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NUEVOS ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente Nº 0117: Sala
Político Administrativa, declina competencia en el recurso contencioso
electoral interpuesto por los abogados José Argenis Rivas y Eduardo Moratinos,
actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos CARLOS
ANDRES PEREZ y ANGEL ZAMBRANO, contra la Resolución Nº 990616-180 de fecha 16
de junio de 1999, emanada del Consejo Nacional Electoral y mediante la cual se
declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por los referidos
ciudadanos. Oficio Nº 2417, de fecha 24-10-2000, remitiendo el expediente Nº
16313 de su nomenclatura.
Se
dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.-
Expediente Nº 0116: El
ciudadano César Henríquez Fernández, asistido por el abogado Efraín Henríquez,
interpone recurso de interpretación referido a los artículos 20 numeral 2, y 21
del Estatuto Electoral del Poder Público.
Se designó ponente al Magistrado JOSÉ
PEÑA SOLÍS, a los fines de la decisión correspondiente.
3.- Expediente Nº 0098: RAFAEL ANTONIO PINEDA PIÑA, titular de la
cédula de identidad Nº 4.173.540, actuando con el carácter de ex-candidato a
Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón, asistido por el abogado Raúl
Alejandro Dovale Prado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.699,
mediante el cual interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de
Totalización y Proclamación de Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón.
Se designó ponente al Magistrado ANTONIO
GARCÍA GARCÍA, a los fines de la decisión correspondiente.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN EN:
4.- Expediente
Nº 0102: CECILIO PIMENTEL, CARLOS ARCILA, VICTOR MARAPACUTO,
GREGORIO FERNÁNDEZ, ARCÁNGEL PIMENTEL, OSWALDO TREJO, WILMY GARCIA, GERMAIN
PIMENTEL Y JOSE GOMEZ miembros del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA
ALCALDÍA, ASEO URBANO, DOMICILIARIO Y SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO
(SUTRAALAUDOSEC), asistidos por los abogados Dilsia Hernández e Israel
Villamarín Vezga, interponen recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de
amparo, contra las elecciones efectuadas en fecha 30 de marzo de 2000 en el
referido Sindicato
Se dio inicio al lapso de dos (2) días de despacho para la promoción de
pruebas (inclusive), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 245,
primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y la
sentencia de fecha 24-10-2000 dictada por esta Sala, mediante la cual se acordó
la reducción de los lapsos procesales.
SECRETARÍA EN:
5.-
Expediente Nº 0100:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de
la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS
VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de
Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la
Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez
Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo
por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.
Los ciudadanos José Mogollón
y Orangel Velásquez, asistidos por los abogados Oswaldo Galíndez y Orlando
Ramírez, respectivamente, consignaron
escritos de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo
110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito
hasta el día siguiente a aquel en que
venza el lapso de promoción.
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