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1.-
Expediente Nº 0099: Sala Constitucional de
este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia para conocer de la apelación interpuesta por el abogado Alonso Boscan, actuando
con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de
Contadores Públicos del Estado Zulia, contra la sentencia dictada en fecha 12
de agosto de 1998 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo,
mediante la cual declaró procedente la solicitud de
amparo cautelar interpuesta conjuntamente con recurso de nulidad y medida
cautelar innominada (artículo 585 y 588 del C.P.C.) por el abogado Ildegar
Arispe Borges, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos
OMAR MOLERO, ZULMA PEDREAÑEZ, NERIO GARCIA, MARITZA MUÑOZ DE REYES Y JOSE BALZA
como representantes del COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL ESTADO ZULIA, contra
el acto de anulación de las elecciones del Colegio de Contadores Públicos del
Estado Zulia realizadas el día 27-06-1998; contra el llamado a nuevas
elecciones convocado por la Comisión Electoral, publicado en el diario Panorama
el 12-07-1998 y contra el acto publicado en fecha 27-07-1998 en el diario
Panorama. Oficio Nº 839, de fecha 16-08-2000, remitiendo el Expediente Nº
00-1173 de la nomenclatura de esa Sala.
Se dio cuenta
a la Sala. Se designó ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI, a los
fines de la decisión correspondiente.
ESCRITOS PRESENTADOS EN:
2.- Expediente Nº 0095: Alberto Valdez Salas y Rommel Rafael
Oronoz Silva, actuando con el carácter de apoderados especiales del ciudadano
HUGO ALI URBINA, quien en los pasados
Comicios Electorales Nacionales figuró como Candidato al cargo de Alcalde del
Municipio Atures del Estado Amazonas, postulado por las organizaciones políticas: Pueblo Independiente de Luchas
Amazonenses (PILA), Pueblos Indígenas del Orinoco (PIDO) y Movimiento Electoral del Pueblo (MEP),
interponen recurso contencioso electoral contra las Actas de Escrutinio Nos.
10148-477-5-13, 10156-976-8-13, 10157-303-2-13, 10137-343-4-13 y en el Símil
del Acta de Escrutinio Nº 10136, Acta de Totalización y Proclamación del
Alcalde del Municipio referido y el Proceso Electoral General que se llevó a
cabo en el Estado Amazonas en fecha 30-07-2000.
El
abogado Rafael Oronoz Silva, actuando con el carácter de apoderado judicial del
ciudadano Hugo Alí Urbina, consignó escrito de promoción de pruebas. De
conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento
Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
3.- Expediente Nº 0098: RAFAEL ANTONIO PINEDA PIÑA, titular de la
cédula de identidad Nº 4.173.540, actuando con el carácter de ex-candidato a
Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón, asistido por el abogado Raúl
Alejandro Dovale Prado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.699,
mediante el cual interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de
Totalización y Proclamación de Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón.
Se declaró INADMISIBLE el recurso por cuanto el
recurrente acudió contemporáneamente a la vía administrativa y a la vía
jurisdiccional, sin haber esperado la conclusión del procedimiento
administrativo, ni invocar el silencio administrativo, ello de conformidad con
la tesis jurisprudencial sostenido por la Sala, en sentencia de fecha
18-08-2000 (Caso Liborio Guarulla).
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