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DILIGENCIA EN:
1.-
Expediente Nº 0100:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de
la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS
VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de
Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la
Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez
Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo
por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.
El ciudadano
alguacil de la Sala, consignó copia de la Boleta librada en fecha 25-09-2000, y
diligencia mediante la cual declaró haber dejado la misma en la dirección: Calle Bermúdez con Díaz Moreno y
Montes de Oca, PB, número 131-93, Valencia, Estado Carabobo.
2.-
Expediente Nº 0100:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de
la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS
VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de
Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la
Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez
Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo
por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.
El ciudadano
alguacil de la Sala, consignó copia de la Boleta librada en fecha 25-09-2000, y
diligencia mediante la cual declaró haber dejado la misma en la dirección:
Urbanización Mendoza, sede de Fetra-Carabobo, Piso 2, Valencia, Estado
Carabobo.
3.-
Expediente Nº 0100:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de
la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS
VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de
Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la
Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez
Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo
por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.
El Secretario
de la Sala deja constancia de que en esta misma fecha el Alguacil de la Sala,
consignó copia de la Boleta de fecha 25-09-2000, y diligencia mediante la cual
declaró haber dejado la misma en la Calle Bermúdez con Díaz Moreno y Montes de
Oca, PB, número 131-93, Valencia, Estado Carabobo.
4.-
Expediente Nº 0100:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de
la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS
VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de
Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la
Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez
Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo
por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.
El Secretario
de la Sala dejó constancia de que en esta misma fecha el Alguacil de la Sala,
consignó copia de la Boleta de fecha 25-09-2000, y de la diligencia mediante la
cual declaró haber dejado la misma en la Urbanización Mendoza, sede de
Fetra-Carabobo, Piso 2, Valencia, Estado Carabobo.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
5.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado
Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone
recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER
ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y
PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional
Electoral del Estado Amazonas.
La
abogado Gladys Gómez apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, solicita
aclaratoria del fallo dictado por esta Sala en fecha 02 de octubre del 2000.
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