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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 53
Lunes, 27 de marzo de 2017
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.
ESCRITOS y DILIGENCIAS
Exp. N° Apelación Agraria 16-362
La abogada CAROLINA CUSATI CRIOLLO, presentó escrito de informes (notificaciones, perturbaciones y afectaciones), para ser agregado al juicio que sigue INVERSIONES PECOCI, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). TERCERO INTERESADO: CONSEJO COMUNAL POPULAR AGRARIO "EZEQUIEL ZAMORA DE URDANETA". Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 12-560
La abogada BEATRIZ ROJAS MORENO, presentó diligencia solicitando se notifique a la parte demandada, para ser agregado al juicio que sigue REINALDO ANTONIO RINCÓN MARQUINA contra BJ SERVICES DE VENEZUELA, C.C.P.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.
Exp. N° Apelación Agraria 16-369
El abogado JORGE GONZÁLEZ CARVAJAL, presentó diligencia ratificando petición y denuncias previas (fijación de audiencia, fraude procesal y violación de orden público), para ser agregado al juicio que sigue EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL "BENEAGRO LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA". TERCERO INTERESADO: AVES BARQUISIMETO, C.A. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.
Exp. N° Recurso de Casación 16-529
El abogado GERMAN ANTONIO GUEVERA, presentó diligencia solicitando copia certificada de la sentencia, para ser agregado al juicio que sigue JOEL RICARDO ESPINOZA GONZÁLEZ contra BIMBO DE VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.
Exp. N° Exequátur 14-1715
El abogado LUIS HERMÓGENES CASTILLO CASTRO, presentó diligencia dejando constancia de revisión del expediente, para ser agregado al juicio que sigue BEATRIZ CAROLINA PONCE CHANGEUR. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° Recurso de Casación 15-180
La abogada JUDITH APARICIO, presentó escrito solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue LARRY LEONARDO MONTILLA MANGARRE contra MINI BRUNO SUCESORES, C.A. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.
Exp. N° 17-260
El abogado HERMANN DE J. VÁSQUEZ FLORES, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue HENRY ANTONIO CASTILLO ROJAS contra LABORATORIOS LA SANTÉ, C.A. Ponente: Dr.
AUTOS PUBLICADOS
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad con los artículos 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicando el contenido de la sentencia 758 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del veintiuno (21) de julio del 2010 en los siguientes expedientes:
AA60-S-2015-0578
Exp.
N° 12-1533
Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta
Sala Especial Quinta observa que no se materializó la notificación de la
empresa demandada, en aras de preservar los derechos de
la tutela judicial efectiva y al debido proceso que le asisten a las partes en
todo grado y estado de la causa, se ordena la notificación de la empresa TELECOMUNICACIONES
MOVILNET, C.A. Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase
inmediatamente lo ordenado.
Exp.
N° 12-1533
A la sociedad mercantil TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A., en
cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, con domicilio
procesal: Final Avenida Lara, Torre CANTV, Piso 1 Oficina de Recursos
Humanos, Barquisimeto estado Lara, que esta Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con la Resolución N°
2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala
de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio del año 2016 y el
Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de julio de 2015, en
concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada
el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término
de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última
notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria
a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El
funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de
la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la
presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido
debidamente notificada.
Exp.
N° 12-1533
El Juzgado de Sustanciación de la Sala Especial Segunda de la Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Al Juez Segundo Superior del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de
Barquisimeto.
Que esta Sala
por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención
al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil,
en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la
sociedad mercantil sociedad mercantil TELECOMUNICACIONES MOVILNET,
C.A., que transcurrido
un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la
última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por
auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo.
Dicha notificación
deberá realizarse en la siguiente dirección:
- Final Avenida Lara,
Torre CANTV, Piso 1 Oficina de Recursos Humanos, Barquisimeto estado Lara.
Cumplida como haya
sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus
resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.
Exp.
N° 13-920
Por cuanto de la revisión de las actas que componen el expediente esta
Sala Especial Quinta observa que a la
fecha no se ha librado la respectiva boleta de notificación dirigida a la parte
actora, en aras de preservar los derechos de la tutela judicial efectiva y al
debido proceso que le asisten a las partes en todo grado y estado de la causa,
se ordena la notificación del ciudadano RAMÓN IDELFONZO BLANCO BLANCO.
Regístrese, Agréguese al expediente y Cúmplase inmediatamente lo ordenado.
Exp.
N° 13-920
Al
ciudadano RAMÓN IDELFONZO BLANCO BLANCO, en cualquiera de sus
representantes legales o apoderados judiciales, con domicilio procesal: Venus
a Paradero, Edificio Mérida, piso 10, oficina 10-B, La Candelaria, Caracas,
que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de
conformidad con la Resolución N° 2015-0010, de fecha 27 de mayo de 2015,
dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se
crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por
Resolución N ° 2016-0011 del quince (15)
de junio del año 2016 y el Acta de instalación de dichas Salas, de fecha 21 de
julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número
1.857, publicada el 18-12-14, acordó notificarle que de conformidad con lo
establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que
transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste
en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo. El funcionario encargado de practicar la notificación
deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien
firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como
constancia de haber sido debidamente notificada.
Exp.
N° 13-986
Visto el oficio N° TS1/166-2016, del cuatro (4) de agosto de 2016, emanado
del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
estado Bolívar, recibido el diecisiete (17) de noviembre del año 2016, mediante
el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante
auto del veintiuno (21) de julio de 2015, siendo infructuosa la notificación
del ciudadano Ángel Lorenzo Boada, por consiguiente, en atención a lo estatuido
en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación
mediante cartel librado al ciudadano ÁNGEL LORENZO BOADA, en la
persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a
fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el
artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término
de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última
notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto
expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y
contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de
la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal
Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y
98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese
cartel.-
Exp.
N° 13-986
Al ciudadano ÁNGEL LORENZO BOADA, en la persona de cualquiera
de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en
la Resolución N° 2015-0010, del veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por
la Sala Plena, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de
Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de
junio de 2016 y el Acta de instalación
de dichas Salas, del veintiuno (21) de julio de 2015, en concordancia con la
decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el dieciocho (18) de
diciembre de 2014, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los
artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido
un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en
autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se
fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia
pública y contradictoria a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo.
Fíjese el
presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y
publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de
acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica
que rige las funciones de este alto Tribunal.
Exp.
N° 16-783
Esta Sala de Casación Social, acuerda suspender la audiencia pública y
contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue la
ciudadana Carla Daniela Rangel Dugarte actuando en representación de su
hija A.A.A.R. contra la niña C.A.A.I. en la persona de su madre
Katiuska Karibay Izarra Sosa, prevista para el día jueves treinta (30) de
marzo del año dos mil diecisiete (2017). Hora: nueve de la mañana (9:00 a.m.).
Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.
DECISIONES DEL DÍA
Numero |
Expediente |
Procedimiento |
Partes |
Ponente |
Decisión |
0217 |
16-808 |
Recurso de control de la legalidad (LOPNNA) |
María de la Concepción Oropeza Araujo y Luis José Díaz Sánchez |
Danilo Antonio Mojica Monsalvo |
ADMITE el recurso de control de la legalidad
propuesto por el apoderado judicial del ciudadano Luis José Díaz Sánchez
contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero Superior de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas, en fecha doce (12) de agosto de 2016 |
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
El Vicepresidente de la Sala,
_________________________________
JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
El Secretario,
____________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
Martes, 28 de marzo de 2017
No hubo Despacho.
El Secretario,
___________________________
MARCOS ENRIQUE PAREDES
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