![]() | ||
|
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 25
Miércoles, 15 de febrero de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° S/N
El abogado IVÁN ALFONZO VENEGAS GUARÍN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, más poder, para ser agregado al juicio que ROMER ALBERTO RAMÍREZ SUÁREZ contra ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO LINEAS UNIDAS y OTRA. Ponente: Dr.
Exp. N° Apelación Agraria 16-369
El abogado JORGE GONZÁLEZ, presentó diligencia ratificando denuncia realizadas, solicitando corrección de foliatura y se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia, para ser agregado al juicio que EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL "BENEAGRO LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA". TERCERO INTERESADO: AVES BARQUISIMETO, C.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Apelación Agraria 16-369
El abogado JORGE GONZÁLEZ, presentó escrito solicitando la acumulación de expedientes, para ser agregado al juicio que EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL "BENEAGRO LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA". TERCERO INTERESADO: AVES BARQUISIMETO, C.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° 17-148
El abogado GONZALO SALIMA HERNÁNDEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que NANCY MURO COLITTO DE FLORO contra MICHELE FLORO COSTANZO. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-730
El abogado DARÍO RAMÓN BRIZUELA, presentó diligencia dándose por notificado, para ser agregado al juicio que PABLO FRANCISCO LEÓN ARÉVALO contra ALMACENES FRIGORÍFICOS DEL CENTRO, C.A. (ALFRIO). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-921
El ciudadano NELSON AYALA TORRES, asistido por la abogada MARÍA EMILIA PEÑA DE AYALA, presentaron diligencia solicitando pronunciamiento y posterior remisión del expediente, para ser agregado al juicio que NELSON AYALA TORRES contra C.N.P.C SERVICES VENEZUELA LTD, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 16-821
La abogada JACQUELINE PALMA, presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que NIJAD HAMDAN GONZÁLEZ contra ALEJANDRO CÁRIBAS EN SU CONDICIÓN DE LIQUIDADOR DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (FONJUCV) y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 13-1795
La abogada EIRYS MATA MARCANO, presentó diligencia sustituyendo poder (apud-acta), para ser agregado al juicio que GERMÁN JOSÉ MEDINA contra CARACAS BASE BALL CLUB, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 12-454
La abogada EIRYS MATA MARCANO, presentó diligencia consignando poder, ratificando transacción celebrada, solicitando su homologación y posterior remisión del expediente, para ser agregado al juicio que FRANKLIN EMILIO MÉNDEZ BORRERO contra C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCS. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 13-1103
El ciudadano RODOLFO MÁRQUEZ SAAVEDRA, asistido por el abogado ALFONSO MÁRQUEZ SAAVEDRA, presentaron escrito solicitando medida cautelar innominada, para ser agregado al juicio que SUCESIÓN DE JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ CAÑIZALEZ, INTEGRADA POR JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ SAAVEDRA y OTROS contra UNIMIN DE VENEZUELA, SCS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1313
El abogado RAFAEL GONZÁLEZ RIVAS, presentó escrito solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que RAFAEL ARTURO GONZÁLEZ contra IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y OTROS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1185
La abogada ISABEL PÉREZ, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que EUCARIS DE JESÚS TOVAR GÓMEZ contra LABORATORIOS VARGAS, S.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 13-1103
El ciudadano RODOLFO MÁRQUEZ SAAVEDRA, asistido por el abogado ALFONSO MÁRQUEZ SAAVEDRA, presentaron diligencia solicitando celeridad procesal, para ser agregado al juicio que SUCESIÓN DE JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ CAÑIZALEZ, INTEGRADA POR JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ SAAVEDRA y OTROS contra UNIMIN DE VENEZUELA, SCS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 13-857
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala Especial Quinta de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue la ciudadana Gloria Margarita Camacho contra la sociedad mercantil Transporte Taguapire, C.A., para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 13-1716
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala Especial Quinta de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue el ciudadano Rubén Camilo Pazos Ebusquiza contra la sociedad mercantil Asados Carabobo, C.A., para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una de la tarde (1:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 14-853
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala Especial Quinta de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue el ciudadano Pedro Balbino Flores contra la sociedad mercantil Industrias Oregón, S.A., para el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos de la tarde (2:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 16-214
Por cuanto en sentencia Nº 1090, publicada el 28 de octubre de 2016, en el expediente Nº 16-0214, conocido por esta Sala en virtud del control de la legalidad que sigue el ciudadano el ciudadano CARLOS ARMANDO RIVERA DURÁN, contra la sociedad mercantil TOYOTA DE VENEZUELA, C.A., se incurrió en error material en su página número: tres (3), se corrige en los términos siguientes: donde dice: Publíquese, regístrese y continúese la sustanciación del recurso de casación, debe decir y leerse: Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Queda
de esta manera subsanado el error en referencia.
Exp.
N° 15-444
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-444
A la
Sociedad Mercantil RUSCINO DÍAZ, C.A (RUDICA), o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Intercomunal,
Sector Caño La O, diagonal al Hotel La Orquídea, Galpón RUDICA, Municipio
Lagunillas del Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal
sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia
de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp.
N° 15-444
Al
Ciudadano CARLOS JAVIER VALECILLOS VERBEL, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Carretera la L con avenida
N° 34, Sector Simón Bolívar, calle 5- E (Sucre), con callejos Democracia, casa
s/n, al lado del Joes Bohíos, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado
Zulia, Teléfono: 0414-191-6905, que esta Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal
sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-444
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Zulia sede Cabimas.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al Ciudadano CARLOS JAVIER VALECILLOS
VERBEL, asimismo a la Sociedad Mercantil RUSCINO DÍAZ, C.A (RUDICA), que
una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Carretera la L con avenida N° 34, Sector Simón Bolívar, calle 5-
E (Sucre), con callejos Democracia, casa s/n, al lado del Joes Bohíos, Ciudad
Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, Teléfono: 0414-191-6905.
- Avenida Intercomunal, Sector Caño La O, diagonal al Hotel La Orquídea,
Galpón RUDICA, Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 15-749
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-749
A la
Sociedad Mercantil CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL hoy BANCO
OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Avenida 20, esquina Avenida Vargas,
Torre CORP BANCA, BANCO UNIVERSAL, Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara ,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-749
A la
Ciudadana BEATRIZ MILAGRO OCANTO, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Carrera 18 entre Calles 23 y 24,
Edificio Cavendes Piso 5, Oficina 5-2, Barquisimeto, Estado Lara, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación
de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-749
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Lara sede Barquisimeto.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la Ciudadana BEATRIZ
MILAGRO OCANTO, asimismo a la Sociedad Mercantil CORP BANCA, C.A., BANCO
UNIVERSAL hoy BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), que una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Carrera 18 entre Calles 23 y 24, Edificio Cavendes Piso 5,
Oficina 5-2, Barquisimeto, Estado Lara.
- Avenida 20, esquina Avenida Vargas, Torre CORP BANCA BANCO
UNIVERSAL, Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 15-124
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-124
A la
Sociedad Mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A hoy MARITIME
CONTRACTORS DE VENEZUELA, S.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales,
con domicilio procesal: Avenida Intercomunal Sector Las Morochas, vía
Muelle PDVSA. Edificio Maersk Drilling, Ciudad Ojeda Estado Zulia, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-124
Al
Ciudadano ANTONIO JOSÉ RINCÓN VELÁSQUEZ, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 16, entre Calles
83 y 84, Numero 83-68, Sector Delicias, Maracaibo, Estado Zulia, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-124
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Zulia sede Cabimas.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano ANTONIO JOSÉ
RINCÓN VELÁSQUEZ, asimismo a la Sociedad Mercantil MAERSK CONTRACTORS
VENEZUELA, S.A hoy MARITIME CONTRACTORS DE VENEZUELA, S.A, que una vez transcurrido un término
de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última
notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Avenida 16, entre Calles 83 y 84, Numero 83-68, Sector Delicias,
Maracaibo, Estado Zulia.
- Avenida Intercomunal Sector Las Morochas, vía Muelle PDVSA.
Edificio Maersk Drilling, Ciudad Ojeda Estado Zulia.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 15-775
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-775
A la
ciudadana DALCY MARÍA ARRIETA DE ATENCIO, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Oficina de Abogados
Asesores, calle 10 con avenida 5, N° 5-112, Municipio San Francisco del Estado
Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente
notificado.
Exp.
N° 15-775
A la
sociedad mercantil AGROPECUARIA NIVAR C.A (AGRONIVAR), o en cualquiera
de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 4 (bella
vista) con calle 84, Edificio Unión, piso 1, oficina 2-1, Maracaibo Estado
Zulia, teléfono: 0414.632.79.13, que esta Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad
con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil,
en tal sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-775
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Zulia, Sede Maracaibo.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana DALCY MARÍA
ARRIETA DE ATENCIO y a la sociedad mercantil AGROPECUARIA NIVAR C.A
(AGRONIVAR) y que una vez transcurrido un término de diez (10)
días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las
partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para
la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Oficina de Abogados
Asesores, calle 10 con avenida 5, N° 5-112, Municipio San Francisco del Estado
Zulia.
- Avenida 4 (bella vista)
con calle 84, Edificio Unión, piso 1, oficina 2-1, Maracaibo Estado Zulia
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 15-390
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-390
A la
ciudadana GLORIA ESTELA PALACIO MIRA, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Calle Jesús María Patiño con cruce
calle Campos, edificio Centro Empresarial Santiago Mariño, piso 2, oficina 2-G,
Porlamar Estado Nueva Esparta, que esta Sala de Casación Social
del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal
sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-390
A la
sociedad mercantil CORPORACIÓN MARVE C.A, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Centro Comercial Sambil,
local T-88, frente a la distribución de helados MCdonald’s, avenida Jovito
Villalba, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, teléfonos: 0414.309.44.95,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-390
Al
ciudadano RABIH EL HALABY, o en cualquiera de sus apoderados judiciales,
con domicilio procesal: Centro Comercial Sambil, local T-88, frente a la
distribución de helados MCdonald’s, avenida Jovito Villalba, Municipio Maneiro
del Estado Nueva Esparta, teléfonos: 0414.309.44.95, que esta
Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola,
quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-390
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Nueva Esparta, Sede Margarita.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana GLORIA ESTELA
PALACIO MIRA y a la sociedad mercantil CORPORACIÓN MARVE C.A así
como al ciudadano RABIH EL HALABY y que una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Calle Jesús María Patiño
con cruce calle Campos, edificio Centro Empresarial Santiago Mariño, piso 2,
oficina 2-G, Porlamar Estado Nueva Esparta
- Centro Comercial Sambil,
local T-88, frente a la distribución de helados MCdonald’s, avenida Jovito
Villalba, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 15-712
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-712
A la
Sociedad Mercantil ROYAL VACATIONS, C.A., o en cualquiera de sus apoderados judiciales,
con domicilio procesal: Calle Los Uveros, antiguo Hotel Hilton hoy Hotel
Macanao, Costa Azul, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, que
esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-712
A la
Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE TURISMO, S.A. (VENETUR), o
en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle
Los Uveros, antiguo Hotel Hilton hoy Hotel Macanao, Costa Azul, Municipio
Mariño del Estado Nueva Esparta, que esta Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal
sentido, una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-712
A la
Ciudadana MARÍA NELLY VELASCO CHAVEZ, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Calle Malavé, entre Calles Jesús
María Patiño y Cedeño, Edificio María Virginia, Local N° 2, Escritorio Jurídico
González Salmen, Porlamar, Estado Nueva Esparta, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-712
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva
Esparta sede la Asunción.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la Ciudadana MARÍA NELLY
VELASCO CHAVEZ, asimismo a las Sociedades Mercantiles ROYAL
VACATIONS, C.A., VENEZOLANA DE TURISMO, S.A. (VENETUR), que una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo.
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Calle Malavé, entre Calles Jesús María Patiño y Cedeño, Edificio
María Virginia, Local N° 2, Escritorio Jurídico González Salmen, Porlamar,
Estado Nueva Esparta.
- Calle Los Uveros, antiguo Hotel Hilton hoy Hotel Macanao,
Costa Azul, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta.
Cumplida como haya sido la presente
comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a
la mayor brevedad posible.
DESPACHO
Exp. Nº16-0926: Oficio de Remisión Nº 240
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
_________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
|
Sitio
web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de
Justicia
Todos los Derechos Reservados