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Sala de Casación Social
  • Fecha: 24 de noviembre de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 198

 

Viernes, 24 de noviembre de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Avocamiento          17-946

 

Los ciudadanos JAVIER COROMOTO GÓMEZ y CESAR EMIRO SUAREZ, asistidos por el abogado JAMEIRO JOSE ARANGUREN, presentaron escrito de solicitud de AVOCAMIENTO, para ser agregado al juicio que sigue JAVIER COROMOTO GÓMEZ y CESAR EMIRO SUAREZ contra CESAR JOSÉ AURE PÉREZ Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            12-1022

 

La abogada MARÍA BELÉN GUGLIELMO, presentó escrito solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue TOBIAS CARRERO NACAR y OTROS (HATO CARONÍ) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            13-384

 

La abogada MARÍA BELÉN GUGLIELMO, presentó escrito solicitando fijación de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue TOBÍAS CARRERO NÁCAR y OTRA (PREDIO GUAIQUERI O MILAGROSA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            17-316

 

El abogado LUIS MIGUEL BACLINI DE FILPO, presentó diligencia dejando constancia de no haber sido publicada la sentencia en el lapso, para ser agregado al juicio que sigue ROSA ELENA MARÍN NÓBREGA contra BACARDÍ VENEZUELA, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-864

 

El abogado JESÚS ALFREDO MARRERO CAMACHO, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ GUEVARA contra RAÚL ARMANDO SAAVEDRA VÁSQUEZ. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-828

 

El ciudadano JUAN ANDRÉS GONZÁLEZ, asistido por el abogado CARLOS EDUARDO ÁLVAREZ, presentó diligencia consignando poder apud acta, para ser agregado al juicio que sigue ESTIANA COROMOTO ROMERO contra JUAN ANDRÉS GONZÁLEZ. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    16-938

 

El abogado JOSÉ RAMÓN BONA, presentó diligencia solicitando cómputo y que se declare perecido el recurso, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ RAMÓN BONA contra HÉCTOR ALBERTO CORONA. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                    17-708

 

El abogado VICTOR JOSÉ LA PALMA, presentó diligencia solicitando cómputo y que se declare perecido el recurso, para ser agregado al juicio que sigue MIGUEL ÁNGEL LAPALMA FIGUERA contra CONSTRUCTORA DE CASAS, 1,2,3, C.A. y OTROS. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

 AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  15-0824

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de conformidad con lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-0824

 

SE HACE SABER:

 

             Al ciudadano JESÚS ALBERTO CASTRO, o a sus apoderados judiciales RUBEN DARIO PIÑA, YELIBETH COLMENARES, NERYS XIOMARA RAMÍREZ Y YENIRE GUTIERREZ PIÑA, con domicilio procesal: Centro Comercial Crystal Center, primer piso, local 1-G, calle Miranda, casco central, parroquia Carmen Herrera, Municipio Cabimas, Estado Zulia,  que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son JESÚS ALBERTO CASTRO contra INDUSTRIAS AGRO MÁRMOL GRANITOS C.A, PROMOTORA CABIMAS LAGO COUNTRY C.A, INAMAGRA (FLORENCIA) Y MARMI FLORENCIA SRL o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-0824

 

SE HACE SABER:

 

             A la sociedad mercantil INDUSTRIAS AGRO MÁRMOL GRANITOS C.A, o a cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: carretera H, esquina con avenida 32, al lado de la Farmacia Luz, número 352, parroquia San Benito, Municipio Cabinas, Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son JESÚS ALBERTO CASTRO contra INDUSTRIAS AGRO MÁRMOL GRANITOS C.A, PROMOTORA CABIMAS LAGO COUNTRY C.A, INAMAGRA (FLORENCIA) Y MARMI FLORENCIA SRL  o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-0824

 

SE HACE SABER:

 

             A la sociedad mercantil PROMOTORA CABIMAS LAGO COUNTRY C.A, o a cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: carretera H, esquina con avenida 32, al lado de la Farmacia Luz, número 352, parroquia San Benito, Municipio Cabinas, Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son JESÚS ALBERTO CASTRO contra INDUSTRIAS AGRO MÁRMOL GRANITOS C.A, PROMOTORA CABIMAS LAGO COUNTRY C.A, INAMAGRA (FLORENCIA) Y MARMI FLORENCIA SRL  o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-0824

 

SE HACE SABER:

 

             A la sociedad mercantil INAMAGRA (FLORENCIA), o a cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: carretera H, esquina con avenida 32, al lado de la Farmacia Luz, número 352, parroquia San Benito, Municipio Cabinas, Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son JESÚS ALBERTO CASTRO contra INDUSTRIAS AGRO MÁRMOL GRANITOS C.A, PROMOTORA CABIMAS LAGO COUNTRY C.A, INAMAGRA (FLORENCIA) Y MARMI FLORENCIA SRL  o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-0824

 

SE HACE SABER:

 

             A la sociedad mercantil MARMI FLORENCIA SRL, o a cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: carretera H, esquina con avenida 32, al lado de la Farmacia Luz, número 352, parroquia San Benito, Municipio Cabinas, Estado Zulia, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido,  una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación de las partes como lo son JESÚS ALBERTO CASTRO contra INDUSTRIAS AGRO MÁRMOL GRANITOS C.A, PROMOTORA CABIMAS LAGO COUNTRY C.A, INAMAGRA (FLORENCIA) Y MARMI FLORENCIA SRL  o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-0824

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

            Al Juez Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sede Cabimas.

 

            Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique al ciudadano JESÚS ALBERTO CASTRO y a las sociedades mercantiles INDUSTRIAS AGRO MÁRMOL GRANITOS C.A, PROMOTORA CABIMAS LAGO COUNTRY C.A, INAMAGRA (FLORENCIA) Y MARMI FLORENCIA SRL. Transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados, una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

-     Centro Comercial Crystal Center, primer piso, local 1-G, calle Miranda, casco central, parroquia Carmen Herrera, Municipio Cabimas, Estado Zulia.

-     carretera H, esquina con avenida 32, al lado de la Farmacia Luz, número 352, parroquia San Benito, Municipio Cabinas, Estado Zulia.

 

            Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  17-0241

 

Visto el escrito de solicitud de exequátur presentada por la abogada Justina Mercedes Belisario, inscrita en el Inpreabogado bajo los número 65.739, actuando como apoderada judicial del ciudadano SALVATORE ILARDO SPAGNOLO, titular de la cédula de identidad número 13.232.325, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio, dictada el veintisiete (27) de abril de 2015, por el Tribunal de Familia y Menores de Funchal, Isla de Funchal, República de Portugal, este Juzgado de Sustanciación la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.

                   En consecuencia, se acuerda oficiar al Director General del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los efectos de solicitar el movimiento migratorio y último domicilio registrado de la ciudadana MARISELA DE SOUSA VIEIRA, titular de la cédula de identidad número V-13.447.089. Líbrese oficio.. Líbrese la respectiva boleta y entréguese al alguacil de la Sala a los fines de que practique la misma.

                   Asimismo y atendiendo al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.

 

 

Exp. N°  15-0696

 

Visto el oficio N° 152/2017, del siete (7) de abril de 2017, emanado del Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, recibido el veinticuatro (24) de mayo del año 2017, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del diez (10) de febrero de 2017, siendo infructuosa la notificación de la empresa SDV, C.A. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a la empresa SDV, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarle de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  15-0696

 

SE HACE SABER:

 

                A la empresa SDV, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la conforme a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

 

________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

 

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

 

Sábado, 25 de noviembre de 2017

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

 

 

Domingo, 26 de noviembre de 2017

No hubo Despacho.

El Secretario,

 

 

___________________________

MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

 

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