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Sala de Casación Social
  • Fecha: 17 de marzo de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 46

 

Viernes, 17 de marzo de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N° Recurso de Casación                                 16-268

 

El abogado OVIDIO PÉREZ PRADA, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue ORLANDO JOSÉ ARIAS GIL contra CONSTRUCOES E COMERCIO, CAMARGO CORREA, S.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N° Recurso de Casación                                 17-221

 

La ciudadana MILEY DE LA CRUZ BALLESTEROS HERRERA, asistida por el abogado JOSÉ TOMAS PINTO INFANTE, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ELADIO JOSÉ CENTENO contra PELUQUERIA MISSIS, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° Avocamiento           04-1682

 

El abogado ANDRÉS CARRASQUERO STOLK, presentó diligencia solicitando se suspenda la medida de embargo, para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° Avocamiento           04-1682

 

El abogado ANDRÉS CARRASQUERO STOLK, presentó diligencia apelando de la sentencia del Juzgado de Sustanciación de la Sala Casación Social (14/03/2017), para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad        16-382

 

El abogado MARIO BREA, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia (N°. 1225, 05/12/2016.), para ser agregado al juicio que sigue MARIO DE JESÚS BREA MONSALVE contra C.A. METRO DE CARACAS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad        13-1121

 

El abogado MARIO BREA, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia (N°. 1160, 20/11/2013.), para ser agregado al juicio que sigue MARIO DE JESÚS BREA MONSALVE contra C.A. METRO DE CARACAS. Ponente: Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS.

 

 

Exp. N° Apelación Laboral             17-156

 

El abogado ALEJANDRO JOSÉ POLETTI MARIOTTI, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue CORPORACIÓN VENEZOLANA DE GUAYANA (C.V.G.) contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE BOLÍVAR, AMAZONAS Y DELTA AMACURO. CASO: ENID ROCÍO MOFFE DE RAMÍREZ. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° S/N

 

El abogado FERNANDO CHACÍN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ASDRUBAL JOSÉ GASCÓN NÚÑEZ contra BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° Apelación Laboral             17-118

 

El abogado JOHANAN RUIZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE ANZOÁTEGUI, SUCRE Y NUEVA ESPARTA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° 17-222

 

La abogada BLANCA AZUCENA ZAMBRANO CHAFARDET, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MARCELINO ENRIQUE SOJO CARIPE contra C.A. METRO DE CARACAS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Hecho             17-098

 

El abogado JAVIER CELIS SCHEMIDT, presentó diligencia consignando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue C.A. AZUCA. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° S/N

 

El abogado ALCIDE URBINA, presentó diligencia consignando copia certificada de la sentencia, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue GIAN LUIS LIPPA contra DIRECCIÓN ESTADAL APURE. Ponente: Dr.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS

 

Exp. N° 16-696

 

Se deja constancia que en fecha diecisiete (17) de marzo del año 2017, se recibió Oficio N° JSA-MRD-00034-2017 de fecha veinte (20) de febrero del año 2017, emanado del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Constante de un (1) folio útil, con anexos de 3 folios útiles (solicitando medida cautelar), para ser agregado al juicio que sigue LUIGIMO VENDRAME contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). TERCEROS INTERESADO: YNGRIS KARINA LEDEZMA PRIETO y ÁNGEL DE JESÚS LEDEZMA NAVA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N° 13-1333

 

En cumplimiento de la Resolución N° 2017-0001, de fecha 24 de febrero de 2017, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que modifica las Resoluciones números 2015-0010 y 2016-0011, de fechas 27 de mayo de 2015 y 15 de junio de 2016, en su orden, se reconstituye la Sala Especial Segunda, quedando integrada de la siguiente manera: Presidenta y Ponente; Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, Magistradas Accidentales, Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; en el juicio que sigue el ciudadano JOSÉ GREGORIO CASAS URBINA contra la sociedad mercantil INVERSIONES TONY ROMAS, MR. RIBS, C.A., expediente NºAA60-S-2013-001333, de la Sala Especial Segunda. Anótese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N° 12-1247

 

En cumplimiento de la Resolución N° 2017-0001, de fecha 24 de febrero de 2017, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que modifica las Resoluciones números 2015-0010 y 2016-0011, de fechas 27 de mayo de 2015 y  15 de junio de 2016, en su orden, se reconstituye la Sala Especial Segunda, quedando integrada de la siguiente manera: Presidenta y Ponente; Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, Magistradas Accidentales, Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; en el juicio que sigue la ciudadana WENDY RAYZU NOVOA MATUTE contra la sociedad mercantil COMPAÑÍA SÚPER AUTO PUERTO ORDAZ, C.A. y OTRAS, expediente NºAA60-S-2012-001247, de la Sala Especial  Segunda. Anótese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N° 12-1434

 

En cumplimiento de la Resolución N° 2017-0001, de fecha 24 de febrero de 2017, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que modifica las Resoluciones números 2015-0010 y 2016-0011, de fechas 27 de mayo de 2015 y  15 de junio de 2016, en su orden, se reconstituye la Sala Especial Segunda, quedando integrada de la siguiente manera: Presidenta y Ponente; Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, Magistradas Accidentales, Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; en el juicio que sigue la ciudadana MARIELA ANTONIA NAVARRO ARCE contra la sociedad mercantil DISTRIBUCIONES IMPORTACIONES COSBELL, C.A. y OTRA,  expediente NºAA60-S-2012-001434, de la Sala Especial  Segunda. Anótese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N° 12-1656

 

En cumplimiento de la Resolución N° 2017-0001, de fecha 24 de febrero de 2017, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que modifica las Resoluciones números 2015-0010 y 2016-0011, de fechas 27 de mayo de 2015 y  15 de junio de 2016, en su orden, se reconstituye la Sala Especial Segunda, quedando integrada de la siguiente manera: Presidenta y Ponente; Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, Magistradas Accidentales, Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; en el juicio que sigue la ciudadana ZONIA ELIZABETH RAMÍREZ CASTRO y OTROS contra la sociedad mercantil LABORATORIOS VARGAS, S.A. y OTRA, expediente NºAA60-S-2012-001656, de la Sala Especial  Segunda. Anótese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N° 12-1386

 

En cumplimiento de la Resolución N° 2017-0001, de fecha 24 de febrero de 2017, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que modifica las Resoluciones números 2015-0010 y 2016-0011, de fechas 27 de mayo de 2015 y  15 de junio de 2016, en su orden, se reconstituye la Sala Especial Segunda, quedando integrada de la siguiente manera: Presidenta y Ponente; Magistrada Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA, Magistradas Accidentales, Dra. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y Dra. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA; en el juicio que sigue el ciudadano ERNESTO ANÍBAL SERRANO y OTROS contra la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) y OTRA expediente NºAA60-S-2012-001386, de la Sala Especial  Segunda. Anótese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N° 16-189

 

A la sociedad mercantil MICROMAC IMPORT, C.A., en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle Falcón, Esquina, Calle Perú, sector Centro Punto Fijo, Estado Falcón, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia número 1378, del quince (15) de diciembre del año 2016, declaró: “SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil MICROMAC IMPORT C.A.”. Notificación que se hace a los fines legales pertinentes.

 

 

Exp. N° 16-189

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil MICROMAC IMPORT, C.A. y a la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES FALCÓN, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia número 1378, del quince (15) de diciembre del año 2016, declaró: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil MICROMAC IMPORT C.A.

           

Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

 

-     Calle Falcón, Esquina, Calle Perú, sector Centro Punto Fijo, Estado Falcón.

-     Prolongación Girardot con calle Bella Vista, Urbanización Santa Irene, Quinta Inpsasel, municipio Carirubana, Falcón

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N° 12-1752

 

Visto el oficio N° 200-2016, del nueve (9) de agosto de 2016, emanado del Juzgado Cuarto Superior de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, recibido el nueve (9) de agosto del año 2016, mediante el cual remite las resultas de notificación de la parte actora, ordenada mediante auto del veintiuno (21) de julio de 2015, siendo infructuosa la misma. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano AMILCAR JOSÉ RIZZO BETANCOURT, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.

 

 

Exp. N° 12-1752

 

Al ciudadano AMILCAR JOSÉ RIZZO BETANCOURT, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la conforme a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolecentes o en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N° 12-1397

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N° 12-1397

 

A la sociedad mercantil RADIO 2000, C.A. o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Santa Rosa N° 18, frente a la Iglesia Santa Rosa, en la ciudad de Cumaná, estado Sucre, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N° 12-1397

 

Al ciudadano MIGUEL ELÍAS BENNASAR ACUÑA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización Cumanagoto, Tercera Vereda, 04-B, casa N° 26, Cumaná, estado Sucre, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N° 12-1397

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumaná.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano MIGUEL ELÍAS BENNASAR ACUÑA y a la sociedad mercantil RADIO 2000, C.A., que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

 

-     Urbanización Cumanagoto, Tercera Vereda, 04-B, casa N°         26,  Cumaná, estado Sucre.

-    Avenida Santa Rosa N° 18, frente a la Iglesia Santa Rosa, en la ciudad de Cumaná, estado Sucre.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N° 16-680

 

De conformidad con la decisión N° 0030, dictada por la Sala de Casación Social, del treinta y uno de enero del año en curso, en la cual se ordena la reapertura del lapso de impugnación al que se refiere el artículo 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, previa notificación de las partes, líbrese boleta de notificación dirigida a el ciudadano Garis Raúl Martínez, a la Alcaldía del Municipio Heres del Estado Bolívar y al Síndico Procurador del señalado municipio en las siguientes direcciones:

-  Urbanización Medina Angarita, vereda 1, N° 48, Estado Bolívar

-  Calle Igualdad y concordia, Casco histórico, Palacio Municipal, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar

Se comisiona suficientemente al Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, Regístrese, cúmplase y agréguese.

 

 

Exp. N° 16-680

 

Al Ciudadano GARIS RAÚL MARTÍNEZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización Medina Angarita, vereda 1, N°. 48,Estado Bolívar que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N° 16-680

 

A la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTONOMO HERES DES ESTADO BOLÍVAR, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Ubicada en el cruce de las Calles Igualdad y concordia, Casco histórico, Palacio Municipal, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N° 16-680

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar sede ciudad Bolívar.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al Ciudadano GARIS RAÚL MARTÍNEZ, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTONOMO HERES DEL ESTADO BOLÍVAR, asimismo al SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO HERES, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con la sentencia N° 0030, dictada por la Sala de Casación Social, del treinta uno (31) de enero del año en curso, en la cual se ordena reapertura del lapso de impugnación al que se refiere el artículo 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, previa notificación de las partes.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

 

- Urbanización Medina Angarita, Vereda, Nro.48, de la ciudad Bolívar, Estado Bolívar.

- Ubicada en el cruce de las Calles Igualdad y concordia, Casco histórico, Palacio Municipal, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

0187

16-262

Recurso de Casación

Alfredo Emiliano Herrera Guanes contra Floristería Cruz de Cristo C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en fecha 11 de febrero de 2016 y 2) FIRME el fallo recurrido.

0188

16-389

Recurso de Casación

Yala Gertrudi Gutiérrez de Herrera contra Centro Médico Loira, C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada sociedad mercantil CENTRO MÉDICO LOIRA C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 3 de febrero de 2016. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 3 de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte recurrente conforme a lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

0189

15-456

Recurso de Casación

Yolimar Claret Cuellar Salazar contra Sanitas Venezuela, S.A. Empresa de Medicina Prepagada y otra

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 13 de marzo de 2015; SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido; y TERCERO: CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por la ciudadana Yolimar Claret Cuellar Salazar contra las empresas Sanitas Venezuela, S.A. Empresa de Medicina Prepagada, y Plansanitas, S.A. Se condena las costas del proceso a las sociedades mercantiles accionadas, dada la declaratoria de la presente decisión.

0190

16-766

Recurso de Casación

Belkis Olina Morandy Noriega contra Ligi Import, C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil LIGI IMPORT, C.A., contra la sentencia dictada por Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de agosto de 2016. De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte demandada recurrente.

 

 

DESPACHO

 

Exp. Nº17-0100: Oficio solicitando devolución de Exp. Nº525

Exp. Nº17-0099: Oficio solicitando devolución de Exp. Nº526

Exp. Nº15-0217: Oficio participando comisión para notificar Nº527

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

_________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                     El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

 

Sábado, 18 de marzo de 2017

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

Domingo, 19 de marzo de 2017

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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