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Sala Electoral
  • Fecha: 07 de septiembre del 2000





CUENTA Nº 142

CUENTA Nº 142

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente Nº 0100: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato;

 

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó Ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI  a los fines de la decisión correspondiente.

 

DILIGENCIA EN:

 

2.- Expediente Nº 0095: Alberto Valdez Salas y Rommel Rafael Oronoz Silva, actuando con el carácter de apoderados especiales del ciudadano HUGO ALI URBINA, quien  en los pasados Comicios Electorales Nacionales figuró como Candidato al cargo de Alcalde del Municipio Atures del Estado Amazonas, postulado  por las organizaciones políticas: Pueblo Independiente de Luchas Amazonenses (PILA), Pueblos Indígenas del Orinoco (PIDO) y  Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), interponen recurso contencioso electoral contra las Actas de Escrutinio Nos. 10148-477-5-13, 10156-976-8-13, 10157-303-2-13, 10137-343-4-13 y en el Símil del Acta de Escrutinio Nº 10136, Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio referido y el Proceso Electoral General que se llevó a cabo en el Estado Amazonas en fecha 30-07-2000.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0148  mediante el cual se solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral, la remisión del Registro Electoral Permanente del Municipio Atures del Estado Amazonas (año 2000), oficio que fue entregado en dicho Organismo en fecha 6-09-2000.

 

 

3.- Expediente Nº 0089: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo constitucional, interpuesto por el ciudadano ENNIO GÓMEZ, actuando en su carácter de Secretario General de la Organización Sindical denominada “Sindicato de Trabajadores de la Empresa Servirampa C.A. (OSTES)”, asistido por el abogado Wilfredo Jesús Patiño Meléndez, contra la Resolución Nº 0565, de fecha 28-02-2000, emanada del Ministerio del Trabajo. Oficio Nº 722, de fecha 31-07-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1523 de la nomenclatura de esa Sala.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0146,  mediante el cual se notifica al ciudadano Lino Martínez, Ministro del Trabajo, de la admisión del presente recurso, oficio que fue entregado en fecha 6-09-2000.

 

 

4.- Expediente Nº 0089: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo constitucional, interpuesto por el ciudadano ENNIO GÓMEZ, actuando en su carácter de Secretario General de la Organización Sindical denominada “Sindicato de Trabajadores de la Empresa Servirampa C.A. (OSTES)”, asistido por el abogado Wilfredo Jesús Patiño Meléndez, contra la Resolución Nº 0565, de fecha 28-02-2000, emanada del Ministerio del Trabajo. Oficio Nº 722, de fecha 31-07-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1523 de la nomenclatura de esa Sala.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0145,  mediante el cual se notifica al ciudadano Javier Elechiguerra, Fiscal General de la República, de la admisión del presente recurso, oficio que fue entregado en fecha 6-09-2000.

 

 

5.- Expediente Nº 0089: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo constitucional, interpuesto por el ciudadano ENNIO GÓMEZ, actuando en su carácter de Secretario General de la Organización Sindical denominada “Sindicato de Trabajadores de la Empresa Servirampa C.A. (OSTES)”, asistido por el abogado Wilfredo Jesús Patiño Meléndez, contra la Resolución Nº 0565, de fecha 28-02-2000, emanada del Ministerio del Trabajo. Oficio Nº 722, de fecha 31-07-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1523 de la nomenclatura de esa Sala.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0147,  mediante el cual se notifica al ciudadano Procurador General de la República, de la admisión del presente recurso, oficio que fue entregado en fecha 6-09-2000.

 

 

6.- Expediente Nº 0089: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo constitucional, interpuesto por el ciudadano ENNIO GÓMEZ, actuando en su carácter de Secretario General de la Organización Sindical denominada “Sindicato de Trabajadores de la Empresa Servirampa C.A. (OSTES)”, asistido por el abogado Wilfredo Jesús Patiño Meléndez, contra la Resolución Nº 0565, de fecha 28-02-2000, emanada del Ministerio del Trabajo. Oficio Nº 722, de fecha 31-07-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1523 de la nomenclatura de esa Sala.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia de la Boleta de fecha 5-09-2000,  mediante el cual se notifica al ciudadano Ennio Gómez, parte recurrente en el proceso, de la admisión del presente recurso, Boleta que fue enviada por IPOSTEL, mediante acuso de recibo en fecha 6-09-2000.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:

 

7.- Expediente Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de candidato a la Gobernación por el Estado Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER ELECTORAL,  DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas.

 

 

La abogada Gladys Gómez Tovar actuando como apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consigno escrito mediante el cual expone que trae a los autos la documentación requerida a este Organismo, mediante auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 31-08-2000. Acompañó anexos. Se ordenó formar dieciséis (16) piezas de anexos.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN EN:

 

8.- Expediente Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de candidato a la Gobernación por el Estado Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER ELECTORAL,  DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas.

 

 

Se levanto acta, mediante la cual se dejó constancia del estado en que se encontraban las quince (15) cajas de resguardo de boletas de votación recibidas.

 

 

9.- Expediente Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de candidato a la Gobernación por el Estado Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER ELECTORAL,  DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas.

 

 

Visto que fueron recibidas quince (15) cajas contentivas de las boletas de votación correspondientes a doce (12) Centros de Votación del Estado Amazonas y siendo que en el auto de admisión de pruebas de fecha 31-08-2000, solamente se requirieron boletas de votación de los Centros 64271 Escuela Básica Menca de Leoni y 64300 Escuela Simón Rodríguez, se ordenó  precintar las cajas que no corresponden a dichos centros y se acordó resguardar las mismas en la Sede del Tribunal, hasta que finalice el proceso.

 

 

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