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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 7
Martes, 17 de enero de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° S/N
La abogada PATRICIA VARGAS SEQUERA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ORLANDO JOSÉ ÁLVAREZ y OTROS contra BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL (B.O.D.). Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 15-077
El abogado ALEXANDER PÉREZ, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MARCEL ELOY MEDINA DUQUE contra REPRESENTACIONES CAPCANA, 2006, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 14-1346
El abogado ALEXANDER PÉREZ, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue EDUIN ENRIQUE MERCADO ACOSTA contra KD DELICATESSES VALLE ARRIBA, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-485
El abogado ALEXANDER PÉREZ, presentó diligencia solicitando se declare el perecimiento del recurso, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS RAFAEL PEÑA VIELMA contra GRUPO BOULLOSA, C.A. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 12-1657
La abogada EIRYS MATA MARCANO, presentó diligencia solicitando se declare inadmisible la demanda, para ser agregado al juicio que sigue ALBERTO MÉNDEZ Y OTROS AFILIADOS A LA ASOCIACIÓN CIVIL DE TRABAJADORES RETIRADOS BIGOTT POR LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS, (ASOCITREBI) contra C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 12-777
La abogada EIRYS MATA MARCANO, presentó diligencia solicitando se declare inadmisible la demanda, para ser agregado al juicio que sigue JUAN FRANCISCO BENCOMO HUICE Y OTROS AFILIADOS A LA ASOCIACIÓN CIVIL DE TRABAJADORES RETIRADOS BIGOTT POR LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS, (ASOCITREBI) contra C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCS. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Recurso de Casación 13-1541
La abogada EIRYS MATA MARCANO, presentó diligencia solicitando se declare inadmisible la demanda, para ser agregado al juicio que sigue JUAN LIENDO Y OTROS AFILIADOS A LA ASOCIACIÓN CIVIL DE TRABAJADORES RETIRADOS BIGOTT POR LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS, (ASOCITREBI) contra C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 10-190
La abogada EIRYS MATA MARCANO, presentó diligencia solicitando se declare inadmisible la demanda, para ser agregado al juicio que sigue HENRY JOSÉ BECERRA MARTÍNEZ y OTROS contra C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCS. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Laboral 16-1003
La abogada MARÍA DANIELA VALENTE, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA. CASO: JOSÉ MÁXIMO DABOIN. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Laboral 16-876
La abogada MARÍA DANIELA VALENTE, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CERVECERÍA POLAR, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE MIRANDA, "DELEGADO DE PREVENCIÓN JESÚS BRAVO" (DIRESAT-MIRANDA). CASO: MOISÉS RAFAEL BEJARANO LOVERA. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Apelación Laboral 16-877
La abogada MARÍA DANIELA VALENTE, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CERVECERÍA POLAR, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. TERCERO INTERVINIENTE: LINDBERGH CABALLERO CUNEMO. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 12-1501
La abogada MIRTHA JOSEFINA THARIFFE DE MORA, presentó diligencia solicitando decisión, para ser agregado al juicio que sigue MIGUEL ELMER LAVERDE GARCÍA contra MUEBLES FERDI, C.A. y OTRAS. TERCERO INTERESADO: MUEBLES JUBAS, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 16-537
El abogado ÁNGEL LEONARDO FERMÍN, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue BRÍGIDO ORLANDO VILLARROEL MARTÍNEZ contra UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA PRESBÍTERO ALFONSO COBOS LÓPEZ. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Hecho 12-1538
El abogado EMILIO IGNACIO PÉREZ GALLEGOS, presentó diligencia solicitando se declare el perecimiento del recurso, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ SIMÓN RIVERO REQUES y OTROS contra LUIS ENRIQUE CARRILLO SALAZAR. Ponente: Dr. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° S/N
La abogada KATIUSKA MARÍN, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ALEJANDRA BESTEIRO y OTRA contra MARÍA DULCE DAS FONTES DO VALE y OTRO. Ponente: Dr.
Exp. N° 17-056
El abogado HAMILTON MELVIN RODRÍGUEZ PHILIPPS, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ RAMÓN ROMÁN GUDIÑO contra CASTELLANA MOTORS, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Apelación 16-1028
Los abogados FRANCISCO CARRILLO y LUIS MANUEL BRAVO PASTRANO, presentaron escrito solicitando impugnación del fallo (06-12-2016), para ser agregado al juicio que sigue FERNANDO JODRA TRILLO contra TECNOLOGÍA SMARTMATIC DE VENEZUELA, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 16-277
El abogado ALBA MARINA MORA LABRADOR, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LUIS OSWALDO SOSA GONZÁLEZ contra GRUPO ADVISOR CONSULTING 74, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 14-1246
El abogado WERNER ANTONIO REYES, presentó diligencia dándose por notificado, para ser agregado al juicio que sigue JUANITA SOLER ESPERANZA contra INVERSIONES LIMONZO, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
OFICIOS RECIBIDOS
Exp. N° 16-838
Se deja constancia que en fecha diecisiete (17) de enero del año 2017 se recibió copia certificada de fecha dieciséis (16) de enero del año 2017, emanado del Juzgado Primo (1°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Constante de un (1) folio útil, con anexos de diecisiete (17) folios útiles, para ser agregado al juicio que sigue LAURA BEATRIZ GONZÁLEZ RODRÍGUEZ contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) y OTRA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 04-764
Del exhaustivo examen de actas en la presente causa se evidenció el fenecimiento del lapso de evacuación de pruebas, dado el vencimiento de los seis (6) meses que se concedieron a este fin por mandato del artículo 393 del Código de Procedimiento Civil, en cuya virtud y en aras de garantizar la seguridad jurídica y el debido proceso, se determinó como fecha de conclusión del lapso ultramarino en cuestión el día diecisiete (17) de diciembre del año 2016, por ello y ante la negativa de prorroga emitida el pasado trece (13) de diciembre de 2016 en respuesta a las solicitudes diligenciadas el veintiuno (21) y veintinueve (29) de noviembre del mismo año, respectivamente, por la representación judicial de la parte demandante, siendo la etapa procesal pertinente, este Juzgado de Sustanciación, de conformidad con lo establecido en el artículo 197 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acuerda fijar oportunidad para la celebración del acto oral de informes, el día martes siete (07) de febrero del año 2017, a las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), sin necesidad de practicar la notificación previa de las partes toda vez que las mismas se encuentran a derecho.-
Exp. N° 15-319
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp. N° 15-319
A la ciudadana MARÍA AUXILIADORA GRATEROL BASTIDAS, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Procuraduría de Trabajadores PEDRO ORTEGA DÍAZ, Sede Sur, Ubicada en la Avenida Lecuna, Entre las Esquinas de Pinto a Miseria, Edificio Don Julio, El Silencio, teléfono: 0212.542.42.53 que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-319
A la sociedad mercantil MANAPLAS S.A. o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Centro Industrial Macarao, Las Adjuntas, Parroquia Macarao del Municipio Libertador Distrito Capital de esta Ciudad de Caracas, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 16-323
Visto que el auto número 1046, del once (11) de julio del año 2016, dictado por este Juzgado, mediante el cual se pronuncia sobre las pruebas promovidas por la sociedad mercantil INVERSIONES ECHERMAN, C.A., se publicó fuera del lapso establecido en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se acuerda, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente de acuerdo al contenido del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, librar boletas de notificación, únicamente, a la parte actora y al Instituto Nacional de Tierras, debido a que mediante diligencia del veintiocho (28) de julio del año 2016, la empresa supra identificada, expresamente se da por notificada.
A los efectos de la práctica de la notificación de la parte actora se comisiona suficiente al Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y con competencia en los estados Miranda y Vargas. Regístrese, agréguese y cúmplase lo ordenado.
Exp. N° 16-323
Al ciudadano FRANCISCO BASTOS TEIXEIRA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Hacienda Colón, sector Hacienda Colón, Parroquia Ocumare del Tuy, municipio Lander del estado Miranda, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente de acuerdo al contenido del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en aras de hacer de su conocimiento que mediante auto número 1046, del once (11) de julio del año 2016, el Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas promovidas por la sociedad mercantil Inversiones Echerman, C.A. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 16-323
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juez Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y con competencia en los estados Miranda y Vargas.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano FRANCISCO BASTOS TEIXEIRA, a los fines de hacer de su conocimiento que mediante auto número 1046, del once (11) de julio del año 2016, el Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas promovidas por la sociedad mercantil Inversiones Echerman, C.A..
Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Hacienda Colón, sector Hacienda Colón, Parroquia Ocumare del Tuy, municipio Lander del estado Miranda
Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
Exp. N° 12-1080
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp. N° 12-1080
Al Ciudadano RODOLFO RAFAEL PÉREZ PALOMARES, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Ubicado en la Calle 82B, entre las Avenidas 3E y 3F, Numero 3E-139 Maracaibo Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 12-1080
A la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A., o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Francisco de Miranda, Centro Lido, Torre C, Piso 8, Oficina 80-C, El Rosal Caracas, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 12-1080
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juez Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia sede Maracaibo.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al Ciudadano RODOLFO RAFAEL PÉREZ PALOMARES, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Ubicado en la Calle 82B, entre las Avenidas 3E y 3F, Numero 3E-139 Maracaibo Estado Zulia.
Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
Exp. N° 15-1047
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp. N° 15-1047
Al Ciudadano LEONCIO ANTONIO LEIDENS HERRERA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Palma a Miracielos Edificio Sur 2-57, Piso 5, Oficina 52, Municipio Libertador, Caracas, Telefono:0212-483-7579, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-1047
A la sociedad mercantil CLINICA ALFREDO HERRERA LYNCH Y ASOCIADOS, S.C., o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida. Urdaneta Edificio Protexo, piso 9, oficina 99, esquina Pelota a Punceres, Telefono:0212-564-97-09 , que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-850
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp. N° 15-850
Al ciudadano KELVIN ENRIQUE BARBERA LUJANO, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 5 entre calles 91 y 98, Edificio al lado del Banco de Venezuela, Primer Piso, Oficinas 1A y 1B, Sector Plaza Baralt, Parroquia Bolívar, Maracaibo Estado Zulia, teléfono: 0416.761.23.65 que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-850
A la sociedad mercantil PAPELERÍA ESTEVA EL TRÁNSITO C.A, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 16 N° 95D-07, Sector El Tránsito, Parroquia Chiquinquirá, Maracaibo Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-850
A la ciudadana CAROLINA ESTEVA DE BETANCOURT, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 16 N° 95D-07, Sector El Tránsito, Parroquia Chiquinquirá, Maracaibo Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-850
A la ciudadana ANA MARÍA MAZZEI DE ESTEVA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 16 N° 95D-07, Sector El Tránsito, Parroquia Chiquinquirá, Maracaibo Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-850
El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juez Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sede Maracaibo.
Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a los ciudadanos KELVIN ENRIQUE BARBERA LUJANO, CAROLINA ESTEVA DE BETANCOURT, ANA MARÍA MAZZEI DE ESTEVA y a la sociedad mercantil PAPELERÍA ESTEVA EL TRÁNSITO C.A que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Avenida 5 entre calles 91 y 98, Edificio al lado del Banco de Venezuela, Primer Piso, Oficinas 1A y 1B, Sector Plaza Baralt, Parroquia Bolívar, Maracaibo Estado Zulia
- Avenida 16 N° 95D-07, Sector El Tránsito, Parroquia Chiquinquirá, Maracaibo Estado Zulia.
Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
009 |
16-549 |
Recurso de Casación |
Franklin Alí Matos Pacheco contra Transporte Rodo C.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora |
010 |
14-842 |
Recurso de Casación |
Alfredo Gil Meza y otros contra Valle Arriba Golf Club, S.C. y otra |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
DESISTIDO el recurso de casación anunciado por la parte codemandada, VALLE ARRIVBA GOLF CLUB, S.C. |
011 |
13-890 |
Recurso de Casación |
Evert Enrique Castro Urdaneta contra Nestlé Venezuela, S.A. |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
1) CON LUGAR el recurso de casación intentado por la parte demandante, 2) ANULA la sentencia recurrida; 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Evert Enrique Castro Urdaneta |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
_________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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