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Sala de Casación Social
  • Fecha: 29 de marzo de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 54

 

Miércoles, 29 de marzo de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N° Avocamiento           04-1682

 

El abogado EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR, presentó diligencia solicitando copia audiovisual de la audiencia celebrada el día 22/03/2017. (Consignó formato Dvd), para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° Avocamiento           04-1682

 

El abogado EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR, presentó diligencia insistiendo en pedimento (ejecución de medida cautelar de embargo), para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N° Avocamiento           04-1682

 

El abogado EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR, presentó diligencia de oposición a la impugnación, para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-812

 

El abogado JOHN DONZELLA RIERA, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue YORGENIS RANGEL RIVERO contra INVERSIONES MERTO, C.A. EMPRESA ENCARGADA DE LA EXPLOTACIÓN DEL FONDO DE COMERCIO "IL CAMINETTO RESTAURANT" y OTRA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-812

 

El abogado JOHN DONZELLA RIERA, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue YORGENIS RANGEL RIVERO contra INVERSIONES MERTO, C.A. EMPRESA ENCARGADA DE LA EXPLOTACIÓN DEL FONDO DE COMERCIO "IL CAMINETTO RESTAURANT" y OTRA. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-256

 

El abogado GABRIEL ALEJANDRO GONZÁLEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ANGIE ROSARIO ROJAS MOSQUEDA contra TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS, C.A. (TRANSBANCA). Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El ciudadano FELICIANO GUZMÁN, asistido por el abogado EDUARDO TORRES, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue FELICIANO GUZMÁN contra SIDOR. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Exequátur                          16-652

 

El abogado JULIO DÁVILA CÁRDENAS, presentó diligencia solicitando la resolución de la causa con la documentación existente, para ser agregado al juicio que sigue RICARDO ALBERTO ANTÚNEZ SIERRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        17-153

 

La abogada YULIA MARCHAMALO, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CONSORCIO CMS-PEWEL contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE BARINAS. TERCERO INTERESADO: WILMER EFRAIN ROJAS. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-761

 

El abogado ADOLFO MOLINA BRIZUELA, presentó diligencia solicitando cómputo del lapso procesal, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA GRISELDA BARRIOS MONTILLA contra BAUDILIO TIBERIO LUQUE y OTRO. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  17-253

 

El abogado JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, más copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO. BANCO UNIVERSAL, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria             13-605

 

La abogada MARÍA ANGELA VILLALOBOS CASTILLO, presentó diligencia solicitando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue SOCIEDAD MERCANTIL LA MALAGUEÑA, C.A. (AGROLAMA) contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). TERCERO INTERESADO: COOPERATIVA NOUMAIN BOLÍVAR y OTRAS. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        17-250

 

El abogado BERNARDO PISANI R., presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ALFONZO RIVAS & CÍA., C.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE ARAGUA. TERCERO INTERESADO: JOSÉ BENITO NICANOR M. HIDALGO. Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Apelación Laboral                        17-251

 

El abogado JAVIER CELIS SCHEMIDT, presentó escrito de FUNDAMENTACIÓN y solicita acumulación del expediente, para ser agregado al juicio que sigue C.A. AZUCA contra INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LARA, TRUJILLO Y YARACUY. CASO: OSCAR CASTRO. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  S/N

 

El abogado RAÚL AGUANA SANTAMARÍA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ROSA ELENA MARÍN NÓBREGA contra BACARDI DE VENEZUELA y OTRO. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° Avocamiento           04-1682

 

El abogado JOSÉ ANTONIO BRICEÑO LABORÍ, presentó diligencia solicitando copia audiovisual de las audiencias celebradas los días 09/03/2017 y 22/03/2017. (Consignó dos [2] formatos Dvd), para ser agregado al juicio que sigue OMAR ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C.; NORTON ROSE FULBRIGHT, L.L.P. Y NORTON ROSE FULBRIGHT, E.L.P. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Apelación Agraria            15-757

 

El abogado STEFANO D´AZZO MANISCALCO, presentó escrito solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue SUCESIÓN ARÉVALO EMILIO CEDEÑO CASTAÑEDA, CONFORMADA POR EL CIUDADANO LUIS JOSÉ CEDEÑO y OTROS contra INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, (INTI). Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  15-197

 

Esta Sala de Casación Social acuerda suspender la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue Deisy Llanire Rodríguez Mercado y Ronder James Muñoz Sosa, prevista para el día martes cuatro (04) de abril del año dos mil diecisiete (2017). Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

 

 

Exp. N°  12-1287

 

Vista la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO el veinticuatro (24) de febrero de 2017, en su carácter de Alguacil de esta Sala, la cual se transcribe en su parte pertinente: “…Por cuanto me trasladé el día diez (10) de febrero de 2017, a la Av. Universidad esquina de Sociedad a Traposo, edificio Santana, Piso 7, oficina 71, Municipio Libertador, Distrito Capital, Caracas, según Boleta de Notificación dirigida al ciudadano LUIS JOSÉ URRIETA GARCÍA, informo que anteriormente el día nueve (9) de diciembre me dirigí a la dirección señalada, y en esa oficina de puerta de madera y rejas negras, no se encontraba nadie y el día  diez (10) de febrero volví a ir encontrando la misma situación. Es por lo que consigno como negativa  la misma…”. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano LUIS JOSÉ URRIETA GARCÍA, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  12-1287

 

Al ciudadano LUIS JOSÉ URRIETA GARCÍA,  en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en la Resolución N° 2015-0010, del veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio de 2016  y el Acta de instalación de dichas Salas, del veintiuno (21) de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el dieciocho (18) de diciembre de 2014, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  13-1554

 

Visto el oficio N° 109/17, del siete (7) de marzo de 2017, emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, recibido el diecisiete (17) de marzo del año en curso, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del veintiuno (21) de julio de 2015, siendo infructuosa la notificación del tercero interesado, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a la sociedad mercantil GRUPO ALUVIT C.T. C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  13-1554

 

A la sociedad mercantil GRUPO ALUVIT C.T. C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en la Resolución N° 2015-0010, del veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por la Sala Plena, mediante la cual se crean las Salas Especiales de la Sala de Casación Social, ratificada por Resolución N ° 2016-0011 del quince (15) de junio de 2016  y el Acta de instalación de dichas Salas, del veintiuno (21) de julio de 2015, en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el dieciocho (18) de diciembre de 2014, acordó notificarle de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a la que hace alusión el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  13-1795

 

Vista la diligencia consignada por el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO el veintitrés (23) de febrero de 2017, en su carácter de Alguacil de esta Sala, la cual se transcribe en su parte pertinente: “…Por cuanto me trasladé el día diez (10) de febrero de 2017, a la calle, El Recreo, edificio Rupi, Piso 7, oficina 71, Municipio Libertador, Distrito Capital, Caracas, según Boleta de Notificación dirigida a los ciudadanos (sic) GERMÁN JOSÉ MEDINA, informo que en la dirección señalada, la oficina no contesto nadie y se pudo evidenciar que se encontraban abandonada por el deterioro que existía en el lugar…”. Ahora bien, conforme a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano GERMÁN JOSÉ MEDINA, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que conforme a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  13-1795

 

Al ciudadano GERMÁN JOSÉ MEDINA, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  15-489

 

Visto el oficio N° 76/2017, del veintiuno (21) de febrero de 2017, emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, recibido el veintidós (22) de marzo del año en curso, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del dieciséis (16) de septiembre de 2016, siendo infructuosa la notificación de ambas partes, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a la ciudadana SUBDELIA DEL VALLE SANSONETE ROJAS y a la sociedad mercantil GRUPO ÉDICO ORIENTE, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  15-489

 

A la sociedad mercantil GRUPO MÉDICO ORIENTE, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  15-489

 

A la ciudadana SUBDELIA DEL VALLE SANSONETE ROJAS, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  15-084

 

Visto el oficio N° 51/2017, del veinticuatro (24) de febrero de 2017, emanado del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, recibido el veintidós (22) de marzo del año en curso, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del diecinueve (19) de enero de 2017, siendo infructuosa la notificación del ciudadano Jesús Salvador Herrera Abreu, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano JESÚS SALVADOR HERRERA ABREU, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.

 

 

Exp. N°  15-084

 

Al ciudadano JESÚS SALVADOR HERRERA ABREU en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Visto el oficio N° 0117/2017, del dos (2) de marzo de 2017, emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, recibido el veintidós (22) de marzo del año en curso, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del veintiuno (21) de octubre de 2016, siendo infructuosa la notificación del ciudadano Jesús Manuel Rodríguez Hurtado, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano JESÚS MANUEL RODRÍGUEZ HURTADO, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano JESÚS MANUEL RODRÍGUEZ HURTADO en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Visto el oficio N° 0117/2017, del dos (2) de marzo de 2017, emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, recibido el veintidós (22) de marzo del año en curso, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del veintiuno (21) de octubre de 2016, siendo infructuosa la notificación del ciudadano José Ismael García Romero, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano JOSÉ ISMAEL GARCÍA ROMERO, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano JOSÉ ISMAEL GARCÍA ROMERO en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Visto el oficio N° 0117/2017, del dos (2) de marzo de 2017, emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, recibido el veintidós (22) de marzo del año en curso, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del veintiuno (21) de octubre de 2016, siendo infructuosa la notificación del ciudadano Yampier Alexander Hernández Brito, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado al ciudadano YAMPIER ALEXANDER HERNÁNDEZ BRITO, en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  14-1642

 

Al ciudadano YAMPIER ALEXANDER HERNÁNDEZ BRITO en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  15-219

 

Visto el oficio N° TSQ-2017-118, del catorce (14) de febrero de 2017, emanado del Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, recibido el veintidós (22) de marzo del año en curso, mediante el cual remite las resultas de notificación de las partes, ordenada mediante auto del dieciséis (16) de septiembre de 2016, siendo infructuosa la notificación de las empresas demandadas, por consiguiente, en atención a lo estatuido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante cartel librado a las empresas SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL, C.A. y PETROBRAS ENERGÍA VENEZUELA, S.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, a fin de hacerle saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que transcurrido un término de diez (10) días hábiles computados desde la constancia en autos de la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El referido cartel deberá fijarse en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal. Líbrese cartel.-

 

 

Exp. N°  15-219

 

A la empresa PETROBRAS ENERGÍA VENEZUELA, S.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

Exp. N°  15-219

 

A la empresa SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL, C.A., en la persona de cualquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                 Fíjese el presente cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Social y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 85, 91, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

 

 

DESPACHO

 

Exp. Nº16-0241: Oficio de Remisión Nº 540/Oficio de Participación Nº541

Exp. Nº14-1635: Oficio de Remisión Nº 542/Oficio de Participación Nº543

Exp. Nº16-0858: Oficio de Remisión Nº 544/Oficio de Participación Nº545

Exp. Nº15-1334: Oficio de Remisión Nº 546/Oficio de Participación Nº547

Exp. Nº15-1213: Oficio de Remisión Nº 548/Oficio de Participación Nº549

Exp. Nº16-0445: Oficio de Remisión Nº 550/Oficio de Participación Nº551

Exp. Nº15-0944: Oficio de Remisión Nº 552

Exp. Nº14-1484: Oficio de Remisión Nº 553/Oficio de Participación Nº554

Exp. Nº16-0424: Oficio de Remisión Nº 557/Oficio de Participación Nº558

Exp. Nº16-0356: Oficio de Remisión Nº 559/Oficio de Participación Nº560

Exp. Nº16-0400: Oficio de Remisión Nº 561/Oficio de Participación Nº562

Exp. Nº16-0513: Oficio de Remisión Nº 563/Oficio de Participación Nº564

Exp. Nº15-1313: Oficio de Remisión Nº 566/Oficio de Participación Nº567

Exp. Nº16-0981: Oficio de Remisión Nº 568/Oficio de Participación Nº569

Exp. Nº16-0787: Oficio de Remisión Nº 570/Oficio de Participación Nº571

Exp. Nº15-1338: Oficio de Remisión Nº 574/Oficio de Participación Nº575

Exp. Nº16-0376: Oficio de Remisión Nº 577/Oficio de Participación Nº578

Exp. Nº14-0968: Oficio de Remisión Nº 590

Exp. Nº15-1379: Oficio de Remisión Nº 597/Oficio de Participación Nº598

Exp. Nº16-0264: Oficio de Participación Nº600

Exp. Nº16-0525: Oficio de Remisión Nº 603/Oficio de Participación Nº604

Exp. Nº15-1185: Oficio de Remisión Nº 613/Oficio de Participación Nº614

Exp. Nº16-0746: Oficio de Remisión Nº 619/Oficio de Participación Nº620

Exp. Nº16-0866: Oficio de Remisión Nº 623/Oficio de Participación Nº624

Exp. Nº16-0985: Oficio de Remisión Nº 625/Oficio de Participación Nº626

Exp. Nº16-0891: Oficio de Remisión Nº 627/Oficio de Participación Nº628

Exp. Nº12-1397: Oficio participando comisión para notificar Nº629

Exp. Nº16-0189: Oficio participando comisión para notificar Nº630

Exp. Nº16-0680: Oficio participando comisión para notificar Nº631

Exp. Nº14-0821: Oficio participando comisión para notificar Nº632

Exp. Nº13-0838: Oficio participando comisión para notificar Nº633

Exp. Nº15-0305: Oficio participando comisión para notificar Nº634

Exp. Nº15-0305: Oficio participando comisión para notificar Nº635

Exp. Nº12-0443: Oficio participando comisión para notificar Nº636

Exp. Nº15-0404: Oficio participando comisión para notificar Nº637

Exp. Nº15-0221: Oficio participando comisión para notificar Nº638

Exp. Nº16-0724: Oficio participando comisión para notificar Nº639

Exp. Nº16-0887: Oficio participando comisión para notificar Nº640

Exp. Nº13-1681: Oficio participando comisión para notificar Nº641

Exp. Nº16-0272: Oficio de Remisión Nº 654/Oficio de Participación Nº655

Exp. Nº16-0816: Oficio de Remisión Nº 658/Oficio de Participación Nº659

Exp. Nº16-0944: Oficio de Remisión Nº 666/Oficio de Participación Nº667

Exp. Nº15-0966: Oficio de Remisión Nº 674

Exp. Nº16-0868: Oficio de Remisión Nº 676/Oficio de Participación Nº677

Exp. Nº14-1589: Oficio de Remisión Nº 690

Exp. Nº14-1602: Oficio de Remisión Nº 691

Exp. Nº15-0015: Oficio de Remisión Nº 692

Exp. Nº15-1153: Oficio de Remisión Nº 693

Exp. Nº12-1013: Oficio de Remisión Nº 694

Exp. Nº12-0542: Oficio de Remisión Nº 695

Exp. Nº15-0397: Oficio de Remisión Nº 696

Exp. Nº12-0585: Oficio de Remisión Nº 697

Exp. Nº15-1103: Oficio de Remisión Nº 698

Exp. Nº15-1075: Oficio de Remisión Nº 699

Exp. Nº12-1517: Oficio de Remisión Nº 700

Exp. Nº12-0622: Oficio de Remisión Nº 701

Exp. Nº16-0189: Oficio de Participación de la Decisión (Director de la Gerencia Estadal de los Trabajadores de Falcón) Nº715

Exp. Nº13-1681: Oficio de Participación (Notificación al Síndico Procurador Municipio Valencia) Nº716

Exp. Nº16-0680: Oficio de Participación (Notificación al Síndico Procurador Municipio Heres) Nº717

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

El Vicepresidente de la Sala,

 

_________________________________

JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO

 

                                                                                       El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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