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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 190
Miércoles, 15 de noviembre de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Exequátur 17-813
El abogado EUCLIDES CUESTA PINZÓN, presentó escrito solicitando corrección de error material, para ser agregado al juicio que sigue MARLENI DEL VALLE LANDAETA. Ponente: Dr.
Exp. N° S/N
El abogado LUIS GERARDO ASCANIO ESTEVEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ANTONIO WILMER CUCCHIA contra HOSPOTAL CLÍNICO DE MÉRIDA, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 17-366
La abogada ARMINDA ÁLVAREZ, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue FRANCISCO ANTONIO LARA LARA contra PLANSANITAS, S.A. EMPRESA DE MEDICINA PREPAGADA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-374
El abogado FRANCISCO PEÑA, presentó escrito de solicitud de aclaratoria, para ser agregado al juicio que sigue MIREYA CRISTINA CAMBERO CORDERO contra JOSÉ FERNÁNDEZ DE MATOS REBOLLEDO. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-762
El abogado LUIS ALBERTO MEDINA, presentó escrito de argumentos a la formalización, para ser agregado al juicio que sigue LUZ MARINA TUAREZ GENDE contra BABY CHANTAL C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 17-448
La abogada MARIONZ AINAGAS PONCE, presentó diligencia solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue ISLA DE BARLOVENTO, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 16-996
El abogado ANTHONY GERARD PÉREZ, presentó diligencia solicitando copias certificadas de las actas de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MABEL DEL CARMEN MACÍAS RAMÍREZ EN NOMBRE PROPIO Y REPRESENTACIÓN DE SU HIJO J.I.S.M. contra JACINTO SÁNCHEZ MORA y OTRO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Control de la Legalidad 16-982
El abogado NOEL RAFAEL SANTAELLA, presentó diligencia consignando asociación de poder, para ser agregado al juicio que sigue YRIS DEL VALLE DURÁN contra ESTACIÓN DE SERVICIO CONTINENTAL, HR, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 11-1201
En concordancia con el artículo 8 de la
Resolución N° 2017-0001 de fecha 24 de febrero de 2017, dictada por la Sala
Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que modifica la Resolución N° 2016-0011
de fecha 15 de junio de 2016, se ordena pasar el expediente signado con el
alfanumérico N° AA60-S-2011-001201 a la Sala Natural. Anótese y
agréguese al expediente.
Exp. N° 11-1201
Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y
contradictoria, correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue
el ciudadano José Agustín Blanco Fernández y otros contra C.V.G.
Electrificación del Caroní, C.A., para el día martes primero (1°) de
febrero de 2018, a las doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese,
publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 17-0370
Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia pública y
contradictoria, correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue
la ciudadana Miriam Zulay Plaza de Méndez y otros contra
Banco Do Brasil, S.A., para el día martes tres (3) de abril de 2018, a las
doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 15-0727
Cumpliendo con lo ordenado en la sentencia N° 571 de fecha treinta (30) de junio de 2017, a
los fines de la notificación del SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO LOS
GUAYOS, ESTADO CARABOBO, líbrese el oficio correspondiente y comisiónese
suficientemente al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de
los estados Aragua y Carabobo, sede Maracay estado Aragua. Líbrese oficio y
despacho.
Exp. N° 15-0727
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juzgado
Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Aragua y
Carabobo.
Que esta Sala por
auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al
contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en
concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de
que notifique a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante
sentencia número 571, del treinta (30) de junio del año 2017, declaró: “PRIMERO:
PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad
mercantil PROMOTORA VALLE ENCANTADO C.A contra la sentencia de fecha 15
de julio de 2013 dictada por el Juzgado Superior Agrario de las
Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, en consecuencia
modifica la medida de protección agroalimentaria en la extensión
correspondiente al desarrollo urbanístico ubicado en el lote UNIFAMILIAR 10
(UF-10) de CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA METROS CON CINCUENTA
Y SIETE METROS CUADRADOS, (53.270,57M2), es decir (5ha con 3270 m2), en la
Urbanización Paraparal, IV etapa, jurisdicción del
Municipio Los Guayos, estado Carabobo, en los términos expresados en el
presente fallo. SEGUNDO: CONOCE DE OFICIO la apelación
interpuesta por la empresa CONSTRUCCIONES Y URBANIZADORA 14184098 (grupo
empresarial VIVIENDA SOLIDA) contra el auto de fecha 09 de diciembre de 2014
dictado por el Juzgado Superior Agrario de las Circunscripciones Judiciales de
los estados Aragua y Carabobo. TERCERO: REVOCA el auto apelado y
en consecuencia REDUCE la medida en una porción de SETENTA MIL
SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON TRES METROS CUADRADOS (70.745,03 M2) es decir
(7ha con 7450 m2) ubicados en el sector Paraparal,
Parroquia Los Guayos, Municipio Los Guayos, estado Carabobo, según linderos
establecidos en Decreto Presidencial 497 de fecha 15 de octubre de 2013,
publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.272.
CUARTO: MANTIENE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA sobre el
lote restante de CIENTO OCHENTA HECTAREAS CON OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS
METROS CUADRADOS (180ha con 8.142m2).”.
Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Carretera Nacional
Los Guayos-Valencia, Edificio Mencey. Los Guayos
Estado Carabobo.
Cumplida como haya
sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus
resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
Exp. N° 15-0956
Por cuanto en sentencia Nº 0952, publicada el 30 de octubre de 2017, en el expediente Nº 15-0956, conocido por esta Sala en virtud de la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 54, de fecha 10 de febrero del año 2017, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL, contra el acto administrativo contentivo de certificación N° 2013/0175 de fecha 22 de noviembre de 2013 emitida por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES TÁCHIRA Y MUNICIPIO PÁEZ Y MUÑOZ DEL ESTADO APURE “DRA. NANCY LOZANO” del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), se incurrió en error material en su página número: tres (3), se corrige en los términos siguientes: donde dice: “Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas a los fines de su remisión al Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira”, debe decir y leerse: “Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente. Remítase el expediente al Tribunal de origen”.
Queda
de esta manera subsanado el error en referencia.
DECISIONES DEL DÍA
Número |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
1009 |
17-458 |
Recurso de Casación |
Juan Juvencio Fermín Martínez contra
Inversiones G.S. Express, C.A., y otra. |
Jesús Manuel Jiménez Alfonzo |
PERECIDO el recurso de casación interpuesto
por la parte demandante. No se condena en costas a la parte demandante, de
conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo. |
1010 |
17-088 |
Recurso de Casación |
Carlos Enrique González Sánchez contra
Pesquera Mar Atlantic, C.A. |
Edgar Gavidia
Rodríguez |
1)
CON LUGAR el recurso
de casación interpuesto por la parte actora. 2) En consecuencia, ANULA parcialmente el fallo solo lo
correspondiente a las costas. 3)
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) Atendiendo lo dispuesto en el
artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo no hay condenatoria en
costas. |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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