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Sala de Casación Social
  • Fecha: 24 de octubre de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 173

 

 

Martes, 24 de octubre de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-371

 

El abogado REINALDO ALBERTO DOW ARANDA, presentó diligencia sustituyendo poder apud acta, para ser agregado al juicio que sigue DEHAN ANTONIO DE ARMAS OROZCO y OTROS contra MARTÍN ANTONIO DE ARMAS SÍLVA y OTROS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-371

 

El abogado REINALDO ALBERTO DOW ARANDA, presentó diligencia sustituyendo poder apud acta, para ser agregado al juicio que sigue DEHAN ANTONIO DE ARMAS OROZCO y OTROS contra MARTÍN ANTONIO DE ARMAS SÍLVA y OTROS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Control de la Legalidad               17-352

 

El abogado LUIS GERARDO PINEDA TORRES, presentó diligencia solicitando desestimación de nulidad, para ser agregado al juicio que sigue LORENA JOSEFINA MORALES GALUE contra RAFAEL JESÚS RAMOS FERNÁNDEZ Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-579

 

El abogado LUIS GERARDO PINEDA TORRES, presentó diligencia solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue IRIS NAHIR YÉPEZ SALAS Y OTROS contra IRENE BIASUTTO NOCENTE y OTROS Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    14-1626

 

El abogado LUIS GERARDO PINEDA TORRES, presentó diligencia solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ OTONIEL ALASTRE PÉREZ contra MOLIENDAS PAPELÓN, S.A. (MOLIPASA) y OTROS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-185

 

El abogado JUAN CARLOS LANDER PARUTA, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue MARIANA COSTA BARRAZA contra SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A. y OTRO. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-031

 

El abogado JUAN CARLOS LANDER PARUTA, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue HAYDEE PASTORA PARRA DE LÓPEZ y OTRA contra SOCIEDAD MERCANTIL PELUQUERÍA UNISEX LE GRIFF C.A (SANDRO PELUQUERÍA) y OTRAS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  15-0755

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 539, publicada el ocho (8) de mayo del año 2015, dónde se ordena la notificación de las partes a los fines de darle continuidad a la causa y se abra el lapso de cinco (5) días al que hace referencia el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, esta Sala ordena se libre boleta de notificación a las partes. De igual modo, se comisiona suficientemente al Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz con la finalidad de que practique las notificaciones ordenadas. Líbrese las boletas correspondientes, agréguese al expediente y cúmplase lo ordenado.

 

 

Exp. N°  15-0755

 

SE HACE SABER:

 

             A la sociedad mercantil CORPORACIÓN F.B.K., C.A.,  en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Las Américas, Edificio Anto, Piso 2, Oficina 10, Escritorio Jurídico Blanco Rodríguez & Asociados, Puerto Ordaz, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia mediante auto de esta misma fecha, en concordancia con la sentencia número 539, publicada el ocho (8) de mayo del año 2015, dictada por la Sala Constitucional, ordenó su notificación con la finalidad de darle continuidad a la causa y se abra el lapso de cinco (5) días al que hace referencia el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa una vez conste en auto la última notificación que de las partes se haga. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-0755

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

 

            Al Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la sociedad mercantil CORPORACIÓN F.B.K., C.A. y a la  GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES BOLÍVAR Y AMAZONAS, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

 

-     Avenida Las Américas, Edificio Anto, Piso 2, Oficina 10, Escritorio Jurídico Blanco Rodríguez & Asociados, Puerto Ordaz.

-   Unare 1, Carrera Aerocuar, Centro Empresarial Etna (al lado del edificio PDVSA), Puerto Ordaz.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  16-0516

 

En virtud de la orden de notificación plasmada en la sentencia de esta Sala, identificada con el número 529 del dos (2) de junio del 2017, mediante la cual se concede fuerza ejecutoria parcial, a la sentencia número 807/13, del nueve (9) de diciembre del año 2013, dictada por la Audiencia Provincial Sección Décima de Valencia, España, en el procedimiento de disolución del vínculo matrimonial entre la ciudadana Antonieta Di Bari Martinelli y Luis Alejandro Veiga Pérez, considera este Juzgado hacer las siguientes consideraciones:

                 Corre inserto a los folios 13 al 16 de las actas que componen el presente asunto, poder otorgado por la ciudadana Antonieta Di Bari Martinelli a las abogadas Ana María Gamardo Medina, Paolo Marinuzzi Tinelli e Irene Gamardo Medina, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 57.944, 54.910 y 57.945 respectivamente.

                 Asimismo, corre inserto al folio 72 diligencia del primero (1°) de agosto del año en curso, presentada por la abogada Irene Gamardo Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 57.945, en la cual solicita copia certificada de la sentencia dictada por esta Sala en el presente asunto.

                 Ahora bien, de lo anteriormente apuntado considera esta Sala que resulta a todas luces inoficioso librar boleta de notificación a la ciudadana Antonieta Di Bari Martinelli, ya que tal diligencia tenía por objeto poner en conocimiento a la parte solicitante del exequátur, que esta Sala había proferido sentencia de mérito, y del pedimento previamente señalado se concluye que tal objetivo fue cumplido tácitamente.

                 Por otro lado, esta Sala en atención a la sentencia recaída en el presente asunto, ordena librar boleta de notificación al ciudadano Luis Alejandro Veiga Pérez. Líbrese boleta, agréguese al expediente y cúmplase lo ordenado.

 

 

Exp. N°  16-0516

 

SE HACE SABER:

 

             Al ciudadano LUIS ALEJANDRO VEIGA PÉREZ, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Francisco de Miranda Torre Profesional, La California, Piso 6, Oficina 6-1, Caracas, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia número 529 del dos (2) de junio del 2017, concedió “FUERZA EJECUTORIA PARCIAL”, a la sentencia número 807/13, del nueve (9) de diciembre del año 2013, dictada por la Audiencia Provincial Sección Décima de Valencia, España, en el procedimiento de disolución del vínculo matrimonial entre la ciudadana Antonieta Di Bari Martinelli y Luis Alejandro Veiga Pérez. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-1211

 

Vista la solicitud formulada por la abogada NANCY PASQUARIELLO, apoderada de la parte tercera interesada, contenida en diligencia de fecha veintitres (23) de octubre de 2017, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 22, numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría la copia certificada de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2015-001211, contentivo del juicio seguido por MARÍA ALEJANDRA PÉREZ VERA HERRERA contra MARÍA ELENA COVIAN DÍAZ, actuando  en representación de sus hijas y como tercera interesada KAIHANG ZHAO, con inserción de la referida diligencia y del presente auto.-

 

 

Auto que ordena certificar el cómputo del lapso de los veinte (20) días consecutivos  para formalizar, de conformidad con el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, incluyendo el término de la distancia correspondiente en el siguiente expediente:

AA60-S-2017-000001

 

 

DECISIONES DEL DÍA

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

                Decisión

0907

15-974

Recurso de control de la legalidad

Grunenthal Venezolana Farmacéutica, C.A. a favor de Ivonne Jeannette Mujica Lozada

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte oferente, sociedad mercantil GRUNENTHAL VENEZOLANA FARMACÉUTICA C.A.

0908

16-693

Recurso de Hecho

Ender Xiomar Lugo contra Gisela Pastora Bodo Salazar y otros Tercero Interesado: Antonio de Padua Ferrer de Sant Jordi

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada ciudadanos GISELA PASTORA BODO SALAZAR, NORBERTO JSESÚS TROSSEL SAAVEDRA y VIRGILIO AUGUSTO GARBÁN ZAMORA y por el tercero interviniente ciudadano ANTONIO DE PADUA FERRER DE SANT JORDI MOLINA, contra el auto de fecha 13 de junio de 2016, dictado por el Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, que negó la admisión de los recurso de casación, contra el fallo proferido en fecha 7 de marzo de 2016.

0909

17-055

Exequátur

Martha Esperanza Díaz Espinel contra Franklin José Rivas Hernández

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

PRIMERO: ACEPTA la competencia que le fuere declinada por el Tribunal Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se declara COMPETENTE para conocer de la solicitud de exequátur la sentencia de divorcio N°665 dictada el 28 de noviembre de 2012 por el Juzgado Primero Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá, República de Panamá; SEGUNDO: RECHAZA la solicitud presentada por la ciudadana MARTHA ESPERANZA DÍAZ ESPINEL.

0910

17-123

Recurso de Casación

Asdrubal Roberto Guerrero contra Instituto de Salud Publica del estado Bolívar.

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación incoado por la representación judicial de la parte actora recurrente ciudadano ASDRÚBAL ROBERTO GUERRERO, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en fecha 23 de noviembre de 2016. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido.

0911

17-251

Recurso contencioso administrativo

C.A. Azuca contra Providencia Administrativa N° 051/15, de fecha 23-02-2015 dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). Caso: Oscar Castro

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación contra el auto de admisión de pruebas dictado por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 10 de mayo de 2016. SEGUNDO: Se REVOCA parcialmente el auto apelado. TERCERO: SE ANULA la sentencia proferida por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 27 de octubre de 2016. CUARTO: Se REPONE la causa al estado de admitir la prueba de testigos, tomando en consideración lo establecido en la presente decisión, y una vez evaluada la misma, se dicte sentencia por el Tribunal a quien corresponda el conocimiento de la causa.

0912

17-411

Recurso de Casación y Control de la legalidad

Franklin Javier Alejos Mendoza y otros contra la sociedad mercantil Industrial Sisalara, C.A

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada sociedad mercantil INDUSTRIAL SISALARA C.A.

0913

17-461

Recurso de control de la legalidad

Efraín José Gómez Ocanto contra Agrícola La Pastoreña C.A

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil AGRICOLA PASTOREÑA, C.A.

0914

17-565

Recurso de control de la legalidad

Francisco Johan Hernández contra Concretera Muselli, C.A.

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del ciudadano FRANCISCO HERNÁNDEZ.

0915

17-566

Recurso de control de la legalidad

Daniel José Bolívar Ortega y otros contra Venecia & Service, C.A.

Jesús Manuel Jiménez Alfonzo

INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil VENECIA &SERVICE, C.A.

0916

16-970

Recurso de Casación

Jorman Antonio Agüero Escalona contra Transporte Ures, C.A. y otro

Edgar Gavidia Rodríguez

1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 24 de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto; 2) FIRME el fallo recurrido.

0917

16-1022

Recurso de Casación

Daglis Guerra contra Representaciones y Capacitaciones, C.A. (Farmacia tu Cosmetico Venezuela, C.A.)

Marjorie Calderón Guerrero

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 18 de octubre de 2016, por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz; y, SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido.

 

 

ACTA

 

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, VEINTICUATRO (24) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 15-908

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes, contra la sentencia de fecha diecinueve (19) de junio de 2015, proferida Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano FREDDY ANTONIO BASTIDAS contra la sociedad mercantil TRANSPORTE INDUSTRIAL BARINAS, C.A. (TRAINBACA) y el tercero interesado la sociedad mercantil PDVSA, PETRÓLEO, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada María Belén Guglielmo Benavides, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 85.479, en representación de la parte demandada recurrente. La parte demandante y sus apoderados judiciales no comparecieron a esta audiencia. Asimismo, la representación judicial del tercero interesado no compadeció a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación ejercido por la parte demandante. 2) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto la parte demandada. 3) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 4) Sí hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, VEINTICUATRO (24) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 17-035

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha primero (1°) de diciembre de 2016, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en el juicio que por COBRO PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano ÁNGEL JESÚS JIMÉNEZ LOZADA contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA TERMINI, C.A. (COTERSA) y los ciudadanos DEYANIRA GUZMÁN DE TERMINI, GERMÁN IGNACIO TERMINI GUZMÁN, LISBETH KATHERINE TERMINI GUZMÁN y SALVADOR ANTONIO TERMINI GUZMÁN. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Víctor Raúl Ron Rangel, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 127.968, en representación de la parte codemandada recurrente Constructora Termini, C.A. (COTERSA). La parte demandante y sus apoderados no asistieron a esta audiencia. De igual forma, los co-demandados Deyanira Guzmán De Termini, Germán Ignacio Termini Guzmán, Lisbeth Katherine Termini Guzmán y Salvador Antonio Termini Guzmán y sus apoderados no asistieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte accionada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte codemandada . 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte recurrente. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, VEINTICUATRO (24) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 17-312

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce del mediodía (12:00 m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha trece (13) de enero de 2017, proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE  PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana ANA JOSEFINA ROJAS SÁNCHEZ contra la sociedad mercantil IMPORTADORA RADIANTE 10.000, C.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia acto de los abogados José Manuel Rodríguez Ramírez y Miguel José Aparcedo Martínez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 41.099 y 88.415, respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente. La parte demandante y su apoderado judicial no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al abogado José Manuel Rodríguez Ramírez, apoderado judicial de la parte demandada recurrente, quien expuso los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Dra. Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, VEINTICUATRO (24) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 17-125

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y quince de la tarde (12:15 p.m.) hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral del fallo, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veinte (20) de diciembre de 2016, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano MAGDIEL JOSÉ JIMÉNEZ ORAÁ contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NORBETO ODEBRECHT, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Antulio de Jesús Moya Tovar, inscrito en el Inpreabogado con el número 21.562, en representación de la parte demandada recurrente. La parte actora y su apoderado judicial no comparecieron a esta audiencia. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte recurrente. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, VEINTICUATRO (24) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 16-996 (LOPNNA).

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la doce y cincuenta minutos de la tarde (12:50 p.m.), hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia para dictar el dispositivo oral del fallo, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2016, proferida por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en el juicio que por NULIDAD DE VENTA DE ACCIONES, CONJUNTAMENTE CON MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES  sigue la ciudadana MABEL DEL CARMEN MACÍAS RAMÍREZ quien actúa en nombre propio y representación de su hijo, cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña, y Adolescentes, contra los ciudadanos CARLOS GREGORIO ROMERO ORTA y JACINTO SÁNCHEZ MORA. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de  los abogados Simón Araque Rivas, incrito en el Inpreabogado bajo el número 5303, en representación de la parte codemandada recurrente, el ciudadano Carlos Gregorio Romero Orta. Asimismo, se encuentra presente el abogado Anthony Gerard Pérez Negrón, inscrito en el Inpreabogado con el número 270.529, representante judicial de la parte demandante. Ilustrada como se encuentra la Sala, y finalizada la deliberación, seguidamente la Presidenta de la Sala lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte codemandada. 2) En consecuencia, se ANULA la sentencia recurrida. 3) Repone la causa al estado que el Juzgado de Juicio que resulte competente ordene la articulación probatoria dispuesta en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. 4) No hay condenatoria en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, VEINTICUATRO (24) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 17-067

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.) hora fijada a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de noviembre de 2016, proferida por el Juzgado Segundo Superior de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguen los ciudadanos AMALIA ROSA BÁEZ y JOSÉ DE JESÚS AGUILAR MORÓN  contra las sociedades mercantiles PELUQUERÍA UNISEX EL SANCH, C.A. (SANDRO PELUQUERÍA), CENTRO DE ESTÉTICA SANDRO C.A., SOCIEDAD MERCANTIL PELUQUERÍA UNISEX LE GRIFF C.A. y el ciudadano JOSÉ GREGORIO DÍAZ MARTÍNEZ. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Rebeca Leonor Santana Marciales, inscrita en el Inpreabogado con el número 47.925 en representación de las codemandadas recurrentes. La parte demandante y sus apoderados judiciales no comparecieron a esta audiencia. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte demandada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo interrogatorio. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, aprobada de manera unánime declara: 1)  CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2) En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara SIN LUGAR la demanda. 4) Se condena en costas. 5) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY MARTES, DIECISIETE (17) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.

Recurso de Casación Exp. N° 17-296

 

Apertura el acto la Presidenta de esta Sala Magistrada Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO, con la asistencia del Vicepresidente de la Sala Magistrado Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, y de los Magistrados Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, y la Dra. MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA. Asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARISTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala de Casación Social en el Salón de Audiencias ubicado en el planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, de mutuo acuerdo entre las partes se adelantó la hora inicial fijada, para la una y diecisiete minutos de la tarde (1:17 p.m.), a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, momento en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha trece (13) de febrero de 2017, proferida por el Juzgado Superior de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano ASDRÚBAL JOSÉ GASCÓN NÚÑEZ contra la sociedad mercantil BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A. A continuación, el Secretario de la Sala deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Fernando Antonio Chacín Ortíz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.783, representación judicial de la parte demandada recurrente. Asimismo, se encuentra presente la abogada Rosa Arelis Natera Acevedo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 30.436, en representación de la parte demandante. De seguidas, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada, quien expone los motivos que, a su juicio, justifican la nulidad del fallo impugnado. Terminada su intervención, participa la representante judicial de la parte demandante, quien esgrime los elementos tendentes a enervar lo manifestado por la contraparte. Concluido el debate, la Presidenta de la Sala consulta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. En este sentido, la Magistrada Dra. Marjorie Calderón Guerrero, interrogó al apoderado judicial de la parte accionada, quien respondió en tiempo hábil. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, los Magistrados se retiran a deliberar. Finalizada la consideración, la Presidenta de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. 2) En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas. 4) Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena agregar al expediente el disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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