceros intervinientes no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionante recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES, NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 15-456

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ. Y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a la audiencia el Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha trece (13) de marzo de 2015, proferida por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana YOLIMAR CLARET CUELLAR SALAZAR contra las sociedades mercantiles SANITAS VENEZUELA, S.A. EMPRESA DE MEDICINA PREPAGADA y PLANSANITAS, S.A. EMPRESA DE MEDICINA PREPAGADA. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Héctor Roger Blanco Fombona, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 108.204, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se encuentra presente la representación judicial de la parte demandada, abogados Juan Carlos Pro Rísquez y Esther Cecilia Blondet Serfaty, formalmente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 41.184 y 70.731. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara CON LUGAR la demanda. 4) Se condena en costa. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, MARTES NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Control de la Legalidad Exp. N° 16-136 (LOPNNA)

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha catorce (14) de enero de 2016, dictada por el Juzgado Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en la Ciudad de Trujillo, en el juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue la ciudadana MAILY COROMOTO ANDARA ESPINOZA actuando en su carácter de representante legal de sus hijos cuyas identidades se omiten de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra el ciudadano VÍCTOR MANUEL OSUNA TORRES. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia de ambas partes o sus apoderados. Seguidamente, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación propuesto, de conformidad con el contenido del artículo 489-F de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 2) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, de conformidad con el contenido del artículo 489-G de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, JUEVES, NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-389

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ. Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

 Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha tres (03) de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana YALA GERTRUDI GUTIÉRREZ DE HERRERA contra la sociedad mercantil CENTRO MÉDICO LOIRA, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Ubencio José Martínez Lira, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.921, en representación de la demandada recurrente. Asimismo, no se encuentra presente la representación judicial de la parte demandante. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte demandante recurrente. 4) De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA DE JUICIO

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES NUEVE (9) DE MARZO DEL AÑO 2017.

Exp. N° 04-1682

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ. Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil temporal Sr. JOSÉ MANUEL DE ABREU. Constituida la Sala de Casación Social, en el Salón de Audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular los alegatos y defensas oralmente, con ocasión del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue el ciudadano OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra el DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C., MACLEOD DIXON L.L.P. y MACLEOD DIXON E.L.P. hoy DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT CANADA, L.L.P. y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P.  A continuación, el Secretario deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Omar Enrique García Bolívar, como parte demandante, quien actúa en nombre propio y representación, y sus apoderados abogados Emilio Enrique García Bolívar, Bladimir Alberto Álvarez González y Rebeca Leonor Santana Marciales, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.607, 86.971, 81.213 y 47.925, respectivamente. De igual forma, se encuentra presente la ciudadana Esther Cecilia Blondet Serfaty, titular de la cédula de identidad número 11.233.168, en su condición de socio de la codemandada Despacho de Abogados Miembros de Norton Rose Fulbright, S.C. Asimismo, comparecen los abogados Ramón Escovar León y Andrés Hernando Carrasquero Stolk, inscritos formalmente en el Inpreabogado con los números 10.594 y 95.070, en representación de la parte demandada. En este orden, se presenta a la audiencia de juicio la Fiscal Tercera del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia, abogada Carolina Segura Gualtero, con Inpreabogado número 46.936. Oídas previamente las exposiciones de las partes en la primera oportunidad de esta audiencia, de seguidas y conforme lo dispone el artículo 152 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se procede a la continuidad de evacuación de los medios de prueba promovidos por las partes, iniciando con las pruebas de la parte demandante, con las documentales en su orden, pruebas de informe, pruebas de exhibición, prueba Libre: Intérprete público e indagatoria al grupo económico y, posteriormente, las pruebas testimoniales, con la evacuación de los testigos promovidos. El Secretario informa sobre los medios de pruebas promovidos y admitidos tanto por el Juzgado de Sustanciación como por esta Sala, en esta oportunidad con el orden secuencial establecido de las pruebas documentales de la parte actora, a saber:  7.- Registro mercantil de la sociedad mercantil Bienvenue Group Limited, creada bajo las leyes de las Islas Vírgenes Británicas, e inscrita bajo el número 313983, debidamente legalizada y traducido al idioma castellano por intérprete público, marcada “2” (folios 9 al 19 del Cuaderno de Pruebas). Se le otorgó el derecho de palabra a ambas partes. En este sentido, intervino el abogado Omar Enrique García Bolívar parte demandante, y los abogados Ramón Escovar León y Andrés Hernando Carrasquero Stolk, en representación de la parte demandada. Concluida las intervenciones, el Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo formuló preguntas a todos los abogados participantes en el debate, quienes respondieron oportunamente. 8.- Recibo de transferencia bancaria a la cuenta de Bienvenue Group Limited de fecha 23 de junio de 2000, de la cuenta identificada Nº 1648411, por un monto de cinco mil sesenta y seis Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5.066,00), debidamente traducido al idioma castellano por intérprete público, marcada “3” (folios 20 al 22 del Cuaderno de Pruebas). Se le otorgó el derecho de palabra al abogado Omar Enrique García Bolívar, parte actora, al abogado Andrés Hernando Carrasquero Stolk y al abogado Ramón Escovar León, apoderados judiciales de la demandada, quienes impugnaron la prueba documental por emanar de un tercero. La parte actora, insistió en la prueba, invocando para ello el artículo 70 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, el Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo formuló preguntas a todos los abogados participantes en el debate, quienes respondieron oportunamente. 9.- Acuerdo de terminación de contratos de fecha 11 de julio de 2000, suscrito por Omar E. García-Bolívar, Bienvenue Group Ltd, Ven Tartan Ltd y Macleod Dixon E.L.P. debidamente traducido al idioma castellano por intérprete público, marcado “4” (folios 23 al 25 del Cuaderno de Pruebas). Se le otorgó el derecho de palabra al abogado Omar Enrique García Bolívar, parte actora, al abogado Andrés Hernando Carrasquero Stolk y al abogado Ramón Escovar León, apoderados judiciales de la demandada, quienes impugnaron la traducción al idioma inglés de la prueba documental, en consecuencia, solicitó la designación de tres (3) expertos, para realizar la traducción respectiva. La parte actora, insistió en la prueba. Posteriormente, el Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo formuló preguntas a todos los abogados participantes en el debate, quienes respondieron oportunamente. En este orden, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero formuló preguntas al abogado Andrés Hernando Carrasquero Stolk, solicitando indique qué partes del documento presenta errónea traducción, éste responde, que el “literal c” del referido documento y el párrafo que hace referencia erróneamente a “despido”. 10.- Ejemplar del periódico jurídico “Ámbito Jurídico”, de marzo de 2005, año VII. Nº 86, página 10, marcado “5” (folios 26 del Cuaderno de Pruebas). Se le otorgó el derecho de palabra a ambas partes. Se le otorgó el derecho de palabra al abogado Omar Enrique García Bolívar, parte actora, al abogado Andrés Hernando Carrasquero Stolk y al abogado Ramón Escovar León, apoderados judiciales de la demandada. De seguidas, el Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo formuló preguntas a los abogados Omar Enrique García Bolívar, y al abogado Andrés Hernando Carrasquero Stolk, quienes respondieron oportunamente. Seguidamente, la Presidenta de la Sala informa que los magistrados acordaron necesario prolongar la presente audiencia para el día miércoles veintidós (22) de marzo de 2017, Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), sin necesidad de notificación puesto que las partes se encuentran a derecho; a los efectos de la continuación de la evacuación y control de las pruebas. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

0145

16-683

Recurso de Casación

Oly Carolina Araujo López contra Distribuidora Multirústicos, C.A.

Mónica Misticchio Tortorella

1) HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de casación ejercido por la ciudadana OLY CAROLINA ARAUJO LÓPEZ contra la sentencia dictada en fecha once (11) de julio de 2016, emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, y 2) FIRME el fallo recurrido.

0146

16-699

Recurso de Casación

Jaime Antonio Viloria Vásquez contra Costa & Costa, C.A. (Fondo de Comercio Restaurant La Estancia) y otro

Mónica Misticchio Tortorella

1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la codemandada, COSTA & COSTA C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Séptimo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha veintisiete (27) de junio de 2016, y 2) FIRME el fallo recurrido.

0147

16-729

Recurso de Casación

Enrique Castro Castro contra Distribuidora Verocerámica, C.A.

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante ciudadano Enrique Castro Castro, contra la decisión de fecha 25 de julio de 2016, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques; SEGUNDO: se CONFIRMA la decisión recurrida.

0148

15-1327

Recurso de Casación

Rafael Antonio Agüero Rojas contra Supermercados Unicasa

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona, el 15 de octubre de 2015; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; y TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por accidente de trabajo, interpuesta por el ciudadano Rafael Antonio Agüero Rojas, contra la sociedad mercantil Supermercados Unicasa, C.A. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.

0149

15-0054

Recurso de Casación

Sucesión Yauca Cordero contra Agropecuaria La Catalda, C.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por el abogado José C. Colmenares CH., actuando como apoderado judicial de la parte demandante contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en fecha 24 de noviembre de 2014; SEGUNDO: SE REVOCA el auto de admisión proferido por el prenombrado tribunal en fecha 4 de diciembre de 2014.

0150

16-1019

Recurso de Hecho

José Ángel Bartoli Viloria contra Corvel Mercantil, C.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada, contra el auto dictado por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de noviembre del año 2016. SEGUNDO: CONFIRMA el auto recurrido.

0151

16-830

Regulación de Competencia

Metropolitan Distributors C.A. a favor de Lenin Díaz

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer y decidir la regulación oficiosa de la competencia en virtud del conflicto negativo planteado. SEGUNDO: Que CORRESPONDE al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, para conocer y decidir la oferta real de pago de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por la representación judicial de la sociedad mercantil METROPOLITAN DISTRIBUTORS, C.A., a favor del ciudadano LENIN DÍAZ.

0152

16-120

Recurso de Casación

Charium Mercy López Sílva contra Daniel José González Urdaneta

Edgar Gavidia Rodríguez

PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado y formalizado por la ciudadana CHARIUN MERCY LÓPEZ SILVA, contra la decisión emitida por el Tribunal Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 12 de enero de 2016. SEGUNDO: REVOCA el auto dictado por el referido tribunal de alzada, del 20 de enero de 2016, por medio del cual se admitió el presente recurso. No hay condenatoria en costas, dada la dispositiva de la presente decisión.

0153

15-1249

Recurso contencioso administrativo

Pepsi-Cola Venezuela, C.A. contra Acto Administrativo N° 0238-12, de fecha 11/07/2012, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) caso: José David Hernández Hernández

Edgar Gavidia Rodríguez

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la empresa PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 14 de agosto de 2015. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida, que declaró sin lugar la demanda de nulidad contra el acto administrativo n° 238-12 proferido en fecha 11 de julio de 2012, por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda, hoy Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Miranda, órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). TERCERO: FIRME el acto administrativo impugnado.

0154

16-851

Recurso de control de la legalidad

Wilmer Yohan Camacho González contra Representaciones 30801, C.A. y otro. Tercero Interesado: Enzo Romer Fiorini Queralez

Mónica Misticchio Tortorella

INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de las codemandadas, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, dictada el 6 de octubre de 2016, la cual queda FIRME.

0155

16-478

Recurso contencioso administrativo

Cervecería Polar, C.A. contra Acto Administrativo N° 0569-2013, de fecha 27-12-2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Guárico y Apure, adscrita al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). Caso: Juan Carlos Páez Herrera

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A., contra la sentencia de fecha 20 de octubre de 2015, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; SEGUNDO: se CONFIRMA el fallo apelado y TERCERO: queda FIRME el acto administrativo recurrido contenido en la Certificación N° 0569-13 de fecha 27 de diciembre de 2013, emanada de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES GUÁRICO Y APURE, hoy GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES (GERESAT), adscrita al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL).

0156

14-1460

Recurso de Casación

Ender José Infante Rodríguez contra Agropecuaria Krisma, C.A.

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por parte actora, contra la sentencia publicada en fecha 9 de abril de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; SEGUNDO: REVOCA el auto dictado por el referido juzgado, en fecha 30 de septiembre del mismo año, mediante el cual se admitió el referido recurso y; TERCERO: REVOCA la decisión de mera sustanciación o trámite dictada el 29 de febrero de 2016, signada con el N° 102.

0157

16-742

Recurso de Casación

Luis Miguel Briceño contra Bimbo de Venezuela C.A.

Mónica Misticchio Tortorella

HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano LUIS MIGUEL BRICEÑO y la sociedad mercantil BIMBO DE VENEZUELA, C.A., en fecha 9 de agosto de 2016, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

_________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                       El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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