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Sala de Casación Social
  • Fecha: 18 de julio de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 127

 

Martes, 18 de julio de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Consulta  (LOPCYMAT)                        16-928

 

El abogado RODOLFO ANTONIO RODRÍGUEZ LANZ, presentó escrito solicitando que se ratifique y confirme la sentencia sujeta a consulta, para ser agregado al juicio que sigue ASOCIACIÓN CRISTIANA DE JÓVENES YMCA DE CARACAS contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Exequátur              15-938

 

El abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, presentó escrito DE contestación del exequátur, para ser agregado al juicio que sigue YULY YURAIMA ROBAINA NUESI. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Exequátur              14-1715

 

El abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, presentó escrito DE contestación del exequátur, para ser agregado al juicio que sigue BEATRIZ CAROLINA PONCE CHANGEUR. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    16-821

 

La abogada BRISMAY GONZÁLEZ, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue NIJAD HAMDAN GONZÁLEZ contra ALEJANDRO CÁRIBAS EN SU CONDICIÓN DE LIQUIDADOR DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (FONJUCV) y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  13-1681

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que el ciudadano Ezequiel Orlando Núñez Arias contra La Fundación para el Mejoramiento Industrial y Sanitario de Valencia (FUNVAL) y otra, prevista para el día jueves veinte (20) de julio del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-0723

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia para dictar sentencia correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que el ciudadano Juan José Torres Silva contra  la ciudadana Idenia Coromoto Gómez de Franca, prevista para el día jueves veinte (20) de julio del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos y cincuenta minutos de la tarde (2:50 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0192

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que el ciudadano Elvis David Betancourt Justo y otros contra Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC), prevista para el día jueves veinte (20) de julio del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-1226

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de presentación oral de informes, correspondiente al presente recurso de apelación, interpuesto en el juicio que sigue Agropecuaria Doña Luisa, C.A. contra  Acto Administrativo de fecha 12/8/2009, sesión 256-09, punto de cuenta N° 7, dictado por el Instituto Nacional de Tierras (INTI) prevista para el día miércoles diecinueve (19) de julio del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

Exp. N°  15-0642

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia de presentación oral de informes, correspondiente al presente recurso de apelación, interpuesto en el juicio que sigue Gustavo Adolfo Martínez Higuera en su propio nombre y en representación de Nelly Higuera de Martínez y otro (Las Araguatas) contra Acto Administrativo de fecha 06/05/2013, reunión N° 515-13, punto de cuenta N° 2, emanado del  Instituto Nacional de Tierras (INTI) prevista para el día miércoles diecinueve (19) de julio del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.) Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-0369

 

Visto el escrito del quince  (15) de febrero del año en curso,  presentado por el abogado Jorge González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 117.571, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa Beneficiadora de Aves Barquisimeto, C.A., mediante el cual solicita la acumulación del presente asunto con el expediente AA60-S-2017-00069, el cual se transcribe en su parte pertinente:

“… SOLICITAR de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3°de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la ACUMULACIÓN de esta causa con la causa que cursa ante esta Sala de Casación Social, por recurso de casación en el expediente N° 2017-069…”  

                   Ahora bien, en aras de proveer lo peticionado, considera necesario este Juzgado hacer las siguientes consideraciones:

                   Señala el artículo 31, numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que:

“Son competencias comunes a cada Sala del Tribunal Supremo de Justicia:

3. Conocer los juicios en los que se ventilen varias pretensiones conexas, siempre que al tribunal esté atribuido el conocimiento de algunas de ellas

                

Asimismo, el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, con relación a la acumulación de causas, establece:

 

“Se entenderá también que existe conexión entre varias causas a los efectos de la primera parte del artículo precedente:

1° Cuando haya identidad de personas y objeto, aunque el título sea diferente.
2° Cuando haya identidad de personas y título, aunque el objeto sea distinto.
3° Cuando haya identidad de título y objeto, aunque las personas sean diferentes.
4° Cuando las demandas provengan del mismo título, aunque sean diferentes las personas y el objeto”.

 

                   De las anteriores transcripciones se extrae, tanto la competencia, así como los requisitos objetivos que deben ser revisado en aras de acordar la acumulación peticionada.

                   Así las cosas, de la revisión exhaustiva de los expedientes involucrados, concluye esta Sala lo siguiente:

                   En primer lugar no se encuentra satisfecho el requisito de la identidad de sujetos, puesto que en expediente distinguido con el alfanumérico AA60-S-2016-000369, las partes involucradas son  la empresa de Propiedad Social Directa Comunal “Beneagro los 19 Luchadores de la Patria” y la empresa Aves Barquisimeto, C.A. (quien actúa como tercero interesado), mientras que en el expediente AA60-S-2017-000069, los intervinientes son la empresa Beneficiadora De Aves Barquisimeto, S.A. contra Rainer Antonio Ortiz Daza y otros.

                   En segundo lugar no hay identidad de objeto puesto que en el expediente AA60-S-2016-000369, se trata de un procedimiento cautelar anticipado, mientras que en el alfanumérico AA60-S-2017-000069, se ventila lo concerniente a una acción por despojo.

                   Por tal motivo; al no haber identidad de personas ni de objeto, mal pudiese este Juzgado admitir la solicitud de acumulación.

                   Por otro lado, en sintonía con lo anterior, es menester señalar lo establecido en el artículo 81, numeral 3° del Código de Procedimiento Civil:

“No procede la acumulación de autos:

3) Cuando se trate de asuntos que tengan procedimientos incompatibles.

                     Así las cosas, del estudio que componen las actas de los asuntos involucrados, este juzgado observa que en el alfanumérico  AA60-S-2016-000369, se ejerció recurso de apelación en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el nueve (9) de marzo del año 2016, mientras que el expediente AA60-S-2017-000069, fue ejercido recurso extraordinario de casación. (Énfasis de este Juzgado)

                   Ahora bien, tal y como quedó establecido en el párrafo anterior, con relación a los recursos ejercidos en cada uno de los casos, esta Sala observa que en lo referente al recurso de apelación, la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario dejó sentado en su artículo 229, el procedimiento a seguir en segunda instancia para la tramitación del citado recurso ordinario, mientras que el recurso extraordinario de casación debe tramitarse de conformidad con lo pautado los artículos 233 al 242 de la supra señalada norma, por cual queda evidenciado la incompatibilidad de los procedimientos a  que hace alusión el artículo 81 de la Ley Adjetiva Civil.

                   Por los anteriores razonamientos este Juzgado niega la acumulación solicitada. Así se decide. Agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  15-0984

 

En horas de despacho del día de hoy dieciocho (18) de julio de 2017, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día diecisiete (17) de julio de 2017, al edificio Petróleo de Venezuela, torre Este, PH, Presidencia, Av. Libertador, calle El Empalme, urbanización La Campiña, Municipio Libertador, Distrito Capital, Caracas, Venezuela, según Boleta de Notificación dirigida a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. Informo que en la dirección señalada, le hice entrega de la Boleta de Notificación, al ciudadano GILBERTO JOSÉ CHACON LAYA, titular de la cédula de identidad N° V-4.291.393 en su condición de Gerente (E) de Asuntos Litigiosos Laborales. La cual revisó en todo su contenido manifestando que lo recibía conforme, procediendo a firmarla Es por lo que consigno la misma, con la firma de recibido, constante de un (01) folio útil.

El Alguacil,

 

 

RAFAEL  A. RENGIFO VERENZUELA.

 

En el día de hoy, dieciocho (18) de julio de 2017, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de un (1) folio útil. Agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  15-0984

 

En horas de despacho del día de hoy dieciocho (18) de julio de 2017, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día diecisiete (17) de julio de 2017, Av. Francisco de Miranda, edificio Parque Cristal, torre Este, piso 11, Municipio Chacao, Estado Miranda, Caracas, Venezuela, según Boleta de Notificación dirigida al ciudadano ALBERTO CISNERO LAVALLER. Informo que en la dirección señalada, le hice entrega de la Boleta de Notificación, a la ciudadana ALCIRA ELENA VILLARREAL MORA, titular de la cédula de identidad N° V-3.907.295 en su condición de Secretaria. La cual revisó en todo su contenido manifestando que lo recibía conforme, procediendo a firmarla Es por lo que consigno la misma, con la firma de recibido, constante de un (01) folio útil.

El Alguacil,

 

 

RAFAEL  A. RENGIFO VERENZUELA.

 

En el día de hoy, dieciocho (18) de julio de 2017, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de un (1) folio útil. Agréguese al expediente.-

 

 

Exp. N°  12-1660

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia para dictar sentencia correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que la ciudadana Daniela Ana María Linda Cozzi de Oberto y otra contra Colegio de Médicos del Estado Miranda, Asociación Civil, prevista para el día jueves veinte (20) de julio del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde (2:45 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0232

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves treinta (30) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-1771

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veintiocho (28) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos de la tarde (2:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0234

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veintiocho (28) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  13-0383

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintitrés (23) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0406

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves dieciséis (16) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0275

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves dieciséis (16) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0199

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes catorce (14) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una y treinta minutos de la tarde (01:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0267

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes catorce (14) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0385

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes catorce (14) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  16-0652

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves nueve (09) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente

 

 

Exp. N°  17-0139

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintitrés (23) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del medio día (12:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0346

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veintiuno (21) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0257

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves nueve (09) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0137

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes siete (07) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos de la tarde (2:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0216

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes siete (07) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0109

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes siete (07) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0185

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes siete (07) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0094

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves dos (02) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0090

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves dos (02) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0088

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves dos (02) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0132

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: dos de la tarde (2:00 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0083

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0136

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0081

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veintiséis (26) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: doce del mediodía (12:00 m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0072

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día jueves veintiséis (26) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y cincuenta de la mañana (10:50 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0041

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veintiséis (26) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0067

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veinticuatro (24) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0035

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veinticuatro (24) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  17-0031

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala de Casación Social acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso para el día martes veinticuatro (24) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hora: diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  14-0260

 

Visto el escrito del treinta (30) de junio del año en curso, presentado por el abogado Luis Alfredo Pérez Morales, Defensor Público Primero (1°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial del ciudadano RICHARD PIERLEONI CAMACHO, titular de la cédula de identidad número 12.390.104, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur presentada por los abogados Antonio José Rivero Berrios y Walter González Espinoza, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 12.067 y 82.037, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana YULIBERTH CARDENAS DE PIERLEONI, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio Nro. 364/2013, dictada en fecha 20 de septiembre de 2013, por el Juzgado de Primera Instancia Nro. 6 (Familia) de Bilbao, Reino de España.  Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado.

 

 

Exp. N°  14-0260

 

SE HACE SABER:

 

 

             Al abogado LUIS ALFREDO PÉREZ MORALES, Defensor Público Primero (1°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur presentada por los abogados Antonio José Rivero Berrios y Walter González Espinoza, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 12.067 y 82.037, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana YULIBERTH CARDENAS DE PIERLEONI, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio Nro. 364/2013, dictada en fecha 20 de septiembre de 2013, por el Juzgado de Primera Instancia Nro. 6 (Familia) de Bilbao, Reino de España. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-0938

 

Visto el escrito del treinta (30) de junio del año en curso, presentado por el abogado Eduar Enrrique Moreno Blanco, Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial del ciudadano EDUARDO JOSÉ RANGEL FLORES, titular de la cédula de identidad número 13.422.467, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por el abogado Gregory Ramón Meneses Conde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.850, actuando como apoderado judicial de la ciudadana YULY YURAIMA ROBAINA NUESI, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el veintisiete (27) de septiembre de 2007, por Juzgado de Primera Instancia de la Circunscripción del Distrito Judicial de la Vega, República Dominicana.  Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado.

 

 

Exp. N°  15-0938

 

SE HACE SABER:

 

 

             Al abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por el abogado Gregory Ramón Meneses Conde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.850, actuando como apoderado judicial de la ciudadana YULY YURAIMA ROBAINA NUESI, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el veintisiete (27) de septiembre de 2007, por Juzgado de Primera Instancia de la Circunscripción del Distrito Judicial de la Vega, República Dominicana. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-1074

 

Visto el escrito del treinta (30) de junio del año en curso, presentado por el abogado Luis Alfredo Pérez Morales, Defensor Público Primero (1°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial del ciudadano VALENTINO MASTRODOMÉNICO SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número 6.363.376, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur presentada por los abogados Albertina del Carmen Manzaneda Sifontes y Luis Omar Molina Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 68.715 y 68.734, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana KARINA MILAGROS GÓMEZ DE MASTRODOMÉNICO, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio dictada el trece (13) de febrero del 2007, por la Corte del Circuito Décimo Primero Circuito Judicial en y para el Condado de Miami-Dade, de los Estado Unidos de América. Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado.

 

 

Exp. N°  15-1074

 

SE HACE SABER:

 

 

                    Al abogado LUIS ALFREDO PÉREZ MORALES, Defensor Público Primero (1°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur presentada por los abogados Albertina del Carmen Manzaneda Sifontes y Luis Omar Molina Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 68.715 y 68.734, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana KARINA MILAGROS GÓMEZ DE MASTRODOMÉNICO, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio dictada el trece (13) de febrero del 2007, por la Corte del Circuito Décimo Primero Circuito Judicial en y para el Condado de Miami-Dade, de los Estado Unidos de América. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

Exp. N°  15-1397

 

SE HACE SABER:

 

 

                    Al abogado LUIS ALFREDO PÉREZ MORALES, Defensor Público Primero (1°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur presentada por la abogada Elizabeth Coromoto Torres, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.818, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ICSEN EDWARD FOSTER GILL, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio Nro. 12-DCV-198324, dictada en fecha 12 de octubre de 2012, por la Corte Judicial del Distrito 387, del Condado Fort Bend, Texas, Estados Unidos de Américaa. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-1397

 

Visto el escrito del treinta (30) de junio del año en curso, presentado por el abogado Luis Alfredo Pérez Morales, Defensor Público Primero (1°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial de la ciudadana CAROL JEANETTE PORTILLO, titular de la cédula de identidad número 13.742.916, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur presentada por la abogada Elizabeth Coromoto Torres, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.818, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ICSEN EDWARD FOSTER GILL, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución de matrimonio Nro. 12-DCV-198324, dictada en fecha 12 de octubre de 2012, por la Corte Judicial del Distrito 387, del Condado Fort Bend, Texas, Estados Unidos de América. Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado.

 

 

Exp. N°  16-0001

 

Visto el escrito del veintinueve (29) de junio del año en curso, presentado por el abogado Eduar Enrrique Moreno Blanco, Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial de la ciudadana MARÍA ALESSANDRA BERTORELLI PIERACCI, titular de la cédula de identidad número 10.336.977, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por el abogado José Ángel Balzán Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.174, actuando como apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUIS GASCUE GONZÁLEZ, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el veintinueve (29) de noviembre de 2006, por Tribunal de Circuito del Décimo Primer Circuito Judicial en y para el Condado de Miami Dade, Florida, Estados Unidos. Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado.

 

 

Exp. N°  16-0001

 

SE HACE SABER:

 

 

                    Al abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por el abogado José Ángel Balzán Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.174, actuando como apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUIS GASCUE GONZÁLEZ, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el veintinueve (29) de noviembre de 2006, por Tribunal de Circuito del Décimo Primer Circuito Judicial en y para el Condado de Miami Dade, Florida, Estados Unidos. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  16-0001

SE HACE SABER:

 

 

                    Al abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por el abogado José Ángel Balzán Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.174, actuando como apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUIS GASCUE GONZÁLEZ, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el veintinueve (29) de noviembre de 2006, por Tribunal de Circuito del Décimo Primer Circuito Judicial en y para el Condado de Miami Dade, Florida, Estados Unidos. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  16-0210

 

Visto el escrito del veintinueve (29) de junio del año en curso, presentado por el abogado Eduar Enrrique Moreno Blanco, Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial del ciudadano JUAN CARLOS PÉREZ SOTO, titular de la cédula de identidad número 15.967.048, este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo a los fines de que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir de día siguiente de despacho a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por la abogada Lesbia Rosa Márquez Fuenmayor, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 49.827, actuando como apoderada judicial de la ciudadana CLAUDIA PECCHIO, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el treinta y uno (31) de mayo de 2006, por la Corte de Circuito del Onceavo Circuito Judicial en y para el Condado de Miami Dade, Florida, Estados Unidos.  Líbrese boleta, anexando la respectiva compulsa y cúmplase lo ordenado.

 

 

Exp. N°  16-0210

 

SE HACE SABER:

 

 

             Al abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, computados a partir del día de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por la abogada Lesbia Rosa Márquez Fuenmayor, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 49.827, actuando como apoderada judicial de la ciudadana CLAUDIA PECCHIO, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el treinta y uno (31) de mayo de 2006, por la Corte de Circuito del Onceavo Circuito Judicial en y para el Condado de Miami Dade, Florida, Estados Unidos. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-0977

 

Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia observa: que el trece (13) de julio de 2017, se recibió una diligencia, presentada por el abogado Willian Alberto Aranda Contreras, inscrito en el inpreabogado bajo el número 83082, apoderado judicial de la parte demandante, en la cual hacía mención de una nueva dirección para practicar la notificación de la parte demandada, donde señala la siguiente dirección: “… Avenida Principal de los Cortijos, oficina SONY, en el Municipio Sucre del Estado Miranda…”. Ahora bien, en aras de agotar la vía de notificación personal de la entidad de trabajo demandada y de preservar los derechos a la defensa y al debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa, se ordena la notificación de la parte supra identificada en la dirección antes señalada. Regístrese, Agréguese al expediente y cúmplase inmediatamente lo ordenado.

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para fundamentar, de conformidad con el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, incluyendo el término de la distancia correspondiente en los siguientes expedientes:

 

AA60-S-2017-000469

 

CERTIFICACIÓN DE CÓMPUTO

 

Caracas, Dieciocho (18) de julio de 2017. 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para fundamentar, de conformidad con el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, incluyendo el término de la distancia correspondiente en los siguientes expedientes:

 

AA60-S-2017-000469

 

 

AUDIENCIA DE INFORMES

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL AÑO 2017.

Exp. N° 14-1715 EXEQUÁTUR (LOPNNA)

 

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

En el día de hoy, martes dieciocho (18) de julio del año 2017, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia de presentación oral de informes,  conforme lo pautado en los artículos 85 al 98, ambos inclusive, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la solicitud de Exequátur presentado por la ciudadana BEATRIZ CAROLINA PONCE CHANGEUR, a fin de dar fuerza ejecutoria a la sentencia de fecha siete (7) de febrero de 2011, dictada por el Tribunal del Onceavo Circuito Judicial del Condado de Miami-Dade, Estado de Florida, Estados Unidos de Norteamérica, mediante la cual se declaró la disolución del vínculo matrimonial existente entre la solicitante y el ciudadano JORGE RICARDO POINCOT LEOPARDI. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Luis Hermogenes Castillo Castro, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 134.692, en representación de la solicitante. Asimismo, comparece a este acto el abogado Luis Alfredo Pérez Morales, Defensor Público Provisorio Primero ante el Tribunal Supremo de Justicia, en representación de la parte demandada. Asimismo, se encuentra presente la abogada María Cristina Vispo López, en su carácter de Fiscal 4° del Ministerio Publico ante las Salas de Casación Civil y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, la representante del Ministerio Público manifestó su opinión respecto al caso que nos ocupa. A continuación, la Presidenta de la Sala informa que la causa entrará en estado de sentencia. Se deja constancia de la consignación del escrito de informes por parte la abogada María Cristina Vispo López, en representación del Ministerio Público. Se declara terminado el acto. Se ordena levantar y publicar la presente Acta y agregar al expediente grabación en disco compacto de audio y video. Terminó, se leyó y conformes firman. Es todo.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 15-444

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO, DAÑO MORAL, PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano CARLOS JAVIER VALECILLO VERBEL contra la sociedad mercantil RUSCINO DÍAZ, C.A. (RUDICA). A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia del abogado Javier Antonio González Pérez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 114.719, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y sus apoderados no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) No se condena en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, MARTES, DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL AÑO 2017.

 

Recurso de Casación Exp. N° 15-808 (LOPNNA)

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia pública y contradictoria prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, virtud de los recursos de casación anunciado por ambas partes y formalizado sólo por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de mayo de 2015, dictada por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en el juicio que por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO sigue la ciudadana JOSERVIS COROMOTO MEJÍAS GUACARÁN contra la ciudadana YAURELIZ THAILY TORO RODRÍGUEZ, actuando en su propio nombre y en representación de su hija. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Carmen Yajaira Toro Valera, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 79.929, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante y su apoderado judicial. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-623

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y quince minutos de la mañana (11:15 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral de la sentencia, en virtud recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha dieciocho (18) de marzo de 2016, proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano LÁZARO JOSÉ ALFONZO contra CONDOMINIO EDIFICIO JOSÉ VARGAS. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Flor Karina Zambrano Franco, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 144.234, en representación de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente el abogado Roberto Alí Colmenares, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 15.764, en representación de la parte demandante. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte recurrente. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 15-624

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO. 

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha veinte (20) de abril de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JUAN RAMÓN GONZÁLEZ contra la sociedad mercantil INVERSIONES KARALAMOS, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Freddy Alberto Álvarez Bernee, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 10.040, en representación de la parte demandante  recurrente. La parte demandada y sus apoderados no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado de la parte demandante, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. En tal sentido, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero interrogó al representante de la parte demandante, quien contestó oportunamente. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala informa que los Magistrados consideraron necesario diferir el acto para el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente a este recurso para el día martes primero (1°) de agosto del año 2017. Hora: doce y quince minutos de la tarde (12:15 p.m.), sin necesidad de notificación puesto que las partes se encuentran a derecho. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 15-540

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO. 

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha veintiséis (26) de marzo del año 2015, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JORGE ELIECER PULIDO RIVERA contra la sociedad mercantil EXPRESOS MÉRIDA, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Carmen Beatriz Rodríguez Parada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 154.630, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte actora recurrente, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 15-829

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA y Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO. Por motivos justificados no asiste a esta audiencia el Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha cinco (05) de junio de 2015, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano ENRIQUE ADOLFO ROSELLI GROSS contra la sociedad mercantil MEDSURE OCUPACIONAL, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la comparecencia a este acto del abogado Rodolfo Antonio Rodríguez Lanz, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 75.072, en representación de la parte demandante recurrente. La representación judicial de la parte demandada no compareció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionante, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) No hay condenatoria en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

DESPACHOS

 

Exp. Nº17-0585: Oficio de Remisión Nº 1440

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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