Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 04 de octubre del 2000





CUENTA Nº 51

 

 

CUENTA Nº 51

 

 

 

SE DICTO SENTENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de candidato a la Gobernación por el Estado Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER ELECTORAL,  DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas. La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia dictada en este procedimiento el 2 de octubre de 2000, interpuesta por la abogada Gladys Gómez Tovar, en su carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral. Ponente: JOSÉ PEÑA SOLÍS.  Sentencia Nº 116.

 

 

2.- Expediente Nº 0102: CECILIO PIMENTEL, CARLOS ARCILA, VICTOR MARAPACUTO, GREGORIO FERNÁNDEZ, ARCÁNGEL PIMENTEL, OSWALDO TREJO, WILMY GARCIA, GERMAIN PIMENTEL Y JOSE GOMEZ miembros del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA, ASEO URBANO, DOMICILIARIO Y SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO (SUTRAALAUDOSEC), asistidos por los abogados Dilsia Hernández e Israel Villamarín Vezga, interponen recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo, contra las elecciones efectuadas en fecha 30 de marzo de 2000 en el referido Sindicato.  La Sala ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA formulada mediante decisión de fecha 4 de septiembre de 2000 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, y en consecuencia, se declara COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. ANULA el auto de admisión de fecha 20 de julio de 2000 y las actuaciones subsiguientes, dictadas por el referido Juzgado. REPONE la causa al estado de admisión del recurso de nulidad interpuesto  conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que éste se pronuncie acerca de la admisibilidad del presente recurso, y de ser procedente ordene la continuación de la causa. Ponente:  ANTONIO GARCIA GARCIA. Sentencia Nº 117.

 

 

3.- Expediente Nº 0098 (Cuaderno Separado): RAFAEL ANTONIO PINEDA PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº 4.173.540, actuando con el carácter de ex-candidato a Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón, asistido por el abogado Raúl Alejandro Dovale Prado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.699, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón. La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por los apoderados judiciales del ciudadano ELIÉCER CORDOVA, contra la sentencia de esta Sala del 29 de septiembre de 2000. Ponente: JOSÉ PEÑA SOLÍS. Sentencia Nº 118.

 

Ir al tope


Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados