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Sala de Casación Social
  • Fecha: 17 de julio de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 126

 

Lunes, 17 de julio de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-476

 

La abogada MARTINA CARRERA HERNÁNDEZ, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue NIURVIS CAROLINA SALAS MEDINA contra JHONNY MIGUEL GRANADO. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-476

 

La abogada MARTINA CARRERA HERNÁNDEZ, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue NIURVIS CAROLINA SALAS MEDINA contra JHONNY MIGUEL GRANADO. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-594

 

El abogado VICTOR DURÁN, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue FRANCISCO MORROS CASTELLANOS contra VETRA VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-498

 

El abogado VICTOR DURÁN, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue LUIS ALBERTO VELASQUEZ CARABALLO contra LA SOCIEDAD MERCANTIL VETRA VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

La abogada PETRA MARÍA AZUAJE, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MANUEL GAYO GARCÍA contra EDIFICIO VILLORIO y OTROS. Ponente: Dr.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  17-585

 

Por cuanto en fecha treinta (30) de junio  del presente año, fueron recibidos en esta Sala de Casación Social, mediante oficio de remisión N° 164/2017, de fecha veintiséis (26) de junio de 2017, dos cuadernos de recaudos constantes de (251) y (67) folios útiles, provenientes del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, verificándose que los mismos no guardan relación con el juicio que siguen las ciudadanas LUCIANA DEL CARMEN QUINTERO DE GUZMÁN Y ADELINA GUZMÁN QUINTERO contra la ASOCIACIÓN CIVIL PLAYA GRANDE YACHTING CLUB.

                   En consecuencia, se ordena la devolución de los mencionados cuadernos de recaudos, a los fines legales consiguientes.

 

 

Exp. N°  11-1201

 

Vista la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO el primero (1°) de diciembre de 2016, en su carácter de Alguacil de esta Sala, la cual se transcribe en su parte pertinente: “…Una vez en la dirección señalada, la ciudadana Irma Torres, en su condición de Secretaria, me informo que en ese lugar funciona es la Federación de Fútbot (sic) Nacional. Es por lo que consigno como negativa la misma…”. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a la empresa C.V.G. ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  11-1201

 

SE HACE SABER:

 

A la empresa C.V.G. ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ, C.A.,  en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en la Resolución N° 2015-0010, del veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio de 2016  y el Acta de instalación de dichas Salas, del veintiuno (21) de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el dieciocho (18) de diciembre de 2014, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  13-0920

 

Vista la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO el cinco (5) de mayo de 2017, en su carácter de Alguacil de esta Sala, la cual se transcribe en su parte pertinente: “…una vez en la  dirección señalada, no se encontró persona alguna en el inmueble, descripción, edificio de color blanco y amarillo, de 14 pisos, al frente de Residencias Elena, número de intercomunicador (39). Es por lo que consigno como negativa la misma…”. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano RAMÓN IDELFONZO BLANCO BLANCO, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  13-0920

 

 

SE HACE SABER:

 

Al ciudadano RAMÓN IDELFONZO BLANCO BLANCO,  en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en la Resolución N° 2015-0010, del veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio de 2016  y el Acta de instalación de dichas Salas, del veintiuno (21) de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el dieciocho (18) de diciembre de 2014, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  13-1683

 

Visto el oficio N° 162/2017, del dieciséis (16) de mayo de 2017, emanado del Juzgado Tercero Superior de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, recibido el siete (7) de junio del año 2017, mediante el cual remite las resultas de notificación de la parte co-demandada ciudadana Olmeda Arteaga de Ortega, ordenada mediante auto del treinta (30) de marzo de 2017, siendo infructuosa las misma. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a la ciudadana OLMEDA ARTEAGA DE ORTEGA, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel

 

 

Exp. N°  13-1683

 

A la ciudadana OLMEDA ARTEAGA DE ORTEGA, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la conforme a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolecentes o en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

Exp. N°  15-0845

 

En horas de despacho del día de hoy diecisiete (17) de julio de 2017, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día seis (6) de julio de 2017, a la 11:00 A.M., a la calle 13, residencia Liliana, apartamento 84, piso 8, La Urbina, Municipio Sucre, Estado Miranda, Caracas, Venezuela, según Boleta de Notificación dirigida al ciudadano LUIS MIGUEL LAHUERTA LEAL, informo que una vez en la  dirección señalada, no se encontró  persona alguna en el inmueble, descripción, edificio de diez (10) piso, color verde, gris y blanco, rejas beige, en la planta de abajo se encuentra la Panadería Estrella de Oro,  al frente del edificio Torre Yamato, . Es por lo que consigno como negativa la misma, constante de dos (02) folios útiles.

El Alguacil,

 

 

RAFAEL  A. RENGIFO VERENZUELA.

 

En el día de hoy, diecisiete (17) de julio de 2017, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de dos (2) folios útiles. Agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  14-1126

 

En horas de despacho del día de hoy diecisiete (17) de julio de 2017, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día seis (6) de julio de 2017, a la 1:30 P.M., a la urbanización Montalbán III, calle 6, residencia Liviana, piso 9, apartamento 53, Municipio Libertador, Distrito Capital, Caracas, Venezuela, según Boleta de Notificación dirigida a la ciudadana WENDY ABDULMESIH TAHHAN informo que una vez en la  dirección señalada, se recorrió la calle 6 de Montalbán y no se ubico la residencia Liviana, se le consulto a los transeúntes de la zona y manifestaron no conocer  la residencia. Es por lo que consigno como negativa la misma, constante de dos (02) folios útiles.

El Alguacil,

 

 

RAFAEL  A. RENGIFO VERENZUELA.

 

En el día de hoy, diecisiete (17) de julio de 2017, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de dos (2) folios útiles. Agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  15-1284

 

En horas de despacho del día de hoy diecisiete (17) de julio de 2017, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día seis (6) de julio de 2017, a la 1:00 M.M., a la urbanización Luis Hurtado, calle Guarico, N°4, El Junquito, Municipio Libertador, Distrito Capital, Caracas, Venezuela, según Boleta de Notificación dirigida al ciudadano CARLOS ERNESTO MORALES ARMAS informo que una vez en la  dirección señalada, se recorrió la calle Guárico y no se ubico la casa N°4, las mayorías de las casa no poseen número de identificación, se le consulto a los transeúntes de la zona y manifestaron no conocer  la casa ni la persona señalada en la Boleta de Notificación. Es por lo que consigno como negativa la misma, constante de dos (02) folios útiles.

El Alguacil,

 

 

RAFAEL  A. RENGIFO VERENZUELA.

 

En el día de hoy, diecisiete (17) de julio de 2017, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de dos (2) folios útiles. Agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  11-1201

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala de Casación Social observa que a la fecha no se ha materializado la notificación de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, en aras de preservar los derechos de la tutela judicial efectiva y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa, así como evitar la inexorable reposición de la causa a la que hace alusión el artículo 110 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena la notificación del mencionado ente. Líbrese oficio, regístrese, agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.

 

 

Exp. N°  16-0913

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves diecinueve (19) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta de la mañana (11:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-1025

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diecisiete (17) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos de la tarde (2:00 pm.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0016

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diecisiete (17) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta de la tarde (12:30 pm.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0417

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diecisiete (17) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta de la mañana (11:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-1018

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diecisiete (17) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta de la mañana (10:50 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-1022

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diecisiete (17) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta de la mañana (09:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0290

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diez (10) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta de la tarde (12:30 pm.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-970

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diez (10) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-1001

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diez (10) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta de la mañana (10:50 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0370

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diez (10) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0278

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes diez (10) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta de la mañana (09:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-0997

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves cinco (05) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0316

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves cinco (05) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-0959

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves cinco (05) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1061

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves cinco (05) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-0969

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves cinco (05) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve de la mañana (9:00 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0409

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes tres (03) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos de la tarde (2:00 pm.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-0861

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes tres (03) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una y treinta de la tarde (1:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-0932

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes tres (03) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta de la tarde (12:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-0967

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes tres (03) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta de la mañana (11:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-0782

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes tres (03) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez de la mañana (10:10 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-0712

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes tres (03) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta de la mañana (9:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0273

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintiocho (28) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-0530

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintiocho (28) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-0373

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veintiséis (26) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos de la tarde (2:00 pm.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1422

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veintiséis (26) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-0289

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veintiséis (26) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  07-0895

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves diez (10) de agosto del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  12-1312

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves diecinueve (19) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve de la mañana (9:00 am.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  12-0153

 

Visto el oficio N° RC31OFO2016000047, del doce (12) de agosto de 2016, emanado del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, recibido el veinte (20) de septiembre del año 2016, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del veintiuno (21) de julio de 2015, siendo infructuosa la notificación del la parte actora, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano FREDDY ANTONIO MOREY TOTESAUTT, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  12-0153

 

SE HACE SABER:

 

                A ciudadano FREDDY ANTONIO MOREY TOTESAUTT, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en la Resolución N° 2015-0010, del veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio de 2016  y el Acta de instalación de dichas Salas, del veintiuno (21) de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el dieciocho (18) de diciembre de 2014, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  12-0153

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala Especial Cuarta observa que la FUNDACIÓN REGIONAL PARA LA VIVIENDA DEL ESTADO SUCRE (FUNREVI),  parte demandada en el presente asunto, es un ente adscrito a la Gobernación del Estado Sucre, por lo cual debe ser notificado el Procurador de dicho estado a tenor de lo establecido en los artículos 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, aplicado por la remisión a la que hace alusión el artículo 36 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias de Poder Público y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia líbrese el oficio respectivo y comisiónese suficientemente para que proceda a la realización de dicha diligencia al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre . Regístrese y cúmplase y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  12-0153

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

                   Al Juez Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, con sede en la ciudad Cumaná.

 

                   Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la FUNDACIÓN REGIONAL PARA LA VIVIENDA DEL ESTADO SUCRE (FUNREVI), en la persona del Procurador General del Estado Sucre, que  transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

           

Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

 

-     Avenida Arismendi, Edificio sede Palacio Legislativo, Piso 01 6101, Cumaná

           

Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  14-0197

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala Especial Quinta  observa que no se no se materializó la notificación de la empresas demandadas, en aras de preservar los derechos de la tutela judicial efectiva y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa, se ordena la notificación de la empresa OPERADORA DE SERVICIOS MÉDICOS, C.A. (OSM, C.A.) y SERVICIOS DE GERENCIA HOSPITALARIA, C.A. (SGH, C.A.) Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado. 

 

 

Exp. N°  14-0197

 

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

 

SE HACE SABER:

 

             A la sociedad mercantil  OPERADORA DE SERVICIOS MÉDICOS C.A., “OSM, C.A.”, en cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida 3 CH S/ La Lago, Casa N° 71-40 CAS, Maracaibo, Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-0197

 

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

 

SE HACE SABER:

 

             A la sociedad mercantil SERVICIOS DE GERENCIA HOSPITALARIA  C.A. (SGH, C.A), en cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, con domicilio procesal: Calle 84, N° 2-285 Centro Comercial La Colina, Piso 1, Oficina 10, Maracaibo 4001, Estado Zulia, antigua sede del Banco Mara, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  14-0197

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

 

            Al Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia-Maracaibo.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a OPERADORA DE SERVICIOS MÉDICOS C.A., “OSM, C.A.” y  SERVICIOS DE GERENCIA HOSPITALARIA  C.A. (SGH, C.A),   que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-Avenida 3 CH S/ La Lago, Casa N° 71-40 CAS, Maracaibo, Estado Zulia,

-Calle 84, N° 2-285 Centro Comercial La Colina, Piso 1, Oficina 10, Maracaibo 4001, Estado Zulia, antigua sede del Banco Mara.

     

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  13-1424

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala Especial Cuarta observa que la boleta librada a la sociedad mercantil ROYAL VACATIONS, C.A., así como el oficio de notificación dirigido al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, ordenados por auto del veintiuno (21) de julio de año 2015, no fueron tramitadas en su debida oportunidad, en aras de preservar el derecho de la tutela judicial efectiva y al debido proceso que le asisten a la partes en todo grado y estado de la causa, se ordena la notificación de las partes antes identificadas y a tal efecto se ordena librar nuevamente la mencionada boleta y el oficio a la Procuraduría General de la República. Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.

 

 

Exp. N°  13-1424

 

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

 

SE HACE SABER:

 

             A la sociedad mercantil ROYAL VACATIONS, C.A., con domicilio procesal: Av. Francisco de Miranda, edificio Cavendes, piso N° 14, oficina 14-3, Los Palos Grandes, Caracas, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso de diez (10) días de despacho, de conformidad con el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, incluyendo el término de la distancia correspondiente en los siguientes expedientes:

AA60-S-2017-000121

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

621

15-808

Recurso de Casación

Joservis Coromoto Mejías Guacarán contra Yaureliz Thaily Toro Rodríguez, actuando en representación de su hija Tercero interesado: Yaureliz Thaily Toro Rodríguez

Edgar Gavidia Rodríguez

PERECIDO el recurso de casación anunciado por la demandante, ciudadana JOSERVIS COROMOTO MEJÍAS GUACARÁN contra la decisión publicada por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, el 25 de mayo de 2015. Se condena en costas del recurso a la parte demandante recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

 

DESPACHOS

 

Exp. Nº16-0897: Oficio de Remisión Nº 1422/Oficio de Participación Nº1423

Exp. Nº16-0497: Oficio de Remisión Nº 1424/Oficio de Participación Nº1425

Exp. Nº17-0147: Oficio de Remisión Nº 1426/Oficio de Participación Nº1427

Exp. Nº17-1129: Oficio de Remisión Nº 1428

Exp. Nº17-0058: Oficio de Remisión Nº 1429

Exp. Nº15-0560: Oficio de Remisión Nº 1430

Exp. Nº13-0605: Oficio de Remisión Nº 1431

Exp. Nº16-0452: Oficio de Remisión Nº 1432/Oficio de Participación Nº1433

Exp. Nº13-0925: Oficio de Remisión Nº 1434/Oficio de Participación Nº1435

Exp. Nº15-1268: Oficio participando comisión para notificar N°1436

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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