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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 168
Martes, 17 de octubre de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Recurso de Casación 17-125
El abogado ANTULIO MOYA TOVAR, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue MAGDIEL JOSÉ JIMÉNEZ ORÁA contra CONSTRUCTORA NORBETO ODEBRECHT, S.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-489
El abogado RAFAEL PÉREZ ANZOLA, presentó diligencia solicitando copia certificada de actuaciones que guardan relación con la causa, para ser agregado al juicio que sigue SUBDELIA DEL VALLE SANSONETE ROJAS contra GRUPO MÉDICO ORIENTE, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 16-1018
El abogado JOSÉ VERGINE, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue DERGUÍ DAHIAN JÁUREGUI ARANGUREN y OTROS contra EL INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN EDUCATIVA SOCIALISTA (INCES). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Casación 15-260
La abogada MERLE VERÓNICA ÁNGEL CAMPOS, presentó diligencia consignando constancia de notificación a la parte demandada, para ser agregado al juicio que sigue JASMÍN DEL CARMEN LARA ÁLVAREZ contra SANITAS VENEZUELA, S.A. EMPRESA DE MEDICINA PREPAGADA y OTRA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-366
La abogada MERLE VERÓNICA ÁNGEL CAMPOS, presentó diligencia solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue FRANCISCO ANTONIO LARA LARA contra PLANSANITAS, S.A. EMPRESA DE MEDICINA PREPAGADA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-527
La abogada MERLE VERÓNICA ÁNGEL CAMPOS, presentó diligencia consignando constancia de notificación a la parte demandada, para ser agregado al juicio que sigue MIRNA CAROLINA TORRES COBO contra CLÍNICAS RESCARVEN, C.A. y OTRAS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° 17-761
La abogada MATILDE PAIVA MOTTA, presentó diligencia consignando copias certificadas, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ contra RAÚL ARMANDO SAAVERDA. Ponente: Dr.
Exp. N° Recurso de Casación 17-756
Los abogados OYLEC JASPE y MARITZA ROMERO, presentaron diligencia solicitando que se declare perecido el recurso, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS IBRAHIM ROMERO PRIMERA contra INVERSIONES LA CIMA 2020, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° Avocamiento 04-1682
El abogado EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR, presentó diligencia consignando objeción de fianza, para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Exequátur 16-246
El abogado JESÚS ALBERTO TERÁN MARTÍNEZ, presentó escrito de oposición a la opinión fiscal, para ser agregado al juicio que sigue ULYSES ALFONSO TORRES CALVO. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
AUTOS PUBLICADOS
Exp. N° 12-1660
Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia para dictar
sentencia correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue la
ciudadana Daniela Ana María Linda Cozzi de Oberto y otra contra Colegio de Médicos del Estado
Miranda, Asociación Civil, para el día martes veintiocho (28) de noviembre
del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y cuarenta y cinco minutos de la
tarde (12:45 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
Exp. N° 15-0373
Esta Sala de Casación Social acuerda diferir la audiencia para dictar
sentencia correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue el
ciudadano Andrés José Matheus Gámez contra Xcalibur Distribuciones, C.A. para el día jueves
veintiséis (26) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y
quince minutos de la tarde (12:15 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al
expediente.
Exp. N° 15-0845
Visto el escrito del cuatro (4) de octubre del año en curso,
presentado por el abogado Eduar Enrrique Moreno Blanco, Defensor Público Segundo (2°)
con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político
Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial del
ciudadano LUIS MIGUEL LAHUERTA LEAL, titular de la cédula de identidad
número 6.320.081, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines
de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir
de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar
contestación a la solicitud de exequátur presentada el 6 de julio de 2015 por
la ciudadana SOL EYANIRA OSUNA BASTARDO, titular de la cédula de
identidad N° V-12.453.647, representada por la abogada Ana Gaudy
Aponte Arias, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República
Bolivariana de Venezuela a la sentencia N° 834/1012 dictada en fecha 11 de
diciembre de 2012, por el Juzgado de Primera Instancia N° Cinco, Juzgado de
Familia, Tarragona, España. Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y
cúmplase lo ordenado.
Exp. N° 15-0845
SE
HACE SABER:
Al abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO,
Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas
Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá
comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho,
computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de
su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur
presentada el 6 de julio de 2015 por la ciudadana SOL EYANIRA OSUNA
BASTARDO, titular de la cédula de identidad N° V-12.453.647, representada
por la abogada Ana Gaudy Aponte Arias, a los fines
que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a
la sentencia N° 834/1012 dictada en fecha 11 de diciembre de 2012, por el
Juzgado de Primera Instancia N° Cinco, Juzgado de Familia, Tarragona, España.
El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp. N° 16-0568
Visto el escrito del cuatro (4) de octubre del año en curso,
presentado por el abogado Eduar Enrrique Moreno Blanco, Defensor Público Segundo (2°)
con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político
Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial de
la ciudadana SILVIA EXPÓSITO YÁNEZ, titular de la cédula de identidad
número E. 81.966.764, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los
fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a
partir de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su
notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur presentado por el abogado
Hugo Luis Dam Suárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.761, asistiendo al ciudadano
RICARDO AUGELLO RODRÍGUEZ, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria
en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el
veinte (20) de agosto de 2013, por el Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción N° 1 de Icod de los Vinos, Tenerife,
Reino de España. Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo
ordenado.
Exp. N° 16-0568
SE HACE SABER:
Al abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO,
Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas
Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá
comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho,
computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de
su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur
presentado por el abogado Hugo Luis Dam Suárez,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.761,
asistiendo al ciudadano RICARDO AUGELLO RODRÍGUEZ, a los fines que se le
conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la
sentencia de divorcio dictada el veinte (20) de agosto de 2013, por el Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción N° 1 de Icod de
los Vinos, Tenerife, Reino de España. El funcionario encargado de
practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien
notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 15-1284
Visto el escrito del seis (6) de octubre del año en curso, presentado
por el abogado Luis Alfredo Pérez Morales, Defensor Público Primero (1°)
con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político
Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial del
ciudadano CARLOS ERNESTO MORALES ARMAS, titular de la
cédula de identidad número 6.314.902, este Juzgado de Sustanciación ordena
emplazarlo a los fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de
despacho, computados a partir de día siguiente de despacho a la constancia en
autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur
presentada por los abogados Carmen Olivo Narváez y Julio César Bermúdez Marcano, inscritos en el Instituto de Previsión Social del
Abogado bajo los números 22.182 y 34.221 respectivamente, actuando como
apoderados judiciales de la ciudadana YURELLI BRAVO CASTILLO, quien
actúa en representación de su menor hijo (identidad omitida según lo dispuesto
en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes), a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República
Bolivariana de Venezuela a la sentencia de filiación dictada el treinta y uno
(31) de marzo del 2010, acompañada de la resolución de rectificación de error
del nombre del demandante, del treinta y uno (31) de julio del año 2015, por el
Juzgado de Primera Instancia N° 7 de Santa Cruz de Tenerife, Reino de España.
Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado.
Exp. N° 15-1284
SE
HACE SABER:
Al abogado LUIS ALFREDO PÉREZ MORALES,
Defensor Público Primero (1°) con competencia para actuar ante las Salas
Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá
comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho,
computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de
su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur
presentada por los abogados Carmen Olivo Narváez y Julio César Bermúdez Marcano, inscritos en el Instituto de Previsión Social del
Abogado bajo los números 22.182 y 34.221 respectivamente, actuando como
apoderados judiciales de la ciudadana YURELLI BRAVO CASTILLO, quien
actúa en representación de su menor hijo (identidad omitida según lo dispuesto
en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes), a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República
Bolivariana de Venezuela a la sentencia de filiación dictada el treinta y uno
(31) de marzo del 2010, acompañada de la resolución de rectificación de error
del nombre del demandante, del treinta y uno (31) de julio del año 2015, por el
Juzgado de Primera Instancia N° 7 de Santa Cruz de Tenerife, Reino de España.
Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp. N° 14-0784
Visto el escrito del seis (6) de octubre del año en curso, presentado
por el abogado Luis Alfredo Pérez Morales, Defensor Público Primero (1°)
con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político
Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial del
ciudadano FRANCISCO JOSÉ MONETEAGUDO PASQUEL, titular de la cédula de identidad número 21.477.685, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines de
que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir de
día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar
contestación a la solicitud de exequátur presentada por la abogada Marjorie Tariffe Suniaga, inscrita en el Instituto de Previsión Social del
Abogado bajo el N° 63321, actuando como apoderada judicial de la ciudadana
BEULAH MARTHA QUIÑONEZ BAYLE, a los fines que se le conceda fuerza
ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de Divorcio
dictada el dos (2) de mayo del 2013, por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer
número 1 de Valladolid, Reino de España. Líbrese boleta, anexando la respectiva
compulsa y cúmplase lo ordenado.
Exp. N° 16-0887
Visto el escrito del nueve (9) de octubre del año en curso, presentado
por el abogado William Alberto Ramos Aguilar, Defensor Público Tercero
(3°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político
Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial de
la ciudadana YANI ZULEIMA ANDREULA CÁCERES, titular de la
cédula de identidad número 11.671.026, este Juzgado de Sustanciación ordena
emplazarlo a los fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de
despacho, computados a partir de día siguiente de despacho a la constancia en autos
de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur presentada
por el abogado Luis Fernando Tammaso Goya, inscrito
en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 114.427, actuando
como apoderado judicial del ciudadano MIGUEL ÁNGEL FRANCISCO GARCÍA, a
los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de
Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio dictada el diez (10) de
diciembre del 2014, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 2, de
Santa Cruz de la Palma, Reino de España.
Exp. N° 16-0887
SE
HACE SABER:
Al abogado WILLIAM ALBERTO RAMOS AGUILAR,
Defensor Público Tercero (3°) con competencia para actuar ante las Salas
Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá
comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho,
computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de
su notificación a dar contestación a la solicitud de solicitud de
exequátur presentada por el abogado Luis Fernando Tammaso
Goya, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°
114.427, actuando como apoderado judicial del ciudadano MIGUEL ÁNGEL
FRANCISCO GARCÍA, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la
República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio
dictada el diez (10) de diciembre del 2014, por el Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción N° 2, de Santa Cruz de la Palma, Reino de España. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp. N° 15-1209
Visto el escrito del nueve (9) de octubre del año en curso, presentado
por el abogado William Alberto Ramos Aguilar, Defensor Público Tercero
(3°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político
Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial del
ciudadano PEDRO JAVIER RUBIO CASTRO, titular de la cédula de identidad
número 11.499.485, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines
de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir
de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar
contestación a la solicitud de exequátur presentada por el abogado Jan Carlos Pernía Apolinar,
inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°168.858, actuando
en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GABRIELA JOSEFINA
PROAÑO, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República
Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio dictada en
fecha 18 de enero de 2011, por el Juzgado de Instancia 2 de Denia, Reino de
España. Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado.
Exp. N° 14-0518
Visto el oficio N° 2.069-17, del siete (7) de agosto de 2017, emanado
del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
estado Aragua, recibido el veinticuatro (24) de septiembre del año en curso,
mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada
mediante auto del catorce (14) de junio de 2017, siendo infructuosa la
notificación de ambas partes. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el
artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación
mediante cartel librado a los ciudadanos JENISE GEOVANY CORPAS TORRES Y
GREGORIO CIPRIANO MARÍN y a la SOCIEDAD CIVIL UNIÓN DE AUTOS POR PUESTOS
LOS SAMANES, en la persona de
cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de
hacerle saber que conforme a la decisión de la Sala Constitucional número
1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de
salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido
proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a
lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica para la Protección de
Niños, Niñas y Adolecentes o en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido
cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación
Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia,
de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-
Exp. N° 14-0518
SE HACE SABER:
A la ciudadana JENISE
GEOVANY CORPAS TORRES, en la persona de cualquiera de sus
representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social
del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la conforme a la decisión de la
Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y
con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a
la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda
notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp. N° 14-0518
SE HACE SABER:
Al ciudadano GREGORIO
CIPRIANO MARÍN, en la persona de cualquiera de sus representantes
legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, en atención a la conforme a la decisión de la Sala
Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la
finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la
defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda
notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp. N° 14-0518
SE HACE SABER:
A la SOCIEDAD
CIVIL UNIÓN DE AUTOS POR PUESTOS LOS SAMANES, en la persona de
cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la conforme
a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de
diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus
derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela
judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los
artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social
y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal.
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso de los veinte (20) días para formalizar el recurso de casación, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, correspondiente en los siguientes expedientes:
AA60-S-2017-000592
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso de los veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, incluyendo el término de la distancia correspondiente en los siguientes expedientes:
AA60-S-2017-000615
AA60-S-2017-000665
AA60-S-2017-000635
AA60-S-2017-000680
AA60-S-2017-000640
AA60-S-2017-000633
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso de los veinte (20) días consecutivos para formalizar este recurso de casación, de conformidad con el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, incluyendo el término de la distancia correspondiente en los siguientes expedientes:
AA60-S-2017-000644
AA60-S-2017-000682
Exp. N° 16-0441
Vista la solicitud formulada por el abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO
BLANCO, apoderado de la parte Demandante, contenida en diligencia de fecha
siete (7) de agosto de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el
artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en
concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por
Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha
solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2016-000441,
contentivo del juicio seguido por GABRIELA ALEJANDRA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ contra
LISSETT MARGARITA HERNÁNDEZ MÁRQUEZ en representación de su hijo J.E.O.H,
identidad omitida según lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para
la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con inserción de la referida
diligencia y del presente auto.-
Exp. N° 15-0489
Vista la solicitud formulada por el abogado RAFAEL PÉREZ ANZOLA,
apoderado de la parte Demandada, contenida en diligencia de fecha diecisiete
(17) de octubre de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el
artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en
concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por
Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha
solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2015-000489,
contentivo del juicio seguido por SUBDELIA DEL VALLE SANSONETE ROJAS contra
GRUPO MÉDICO ORIENTE, C.A, con inserción de la referida diligencia y del
presente auto.-
Exp. N° 14-0784
SE
HACE SABER:
Al abogado LUIS ALFREDO PÉREZ MORALES,
Defensor Público Primero (1°) con competencia para actuar ante las Salas
Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá
comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho,
computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de
su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur
presentada por la abogada Marjorie Tariffe Suniaga, inscrita en el
Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63321, actuando como
apoderada judicial de la ciudadana BEULAH MARTHA QUIÑONEZ BAYLE, a los
fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de
Venezuela a la sentencia de Divorcio dictada el dos (2) de mayo del 2013, por
el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Valladolid, Reino de España.
Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp. N° 15-1209
SE
HACE SABER:
Al abogado WILLIAM ALBERTO RAMOS AGUILAR,
Defensor Público Tercero (3°) con
competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político
Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los
diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguientes
a la constancia en autos de su notificación a dar contestación a la
solicitud de exequátur presentada por el abogado Jan
Carlos Pernía Apolinar, inscrito en el Instituto de Previsión
Social del Abogado bajo el N°168.858, actuando en su carácter de apoderado
judicial de la ciudadana GABRIELA JOSEFINA PROAÑO, a los fines que se le
conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la
sentencia de disolución de matrimonio dictada en fecha 18 de enero de 2011, por
el Juzgado de Instancia 2 de Denia, Reino de España. Líbrese boleta, anexando
la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado. El funcionario encargado
de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien
notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con
indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp. N° 16-0857
Por cuanto en la
sentencia N° 706, publicada en fecha tres (03) de agosto de 2017, en el
expediente N° 2016-857, conocido por esta Sala de Casación Social, en virtud
del recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la
parte actora el ciudadano ROBERT JOSÉ MARÍN
SÁNCHEZ, contra la decisión
proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 10 de agosto de
2016, se incurrió en error material en su página número 48, se corrige
en los términos siguientes: donde dice “…De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 de
Queda de esta manera subsanado el error material en referencia.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECISIETE (17) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-125
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veinte (20) de diciembre de 2016, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano MAGDIEL JOSÉ JIMÉNEZ ORAÁ contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NORBETO ODEBRECHT, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Antulio de Jesús Moya Tovar, inscrito en el Inpreabogado con el número 21.562, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y su apoderado judicial no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala informa que los Magistrados consideraron necesario diferir el acto para el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente a este recurso para el día martes veinticuatro (24) de octubre del año 2017. Hora: doce y quince minutos de la tarde (12:15 p.m.), sin necesidad de notificación puesto que las partes se encuentran a derecho. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
DECISIONES DEL DÍA
Número |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0877 |
15-782 |
Recurso de Casación |
Ángel Rosendo Farías
Viloria contra Granos Selectos Guayana, C.A. (GRASELGUA, C.A.) |
Mónica Misticchio Tortorella |
PRIMERO:
SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada
contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en
fecha 25 de mayo de 2015 y; SEGUNDO:
CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte
demandada, conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. |
0878 |
15-204 |
Recurso de Casación |
Orangel de Jesús Hernández
Bruda y otros contra Laboratorios Elmor, S.A. |
Jesús Manuel
Jiménez Alfonzo |
PRIMERO:
DESISTIDO el recurso de casación incoado por la representación judicial de la
parte demandada recurrente sociedad mercantil LABORATORIOS ELMOR, C.A contra
la sentencia proferida por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante sentencia publicada en
fecha 20 de Enero de 2015 y su aclaratoria de fecha 26 de enero de 2015. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido.
Se condena en costas a la demandada recurrente, según lo establecido en el
artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. |
0879 |
15-769 |
Recurso de Casación |
Carmen Emilia
Velazco contra Corimon, C.A. y otras |
Jesús Manuel
Jiménez Alfonzo |
PRIMERO:
SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la
parte demandada las sociedades mercantiles CORIMÓN C.A., CORIMON PINTURAS,
C.A., RESIMON C.A., MONTANA GRÁFICA, C.A., CERDEX C.A., y TIENDAS MONTANA,
C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en
Valencia, en fecha 27 de mayo de 2015; SEGUNDO:
SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación
judicial de la parte actora ciudadana CARMEN EMILIA VELAZCO, contra el
referido fallo; TERCERO: CONFIRMA
la sentencia recurrida. Conforme a los artículos 61, 64 y 175 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte demandada y
demandante, en lo que respecta al ejercicio del recurso de casación. |
0880 |
15-861 |
Recurso de Casación |
Herminio Jesús
Aldana Salas contra Fuente de Soda, Bar y Restaurant La Salamandra, S.R.L. y
otro |
Mónica Misticchio Tortorella |
PRIMERO:
CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la
sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas,
publicada en fecha 3 de junio de 2015, SEGUNDO:
SE ANULA la sentencia recurrida, TERCERO:
CON LUGAR la defensa de falta de cualidad opuesta por el ciudadano Juan
Claudio Freitas Pereira. CUARTO:
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Herminio Jesús
Aldana Salas contra la codemandada Fuente de Soda Restaurant Bar La
Salamandra S.R.L. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del
presente fallo. |
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECISIETE (17) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 16-1022
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.) hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha dieciocho (18) de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en el juicio que por INDEMNIZACION DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO sigue la ciudadana DAGLIS JOSEFINA GUERRA CONTRERAS contra la sociedad mercantil REPRESENTACIONES Y CAPACITACIONES, C.A. (FARMACIA TU COSMÉTICO VENEZUELA, C.A.) A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Luis Romero, inscrito en el Inpreabogado con el número 33.374, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandante, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. En este sentido, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, interrogó al apoderado judicial de la parte accionante, quien respondió en tiempo hábil. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECISIETE (17) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-192
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha ocho (08) de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, siguen los ciudadanos ELVIS DAVID BETANCOURT JUSTO, LEIDY LUCERO, OMAIRA MONTES, JOSSER PARRA, MAYERLING URDANETA y DAVID ZAPATA contra LA CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Ángel Yohans Sánchez Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado con el número 43.125, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y su apoderado judicial no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. En este sentido, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, interrogó al apoderado judicial de la parte accionada, quien respondió en tiempo hábil. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala informa que los Magistrados consideraron necesario diferir el acto para el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente a este recurso para el día martes treinta y uno (31) de octubre del año 2017. Hora: doce y quince minutos de la tarde (12:15 p.m.), sin necesidad de notificación puesto que las partes se encuentran a derecho. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECISIETE (17) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 16-1018
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha cuatro (04) de agosto de 2016, dictada por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, siguen los ciudadanos DERGUÍ DAHIAN JÁUREGUI ARANGUREN, ROBERTO ALCIDES ESPINOZA y VÍCTOR ALBERTO MELO MONTERO contra el INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN EDUCATIVA SOCIALISTA (INCES). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Aleyda Méndez de Guzmán y José Giovanni Vergine Paesano, inscritos en el Inpreabogado con los números 11.243 y 59.135, respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y su apoderado judicial no asistieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte accionada, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara CON LUGAR la defensa de cosa juzgada opuesta por la parte demandada, respecto a los conceptos señalados en esta decisión. 4) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 5) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECISIETE (17) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-417
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veinticuatro (24) de marzo de 2017, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano DUBLE JOSÉ PÉREZ CARRASQUEL contra la sociedad mercantil TRANSPORTE MOREIRA & COMPAÑIA, C.A. (TM&C, C.A). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Rafael Pérez Anzola, inscrito en el Inpreabogado con el número 17.703, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y su apoderado judicial no asistieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionada, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECISIETE (17) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-016
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.) hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veintidós (22) de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguen los ciudadanos FÉLIX ALBERTO TERÁN YARAURE, JOSÉ GREGORIO DÍAZ MARTÍNEZ, YELITZA JOSEFINA PEÑA ROMERO, MARILIN SILVA RODRÍGUEZ y JANDI YASMÍN SIMANCA PARRA contra las sociedades mercantiles PELUQUERIA UNISEX LE GRIFF, C.A., y PELUQUERIA UNISEX EL SANCH, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Rebeca Leonor Santana Marciales, inscrita en el Inpreabogado con el número 47.925, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y su apoderado judicial no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte demandada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara SIN LUGAR la demanda. 4) Se condena en costa. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECISIETE (17) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.
Recurso de Casación Exp. N° 17-123
Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.
Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y treinta minutos de la tarde (01:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha veintitrés (23) de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano ASDRÚBAL ROBERTO GUERRERO contra el INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO BOLÍVAR. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia a este acto de ambas partes y sus apoderados. Seguidamente, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación propuesto por la parte demandante. 2) De conformidad con el contenido del artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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