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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 30
Miércoles, 22 de febrero de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Recurso de Casación 16-655
La abogada CARMEN SULBARÁN, presentó diligencia consignando poder, para ser agregado al juicio que sigue MANUEL AUGUSTO DOS SANTOS DIOGO contra PANADERÍA Y PASTELERÍA TULIPÁN, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 16-905
El abogado HEBERTO E. ROLDÁN, presentó diligencia ratificando las solicitudes consignadas los días 11-11-2016 y 24-01-2017, para ser agregado al juicio que sigue SILVINA MEJÍAS DE RANGEL contra CONSORCIO VENEZOLANO DE INDUSTRIAS Y SERVICIOS AEREOS, S.A. (CONVIASA). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Hecho 12-1538
El abogado EMILIO PÉREZ, presentó escrito solicitando se declare la perención de la instancia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ SIMÓN RIVERO REQUES y OTROS contra LUIS ENRIQUE CARRILLO SALAZAR. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Apelación Laboral 16-637
El abogado JOSÉ RAFAEL VARGAS RINCÓN, presentó escrito solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue SERVICIOS UNIVERSALES TU KIA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE ZULIA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.
Exp. N° Apelación Laboral 15-956
El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó escrito solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE TÁCHIRA, MUNICIPIO PÁEZ Y MUÑOZ DEL ESTADO APURE. CASO: LUIS LEONARDO ORTÍZ RANGEL. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Apelación Laboral 16-945
El abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, presentó escrito solicitando se dicte sentencia, para ser agregado al juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE DISTRITO CAPITAL Y VARGAS. CASO: ROBERTO CONSTANTINO KEY MULLINS. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Apelación 16-1028
El abogado VÍCTOR ÁLVAREZ MEDINA, presentó escrito de consideraciones, para ser agregado al juicio que sigue FERNANDO JODRA TRILLO contra TECNOLOGÍA SMARTMATIC DE VENEZUELA C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 17-015
El abogado WILLIAM ALBERTO RAMOS AGUILAR, presentó ratificación de escrito de formalización, para ser agregado al juicio que sigue CARLOS ANTONIO CONCEPCIÓN HERNÁNDEZ contra JESÚS MANUEL PEREIRA SALAZAR. Ponente: Dr.
Exp. N° Apelación Agraria 14-484
La abogada BETTY PÉREZ AGUIRRE, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA FINMEDICA INVERSIONES AGROPECUARIAS, S.A.-FINAGRO contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Apelación Agraria 14-486
La abogada BETTY PÉREZ AGUIRRE, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA CAJA DE AGUA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Recurso de Control de la Legalidad 16-071
La abogada JANETH COLINA, presentó diligencia consignando transacción y solicitando levantamiento de medida cautelar innominada, para ser agregado al juicio que sigue DANIEL SALOMÓN ESTRIN KREIMER contra NANCY COHEN DONECK. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Exequátur 14-947
El abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, presentó escrito solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue SAÚL ALFREDO YÁNEZ ROJAS. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-1439
El abogado EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue ALBERTO ÁLVAREZ ARAUJO contra MATILDE VÁSQUEZ JIMÉNEZ. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
AUTOS PUBLICADOS
Exp.
N° 16-477
Por cuanto en la decisión nº 0006 del 12 de enero de 2017, se incurrió en un error material en la página 3, penúltimo párrafo, donde se lee: Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui a los fines legales subsiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, debe leerse: Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen..
Queda así subsanado el
error en referencia. Agréguese a la sentencia.
Exp.
N° 15-191
Al
ciudadano PEDRO DANIEL PÉREZ HURTADO, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Escritorio Jurídico Centeno &
Asociados, ubicado en el Centro Empresarial Santiago, primer piso, local N° 02,
Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, teléfonos 0424.937.40.69 / 0426.591.18.58,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-191
A la
sociedad mercantil TURGAR EXPRESS C.A, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Terminal de pasajeros de Ciudad
Bolívar, local número 048 del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-191
A la
asociación civil CONDUCTORES SIN FINES DE LUCRO “TURGAR”, o en cualquiera
de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Terminal de
pasajeros de Ciudad Bolívar, local número 048 del Municipio Autónomo Heres del
Estado Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido
en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia
con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp.
N° 15-191
Al
ciudadano CATALINO ISAIAS VIRRIEL DÍAZ, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Terminal de pasajeros de
Ciudad Bolívar, local número 048 del Municipio Autónomo Heres del Estado
Bolívar, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo
de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp.
N° 15-428
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las
partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-428
Al
ciudadano MIGUEL ÁNGEL UZCANGA MORÍN, o en cualquiera de sus apoderados
judiciales, con domicilio procesal: Avenida Urdaneta, Ánimas a Plaza
España, edificio Centro Financiero Latino, piso 17, oficina 17-10, Caracas,
teléfonos: 0414.124.90.43, que esta Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal
sentido, una vez transcurrido un término
de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última
notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar
constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al
pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber
sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-428
A la
sociedad mercantil BELLEZA COMPLETA A.C, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Tercera avenida Los Palos
Grandes, entre cuarta y quinta transversal, quinta Don Federico, consultorio N°
12, Municipio Chacao, Estado Miranda, teléfonos: 0414.139.56.77,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su
notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil, en tal sentido, una
vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez
conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se
haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la
audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la
notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó,
identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de
la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.
Exp.
N° 15-191
El Juzgado
de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE
SABER:
Al
Juez Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar, Sede Ciudad Bolívar.
Que esta Sala por auto de esta misma
fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance
del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano PEDRO DANIEL
PÉREZ HURTADO, a la sociedad mercantil TURGAR EXPRESS C.A, a la
asociación civil CONDUCTORES SIN FINES DE LUCRO TURGAR así
como al ciudadano CATALINO ISAIAS VIRRIEL DÍAZ, y una vez transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo..
Dicha notificación deberá realizarse
en la siguiente dirección:
- Escritorio Jurídico
Centeno & Asociados, ubicado en el Centro Empresarial Santiago, primer
piso, local N° 02, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar
- Terminal de pasajeros de Ciudad Bolívar, local número 048 del
Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar.
Cumplida como haya sido la presente comisión,
se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor
brevedad posible.
Exp.
N° 15-191
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-745
De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857,
publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a
las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la
tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez
transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en
autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-
Exp.
N° 15-745
Al
ciudadano LUCA VICENZO SALVADORE BESUSSO, o en cualquiera de sus
apoderados judiciales, con domicilio procesal: Escritorio Jurídico Bello
Mendoza y Asociados, Urbanización Montecristo, cuarta transversal entre primera
y segunda avenida, edificio N° 11, Caracas, teléfonos 0212.428.00.13 /
0424.219.67.04, que esta Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en
el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con
el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Exp.
N° 15-745
A la sociedad
mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL C.A (B.O.D), o
en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización
Los Palos Grandes, avenida Andrés Bello, edificio Atlantic, piso 6, teléfonos:
0212.918.33.33, que esta Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido
en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia
con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, una vez transcurrido un término de diez
(10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que
de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la
oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que
se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificado.
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con los artículos 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 489 literal D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, aplicando el contenido de la sentencia 758 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del veintiuno (21) de julio del 2010 en los siguientes expedientes:
AA60-S-2016-0860
AA60-S-2016-0872
AA60-S-2016-0873
AA60-S-2016-0898
AA60-S-2016-0961
AA60-S-2016-0964
AA60-S-2016-1006
AA60-S-2016-1021
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
093 |
16-031 |
Recurso de
control de la legalidad |
José Benito Pereira
Dominguez contra Herederos del ciudadano José Ruperto Rocha Pérez (Lisbeth
Gimenez de Rocha y otras) |
Mónica
Misticchio Tortorella |
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la
parte actora, SEGUNDO: NULA la
sentencia recurrida proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños,
Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha
20 de noviembre de 2015, TERCERO:
REPONE la causa al estado que se fije nueva oportunidad para la
celebración de la audiencia preliminar en fase de mediación. |
094 |
16-525 |
Recurso de
Casación |
Carmen Rosa González
contra Centro Médico Loira, C.A. |
Mónica
Misticchio Tortorella |
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte
actora, contra la sentencia dictada por el juzgado Superior Sexto del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11
de abril de 2016 y SEGUNDO: FIRME
el fallo recurrido. |
095 |
15-1313 |
Recurso de
Casación |
Rafael Arturo González
contra Iris Arbeláez Chirinos y otros |
Mónica
Misticchio Tortorella |
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte
intimada ciudadana Iris Arbeláez Chirinos, SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido, TERCERO: ORDENA reponer la causa al estado en que el Juzgado
Superior en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescente que resulte
competente se pronuncie sobre el fondo del asunto |
096 |
16-513 |
Recurso de
Casación |
Manuel Antonio Moya
contra C.V.G. EDELCA ahora denominada CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL
(CORPOELEC) |
Jesús Manuel
Jiménez Alfonzo |
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación
judicial de la parte actora ciudadano MANUEL ANTONIO MOYA contra el fallo
dictado por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, en fecha 17
de febrero de 2016, SEGUNDO: CONFIRMA
el fallo recurrido |
097 |
16-006 |
Recurso de
Casación |
Rafael José Acacio
Tremont contra Compañía Anónima Nacional de Administración y Fomento
Eléctrico (CADAFE) |
Danilo
Antonio Mojica Monsalvo |
PERECIDO
el recurso de casación interpuesto por la parte demandante |
098 |
16-006 |
Recurso de
Casación |
Rafael José Acacio
Tremont contra Compañía Anónima Nacional de Administración y Fomento
Eléctrico (CADAFE) |
Danilo
Antonio Mojica Monsalvo |
PERECIDO
el recurso de casación propuesto por la parte demandada |
099 |
16-445 |
Recurso de
Casación |
Emnio José Campos Monroy
y otros contra Baker Hughes de Venezuela, S.C.P.A. |
Danilo
Antonio Mojica Monsalvo |
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la parte demandada,
contra la sentencia publicada el 29 de marzo de 2016 por el Juzgado Superior
Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, y SEGUNDO: REVOCA el auto de admisión
del recurso, emitido en fecha 6 de abril de 2016, por el referido Juzgado
Superior. TERCERO: SIN EFECTO el
auto de esta Sala de fecha 1° de diciembre de 2016, mediante el cual se fijó
la audiencia pública y contradictoria. |
DESPACHO
Exp. Nº16-0611: Oficio de Remisión Nº 246/Oficio de Participación Nº247
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
La Presidenta de la Sala,
_________________________________
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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