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Sala Electoral
  • Fecha: 02 de marzo del 2000





 

CUENTA Nº 19

 

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:

 

1.- Expediente: 0022: LUIS MANUEL ESCULPI Y JOSE GOMEZ FEBRES, actuando en su condición de electores inscritos en el Registro Electoral y de directivos de la organización política IZQUIERDA DEMOCRATICA, interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 000210-67 dictada en fecha 10-02-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 53 del 21-02-2000, por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.

 

 

 

Solicítese el expediente administrativo respectivo, e infórmese sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 0011.

 

 

2.- Expediente Nº 0023: LUIS MANUEL ESCULPI Y JOSE GOMEZ FEBRES, actuando en su condición de electores inscritos en el Registro Electoral y de directivos de la organización política IZQUIERDA DEMOCRATICA, interponen recurso de interpretación sobre la vigencia del artículo 21 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

Se designa Ponente al Magistrado Antonio García García, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS

 

 

3.- Expediente Nº 0018: ARSENIO HENRIQUEZ y VIDUILIO PEREZ actuando en su propio nombre, asistidos por el abogado Osvaldo Durand, interponen acción de amparo conjuntamente con recurso de nulidad, contra el Reglamento para la elección de Pre-candidato del MAS a las elecciones que se celebrarán el día 28 de mayo de 2000, aprobado por la Dirección Nacional de ese Partido el día 05 de febrero de 2000.

 

El ciudadano Leopoldo Puchi, Secretario General del partido Movimiento al Socialismo (MAS), consigna informe  sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Acompaña anexos.

 

 

4.- Expediente Nº 0002: Gustavo Adolfo Martínez Morales apoderado judicial de la Gobernación del Estado Zulia y  la Asociación Civil Coordinadora de Vecinos del Estado Zulia (COVEZULIA), vs. La Resolución Nº 991208-546 de fecha 08-12-99, dictada por el Consejo Nacional Electoral.

 

 

El abogado Gustavo Martínez Morales, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual apela del auto dictado en fecha 01-02-2000, por el Juzgado de Sustanciación, en el cual se declaró Inadmisible las pruebas promovidas en los Capítulos III, IV y VI del escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 28-02-2000.

 

 

 

SECRETARIA:

 

5.- Expediente Nº 0002: Gustavo Adolfo Martínez Morales apoderado judicial de la Gobernación del Estado Zulia y  la Asociación Civil Coordinadora de Vecinos del Estado Zulia (COVEZULIA), vs. La Resolución Nº 991208-546 de fecha 08-12-99, dictada por el Consejo Nacional Electoral.

 

 

Se oye en ambos efectos la apelación interpuesta contra el auto de fecha 01-02-2000. Se designó Ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI.

 

 

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