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Sala de Casación Social
  • Fecha: 15 de febrero de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 25

 

Miércoles, 15 de febrero de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado IVÁN ALFONZO VENEGAS GUARÍN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, más poder, para ser agregado al juicio que ROMER ALBERTO RAMÍREZ SUÁREZ contra ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO LINEAS UNIDAS y OTRA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            16-369

 

El abogado JORGE GONZÁLEZ, presentó diligencia ratificando denuncia realizadas, solicitando corrección de foliatura y se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia, para ser agregado al juicio que EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL "BENEAGRO LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA". TERCERO INTERESADO: AVES BARQUISIMETO, C.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            16-369

 

El abogado JORGE GONZÁLEZ, presentó escrito solicitando la acumulación de expedientes, para ser agregado al juicio que EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL "BENEAGRO LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA". TERCERO INTERESADO: AVES BARQUISIMETO, C.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  17-148

 

El abogado GONZALO SALIMA HERNÁNDEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que NANCY MURO COLITTO DE FLORO contra MICHELE FLORO COSTANZO. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-730

 

El abogado DARÍO RAMÓN BRIZUELA, presentó diligencia dándose por notificado, para ser agregado al juicio que PABLO FRANCISCO LEÓN ARÉVALO contra ALMACENES FRIGORÍFICOS DEL CENTRO, C.A. (ALFRIO). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-921

 

El ciudadano NELSON AYALA TORRES, asistido por la abogada MARÍA EMILIA PEÑA DE AYALA, presentaron diligencia solicitando pronunciamiento y posterior remisión del expediente, para ser agregado al juicio que NELSON AYALA TORRES contra C.N.P.C SERVICES VENEZUELA LTD, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-821

 

La abogada JACQUELINE PALMA, presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que NIJAD HAMDAN GONZÁLEZ contra ALEJANDRO CÁRIBAS EN SU CONDICIÓN DE LIQUIDADOR DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (FONJUCV) y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-1795

 

La abogada EIRYS MATA MARCANO, presentó diligencia sustituyendo poder (apud-acta), para ser agregado al juicio que GERMÁN JOSÉ MEDINA contra CARACAS BASE BALL CLUB, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-454

 

La abogada EIRYS MATA MARCANO, presentó diligencia consignando poder, ratificando transacción celebrada, solicitando su homologación y posterior remisión del expediente, para ser agregado al juicio que FRANKLIN EMILIO MÉNDEZ BORRERO contra C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCS. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-1103

 

El ciudadano RODOLFO MÁRQUEZ SAAVEDRA, asistido por el abogado ALFONSO MÁRQUEZ SAAVEDRA, presentaron escrito solicitando medida cautelar innominada, para ser agregado al juicio que SUCESIÓN DE JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ CAÑIZALEZ, INTEGRADA POR JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ SAAVEDRA y OTROS contra UNIMIN DE VENEZUELA, SCS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-1313

 

El abogado RAFAEL GONZÁLEZ RIVAS, presentó escrito solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que RAFAEL ARTURO GONZÁLEZ contra IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y OTROS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                15-1185

 

La abogada ISABEL PÉREZ, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que EUCARIS DE JESÚS TOVAR GÓMEZ contra LABORATORIOS VARGAS, S.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-1103

 

El ciudadano RODOLFO MÁRQUEZ SAAVEDRA, asistido por el abogado ALFONSO MÁRQUEZ SAAVEDRA, presentaron diligencia solicitando celeridad procesal, para ser agregado al juicio que SUCESIÓN DE JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ CAÑIZALEZ, INTEGRADA POR JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ SAAVEDRA y OTROS contra UNIMIN DE VENEZUELA, SCS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  13-857

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala Especial Quinta de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue la ciudadana Gloria Margarita Camacho contra la sociedad mercantil Transporte Taguapire, C.A., para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-1716

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala Especial Quinta de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue el ciudadano Rubén Camilo Pazos Ebusquiza contra la sociedad mercantil Asados Carabobo, C.A., para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una de la tarde (1:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  14-853

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala Especial Quinta de Casación Social acuerda fijar  la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue el ciudadano Pedro Balbino Flores contra la sociedad mercantil Industrias Oregón, S.A., para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos de la tarde (2:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-214

 

Por cuanto en sentencia Nº 1090, publicada el 28 de octubre de 2016, en el expediente Nº 16-0214, conocido por esta Sala en virtud del control de la legalidad que sigue el ciudadano el ciudadano CARLOS ARMANDO RIVERA DURÁN, contra la sociedad mercantil TOYOTA DE VENEZUELA, C.A., se incurrió en error material en su página número: tres (3), se corrige en los términos siguientes: donde dice: “Publíquese, regístrese y continúese la sustanciación del recurso de casación”, debe decir y leerse: “Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas”.

 

Queda de esta manera subsanado el error en referencia.

 

 

Exp. N°  15-444

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-444

 

A la Sociedad Mercantil RUSCINO DÍAZ, C.A (RUDICA), o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Intercomunal, Sector Caño La O, diagonal al Hotel La Orquídea, Galpón RUDICA, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-444

 

Al Ciudadano CARLOS JAVIER VALECILLOS VERBEL, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Carretera la L con avenida N° 34, Sector Simón Bolívar, calle 5- E (Sucre), con callejos Democracia, casa s/n, al lado del Joes Bohíos, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, Teléfono: 0414-191-6905, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-444

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia sede Cabimas. 

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al Ciudadano CARLOS JAVIER VALECILLOS VERBEL, asimismo a la Sociedad Mercantil RUSCINO DÍAZ, C.A (RUDICA), que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

- Carretera la L con avenida N° 34, Sector Simón Bolívar, calle 5- E (Sucre), con callejos Democracia, casa s/n, al lado del Joes Bohíos, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, Teléfono: 0414-191-6905.

- Avenida Intercomunal, Sector Caño La O, diagonal al Hotel La Orquídea, Galpón RUDICA, Municipio Lagunillas del Estado Zulia.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-749

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-749

 

A la Sociedad Mercantil CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL hoy BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 20, esquina Avenida Vargas, Torre CORP BANCA, BANCO UNIVERSAL, Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara , que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-749

 

A la Ciudadana BEATRIZ MILAGRO OCANTO, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Carrera 18 entre Calles 23 y 24, Edificio Cavendes Piso 5, Oficina 5-2, Barquisimeto, Estado Lara, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-749

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara sede Barquisimeto.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la Ciudadana BEATRIZ MILAGRO OCANTO, asimismo a la Sociedad Mercantil CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL hoy BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

- Carrera 18 entre Calles 23 y 24, Edificio Cavendes Piso 5, Oficina 5-2, Barquisimeto, Estado Lara.

- Avenida 20, esquina Avenida Vargas, Torre CORP BANCA BANCO UNIVERSAL, Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-124

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-124

 

A la Sociedad Mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A hoy MARITIME CONTRACTORS DE VENEZUELA, S.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Intercomunal Sector Las Morochas, vía Muelle PDVSA. Edificio Maersk Drilling, Ciudad Ojeda Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-124

 

Al Ciudadano ANTONIO JOSÉ RINCÓN VELÁSQUEZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 16, entre Calles 83 y 84, Numero 83-68, Sector Delicias, Maracaibo, Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-124

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia sede Cabimas.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano ANTONIO JOSÉ RINCÓN VELÁSQUEZ, asimismo a la Sociedad Mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A hoy MARITIME CONTRACTORS DE VENEZUELA, S.A,  que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

- Avenida 16, entre Calles 83 y 84, Numero 83-68, Sector Delicias, Maracaibo, Estado Zulia.

- Avenida Intercomunal Sector Las Morochas, vía Muelle PDVSA. Edificio Maersk Drilling, Ciudad Ojeda Estado Zulia.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-775

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-775

 

A la ciudadana DALCY MARÍA ARRIETA DE ATENCIO, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Oficina de Abogados Asesores, calle 10 con avenida 5, N° 5-112, Municipio San Francisco del Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-775

 

A la sociedad mercantil AGROPECUARIA NIVAR C.A (AGRONIVAR), o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 4 (bella vista) con calle 84, Edificio Unión, piso 1, oficina 2-1, Maracaibo Estado Zulia, teléfono: 0414.632.79.13, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-775

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sede Maracaibo.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana DALCY MARÍA ARRIETA DE ATENCIO y a la sociedad mercantil AGROPECUARIA NIVAR C.A (AGRONIVAR) y que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Oficina de Abogados Asesores, calle 10 con avenida 5, N° 5-112, Municipio San Francisco del Estado Zulia.

-  Avenida 4 (bella vista) con calle 84, Edificio Unión, piso 1, oficina 2-1, Maracaibo Estado Zulia

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-390

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-390

 

A la ciudadana GLORIA ESTELA PALACIO MIRA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle Jesús María Patiño con cruce calle Campos, edificio Centro Empresarial Santiago Mariño, piso 2, oficina 2-G, Porlamar Estado Nueva Esparta, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-390

 

A la sociedad mercantil CORPORACIÓN MARVE C.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Centro Comercial Sambil, local T-88, frente a la distribución de helados MCdonald’s, avenida Jovito Villalba, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, teléfonos: 0414.309.44.95, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-390

 

Al ciudadano RABIH EL HALABY, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Centro Comercial Sambil, local T-88, frente a la distribución de helados MCdonald’s, avenida Jovito Villalba, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, teléfonos: 0414.309.44.95, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-390

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

Al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Sede Margarita.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana GLORIA ESTELA PALACIO MIRA y a la sociedad mercantil CORPORACIÓN MARVE C.A así como al ciudadano RABIH EL HALABY y que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Calle Jesús María Patiño con cruce calle Campos, edificio Centro Empresarial Santiago Mariño, piso 2, oficina 2-G, Porlamar Estado Nueva Esparta

-  Centro Comercial Sambil, local T-88, frente a la distribución de helados MCdonald’s, avenida Jovito Villalba, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-712

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-712

 

A la Sociedad Mercantil ROYAL VACATIONS, C.A., o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle Los Uveros, antiguo Hotel Hilton hoy Hotel Macanao, Costa Azul, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-712

 

A la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE TURISMO, S.A. (VENETUR), o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle Los Uveros, antiguo Hotel Hilton hoy Hotel Macanao, Costa Azul, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-712

 

A la Ciudadana MARÍA NELLY VELASCO CHAVEZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle Malavé, entre Calles Jesús María Patiño y Cedeño, Edificio María Virginia, Local N° 2, Escritorio Jurídico González Salmen, Porlamar, Estado Nueva Esparta, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-712

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta sede la Asunción. 

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la Ciudadana MARÍA NELLY VELASCO CHAVEZ, asimismo a las Sociedades Mercantiles ROYAL VACATIONS, C.A., VENEZOLANA DE TURISMO, S.A. (VENETUR),  que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

- Calle Malavé, entre Calles Jesús María Patiño y Cedeño, Edificio María Virginia, Local N° 2, Escritorio Jurídico González Salmen, Porlamar, Estado Nueva Esparta.

- Calle Los Uveros, antiguo Hotel Hilton hoy Hotel Macanao, Costa Azul, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta.

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

DESPACHO

 

Exp. Nº16-0926: Oficio de Remisión Nº 240

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

_________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

                                                                   ____________________________

                                                                    MARCOS ENRIQUE PAREDES

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